Cuentas Públicas


LIBRO 100 AÑOS CUENTAS PÚBLICAS - PODER JUDICIAL

Cuenta Pública del PJUD


Discurso con motivo de la cuenta pública e inicio del año judicial 2024 Pinche aquí

 

1.              Labor Jurisdiccional Corte Suprema, Cortes de Apelaciones y Primera Instancia.

1.1.                 Índice Labor Jurisdiccional Corte Suprema, Cortes de Apelaciones y Primera Instancia.

1.2.                 Labor Jurisdiccional Corte Suprema.

1.3.                 Labor Jurisdiccional de las Cortes de Apelaciones.

1.4.                 Labor Jurisdiccional de Tribunales de Primera Instancia.

            

2.              Labor de la Fiscalía de la Corte Suprema y de las Fiscalías de las Cortes de Apelaciones.

 

3.              Dudas y dificultades en la aplicación e inteligencia de las leyes y de los vacíos notados en ellas.

3.1.                 Corte de Apelaciones de Arica.

3.2.                 Corte de Apelaciones de Iquique.

3.3.                 Corte de Apelaciones de Antofagasta.

3.4.                 Corte de Apelaciones de Copiapó.

3.5.                 Corte de Apelaciones de La Serena.

3.6.                 Corte de Apelaciones de Valparaíso.

3.7.                 Corte de Apelaciones de Santiago.

3.8.                 Corte de Apelaciones de San Miguel.

3.9.                 Corte de Apelaciones de Rancagua.

3.10.               Corte de Apelaciones de Talca.

3.11.               Corte de Apelaciones de Chillán.

3.12.               Corte de Apelaciones de Concepción.

3.13.               Corte de Apelaciones de Temuco.

3.14.               Corte de Apelaciones de Valdivia.

3.15.               Corte de Apelaciones de Puerto Montt.

3.16.               Corte de Apelaciones de Coyhaique.

3.17.               Corte de Apelaciones de Punta Arenas.

 

4.              Unidades de la Corte Suprema.

4.1.                 Oficina de Pleno.

4.2.                 Presidencia Corte Suprema.

4.3.                 Oficina de Títulos y grados.

4.4.                 Comisión de Ética.

4.5.                 Dirección de Comunicaciones.

4.6.                 Dirección de Estudios Corte Suprema.

4.7.                 Dirección de Bibliotecas y Centro Documental.

4.8.                 Dirección de Asuntos Internacionales y Derechos Humanos.

 

5.              Labor de la Corporación Administrativa del Poder Judicial.

 

6.              Academia Judicial.

 

7.              Departamento de Bienestar del Poder Judicial.

 

8.              Unidades de Apoyo a las Reformas y Comités de la Corte Suprema.

8.1.             Comité de Modernización.

8.2.             Comité de Personas.

8.3.             Comité de Comunicaciones.

8.4.             Comisión Resolutiva Interinstitucional de Metas de Gestión. 

8.5.             Comisión de Transparencia.

8.6.             Comité Paritario de la Corte Suprema.

8.7.             Coordinación Nacional de Causas de Violaciones de DD.HH.

8.8.             Informe de Causas de DD.HH 2da Sala.

8.9.             Secretaría Técnica de Igualdad de Género y No Discriminación.

8.10.           Comisión Lenguaje Claro.                    

8.11.           Comisión de Innovación.

8.12.           Comité Nacional de Riesgos Psicosociales.

8.13.           Comisión de Trabajo de Infancia.

8.14.           Comisión Ley de Tramitación Electrónica.

8.15.           Cumbre Judicial Iberoamericana.

8.16.           Grupos Vulnerables.

8.17.           Comisión de Reforma Código de Comercio.

8.18.           Comisión Iberoamericana de Ética Judicial.

8.18.           Asociación Nacional Altas Jurisdicciones Administrativas.

 

9.              Informes estadísticos de los Tribunales Especiales.

9.1.             Corte Marcial del Ejército, Fuerza Aérea y Carabineros.

9.2              Corte Marcial de la Armada.

9.3.             Tribunal de Defensa de la Libre Competencia.

9.4.             Tribunal de Propiedad Industrial.

9.5.             Tribunal de Contratación Pública.

9.6.             Tribunales Tributarios y Aduaneros.

9.7.             Primer Tribunal Ambiental de Antofagasta.

9.8.             Segundo Tribunal Ambiental de Santiago.

9.9.             Tercer Tribunal Ambiental de Valdivia.

 

10.            Dotación Efectiva Poder Judicial y CAPJ.

 

11.            Contraloría interna.

 

12.            Jurisprudencia relevante salas Corte Suprema.

12.1.            Primera Sala.

12.2.            Segunda Sala.

12.3.            Tercera Sala.

12.4.            Cuarta Sala.

 

13.            Proyectos particulares.

13.1.            Reforzamiento tribunales post COVID.

13.2.            Leyes N°21.378, N°21.389 y N°21.484.

 

 


Discurso con motivo de la cuenta pública e inicio del año judicial 2023 Pinche aquí

 

1.                 Labor Jurisdiccional Corte Suprema, Cortes de Apelaciones y Primera Instancia.

1.1.                 Índice Labor Jurisdiccional.

1.2.                 Labor Jurisdiccional Corte Suprema

1.3.                 Labor Jurisdiccional de las Cortes de Apelaciones.

1.4.                 Labor Jurisdiccional de Tribunales de Primera Instancia.

            

2.                 Labor de la Fiscalía de la Corte Suprema y de las Fiscalías de las Cortes de Apelaciones.

 

3.                 Dudas y dificultades en la aplicación e inteligencia de las leyes y de los vacíos notados en ellas.

3.1.                 Corte de Apelaciones de Arica

3.2.                 Corte de Apelaciones de Iquique

3.3.                 Corte de Apelaciones de Antofagasta

3.4.                 Corte de Apelaciones de Copiapó

3.5.                 Corte de Apelaciones de La Serena

3.6.                 Corte de Apelaciones de Valparaíso

3.7.                 Corte de Apelaciones de Santiago

3.8.                 Corte de Apelaciones de San Miguel

3.9.                 Corte de Apelaciones de Rancagua

3.10.               Corte de Apelaciones de Talca

3.11.               Corte de Apelaciones de Chillán

3.12.               Corte de Apelaciones de Concepción

3.13.               Corte de Apelaciones de Temuco

3.14.               Corte de Apelaciones de Valdivia

3.15.               Corte de Apelaciones de Puerto Montt

3.16.               Corte de Apelaciones de Coyhaique

3.17.               Corte de Apelaciones de Punta Arenas

 

4.                  Unidades de la Corte Suprema.

4.1.                 Oficina de Pleno.

4.2.                 Presidencia Corte Suprema

4.3.                 Oficina de Títulos y grados.

4.4.                 Comisión de Ética

4.5.                 Dirección de Comunicaciones.

4.6.                 Dirección de Estudios Corte Suprema.

4.7.                 Dirección de Bibliotecas y Centro Documental.

4.8.                 Dirección de Asuntos Internacionales y Derechos Humanos.

 

5.                  Labor de la Corporación Administrativa del Poder Judicial.

 

6.                  Academia Judicial.

 

7.                  Departamento de Bienestar del Poder Judicial.

 

8.              Unidades de Apoyo a las Reformas y Comités de la Corte Suprema.

8.1.             Comité de Modernización.

8.2.             Comité de Personas.

8.3.             Comité de Comunicaciones.

8.4.             Comisión Resolutiva Interinstitucional de Metas de Gestión 

8.5.             Comité Paritario de la Corte Suprema.

8.6.             Coordinación Nacional de Causas de Violaciones de DD.HH

8.7.             Secretaría Técnica de Igualdad de Género y No Discriminación.

8.8.             Comisión Lenguaje Claro.                    

8.9.             Comisión de Innovación.

8.10.           Comisión de Reforma Procesal Civil.

8.11.           Comité Nacional de Riesgos Psicosociales.

8.12.           Comisión de Trabajo de Infancia

8.13.           Comisión Ley de Tramitación Electrónica.

8.14.           Cumbre Judicial Iberoamericana.

8.15.           Grupos Vulnerables

8.16.           Comisión de Reforma Código de Comercio..

8.17.           Comisión Iberoamericana de Ética Judicial..

8.18.           Redes Internacionales.

 

9.              Informes estadísticos de los Tribunales Especiales.

9.1.              Corte Marcial del Ejército, Fuerza Aérea y Carabineros

9.2              Corte Marcial de la Armada

                    9.2.1. Corte Marcial de la Armada

                    9.2.2   Corte Marcial de la Armada: Tribunales Navales

9.3.             Tribunal de Defensa de la Libre Competencia

9.4.             Tribunal de Propiedad Industrial

9.5.             Tribunal de Contratación Pública

9.6.             Tribunales Tributarios y Aduaneros

9.7.             Primer Tribunal Ambiental de Antofagasta

9.8.             Segundo Tribunal Ambiental de Santiago

9.9.             Tercer Tribunal Ambiental de Valdivia

 

10.            Dotación Efectiva Poder Judicial y CAPJ.

11.            Contraloría interna


Discurso con motivo de la cuenta pública e inicio del año judicial 2022 Pinche aquí

 

1.                 Labor Jurisdiccional Corte Suprema, Cortes de Apelaciones y Primera Instancia.

1.1.                 Índice Labor Jurisdiccional.

1.2.                 Labor Jurisdiccional Corte Suprema

1.3.                 Labor Jurisdiccional de las Cortes de Apelaciones.

1.4.                 Labor Jurisdiccional de Tribunales de Primera Instancia.

            

2.                 Labor de la Fiscalía de la Corte Suprema y de las Fiscalías de las Cortes de Apelaciones.

 

3.                 Dudas y dificultades en la aplicación e inteligencia de las leyes y de los vacíos notados en ellas.

3.1.                 Corte de Apelaciones de Arica

3.2.                 Corte de Apelaciones de Iquique

3.3.                 Corte de Apelaciones de Antofagasta

3.4.                 Corte de Apelaciones de Copiapó

3.5.                 Corte de Apelaciones de La Serena

3.6.                 Corte de Apelaciones de Valparaíso

3.7.                 Corte de Apelaciones de Santiago

3.8.                 Corte de Apelaciones de San Miguel

3.9.                 Corte de Apelaciones de Rancagua

3.10.               Corte de Apelaciones de Talca

3.11.               Corte de Apelaciones de Chillán

3.12.               Corte de Apelaciones de Concepción

3.13.               Corte de Apelaciones de Temuco

3.14.               Corte de Apelaciones de Valdivia

3.15.               Corte de Apelaciones de Puerto Montt

3.16.               Corte de Apelaciones de Coyhaique

3.17.               Corte de Apelaciones de Punta Arenas

 

4.                  Unidades de la Corte Suprema.

4.1.                 Oficina de Pleno.

4.2.                 Presidencia Corte Suprema

4.3.                 Oficina de Títulos y grados.

4.4.                 Comisión de Ética

4.5.                 Dirección de Comunicaciones.

4.6.                 Dirección de Estudios Corte Suprema.

4.7.                 Dirección de Bibliotecas y Centro Documental.

4.8.                 Dirección de Asuntos Internacionales y Derechos Humanos.

4.9.                 Secretaría Corte Suprema.

 

5.                  Labor de la Corporación Administrativa del Poder Judicial.

 

6.                  Academia Judicial.

 

7.                  Departamento de Bienestar del Poder Judicial.

 

8.              Unidades de Apoyo a las Reformas y Comités de la Corte Suprema.

8.1.             Comité de Modernización.

8.2.             Comité de Personas.

8.3.             Comité de Comunicaciones.

8.4.             Comisión Resolutiva Interinstitucional de Metas de Gestión 

8.5.             Comisión de Transparencia.

8.6.             Comité Paritario de la Corte Suprema.

8.7.             Coordinación Nacional de Causas de Violaciones de DD.HH

8.8.             Secretaría Técnica de Igualdad de Género y No Discriminación.

8.9.             Comisión Lenguaje Claro.                    

8.10.           Comisión de Innovación.

8.11.           Comisión de Reforma Procesal Civil .

8.12.           Comité Nacional de Riesgos Psicosociales .

8.13.           Comisión Ley de Tramitación Electrónica.

8.14.           Cumbre Judicial Iberoamericana.

8.15.           Grupos Vulnerables

 

9.              Informes estadísticos de los Tribunales Especiales.

9.1.              Corte Marcial del Ejército, Fuerza Aérea y Carabineros

9.2              Corte Marcial de la Armada

                    9.2.1. Corte Marcial de la Armada

                    9.2.2   Corte Marcial de la Armada: Tribunales Navales

9.3.             Tribunal de Defensa de la Libre Competencia

9.4.             Tribunal de Propiedad Industrial

9.5.             Tribunal de Contratación Pública

9.6.             Tribunales Tributarios y Aduaneros

9.7.             Primer Tribunal Ambiental de Antofagasta

9.8.             Segundo Tribunal Ambiental de Santiago

9.9.             Tercer Tribunal Ambiental de Valdivia

 

10.            Dotación Efectiva Poder Judicial y CAPJ.

11.            Contraloría interna

 


Discurso con motivo de la cuenta pública e inicio del año judicial 2021 Pinche aquí

 

1.                 Labor Jurisdiccional Corte Suprema, Cortes de Apelaciones y Primera Instancia.

1.1.                 Índice Labor Jurisdiccional.

1.2.                 Labor Jurisdiccional Corte Suprema

1.3.                 Labor Jurisdiccional de las Cortes de Apelaciones.

   1.3.1.     Recursos de Protección de las Cortes de Apelaciones

1.4.                 Labor Jurisdiccional de Tribunales de Primera Instancia.

            

2.                 Labor de la Fiscalía de la Corte Suprema y de las Fiscalías de las Cortes de Apelaciones.

 

3.                 Dudas y dificultades en la aplicación e inteligencia de las leyes y de los vacíos notados en ellas.

3.1.                 Corte de Apelaciones de Arica

3.2.                 Corte de Apelaciones de Iquique

3.3.                 Corte de Apelaciones de Antofagasta

3.4.                 Corte de Apelaciones de Copiapó

3.5.                 Corte de Apelaciones de La Serena

3.6.                 Corte de Apelaciones de Valparaíso

3.7.                 Corte de Apelaciones de Santiago

3.8.                 Corte de Apelaciones de San Miguel

3.9.                 Corte de Apelaciones de Rancagua

3.10.               Corte de Apelaciones de Talca

3.11.               Corte de Apelaciones de Chillán

3.12.               Corte de Apelaciones de Concepción

3.13.               Corte de Apelaciones de Temuco

3.14.               Corte de Apelaciones de Valdivia

3.15.               Corte de Apelaciones de Puerto Montt

3.16.               Corte de Apelaciones de Coyhaique

3.17.               Corte de Apelaciones de Punta Arenas

 

4.                  Unidades de la Corte Suprema.

4.1.                 Oficina de Pleno.

4.2.                Presidencia Corte Suprema

4.3.                 Oficina de Títulos y grados.

4.4.                 Comisión de Ética

4.5.                 Dirección de Comunicaciones.

4.6.                 Dirección de Estudios Corte Suprema.

4.7.                 Dirección de Bibliotecas y Centro Documental.

4.8.                 Dirección de Asuntos Internacionales y Derechos Humanos.

4.9.                 Secretaría Corte Suprema.

 

5.                  Labor de la Corporación Administrativa del Poder Judicial.

 

6.                  Academia Judicial.

 

7.                  Departamento de Bienestar del Poder Judicial.

 

8.              Unidades de Apoyo a las Reformas y Comités de la Corte Suprema.

8.1.             Comité de Modernización.

8.2.             Comité de Personas.

8.3.             Comité de Comunicaciones.

8.4.             Comisión Resolutiva Interinstitucional de Metas de Gestión 

8.5.             Comisión de Transparencia.

8.6.             Comité Paritario de la Corte Suprema.

8.7.             Coordinación Nacional de Causas de Violaciones de DD.HH

8.8.             Secretaría Técnica de Igualdad de Género y No Discriminación.

8.9.             Comisión Lenguaje Claro.                    

8.10.           Comisión de Innovación.

8.11.           Comisión de Reforma Procesal Civil .

8.12.           Comité Nacional de Riesgos Psicosociales .

8.13.           Comisión Ley de Tramitación Electrónica.

8.14.           Cumbre Judicial Iberoamericana.

8.15.           Grupos Vulnerables

8.16.           Coordinación Centro de Justicia 

8.17.           Informe de Causas de DD.HH Corte de Apelaciones de Santiago 

 

9.              Informes estadísticos de los Tribunales Especiales.

9.1.              Corte Marcial del Ejército, Fuerza Aérea y Carabineros

9.2              Corte Marcial de la Armada

                    9.2.1. Corte Marcial de la Armada

                    9.2.2   Corte Marcial de la Armada: Tribunales Navales

9.3.             Tribunal de Defensa de la Libre Competencia

9.4.             Tribunal de Propiedad Industrial

9.5.             Tribunal de Contratación Pública

9.6.             Tribunales Tributarios y Aduaneros

9.7.             Primer Tribunal Ambiental de Antofagasta

9.8.             Segundo Tribunal Ambiental de Santiago

9.9.             Tercer Tribunal Ambiental de Valdivia

 

10.            Dotación Efectiva Poder Judicial y CAPJ.

11.            Contraloría interna

 


Discurso con motivo de la cuenta pública e inicio del año judicial 2020 Pinche aquí

 

1.                 Labor Jurisdiccional Corte Suprema, Cortes de Apelaciones y Primera Instancia.

1.1.                 Índice Labor Jurisdiccional.

1.2.                 Labor Jurisdiccional Corte Suprema

1.3.                 Labor Jurisdiccional de las Cortes de Apelaciones.

1.4.                 Labor Jurisdiccional de Tribunales de Primera Instancia.

                        1.4.1   Anexo.

 

2.                 Labor de la Fiscalía de la Corte Suprema y de las Fiscalías de las Cortes de Apelaciones.

 

3.                 Dudas y dificultades en la aplicación e inteligencia de las leyes y de los vacíos notados en ellas.

3.1.                 Corte de Apelaciones de Arica

3.2.                 Corte de Apelaciones de Iquique

3.3.                 Corte de Apelaciones de Antofagasta

3.4.                 Corte de Apelaciones de Copiapó

3.5.                 Corte de Apelaciones de La Serena

3.6.                 Corte de Apelaciones de Valparaíso

3.7.                 Corte de Apelaciones de Santiago

3.8.                 Corte de Apelaciones de San Miguel

3.9.                 Corte de Apelaciones de Rancagua

3.10.               Corte de Apelaciones de Talca

3.11.               Corte de Apelaciones de Chillán

3.12.               Corte de Apelaciones de Concepción

3.13.               Corte de Apelaciones de Temuco

3.14.               Corte de Apelaciones de Valdivia

3.15.               Corte de Apelaciones de Puerto Montt

3.16.               Corte de Apelaciones de Coyhaique

3.17.               Corte de Apelaciones de Punta Arenas

 

4.                  Unidades de la Corte Suprema.

4.1.                 Oficina de Pleno.

4.2.                 Presidencia Corte Suprema.

                        4.2.1   Anexo.

4.3.                 Oficina de Títulos y grados.

4.4.                 Dirección de Comunicaciones.

4.5.                 Dirección de Estudios Corte Suprema.

4.6.                 Dirección de Bibliotecas y Centro Documental.

4.7.                 Dirección de Asuntos Internacionales y Derechos Humanos.

4.8.                 Secretaría Corte Suprema.

4.9.                 Comisión de Ética.

 

5.                  Labor de la Corporación Administrativa del Poder Judicial.

 

6.                  Academia Judicial.

 

7.                  Departamento de Bienestar del Poder Judicial.

 

8.              Unidades de Apoyo a las Reformas y Comités de la Corte Suprema.

8.1.            Comité de Modernización.

8.2.             Comité de Personas.

8.3.             Comité de Comunicaciones.

8.4.             Comisión de Transparencia.

8.5.             Comité Paritario de la Corte Suprema.

8.6.             Coordinación Nacional de Causas de Violaciones de Derechos Humanos.

8.7.             Informe de Causas de DD.HH 2da Sala.

8.8.             Secretaría Técnica de Igualdad de Género y No Discriminación.

8.9.             Comisión Lenguaje Claro.

                    8.9.1   Informe Comisión Lenguaje Claro.

8.10.           Comisión de Innovación.

8.11.           Comité Ejecutivo de Riesgos Psicosociales.

8.12.           Comisión de Trabajo Corte Suprema y Ministerio de Justicia y Derechos Humanos

8.13.           Comisión de trabajo para unificar Procedimientos Contencioso Administrativos

8.14.           Comisión nacional por la Infancia

8.15.           Nuevo Modelo de gestión en las Cortes de Apelaciones del país

 

9.              Informes estadísticos de los Tribunales Especiales.

9.1.             Corte Marcial del Ejército, Fuerza Aérea y Carabineros

9.2             Corte Marcial de la Armada

                    9.2.1   Corte Marcial de la Armada 1

                    9.2.2   Corte Marcial de la Armada 2

9.3.             Tribunal de Defensa de la Libre Competencia

9.4.             Tribunal de Propiedad Industrial

9.5.             Tribunal de Contratación Pública

9.6.             Tribunales Tributarios y Aduaneros

9.7.             Primer Tribunal Ambiental de Antofagasta

9.8.             Segundo Tribunal Ambiental de Santiago

9.9.             Tercer Tribunal Ambiental de Valdivia

 

10.            Dotación Efectiva Poder Judicial y CAPJ.

 


Discurso con motivo de la cuenta pública e inicio del año judicial 2019 Pinche aquí

 

1.                 Labor Jurisdiccional Corte Suprema, Cortes de Apelaciones y Primera Instancia.

1.1.                 Índice Labor Jurisdiccional.

1.2.                 Labor Jurisdiccional Corte Suprema

1.3.                 Labor Jurisdiccional de las Cortes de Apelaciones.

1.4.                 Labor Jurisdiccional de Tribunales de Primera Instancia.

 

2.                 Labor de la Fiscalía de la Corte Suprema y de las Fiscalías de las Cortes de Apelaciones.

 

3.                 Dudas y dificultades en la aplicación e inteligencia de las leyes y de los vacíos notados en ellas.

3.1.                 Corte de Apelaciones de Arica

3.2.                 Corte de Apelaciones de Iquique

3.3.                 Corte de Apelaciones de Antofagasta

3.4.                 Corte de Apelaciones de Copiapó

3.5.                 Corte de Apelaciones de La Serena

3.6.                 Corte de Apelaciones de Valparaíso

3.7.                 Corte de Apelaciones de Santiago

3.8.                 Corte de Apelaciones de San Miguel

3.9.                 Corte de Apelaciones de Rancagua

3.10.               Corte de Apelaciones de Talca

3.11.               Corte de Apelaciones de Chillán

3.12.               Corte de Apelaciones de Concepción

3.13.               Corte de Apelaciones de Temuco

3.14.               Corte de Apelaciones de Valdivia

3.15.               Corte de Apelaciones de Puerto Montt

3.16.               Corte de Apelaciones de Coyhaique

3.17.               Corte de Apelaciones de Punta Arenas

 

4.                  Unidades de la Corte Suprema.

4.1.                 Oficina de Pleno

4.2.                 Presidencia Corte Suprema.

4.3.                 Oficina de Títulos y grados.

4.4.                 Comisión de Ética.

4.5.                 Dirección de Comunicaciones.

4.6.                 Dirección de Estudios Corte Suprema.

4.7.                 Dirección de Bibliotecas y Centro Documental.

4.8.                 Dirección de Asuntos Internacionales y Derechos Humanos.

4.9.                 Secretaría.

4.10.               Unidad de Estadísticas de la Corte Suprema.

 

5.                  5. Labor de la Corporación Administrativa del Poder Judicial.

5.1.                 Labor de la CAPJ.

5.2.                 Contraloria Interna CAPJ.

 

6.                  Academia Judicial.

 

7.                  Departamento de Bienestar del Poder Judicial.

 

8.              Unidades de Apoyo a las Reformas y Comités de la Corte Suprema.

8.1.             Comité de Modernización.

8.2.             Comité de Personas.

8.3.             Comité de Comunicaciones.

8.4.             8.4 Comisión Resolutiva Interinstitucional y Metas de Gestión.

8.5.             Comisión de Transparencia.

8.6.             Comité Paritario de la Corte Suprema.

8.7.             Coordinación Nacional de Causas de Violaciones de Derechos Humanos.

8.8.             Informe de Causas de DD.HH 2da Sala.

8.9.             Secretaría Técnica de Igualdad de Género y No Discriminación.

8.10.           Comisión Lenguaje Claro.

8.11.           Comisión de Innovación.

8.12.           Comisión de Reforma Procesal Civil.

8.13.           Comité Ejecutivo de Riesgos Psicosociales.

 

9.              Informes estadísticos de los Tribunales Especiales.

9.1.             Corte Marcial del Ejército, Fuerza Aérea y Carabineros

9.2.             Corte Marcial de la Armada

9.3.             Tribunal de Defensa de la Libre Competencia

9.4.             Tribunal de Propiedad Industrial

9.5.             Tribunal de Contratación Pública

9.6.             Tribunales Tributarios y Aduaneros

9.7.             Primer Tribunal Ambiental de Antofagasta

9.8.             Segundo Tribunal Ambiental de Santiago

9.9.             Tercer Tribunal Ambiental de Valdivia

 

10.            Dotación Efectiva Poder Judicial y CAPJ.

 


Discurso con motivo de la cuenta pública e inicio del año judicial 2018 Pinche aquí

 

1.                 Labor Jurisdiccional Corte Suprema, Cortes de Apelaciones y Primera Instancia.

1.1.                 Índice Labor Jurisdiccional Corte Suprema, Cortes de Apelaciones y Primera Instancia.

1.2.                 Labor Jurisdiccional Corte Suprema

1.3.                 Labor Jurisdiccional de las Cortes de Apelaciones.

1.4.                 Labor Jurisdiccional de Tribunales de Primera Instancia.

 

2.                 Labor de la Fiscalía de la Corte Suprema y de las Fiscalías de las Cortes de Apelaciones.

 

3.                 Dudas y dificultades en la aplicación e inteligencia de las leyes y de los vacíos notados en ellas.

3.1.                 Corte de Apelaciones de Arica

3.2.                 Corte de Apelaciones de Iquique

3.3.                 Corte de Apelaciones de Antofagasta

3.4.                 Corte de Apelaciones de Copiapó

3.5.                 Corte de Apelaciones de La Serena

3.6.                 Corte de Apelaciones de Valparaíso

3.7.                 Corte de Apelaciones de Santiago

3.8.                 Corte de Apelaciones de San Miguel

3.9.                 Corte de Apelaciones de Rancagua

3.10.               Corte de Apelaciones de Talca

3.11.               Corte de Apelaciones de Chillán

3.12.               Corte de Apelaciones de Concepción

3.13.               Corte de Apelaciones de Temuco

3.14.               Corte de Apelaciones de Valdivia

3.15.               Corte de Apelaciones de Puerto Montt

3.16.               Corte de Apelaciones de Coyhaique

3.17.               Corte de Apelaciones de Punta Arenas

 

4.                  Unidades de la Corte Suprema.

4.1.                 Oficina de Pleno.

4.2.                 Presidencia Corte Suprema.

4.3.                 Oficina de Títulos y grados.

4.4.                 Comisión de Ética.

4.5.                 Dirección de Comunicaciones.

4.6.                 Dirección de Estudios Corte Suprema.

4.7.                 Dirección de Bibliotecas y Centro Documental.

4.8.                 Dirección de Asuntos Internacionales y Derechos Humanos.

4.9.                 Secretaría.

 

5.                  Labor de la Corporación Administrativa del Poder Judicial.

 

6.                  Academia Judicial.

 

7.                  Departamento de Bienestar del Poder Judicial.

 

8.              Unidades de Apoyo a las Reformas y Comités de la Corte Suprema.

8.1.             Unidad de Apoyo a la Justicia Laboral.

8.2.             Unidad de Apoyo a la Reforma Procesal Penal.

8.3.             Unidad de Apoyo a la Justicia de Familia.

8.4.             Unidad de Apoyo a la Implementación de la Ley de Tramitación Electrónica.

8.5.             Comité de Modernización.

8.6.             Comité de Personas.

8.7.             Comité de Comunicaciones.

8.8.             Comisión Resolutiva Interinstitucional y Metas de Gestión.

8.9.             Comisión de Transparencia.

8.10.           Comité Paritario de la Corte Suprema.

8.11.           Coordinación Nacional de Causas de Violaciones de Derechos Humanos.

8.12.           Informe de Causas de Derechos Humanos y Segunda Sala Corte Suprema.

8.13.           Gestión Administrativa de las Cortes de Apelaciones.

8.14.           Secretaría Técnica de Igualdad de Género y No Discriminación.

8.15.           Coordinación Nacional Cumbre Judicial Iberoamericana.

8.16.           Acceso a la Justicia de Personas y Grupos Vulnerables.

8.17.           Comisión Lenguaje Claro.

8.18.           Comisión de Innovación.

8.19.           Subcomité de Atención de Usuarios.

 

9.              Informes estadísticos de los Tribunales Especiales.

9.1.             Corte Marcial del Ejército, Fuerza Aérea y Carabineros

9.2.             Corte Marcial de la Armada

9.3.             Tribunal de Defensa de la Libre Competencia

9.4.             Tribunal de Propiedad Industrial

9.5.             Tribunal de Contratación Pública

9.6.             Tribunales Tributarios y Aduaneros

9.7.             Primer Tribunal Ambiental de Antofagasta

9.8.             Segundo Tribunal Ambiental de Santiago

9.9.             Tercer Tribunal Ambiental de Valdivia

 

10.            Dotación Efectiva Poder Judicial y CAPJ.

 

Discurso con motivo de la cuenta pública e inicio del año judicial 2017 Pinche aquí

 

1.                 Labor Jurisdiccional Corte Suprema, Cortes de Apelaciones y Primera Instancia.

1.1.                 Índice Labor Jurisdiccional Corte Suprema, Cortes de Apelaciones y Primera Instancia.

1.2.                 Labor Jurisdiccional Corte Suprema

1.3.                 Labor Jurisdiccional de las Cortes de Apelaciones.

1.4.                 Labor Jurisdiccional de Tribunales de Primera Instancia.

 

2.                 Labor de la Fiscalía de la Corte Suprema y de las Fiscalías de las Cortes de Apelaciones.

 

3.                 Dudas y dificultades en la aplicación e inteligencia de las leyes y de los vacíos notados en ellas.

3.1.                 Corte de Apelaciones de Arica

3.2.                 Corte de Apelaciones de Iquique

3.3.                 Corte de Apelaciones de Antofagasta

3.4.                 Corte de Apelaciones de Copiapó

3.5.                 Corte de Apelaciones de La Serena

3.6.                 Corte de Apelaciones de Valparaíso

3.7.                 Corte de Apelaciones de Santiago

3.8.                 Corte de Apelaciones de San Miguel

3.9.                 Corte de Apelaciones de Rancagua

3.10.               Corte de Apelaciones de Talca

3.11.               Corte de Apelaciones de Chillán

3.12.               Corte de Apelaciones de Concepción

3.13.               Corte de Apelaciones de Temuco

3.14.               Corte de Apelaciones de Valdivia

3.15.               Corte de Apelaciones de Puerto Montt

3.16.               Corte de Apelaciones de Coyhaique

3.17.               Corte de Apelaciones de Punta Arenas

 

4.                  Unidades de la Corte Suprema.

4.1.                 Oficina de Pleno.

4.2.                 Presidencia.

4.3.                 Oficina de Títulos.

4.4.                 Comisión de Ética.

4.5.                 Dirección de Comunicaciones.

4.6.                 Dirección de Estudios, Análisis y Evaluación.

4.7.                 Dirección de Bibliotecas y Centro Documental.

4.8.                 Dirección de Asuntos Internacionales y Derechos Humanos.

4.9.                 Secretaría.

 

5.                  Labor de la Corporación Administrativa del Poder Judicial.

 

6.                  Academia Judicial.

 

7.                  Departamento de Bienestar del Poder Judicial.

 

8.              Unidades de Apoyo a las Reformas y Comités de la Corte Suprema.

8.1.             Unidad de Apoyo a la Justicia Laboral.

8.2.             Unidad de Apoyo Justicia Procesal Penal.

8.3.             Unidad de Apoyo a la Justicia de Familia.

8.4.             Unidad de Apoyo a los Juzgados Civiles y Tribunales No Reformados del País.

8.5.             Informe sobre la Reforma Procesal Civil.

8.6.             Comité de Modernización.

8.7.             Comité de Personas.

8.8.             Comité de Comunicaciones.

8.9.             Comisión Resolutiva Interinstitucional y Metas de Gestión.

8.10.           Comisión de Transparencia.

8.11.           Comité Paritario de la Corte Suprema.

8.12.           Coordinación nacional de causas de Derechos Humanos y Segunda Sala Corte Suprema.

8.13.           Gestión Administrativa de las Cortes de Apelaciones.

8.14.           Asuntos de Género.

8.15.           Cumbre Judicial Iberoamericana.

8.16.           Acceso a la Justicia de personas y grupos vulnerables.

8.17.           Comisión Lenguaje Claro.

8.18.           Proyecto de Innovación y Modernización.

8.19.           Subcomisión de Atención de Usuarios.

 

9.              Informes estadísticos de los Tribunales Especiales.

9.1.             Corte Marcial del Ejército, Fuerza Aérea y Carabineros

9.2.             Corte Marcial de la Armada

9.3.             Tribunal de Defensa de la Libre Competencia

9.4.             Tribunal de Propiedad Industrial

9.5.             Tribunal de Contratación Pública

9.6.             Tribunales Tributarios y Aduaneros

9.7.             Segundo Tribunal Ambiental

9.8.             Tercer Tribunal Ambiental


Discurso con motivo de la cuenta pública e inicio del año judicial 2016 Pinche aquí

 

1.                  Índice Labor Jurisdiccional Corte Suprema, Cortes de Apelaciones y Primera Instancia.

1.1.                  Labor Jurisdiccional Corte Suprema

 

2.                  Labor Jurisdiccional de las Cortes de Apelaciones.

 

3.                  Labor Jurisdiccional de Tribunales de Primera Instancia.

 

4.                  Labor de la Fiscalía de la Corte Suprema y de las Fiscalías de las Cortes de Apelaciones.

 

5.                  Dudas y dificultades en la aplicación e inteligencia de las leyes y de los vacíos notados en ellas.

5.1.                 Resumen Ejecutivo Dudas y Dificultades en la Inteligencia y Aplicación de las leyes 2014

5.2.                 Corte de Apelaciones de Arica

5.3.                 Corte de Apelaciones de Iquique

5.4.                 Corte de Apelaciones de Antofagasta

5.5.                 Corte de Apelaciones de Copiapó

5.6.                 Corte de Apelaciones de La Serena

5.7.                 Corte de Apelaciones de Valparaíso

5.8.                 Corte de Apelaciones de Santiago

5.9.                 Corte de Apelaciones de San Miguel

5.10.               Corte de Apelaciones de Rancagua

5.11.               Corte de Apelaciones de Talca

5.12.               Corte de Apelaciones de Chillán

5.13.               Corte de Apelaciones de Concepción

5.14.               Corte de Apelaciones de Temuco

5.15.               Corte de Apelaciones de Valdivia

5.16.               Corte de Apelaciones de Puerto Montt

5.17.               Corte de Apelaciones de Coyhaique

5.18.               Corte de Apelaciones de Punta Arenas

 

6.                  Unidades de la Corte Suprema.

6.1.                 Informe de la Oficina Administrativa.

6.2.                 Labor de la Oficina de Títulos.

6.3.                 Informe de la Comisión de Control Ético y Funcionario.

6.4.                 Información sobre reclamos, consultas y sugerencias Presidencia de la Corte Suprema y diversas actividades del Presidente.

6.5.                 Informe de la Dirección de Comunicaciones.

6.6.                 Informe de la Dirección de Estudios, Análisis y Evaluación de la Corte Suprema.

6.7.                 Informe de la Dirección de Bibliotecas y Centro Documental.

6.8.1.                 Cuenta Dirección de Asuntos Internacionales y Derechos Humanos.

6.8.2.                 Informe Dirección de Asuntos Internacionales y Derechos Humanos.

6.9.                 Informe Secretaría Corte Suprema.

 

7.                  Labor de la Corporación Administrativa del Poder Judicial.

7.1.                 Informe de la Labor de la Corporación Administrativa del Poder Judicial.

7.2.                 Dotación Efectiva del Poder Judicial y Corporación Administrativa del Poder Judicial al 31 de diciembre de 2015.

7.3.                 Oficio Corporación Administrativa del Poder Judicial.

 

8.                  Informe de Gestión de la Academia Judicial.

 

9.                  Informe del Departamento de Bienestar del Poder Judicial.

 

10.              Unidades de Apoyo a las Reformas y Comités de la Corte Suprema.

10.1.             Unidad de Apoyo a la Justicia Laboral.

10.2.             Unidad de Apoyo Justicia Procesal Penal.

10.3.             Unidad de Apoyo a la Justicia de Familia.

10.4.             Unidad de Apoyo a los Juzgados Civiles y Tribunales No Reformados del País.

10.5.             Informe sobre la Reforma Procesal Civil.

10.6.             Comité de Modernización.

10.7.             Comité de Personas.

10.8.             Comité de Comunicaciones.

10.9.             Comisión Resolutiva Interinstitucional de Metas de Gestión.

10.10.           Comisión de Transparencia.

10.11.           Comité Paritario de la Corte Suprema.

10.12.           Informe sobre causas de Derechos Humanos Segunda Sala Corte Suprema.

10.13.           Informe Programa de Derechos Humanos Corte Suprema.

10.14.           Gestión Administrativa de las Cortes de Apelaciones del País.

10.15.           Informe asuntos de Género.

10.16.           Informe Cumbre Judicial Iberoamericana.

10.17.           Informe Grupos Vulnerables.

 

11.              Informes estadísticos de los Tribunales Especiales.

11.1.             Corte Marcial del Ejército, Fuerza Aérea y Carabineros

11.2.             Corte Marcial de la Armada

11.3.             Tribunal de Defensa de la Libre Competencia

11.4.             Tribunal de Propiedad Industrial

11.5.             Tribunal de Contratación Pública

11.6.             Tribunales Tributarios y Aduaneros

11.7.             Segundo Tribunal Ambiental

11.8.             Tercer Tribunal Ambiental


Discurso con motivo de la cuenta pública e inicio del año judicial 2015 Pinche aquí

 

1.                  Resumen Labor Jurisdiccional de la Corte Suprema.

1.1.                  Causas Ingresadas en Cortes Suprema, Comparación 2014 – 2013

1.2.                  Resumen Ingreso en Corte Suprema, Comparación 2014 - 2013

1.3.                  Causas Ingresadas y Falladas en Oficina Administrativa Corte Suprema 2014

1.4.                  Causas Falladas en Corte Suprema, Comparación 2014 – 2013

1.5.                  Resumen Causas Falladas en Corte Suprema, Comparación 2014 – 2013

1.6.                  Duración causas terminadas en Corte Suprema 2007 – 2014

1.7.                  Duración causas terminadas en Corte Suprema por Sala 2014

1.8.                  Causas Pendientes en Corte Suprema, Comparación 2014 – 2013

1.9.                  Resumen Causas Pendientes en Corte Suprema, Comparación 2014 – 2013

1.10                 Causas Pendientes en Oficina Administrativa Corte Suprema, Comparación 2014 – 2013

1.11                 Apelaciones de Protección Ingresadas y Falladas en Corte Suprema 2010 – 2014

1.12                 Inventario de Causas Pendientes Corte Suprema 2014

 

2.                  Labor Jurisdiccional de las Cortes de Apelaciones.

2.1.                  Ingreso de causas en Cortes de Apelaciones y Corte Marcial, Comparación 2014 – 2013

2.2.                  Ingreso de causas en Cortes de Apelaciones, Comparación 2014 – 2013

2.3.                  Porcentaje de participación ingreso de causas por competencia en Cortes de Apelaciones 2014

2.4.                  Ingreso de causas por competencia en Cortes de Apelaciones 2014

2.5.                  Ingreso de causas por competencia en Cortes de Apelaciones, Comparación 2014 – 2013

2.6.                  Ingreso de causas por tipo de recurso en Cortes de Apelaciones, Comparación 2014 – 2013

2.7.                  Causas termin adas en Cortes de Apelaciones y Corte Marcial, Comparación 2014 – 2013

2.8.                  Causas terminadas en Cortes de Apelaciones, Comparación 2014 – 2013

2.9.                  Porcentaje de participación causas terminadas por competencia en Cortes de Apelaciones 2014

2.10.                Términos de causas por competencia en Cortes de Apelaciones 2014

2.11.                Causas terminadas por competencia en Cortes de Apelaciones, Comparación 2014 – 2013

2.12.                Causas terminadas en Cortes de Apelaciones por período de antigüedad 2014

2.13.                Causas pendientes de tramitación en Cortes de Apelaciones y Corte Marcial, Comparación 2013 – 2014

2.14.                Causas pendientes por competencia en Cortes de Apelaciones, a dic. 2014

2.15.                Evolución causas en tramitación por Cortes de Apelaciones según inventarios físicos 2010 – 2014

2.16.                Evolución inventarios de Cortes por año ingreso de causas, según inventarios físicos, 2010 – 2014

2.17.                Evolución causas en tramitación por competencia en Cortes de Apelaciones, según inventarios físicos, 2010 –2014

2.18.                Variación causas en tramitación por competencia en Cortes de Apelaciones, Comparación 2013 –2014

2.19.                Porcentaje de participación causas en tramitación por competencia en Cortes de Apelaciones 2014

2.20.                Recursos de Protección de Isapres Ingresados en Cortes de Apelaciones 2010 – 2014

2.21.                Recursos de Protección de Isapres Fallados en Cortes de Apelaciones 2010 – 2014

2.22.                Ingresos y términos de causas en Cortes de Apelaciones 2014

2.23.                Duración de causas terminadas en Cortes de Apelaciones por competencia (días promedio) 2007 – 2014

2.24.                Duración de causas terminadas en Cortes de Apelaciones por competencia (días promedio), Comparación 2014 – 2013

2.25.                Duración de causas terminadas en Cortes de Apelaciones por competencia (días promedio) 2014

2.26.                Minuta resumen de la labor de las Cortes de Apelaciones

2.27.                IInforme Administración Corte de Apelaciones de Santiago

 

3.                  Labor Jurisdiccional de Tribunales de Primera Instancia.

3.1.                 Ingreso de causas en Tribunales de primera instancia, Comparación 2014 – 2013

3.2.                 Ingreso de causas procedimiento ejecutivas y gestiones preparatorias respecto al ingreso civil país, Comparación 2014 – 2013

3.3.                 Ingreso de causas por competencia en Tribunales de primera instancia, Comparación 2014 – 2013

3.4.                 Ingreso de causas Familia por materia en Tribunales de primera instancia 2014

3.5.                 Ingreso y término de causas familia (divorcio y violencia intrafamiliar) en Tribunales de primera instancia 2014

3.6.                 Gráfico participación ingreso de causas por competencia Tribunales primera instancia 2014

3.7.                 Ingreso de causas por competencia en Tribunales de primera instancia 2014

3.8.                 Participación ingreso de causas por competencia Tribunales de primera instancia 2014

3.9.                 Ingreso de causas civiles por procedimiento en Tribunales de primera instancia, Comparación 2014 – 2013

3.10.               Ingreso de causas civiles por procedimiento ejecutivo en Tribunales de primera instancia, Comparación 2014 – 2013

3.11.               Ingreso de causas civiles por procedimiento ordinario en Tribunales de primera instancia, Comparación 2014 – 2013

3.12.               Ingreso de causas civiles por procedimiento en Tribunales de primera instancia, 2006 – 2014

3.13.               Términos de causas en Tribunales de primera instancia, Comparación 2014 – 2013

3.14.               Gráfico participación términos de causas por competencia Tribunales de primera instancia 2014

3.15.               Participación términos de causas por competencia Tribunales de primera instancia 2014

3.16.               Términos de causas por competencia en Tribunales de primera instancia 2014

3.17.               Término de causas civiles por procedimiento en Tribunales de primera instancia, 2006 – 2014

3.18.               Término de causas civiles por procedimiento y motivo de término en Tribunales de primera instancia, 2006 – 2014

3.19.               Ingresos y Términos de causas por competencia en Tribunales de primera instancia 2014

3.20.               Ingreso y término de causas civiles por procedimiento y motivo de término en Tribunales de primera instancia 2006 – 2014

3.21.               Ingreso y término de causas de cobranza en Tribunales de primera instancia, Comparación 2014 -2013

3.22.               Evolución ingresos y términos de causas de cobranza en Tribunales de primera instancia, Comparación 2011 – 2014

3.23.               Evolución ingresos y términos de causas de Reforma Laboral en Tribunales de primera instancia, Comparación 2011 – 2014

3.24.               Causas pendientes de tramitación por competencia en Tribunales de primera instancia, Comparación dic. 2013 – dic. 2014

3.25.               Causas pendientes de tramitación en Tribunales de primera instancia por jurisdicción de cortes, dic. 2014

3.26.               Porcentaje de participación causas pendientes de tramitación por competencia en Tribunales de primera instancia, dic. 2014

3.27.               Porcentaje de participación causas pendientes de tramitación por competencia en Tribunales no reformados de primera instancia, dic. 2014

3.28.               Causas civiles en tramitación por procedimiento y año ingreso de causas en Tribunales de primera instancia, según inventarios físicos, dic. 2014

3.29.               Evolución inventarios civiles por antigüedad de causas, según inventarios físicos, dic. 2009 – dic. 2014

3.30.               Evolución inventarios civiles por jurisdicción de cortes, según inventarios físicos, dic. 2009 – dic. 2014

3.31.               Causa Penales en tramitación ingresadas hasta año 2011, Comparación 2014 – 2013

3.32.               Evolución Audiencias realizadas Reforma Laboral 2010 – 2014

3.33.               Evolución Audiencias efectivamente realizadas Reforma Procesal Penal 2006 – 2014

3.34.               Evolución Audiencias efectivamente realizadas Reforma Procesal Penal por tipo 2006 – 2014

3.35.               Evolución Duración Audiencias Reforma Procesal Penal 2006 – 2014

3.36.               Gráfico Audiencias realizadas Reforma Procesal Penal 2006 – 2014

3.37.               Audiencias suspendidas Reforma Procesal Penal 2006 – 2014

3.38.               Plazo Agendamiento Audiencias Reforma Procesal Penal 2006 – 2014

3.39.               Plazo Agendamiento Audiencias Reforma Procesal Penal por tipo 2001 – 2014

3.40.               Medidas Cautelares de Prisión Preventiva 2014

3.41.               Minuta resumen de la labor de los Tribunales de primera instancia

 

4.                  Labor de la Fiscalía de la Corte Suprema y de las Fiscalías de las Cortes de Apelaciones.

 

5.                  Dudas y dificultades en la aplicación e inteligencia de las leyes y de los vacíos notados en ellas.

5.1.                 Resumen Ejecutivo Dudas y Dificultades en la Inteligencia y Aplicación de las leyes 2014

5.2.                 Corte de Apelaciones de Arica

5.3.                 Corte de Apelaciones de Iquique

5.4.                 Corte de Apelaciones de Antofagasta

5.5.                 Corte de Apelaciones de Copiapó

5.6.                 Corte de Apelaciones de La Serena

5.7.                 Corte de Apelaciones de Valparaíso

5.8.                 Corte de Apelaciones de Santiago

5.9.                 Corte de Apelaciones de San Miguel

5.10.               Corte de Apelaciones de Rancagua

5.11.               Corte de Apelaciones de Talca

5.12.               Corte de Apelaciones de Chillán

5.13.               Corte de Apelaciones de Concepción

5.14.               Corte de Apelaciones de Temuco

5.15.               Corte de Apelaciones de Valdivia

5.16.               Corte de Apelaciones de Puerto Montt

5.17.               Corte de Apelaciones de Coyhaique

5.18.               Corte de Apelaciones de Punta Arenas

 

6.                  Unidades de la Corte Suprema.

6.1.                 Informe de la Oficina Administrativa

6.2.                 Labor de la Oficina de Títulos

6.3.                 Informe de la Comisión de Control Ético y Funcionario

6.4.                 Información sobre reclamos, consultas y sugerencias Presidencia de la Corte Suprema y diversas actividades del Presidente

6.5.                 Actividades Dirección de Comunicaciones

6.6.                 Gestión de la Dirección de Estudios, Análisis y Evaluación de la Corte Suprema

6.7.                 Informe de la Dirección de Bibliotecas y Centro Documental

6.8.                 Informe de la Dirección de Asuntos Internacionales

 

7.                  Labor de la Corporación Administrativa del Poder Judicial.

7.1.                 Informe de la Labor de la Corporación Administrativa del Poder Judicial

7.2.                 Dotación Efectiva del Poder Judicial y Corporación Administrativa del Poder Judicial al 31 de diciembre de 2014

 

8.                  Informe de Gestión de la Academia Judicial.

 

9.                  Informe del Departamento de Bienestar del Poder Judicial.

 

10.              Unidades de Apoyo a las Reformas y Comités de la Corte Suprema.

10.1.             Unidad de Apoyo a la Justicia Laboral

10.2.             Unidad de Apoyo Justicia Procesal Penal

10.3.             Unidad de Apoyo a la Justicia de Familia

10.4.             Unidad de Apoyo a los Juzgados Civiles

10.5.             Informe sobre la Reforma Procesal Civil

10.6.             Comité de Modernización

10.7.             Comité de Personas

10.8.             Comité de Comunicaciones

10.9.             Comisión Resolutiva Interinstitucional de Metas de Gestión

10.10.           Comisión de Transparencia

10.11.           Comité Paritario de la Corte Suprema

10.12.           Informe sobre causas de Derechos Humanos Segunda Sala Corte Suprema

10.13.           Informe Programa de Derechos Humanos Corte Suprema

 

11.              Informes estadísticos de los Tribunales Especiales.

11.1.             Corte Marcial del Ejército, Fuerza Aérea y Carabineros

11.2.             Corte Marcial de la Armada

11.3.             Tribunal de Defensa de la Libre Competencia

11.4.             Tribunal de Propiedad Industrial

11.5.             Tribunal de Contratación Pública

11.6.             Tribunales Tributarios y Aduaneros

11.7.             Segundo Tribunal Ambiental

11.8.             Tercer Tribunal Ambiental


Presidente Sergio Muñoz inauguró Año Judicial 2014 resaltando el acceso a la justicia de las personas

En la ceremonia, el presidente de la Corte Suprema, ministro Sergio Muñoz Gajardo, llamó a fijar mayor atención en los derechos de las víctimas y profundizar el acceso a la justicia de todas las personas.

 

El alto magistrado encabezó la tradicional ceremonia -que se realiza desde 1919- de rendición de cuenta de la gestión judicial de 2013 y planteó los desafíos para el año judicial 2014. Acto que contó con la asistencia de diversas autoridades, tales como: el presidente del Senado, Jorge Pizarro; la presidenta del Tribunal Constitucional, Marisol Peña; el fiscal nacional, Sabas Chahuán; el contralor general de la República, Ramiro Mendoza; el ministro de Justicia (s), Juan Ignacio Piña; el presidente de la Cámara de Diputados, Edmundo Eluchans; el defensor nacional, Gregory Schubert, y el ministro de Justicia designado, José Antonio Gómez.

 

En su discurso, el presidente Muñoz enumeró los principales desafíos que debe encarar el Poder Judicial para realizar una gestión en favor de la ciudadanía, como por ejemplo:
-Elevar la calidad de la decisión jurisdiccional;
-Responder con excelencia, en que toda persona sea debidamente atendida y obtenga solución a sus demandas;
-Sustanciar los procedimientos conforme a la ley, con celeridad y acción de oficio, para llegar a una determinación pronta y oportuna, en un lenguaje claro y sencillo;
-Aportar valor a la decisión jurisdiccional mediante la especialización, ponderando todos los antecedentes del caso, con una argumentación y justificación afín a la materia y a los hechos particulares;
-Reconocer a todas las personas el pleno respeto de sus derechos, y
-Permitir que la revisión judicial se ejerza de manera fundada, en un sistema recursivo único.

 

Además, llamó a profundizar la independencia del Poder Judicial como una garantía de acceso a todas las personas a la justicia: "El sueño es contar con un Poder Judicial que acoja y vele por el respeto de los ciudadanos, que se les reconozcan sus derechos en plenitud, de manera efectiva frente a los embates ilegítimos y que se realice en un plazo razonable", dijo.

 

Críticas a la labor de los jueces 
Asimismo, el presidente Muñoz planteó que se debe resguardar la independencia de la labor de los magistrados de todo el país, destacando que el Poder Judicial está abierto a las críticas de parte de todos los actores de la opinión publica, siempre y cuando se mantengan en el debido marco de respeto: "A los jueces se les debe defender, cuidar y salir a afrontar las descalificaciones derivadas del ejercicio de la función jurisdiccional, pero dejando en claro que puede existir la posibilidad que se equivoquen, para ello están los recursos legales en manos de las partes. Todas las personas tienen derecho a expresar su opinión en torno a la forma como se administra justicia, solamente procede reclamar los modos y pedir que se eviten las descalificaciones. Cuando la opinión viene de otras autoridades estatales el tema es más sensible, puesto que es posible que ello redunde en respuesta de parte de los jueces en los mismos términos e intensidades que las críticas, con lo cual se produce un espectáculo indecoroso en el Estado. Por ello, la mesura debe provenir de todas las autoridades", aseveró.

 

Derechos de las víctimas 
Entre las propuestas que realizó el presidente de la corte Suprema, estuvo la necesidad de dar más importante de los derechos a las víctimas, especialmente de menores de edad, equilibrando la relevancia que hasta ahora se ha dado a otros intervinientes en la persecución penal.

 

"Situando a la persona en el centro de nuestras preocupaciones, hay que dar especial amparo a las víctimas, con énfasis en los menores. Ellas han sufrido una agresión ilegítima en sus derechos. Sin embargo, lo que hoy se reclama y reclamo, es que simplemente estén acogidos sus derechos a la misma altura y con los mismos énfasis que los de sus victimarios. Estoy de acuerdo en que corresponde desterrar la impunidad. Política y principio que debe movernos a todos a colaborar en el Estado. Sin embargo, en casos críticos y graves, en que las personas se vean afectadas, además, de sus derechos, en su salud mental y desarrollo como individuos, corresponde hacer un alto y pensar cuál es el bien más preciado a preservar.

 

En nuestro país pareciera que lo más importante es la eficacia de la persecución penal, no obstante que, en una adecuada axiología de valores, la indemnidad de la víctima debe estar en la cúspide.

 

De lo anterior se deriva que toda víctima y especialmente los menores, ante cualquier ataque, en particular aquellos que puedan afectar su desarrollo, deben tener la oportunidad de ser asistidos psicológicamente y luego encausar la investigación policial, a la que podrán acceder o restarse mediante excusa fundada y documentada", propuso.

 

Asimismo, Sergio Muñoz llamó a dar dignidad a las personas que están dentro del sistema carcelario y anunció una labor mucho más incisiva de los jueces de Familia: "Corresponde profundizar la actividad de los jueces de familia en orden a determinar la forma en que los menores cumplen los planes de intervención en las casas de acogida y demás recintos dispuestos por la autoridad administrativa, con el propósito que no sean vulnerados en sus derechos, dado que precisamente se les asiste por encontrarse en riesgo social", estableció.

 

Reforma Civil
Ante la tramitación de la reforma procesal civil, el presidente de la Corte Suprema llamó al Senado a incorporar los aportes hechos por el máximo tribunal y que fueron desestimados por la Cámara de Diputados. "Pensando en el bienestar de los chilenos, esperamos que en el Senado se advierta la altura de miras con que se realizaron", dijo.

 

Además, considerando que la reforma en la materia civil es el último gran cambio a los sistemas de procedimiento, explicó que "resulta apropiado pensar en la unificación de los procedimientos, disponiendo que todos los asuntos que no estén contemplados en reformas precedentes deberán ser tramitados conforme al Código Procesal Civil, derogando expresamente todos los juicios dispersos en la legislación, de manera similar al artículo final del Código de Procedimiento Civil".

 

Derechos Humanos 
Además, la autoridad destacó la declaración de la Corte Suprema con motivo de los 40 años del 11 de septiembre de 1973, y reiteró que en el aquel momento se reconoció que no se ejerció ningún liderazgo para representar las actividades ilícitas que violentaron las garantías fundamentales de los ciudadanos, circunstancia que constituyó una dejación de funciones jurisdiccionales; que los jueces de la época no hicieron lo suficiente para determinar la efectividad de las acciones delictuosas denunciadas. "Ese comportamiento no puede repetirse, pues contradice el Estado de Derecho propio de una República democrática", afirmó.

 

En la materia, Muñoz informó que, actualmente, existen 1.022 procesos abiertos; de ellos, 72 se refieren a torturas. Agregó que se dictaron en 2013, 22 fallos de primera instancia, 19 de segunda instancia y cuatro en la Corte Suprema, sumando 82 personas cumplen condena por estos procesos.

 

"Contrariamente a lo ocurrido, Chile debiera ser destacado como ejemplo en esta materia por la persistencia de los familiares de las víctimas que han sido determinantes en este logro, la institucionalidad que ha escuchado su clamor actuando en consecuencia y la Nación chilena, que rechazando estos hechos, ha construido el mensaje que sucesos de esa naturaleza serán siempre investigados y sancionados por los tribunales, cualquiera sea el tiempo que transcurra", aseguró.

 

Derechos de los ciudadanos 
Sergio Muñoz insistió en el pleno respeto y protección de los derechos de las personas resaltando que en el último tiempo se han incorporado una serie de derechos a la ciudadanía, los que deben mantenerse evitando las reacciones corporativas cuando los tribunales ejercen su acción.

 

"La magistratura ha dejado de ser, desde hace muchos años, un espectador de las contiendas, es un árbitro activo de las mismas. La integración de la función jurisdiccional al ejercicio de las demás potestades públicas y a la actividad privada, en pro del bien común, nos permitirá construir una sociedad más participativa y más justa, tarea a la cual todos estamos llamados, abriendo espacios de tolerancia a la diversidad, reconociendo las particularidades de todas y de todos, sin exclusiones", sostuvo.

 

"Esta visión deja a los jueces como los primeros servidores de los ciudadanos, permitiendo a la comunidad nacional el acceso sin discriminaciones a una administración de justicia pronta, oportuna y de calidad, ejercida de manera transparente y confiable para la población; administración de justicia que se legitima día a día por su actuar probo y éticamente coherente, contribuyendo a que se logre la plena y efectiva vigencia de los derechos fundamentales que emanan de la naturaleza humana, que permita la mayor realización y participación de las personas en el desarrollo y en la obtención del bien común", concluyó.

 
Cumbre Judicial
El presidente de la Corte Suprema informó que entre el 2 y 4 de abril se llevará a cabo en el país la Asamblea Plenaria de la Cumbre Judicial Iberoamericana, instancia que reúne a los presidentes y presidentas de Cortes Supremas y Consejos de la Magistratura del bloque. Además, destacó que en esta edición se realizará la V Feria de Justicia y Tecnología, en la que exhibirá un Tribunal Modelo, se realizarán seminarios y concursos de innovación y de aplicaciones informáticas.

Ver Discurso Completo

Ver documentos anexos
 

1.-   Resumen labor jurisdiccional de la Corte Suprema:

Causas ingresadas (comparación 2013-2012)

- Resumen ingresos (comparación 2013-2012)

- Causas falladas (comparación 2013-2012)

- Resumen causas falladas (comparación 2013-2012)

- Duración causas terminadas  2007-2013

- Duración causas terminadas por Sala -2013

- Causas pendientes (comparación 2013-2012)

- Resumen causas pendientes (comparación 2013-2012)

- Auto acordados, instrucciones y otras regulaciones de orden general (parte 1)

Auto acordados, instrucciones y otras regulaciones de orden general (parte 2)

 

2.-  Labor jurisdiccional de las Cortes de Apelaciones:

Ingreso de causas en Cortes de Apelaciones y Corte Marcial (comparación 2013-2012)

- Ingreso de causas en Cortes de Apelaciones (comparación 2013-2012)

- Porcentaje de participación ingreso de causas por competencia en Cortes de Apelaciones, año 2013

- Ingreso de causas por competencia en Cortes de Apelaciones, año 2013

- Causas terminadas en Cortes de Apelaciones y Corte Marcial (comparación 2013-2012)

- Causas terminadas en Cortes de Apelaciones (comparación 2013-2012)

Porcentaje de participación causas terminadas por competencia en Cortes de Apelaciones, año 2013

- Términos de causas por competencia en Cortes de Apelaciones, año 2013

Duración de causas terminadas en Cortes de Apelaciones por competencia (días promedio, comparación 2007-2013)

Causas terminadas por competencia en Cortes de Apelaciones (comparación 2013-2012)

- Causas pendientes de tramitación en Cortes de Apelaciones y Corte Marcial (comparación dic. 2012–dic. 2013)

- Porcentaje de participación causas en tramitación por competencia en Cortes de Apelaciones, año 2013

Causas pendientes por competencia en Cortes de Apelaciones, a dic 2013

- Minuta resumen de la labor de las Cortes de Apelaciones

- Ingreso de causas por tipo de recurso en Cortes de Apelaciones (comparación 2013-2012)

- Evolución causas en tramitación en Cortes de Apelaciones, según inventarios físicos, dic. 2010-dic. 2013

- Evolución inventarios Cortes por año ingreso de causas, según inventarios físicos, dic 2010-dic 2013

- Duración de causas terminadas en Cortes de Apelaciones por competencia y antigüedad (días promedio, año 2013)

- Ingreso de causas por competencia en Cortes de Apelaciones (comparación 2013-2012)

- Evolución causas en tramitación por competencia en Cortes de Apelaciones, según inventarios físicos, dic. 2010-dic. 2013

- Duración de causas terminadas en Corte de Apelaciones por competencia (días promedio, comparación 2013-2012)

Ingreso y términos de causas en Cortes de Apelaciones, año 2013

 

3.- Labor jurisdiccional tribunales de primera instancia:

Ingreso de causas en tribunales de primera instancia (comparación 2013-2012)

Ingreso de causas procedimientos ejecutivas y gestiones preparatorias, respecto al ingreso civil país (comparación 2013-2012)

Ingreso de causas por competencia en tribunales de primera instancia (comparación 2013-2012)

Ingreso y término de causas de Familia (divorcio y violencia intrafamiliar) en tribunales de primera instancia, año 2013

Gráfico participación ingreso de causas por competencia tribunales de primera instancia, año 2013

Ingreso y términos de causas por competencia en tribunales de primera instancia, año 2013

Ingreso de causas por competencia en tribunales de primera instancia, año 2013

Participación ingreso de causas por competencia tribunales de primera instancia, año 2013

Términos de causas por competencia en tribunales de primera instancia, año 2013

Gráfico participación términos de causas por competencia tribunales de primera instancia, año 2013

Términos de causas en tribunales de primera instancia (comparación 2013-2012)

Causas pendientes de tramitación por competencia en tribunales de primera instancia (comparación dic. 2012–dic. 2013)

Causas pendientes de tramitación en tribunales de primera instancia por jurisdicción, dic. 2013

Porcentaje de participación causas pendientes de tramitación por competencia en tribunales de primera instancia, dic. 2013

Porcentaje de participación causas pendientes de tramitación por competencia en tribunales no reformados de primera instancia, dic. 2013

Minuta resumen de la labor de los tribunales de primera instancia

Ingreso de causas civiles por procedimiento en tribunales de primera instancia (comparación 2006-2012)

Ingreso de causas civiles por procedimiento ejecutivo en tribunales de primera instancia (comparación 2013-2012)

Ingreso de causas civiles por procedimiento ordinario en tribunales de primera instancia (comparación 2013-2012)

Causas civiles en tramitación por procedimiento y año ingreso de causas en tribunales de primera instancia, según inventarios físicos, dic. 2013

Ingreso y término de causas civiles por procedimiento y motivo de término en tribunales de primera instancia, 2006–2013

Término de causas civiles por procedimiento y motivo de término en tribunales de primera instancia, 2006–2013

Ingreso de causas civiles por procedimiento en tribunales de primera instancia, 2006–2013

Evolución inventarios civiles por antigüedad de causas, según inventarios físicos, dic. 2009-dic. 2013

Evolución inventarios civiles por jurisdicción, según inventarios físicos, dic. 2009-dic. 2013

Término de causas civiles por procedimiento en tribunales de primera instancia, 2006–2013

Ingreso y término de causas de cobranza en tribunales de primera instancia (comparación 2013-2012)

 

4.- Labor de la Fiscalía de la Corte Suprema y de las Fiscalías de las  Cortes de Apelaciones:
Informe cuenta anual Fiscalía Corte Suprema
Labor de las fiscalías judiciales ( extracto)

 

5.- Dudas y dificultades en la aplicación e inteligencia de las leyes y de los vacíos notados en ellas:
Resumenes de dudas y dificultades (primera parte)
Resumenes de dudas y dificultades (segunda parte)
Corte de Apelaciones de Arica
Corte de Apelaciones de Iquique
Corte de Apelaciones de Antofagasta
Corte de Apelaciones de Copiapó
Corte de Apelaciones de La Serena
Corte de Apelaciones de Valparaíso
Corte de Apelaciones de Santiago
Corte de Apelaciones de San Miguel
Corte de Apelaciones de Rancagua
Corte de Apelaciones de Talca
Corte de Apelaciones de Chillán
Corte de Apelaciones de Concepción
Corte de Apelaciones de Temuco
Corte de Apelaciones de Valdivia
Corte de Apelaciones de Puerto Montt
Corte de Apelaciones de Coyhaique
Corte de Apelaciones de Punta Arenas

 

6.1.-  Estadística Oficina Administrativa
6.2.- Labor de la Oficina de Títulos
6.3.- Estadística de la Comisión de Control Ético y Funcionario
6.4.- Información sobre reclamos, consultas y sugerencias   Presidencia de la Corte Suprema
6.5.- Actividades Dirección de Comunicaciones
6.6.- Gestión de la Unidad de Estudios, Análisis y Evaluación de la Corte Suprema

7.-  Informe de la Corporación Administrativa del Poder Judicial

8.- Dotación efectiva del Poder Judicial y Corporación Administrativa al 31 de diciembre de 2013 

9.-  Informe de Gestión de la Academia Judicial

10.- Informe del Departamento de Bienestar del Poder Judicial

 

11.- Unidades de Apoyo a las reformas y comités de la Corte Suprema
Unidad de Apoyo a la Justicia Laboral
Anexo Informe Unidad Apoyo a la Justicia Laboral (primera parte)
Anexo Informe Unidad Apoyo a la Justicia Laboral (segunda parte)
Anexo Informe Unidad Apoyo a la Justicia Laboral (tercera parte)

Unidad de Apoyo Justicia Procesal Penal

Unidad de Apoyo a la Justicia de Familia

Unidad de Apoyo a los Juzgados Civiles

Comité de Modernización de la Justicia

Comité Paritario de la Corte Suprema

Boletín Comité Paritario

Comité para el Desarrollo de Metas Institucionales

Comité de Relaciones Institucionales

Informe causas Derechos Humanos

Informe Comité Atención de Usuarios

Anexo Compendio Buenas Prácticas

 

12.- Informes estadísticos de los tribunales especiales
Corte Marcial del Ejército, Fuerza Aérea y Carabineros

Corte Marcial de la Armada

Tribunal de Defensa de la Libre Competencia

Tribunal de Propiedad Industrial

Tribunal de Contratación Pública

Tribunal Tributario y Aduanero

Segundo Tribunal Ambiental

- Tercer Tribunal Ambiental

 

Presidente de la Corte Suprema Rubén Ballesteros inauguró año judicial 2013

El presidente de la Corte Suprema Rubén Ballesteros Cárcamo dio cuenta de la actividad judicial durante el año 2012 e inauguró el Año Judicial 2013 reiterando los anhelos de autonomía financiera y de respeto a la independencia judicial. La ceremonia por primera vez contó con traducción en lengua de señas para las personas con discapacidad auditiva.

A la solemne ceremonia realizada en el Salón de Pleno del máximo tribunal asistieron diversas autoridades del sector justicia, entre otras, la ministra de Justicia, Patricia Pérez; el presidente de la Cámara de Diputados, Nicolás Monckeberg; el Fiscal Nacional, Sabás Chahúan; el presidente del Tribunal Constitucional, Raúl Bertelsen y el Contralor General de la República, Ramiro Mendoza.

El presidente de la Corte Suprema informó que durante el año 2012 ingresaron a los tribunales de primera instancia 3.003.271 nuevos asuntos, cifra que no incluye los exhortos, lo que representa una disminución de un 14,2% respecto del año anterior. La reducción se explica por el menor ingreso de causas civiles en gestiones preparatorias de la vía ejecutiva y de las solicitudes de medidas prejudiciales que disminuyó a nivel nacional a 1.583.774, lo que significó una variación de un 23,3% en relación al ingreso del año 2011. Estas causas, sin embargo, constituyen el 53% del ingreso total nacional.

En las 17 cortes de apelaciones del país en el año 2012 ingresaron 126.219 asuntos de distinta naturaleza, cifra superior al ingreso del año anterior en un 20,5%. Se mantiene el incremento de los recursos de protección, que a nivel nacional alcanzaron 54.966, cifra que constituye un 71,5% más que la del período pasado y que en su mayoría corresponde a acciones contra las ISAPRES por las alzas en los precios de los planes de salud.

En la Corte Suprema ingresaron 9.699 recursos, representando una disminución de 23,7% respecto de los ingresos del año anterior. Las apelaciones en los recursos de protección alcanzaron un total de 2.740, es decir, un 48,2% menos que el año 2011.

Respecto de las causas por violaciones a los derechos humanos en el país el presidente Ballesteros informó que actualmente se tramitaron un total de 1.104 procesos a cargo de 32 ministros de Cortes de Apelaciones designados para el efecto de acuerdo al informe entregado por el ministro Hugo Dolmestch Urra.

El magistrado recordó que en una visita realizada al país en agosto pasado, el Grupo de Trabajo sobre Desapariciones Forzadas o Involuntarias de las Naciones Unidas valoró lo avances que ha hecho la Corte Suprema en la investigación de este tipo de hecho y reiteró que la sustanciación de causa s no se encuentra sometida a ningún tipo de plazo.

"Reiteramos que el término de estos procesos no está sujeto a ningún plazo. Su fin está condicionado al establecimiento de la existencia de los hechos constitutivos de delitos y la determinación de las responsabilidades criminales de las personas que los cometieron, labor que los jueces encargados de instruirlos continuarán cumpliendo con especial atención.", dijo el magistrado.

El presidente Ballesteros destacó una vez más los avances en materia de transparencia y entrega de información del Poder Judicial recordando entre otras cosas los acuerdos de pleno respecto de declaración de patrimonio y de intereses de abogados integrantes y la incorporación a las redes sociales de Twitter, Facebook y Youtube del Poder Judicial de Chile.

El presidente de la Corte Suprema se refirió a los proyectos de ley que pretenden modificar el sistema procesal penal y abogó por un debate amplio respecto de eventuales cambios a un sistema que desde su establecimiento en el año 2000 se ha mostrado exitoso.

"Las formas y maneras como la comunidad nacional vive y se sujeta a las normas de conducta que establece la ley, sus reacciones sobre ella, hacen necesario el debate y estudio sobre cómo la ley recoge las inquietudes ciudadanas, cómo regula debidamente la convivencia diaria, y cómo resuelve las distintas infracciones a la ley penal que se suceden en el acontecer cotidiano. Son sus representantes quienes deberán proponer y estudiar las rectificaciones y modificaciones que sea menester, sin afectar los principios de persecución penal pública, de investigación por una órgano profesional independiente, de separación de las funciones de investigación, acusación y enjuiciamiento, de oportunidad reglada, de inmediación, el derecho a la defensa, la presunción de inocencia y el derecho a juicio previo, oral y público, entre otros, que son el fundamento del sistema procesal penal", dijo Ballesteros.

Asimismo el ministro Ballesteros planteó la necesidad de establecer una mejor coordinación entre las policías y el Ministerio Público y aseguró que cualquier cambio no debe socavar el rol de los jueces de garantía y los principios inspiradores del sistema procesal penal.

"Son materias de la mayor trascendencia para abordar en el proyecto de reforma, aquellas que dicen relación con la coordinación del Ministerio Público y policías, la capacitación de los funcionarios civiles o uniformados y quienes intervienen en los trabajos de investigación y la necesidad de resolver problemas concretos y reales que se dan en la práctica y que no deben afectar los principios inspiradores del sistema acusatorio, ni alterar el rol y atribuciones de los jueces de garantía, sino más bien, incorporar prácticas e interpretaciones judiciales asentadas".

En relación al proyecto de ley de Reforma Procesal Civil, el presidente Ballesteros manifestó el respaldo a los cambios, y aseguró que el informe remitido a la Cámara de Diputados sobre el mencionado proyecto es sólo un primer paso y que se continuará trabajando de manera interna a través de comisiones de ministros del máximo tribunal.

"La Corte Suprema está preocupada de la implementación de la reforma al sistema procesal civil que cierra el círculo de las reformas procesal penal, de familia y laboral en la primera instancia. Luego será necesario resolver las adecuaciones a la segunda instancia y a la Corte Suprema para lo cual estaremos preparados. En el mes de enero de 2012 se designó una comisión para el estudio de la parte sustantiva y/o normativa, integrada por los ministros señores Juan Araya Elizalde, Patricio Valdés Aldunate y Haroldo Brito Cruz quienes han trabajado durante todo el año e incluso participaron en jornadas en el Ministerio de Justicia y en un viaje al extranjero a fin de proveerse de los mayores conocimientos y experiencias del derecho comparado sobre el proceso civil que se pretende instaurar en el país. El informe de la Corte Suprema remitido a la Cámara de Diputados en que comienza el estudio y análisis del anteproyecto ingresado por el Gobierno, es sólo el primero. La Comisión Normativa seguirá trabajando en atención a que se trata de una materia de la mayor trascendencia, de manera que en lo por venir seguirán emitiendo otros dictámenes", dijo

Además informó que ya se está trabajando en establecer mecanismos en los actuales tribunales civiles para evitar que el retraso que experimenta este tipo de proceso afecte las futuras reformas con cargas de trabajo excesivas para jueces y funcionarios.

"Los Ministros encargados de la Unidad de Apoyo a los Juzgados Civiles señor Sergio Muñoz Gajardo y señora Rosa Egnem Saldías, adelantándose a los acontecimientos y ante la situación de retraso que advierten, han propuesto un conjunto de medidas para producir un significativo avance en la tramitación de las causas en estos tribunales que permitan que los esfuerzos que deba hacerse para la implementación de la reforma civil no se vean obstaculizados por la existencia de una carga de trabajo no atendida completamente, como ocurrió con las otras reformas. Entre las medidas que se sugieren y que están en etapa de planificación y ejecución, se contempla la confección de un inventario nacional de las causas y su estado de tramitación; la ejecución de una planificación por cada Ministro Visitador de las distintas Cortes de Apelaciones a fin de resolver los procedimientos y acciones necesarias para el avance de los procesos en tramitación; el apoyo computacional a través del Escritorio del Juez, centro de escaneado, digitalización de expedientes, pistola digital; el ejercicio de la facultad de destinar jueces para resolver situaciones de cargas de trabajo muy complejas; la aplicación del artículo 47 del Código Orgánico de Tribunales; la asignación de asesores letrados y, otras, con el fin ya expuesto.

Respecto de la labor de la Corporación Administrativa del Poder Judicial (CAPJ) el presidente Ballesteros destacó sus avances en gestión, control interno, mejoramiento en los sistemas de adquisiciones, mantenimiento e infraestructura, el desarrollo institucional y los trabajos en el mejoramiento del clima laboral.

Ballesteros destacó que durante el año pasado se trabajó intensamente en la creación de parámetros para establecer un Índice de Calidad de la Justicia -proyecto que fue anunciado en la inauguración del Año Judicial 2012- y para lo cual se requirió aplicar miles de encuestas a funcionarios, abogados y público en general.

"Este índice (de calidad de la justicia) posee alrededor de 600 indicadores individuales, de los cuales aproximadamente la mitad corresponde a mediciones que incorporan la percepción de los usuarios del sistema de justicia. El levantamiento de información se realizó a finales del mes de enero del año en curso con el apoyo del Observatorio Social de la Universidad Alberto Hurtado, que aplicó una serie de entrevistas a abogados y a la comunidad en general, en todos los Tribunales de las ciudades asiento de Corte del país, incluidas las Cortes de Apelaciones y la Corte Suprema, lo que permite estimar en buena medida la percepción que se tiene de la judicatura. Junto con lo anterior, se aplicaron encuestas electrónicas a jueces y secretarios, administradores de tribunales y funcionarios, incluidos los de la Corporación Administrativa. Las encuestas fueron realizadas a un universo de más de diez mil personas. El avance actual del Índice de Calidad de la Justicia del Poder Judicial alcanza el 71%. Este año continuaremos trabajando en el desarrollo de este importante proyecto, en sus resultados y en la información que arroja para que la comunidad jurídica acceda, lo antes posible, a los beneficios que proporciona esta herramienta de medición", aseguró.

El presidente de la Corte Suprema destacó el establecimiento de nuevos mecanismos de cooperación internacional con poderes judiciales de la región y de Europa, resaltando la reciente celebración en Chile de la I Cumbre Judicial de la Comunidad de Estados de Latinoamerica y el Caribe (Celac) y la Unión Europea y la XVII Cumbre Judicial Iberoamericana que se realizará en el país en el año 2014.

Ballesteros agradeció la promulgación de la Ley 20.628, conocida como "Ley del juez destinado", que se encontraba pendiente desde el año 2008 y que permite trasladar provisoriamente a jueces desde tribunales con menor carga de trabajo a tribunales con mayor carga laboral.

"La Corte Suprema hizo uso de esta facultad inmediatamente. En la jurisdicción de la Corte de Apelaciones de Santiago, por resoluciones de 31 de diciembre de 2012 y 22 de enero de 2013 respectivamente, se destinó a un total de 10 jueces, 7 para el Segundo Tribunal de Juicio Oral en lo Penal y 3 para el Cuarto. En la jurisdicción de la Corte de Apelaciones de San Miguel, el 31 de diciembre, destinó a 2 jueces al Sexto Tribunal de Juicio Oral en lo Penal. En la jurisdicción de la Corte de Apelaciones de Concepción el pasado 31 de diciembre de 2012 y 31 de enero de 2013 respectivamente, destinó a un total de 6 jueces, 3 para el Tribunal de Juicio Oral en lo Penal, 2 para el juzgado de Letras del trabajo y 1 para el Juzgado de Garantía, todos de Concepción. Esto, sin lugar a dudas, redundará en una mejor gestión de estos tribunales y disminuirá los costos del actual sistema de suplencias y comisiones de servicio. ", informó.

El presidente Ballesteros abogó por mayores garantías en el ámbito de la independencia judicial y lamentó el retraso en la provisión de cargos de ministros de la Corte Suprema.

En este sentido recordó que al Senado le corresponde refrendar una decisión adoptada por el Presidente de la República, entendiendo que se debe confirmar o rechazar un nombramiento y no le corresponde analizar las aptitudes de un candidato propuesto.

"No está demás afirmar que la decisión política, es decir, el acto por el cual se resuelve la nominación de Ministro del máximo Tribunal, le corresponde exclusivamente al Presidente de la República, quien es el llamado a analizar la idoneidad personal y profesional de aquél. También es preciso afirmar que no se contempla atribución constitucional o legal que autorice al Presidente ni a los miembros del Senado en la sesión extraordinaria destinada a la aprobación o rechazo del candidato, a considerar o ponderar el contenido o mérito de las resoluciones judiciales que hayan redactado los magistrados nominados para asumir el cargo de Ministro de Corte Suprema", afirmó.

Agregó que: "El desconocimiento de la citada disposición constitucional, en el plano del procedimiento de nombramiento de los Ministros de la Corte Suprema, constituye una grave amenaza y perturbación a la independencia de juicio e imparcialidad de los jueces y ministros".

Además solicitó que los nombramientos se desarrollen dentro de un plazo razonable para evitar las dificultades propias de recurrir a la integración de salas con abogados integrantes y no con ministros titulares.

"Resulta prioritario que el procedimiento para proveer los cargos de ministros de la Corte Suprema se desarrolle en tiempos razonables. Su demora excesiva se traduce en que el máximo Tribunal en largos períodos no cuente con su dotación completa, lo que no es conveniente para su correcto funcionamiento. Para palear las dificultades en la conformación de sus salas se ha debido recurrir con excesiva frecuencia a los abogados integrantes. Cabe recordar que en los últimos 5 cargos que han sido provistos, el tiempo que ha mediado entre la remisión por la Corte Suprema de la respectiva cinquena y el nombramiento del nuevo Ministro de este Tribunal, el promedio se aproxima a los 5 meses, llegando en algunos casos a 7 meses de demora".

Refiriéndose al anhelo de la autonomía financiera, el presidente de la Corte Suprema recordó que las prácticas internacionales de la Organización de Cooperación y Desarrollo Ecónomico (OCDE) recomiendan el establecimiento de mecanismos de control interno y propuso la creación de una Contraloría General Interna del Poder Judicial.

"El organismo que se propone se denomina Contraloría General Interna del Poder Judicial y su dirección y administración estará a cargo de tres Ministros de la Corte Suprema y el Contralor. Podrán participar en este ente el Director, el Subdirector y el Asesor Jurídico de la Corporación Administrativa, en caso de ser necesario y cuando sea requerido. Es un organismo que depende directamente del Presidente de la Corte Suprema y es autónomo de la Corporación Administrativa del Poder Judicial, que es la entidad sujeta a auditorías y control", dijo.

En el mismo ámbito solicitó retomar la discusión de los proyectos de ley de la denominada Mesa Judicial, en particular los relacionados con la autonomía estructural del trabajo y que proponen entre otras materias el establecimiento en el Código Orgánico de Tribunales de unidades como la Dirección de Estudios y la Dirección de Comunicaciones, entre otras, "unidades que resultan fundamentales para un eficaz y efectivo Gobierno Judicial", aseguró.

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DIRECCION DE COMUNICACIONES
PODER JUDICIAL


 Anexos


 

1.- Resumen Labor Jurisdiccional de la Corte Suprema. Estadística relativa a ingresos, términos y causas pendientes del año 2012.
2.- Labor Jurisdiccional de las Cortes de Apelaciones:
           I. Ingreso Cortes de Apelaciones, comparación 2011/2012.
           II. Términos Cortes de Apelaciones, comparación 2011/2012.
           III. Pendientes Cortes de Apelaciones, comparación 2011/2012.
3.- Labor Jurisdiccional Tribunales de Primera Instancia:
           I. Ingreso Juzgados del país, comparación 2011/2012.
           II. Términos Juzgados del país, comparación 2011/2012.
           III. Pendientes Juzgados del país año 2012.
4.- Labor de la Fiscalía de la Corte Suprema y de las Fiscalías de las Cortes de Apelaciones.
5.- Dudas y dificultades en la aplicación e inteligencia de las leyes y de los vacíos notados en ellas.
                      Resumen
                      Corte de Apelaciones de Arica.
                      Corte de Apelaciones de Iquique.
                      Corte de Apelaciones de Antofagasta.
                      Corte de Apelaciones de Copiapó.
                      Corte de Apelaciones de La Serena.
                      Corte de Apelaciones de Valparaíso.
                      Corte de Apelaciones de Santiago.
                      Corte de Apelaciones de San Miguel .
                      Corte de Apelaciones de Rancagua.
                      Corte de Apelaciones de Talca.
                      Corte de Apelaciones de Chillán.
                      Corte de Apelaciones de Concepción.
                      Corte de Apelaciones de Temuco.
                      Corte de Apelaciones de Valdivia.
                      Corte de Apelaciones de Puerto Montt.
                      Corte de Apelaciones de Coyhaique.
                      Corte de Apelaciones de Punta Arenas.
6.-     I. Estadística Oficina Administrativa de la Corte Suprema.
                      Anexo 1
                      Anexo 2
           II. Labor de la Oficina de Títulos de la Corte Suprema.
           III. Estadística de la Comisión de Control Ético y Funcionario
           IV. Información sobre reclamos, consultas y sugerencias Presidencia de la Corte Suprema.
           V. Actividades Dirección de Comunicaciones.
           VI. Gestión de la Unidad de Estudios, Análisis y Evaluación de la Corte Suprema.
7.- Proyectos de Ley Informados por la Corte Suprema al H. Senado de la República o al H. Cámara de Diputados. Leyes relacionadas con el Poder Judicial año 2012.
8.- Informe de la Labor de la Corporación Administrativa del Poder Judicial.
           I. Dotación Efectiva del Poder Judicial y Corporación Administrativa del Poder Judicial al 31 de diciembre de 2012.
9.- Informe de Gestión de la Academia Judicial.
10.- Informe del Departamento de Bienestar del Poder Judicial.
11.- Unidades de Apoyo a las reformas y comités de la Corte Suprema.
           Unidad de Apoyo a la Justicia Laboral
           Unidad de Apoyo Justicia Procesal Penal
           Unidad de Apoyo a la Justicia de Familia
           Unidad de Apoyo a los Juzgados Civiles
           Comité de Modernización de la Justicia
           Comité Paritario de la Corte Suprema
           Comité para el Desarrollo de Metas Institucionales
           Comité de Relaciones Institucionales
           Informe de causas de Derechos Humanos
                      Anexo
12.- Informes estadísticos de los Tribunales Especiales.
           Informe Presidente de la Corte Marcial del Ejército, Fuerza Aérea y Carabineros
           Informe Presidente de la Corte Marcial de la Armada
           Tribunal de Defensa de la Libre Competencia
           Tribunal de Propiedad Industrial
           Tribunal de Contratación Pública
           Tribunal Tributario y Aduanero

 


PRESIDENTE DE LA CORTE SUPREMA INAUGURÓ AÑO JUDICIAL 2012 DEMANDANDO MAYOR AUTONOMIA.

El presidente de la Corte Suprema, Rubén Ballesteros entregó hoy jueves 1 de marzo, la Cuenta Pública del Poder Judicial correspondiente al año 2011 y dio por inaugurado el Año Judicial 2012, en una solemne ceremonia celebrada en el Palacio de Tribunales. Nuevamente el discurso fue transmitido en vivo a través de la rediseñada página web institucional y marcó la incorporación del Poder Judicial a las redes sociales (Twitter, Facebook y Youtube).

A la ceremonia asistieron más de 120 invitados, entre los que se encontraba el presidente de la Cámara de Diputados, Patricio Melero; el ministro de Justicia Teodoro Ribera; la ministra del Sernam, Carolina Schmidt, el presidente del Tribunal Constitucional, Raúl Bertelsen; el senador José Antonio Gómez; y el Fiscal Nacional; Sabas Chahuán.

Rubén Ballesteros informó que el ingreso de causas en los tribunales de primera instancia fue de 3.502.327 nuevos asuntos, sin incluir los exhortos, lo que representa un aumento de un 19,5% respecto del año anterior.

Las Cortes de Apelaciones recibieron 104.713 asuntos, cifra superior al ingreso del año anterior, en un 22,7%. El presidente de la Corte Suprema resaltó el especial aumento se produjo en los recursos de protección, que a nivel nacional, alcanzaron 32.045, cifra que constituye un 162% más que la del período pasado. En su mayoría se recurrió contra las Isapres por las alzas en los planes de salud.

En la Corte Suprema ingresaron 12.713 recursos, representando un aumento de 24,7% respecto de los ingresos de 2010.

Ballesteros informó que actualmente existen 1.268 causas por violaciones a los derechos humanos en el país. Respecto de este punto enfatizó que el término de estos procesos "no está sujeto a ningún plazo, sino que su fin está condicionado al desarrollo de cada uno de ellos (¿) labor que los jueces encargados de instruirlos continuarán cumpliendo con especial dedicación".

El presidente destacó, entre los diversos proyectos de modernización en que está trabajando el Poder Judicial, la aprobación de su Planificación Estratégica; el Programa de Fortalecimiento y Desarrollo Institucional con el Banco Interamericano de Desarrollo; el Programa de Transparencia y Rendición de Cuentas que desarrolla con el Banco Mundial, la base de jurisprudencia de Cortes a la que se tiene acceso desde la página web; y la creación del Centro de Extensión del Poder Judicial.

Autonomía Judicial

El presidente Ballesteros hizo especial hincapié en reforzar la autonomía del Poder Judicial.

"El Estado de Derecho sólo puede ser eficazmente garantizado por una Judicatura realmente independiente, en una posición de igualdad con el resto de los órganos constitucionales al compartir con ellos el ejercicio de la soberanía nacional (¿) uno de los desafíos más importantes por los que persistentemente viene abogando el Poder Judicial y que reafirmo en esta oportunidad, es el de alcanzar el mayor grado de autonomía que su posición como Poder del Estado requiere, principalmente en razón de la garantía eficaz de los derechos fundamentales, una justicia competente, laboriosa, libre de toda influencia ajena al Derecho mismo, en favor de todas las personas sin distinción de ninguna clase".

Agregó que la mayor judicialización se origina en una ciudanía que exige mayor respeto por sus derechos, el control de las arbitrariedades y abusos de algunos agentes de la Administración pública y de servicios del sector privado.

Ballesteros rechazó críticas por una supuesta intromisión de la Judicatura en los asuntos públicos y dijo que el Poder Judicial no puede abstraerse de la esfera de lo público en una sociedad pluralista.

"La crítica que en ocasiones se hace al Poder Judicial respecto de los pronunciamientos que efectúa tanto en lo jurisdiccional, en asuntos sometidos a su resolución donde rige el principio constitucional de inexcusabilidad, como respecto de materias relativas a proyectos de leyes, que la propia Constitución le requiere, es errada", afirmó.

Gobierno judicial

El presidente Ballesteros se hizo cargo de los problemas que hubo en la Corporación Administrativa (CAPJ) del Poder Judicial el año pasado y aseguró que no se deben descuidar controles y auditorías las que incluso deben aumentarse y realizarse más eficazmente.

Rechazó la fórmula de los Consejos de la Magistratura explicando que "estoy convencido que la solución para una más eficiente y mejor controlada administración de los recursos humanos, materiales y financieros de la Judicatura, no puede provenir de instituciones ajenas a su idiosincrasia y naturaleza, pues ello importaría una auténtica intervención en sus propios asuntos y en el normal desenvolvimiento de su función, así como la politización partidista del Poder Judicial con la pérdida inevitable de su independencia", aseguró.

El ministro Ballesteros propuso perfeccionar la CAPJ evaluando la ampliación de su Consejo Superior, "con integrantes de los diversos estamentos del Poder Judicial, a fin de lograr una mayor representatividad y participación".

Además planteó que la Unidad de Auditoría de esa entidad pase a depender en forma directa del Pleno de la Corte Suprema, al que rendiría cuenta periódicamente.

Tribunales especiales

En la misma línea de sus predecesores, el presidente Ballesteros criticó la creación de tribunales especiales.

"Nada justifica la creación de órganos jurisdiccionales separados del Poder Judicial, y no parece preverse las negativas consecuencias y riesgos para la preservación del Estado de Derecho, derivados de la existencia de un sistema de justicia corporativa, dependiente o influenciable ante intereses sectoriales o grupos de poder", dijo.

Agregó que "hago presente que esta situación, podría ser interpretada como una alteración del orden contemplado en el artículo 76 de la Constitución Política de la República".

Ballesteros anunció que se pondrá prontamente a disposición de la comunidad jurídica "un Indicador de Calidad de la Justicia", el que permitirá medir rubros tales como acceso a la justicia, fortalecimiento institucional, eficiencia, ejecución de las sentencias, transparencia, y derechos de las personas, entre otros.

El presidente de la Corte Suprema abogó por la aprobación de los proyectos de ley de la Mesa Judicial y comprometió el esfuerzo de toda la institución en el desarrollo de la reforma civil. Asimismo demandó la creación de tribunales contenciosos administrativos o la unificación de procedimientos, una nueva reforma que debiera emprenderse después de la civil, dijo.

 

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PODER JUDICIAL

 

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Anexos

1.- Resumen Labor Jurisdiccional de la Corte Suprema.
           I.- Ingreso Corte Suprema, comparación 2010/2011
           II.- Término Corte Suprema, comparación 2010/2011
           III.- Pendientes Corte Suprema 2010/2011
           IV.- Duración promedio de causas en Corte Suprema
           V.- Ingresos y términos asuntos administrativos
2.- Labor Jurisdiccional de las Cortes de Apelaciones:
           I. Ingreso Cortes de Apelaciones y Marcial, comparación 2010/2011.
           II. Términos Cortes de Apelaciones, comparación 2010/2011.
           III. Pendientes Cortes de Apelaciones, comparación 2010/2011.
           IV. Duración promedio de causas en Corte de Apelaciones
3.- Labor Jurisdiccional Tribunales de Primera Instancia:
           I. Ingreso Juzgados del país, comparación 2010/2011.
           II. Términos Juzgados del país, comparación 2010/2011.
           III. Pendientes Juzgados del país año 2011.
           IV Pendientes Tribunales Militares 1° instancia.
4.- Labor de la Fiscalía de la Corte Suprema y de las Fiscalías de las Cortes de Apelaciones.
5.- Dudas y dificultades en la aplicación e inteligencia de las leyes y de los vacíos notados en ellas.
                      Resumen
                      Corte de Apelaciones de Arica.
                      Corte de Apelaciones de Iquique.
                      Corte de Apelaciones de Antofagasta.
                      Corte de Apelaciones de Copiapó.
                      Corte de Apelaciones de La Serena.
                      Corte de Apelaciones de Valparaíso.
                      Corte de Apelaciones de Santiago.
                      Corte de Apelaciones de San Miguel .
                      Corte de Apelaciones de Rancagua.
                      Corte de Apelaciones de Talca.
                      Corte de Apelaciones de Chillán.
                      Corte de Apelaciones de Concepción.
                      Corte de Apelaciones de Temuco.
                      Corte de Apelaciones de Valdivia.
                      Corte de Apelaciones de Puerto Montt.
                      Corte de Apelaciones de Coyhaique.
                      Corte de Apelaciones de Punta Arenas.

           Informe con motivo de las Jornadas de Análisis de Dudas y Dificultades
                      -Materia orgánica y civil
                      -Materia laboral
                      -Materia de familia
                      -Materia procesal penal
6.- Informe de causas de Derechos Humanos.
           6.1. Informes de ministros a cargo de investigaciones (excluidos aquellos pertenecientes a las Cortes de Santiago y San Miguel).
           6.2. Informes de los ministros de la Corte de Santiago
                      6.2.1 Informe ministro Mario Carroza
                      6.2.2 Informe ministro Jorge Zepeda
                      6.2.3 Informe ministro Alejandro Madrid
                      6.2.4 Informe ministro Alejandro Solís
                      6.2.5 Informe ministro Joaquín Billard
           6.3. Informes de los ministros de la Corte de San Miguel
                      6.3.1 Informe ministra Sylvia Pizarro
                      6.3.2 Informe ministro Héctor Solís
                      6.3.3 Informe ministra Ana M. Arratia
7.- Unidades de la Corte suprema
           I. Estadística Oficina Administrativa.
                      I.I Autos acordados e instrucciones dictadas en 2011
           II. Estadística de la Comisión de Control Ético y Funcionario
           III. Labor de la Oficina de Títulos
           IV. Información sobre reclamos, consultas y sugerencias Presidencia de la Corte Suprema.
           V. Actividades Dirección de Comunicaciones.
           VI. Gestión de la Unidad de Estudios, Análisis y Evaluación.
8.- Proyectos de Ley Informados por la Corte Suprema al H. Senado de la República o al H. Cámara de Diputados.
           I. Leyes relacionadas con el Poder Judicial año 2011.
9.-Informe de la Labor de la Corporación Administrativa del Poder Judicial.
           I. Dotación Efectiva del Poder Judicial y Corporación Administrativa del Poder Judicial al 31 de diciembre de 2011.
10.- Informe de Gestión de la Academia Judicial.
11.- Informe del Departamento de Bienestar del Poder Judicial.
12.- Informe de la Unidad de Apoyo a la Justicia de Familia de la Corte Suprema al año 2011.
13.- Informe de la Unidad de Apoyo a la Justicia Laboral al año 2011.
14.- Informe de la Unidad de Apoyo al Sistema Procesal Penal y de Responsabilidad Penal Adolescente al año 2011
15.- Informe de Comité de Diagnóstico de Clima Laboral y de Diseño de Modelo para Atención de Usuarios.
16.- Informe de la Comisión Resolutiva Interinstitucional.
17.- Informe del Comité de Modernización de la Justicia.
18.- Informe de la Comisión Bicentenario.
19.- Informe del Comité Paritario.
20.- Informes estadísticos tribunales:
           I. Tribunal de Propiedad Industrial.
           II. Tribunal de Defensa de la Libre Competencia.
           III. Tribunal de la Contratación Pública.


Presidente de la Corte Suprema Milton Juica Arancibia entregó Cuenta Pública al inaugurar el Año Judicial 2011.

En solemne ceremonia realizada en el Palacio de Tribunales

Milton Juica entregó la Cuenta Pública e inauguró el Año Judicial

-Señaló que "el Poder Judicial requiere una mayor autonomía operativa para dar atención razonable, rápida y de calidad a la solicitud de justicia".

-Abordó el complejo tema de las violaciones a los derechos humanos y se refirió a las demandas de los pueblos originarios.

-Solicitó liberar a la Corte Suprema de la entrega del título de abogados, si no se corrigen dificultades.

-Pidió eliminación del recurso de queja para reforzar la independencia de los jueces y restringir la creación de tribunales especiales.

El presidente de la Corte Suprema, Milton Juica, entregó la Cuenta Pública anual del Poder Judicial, que por ley debe realizarse el 1 de marzo, en una ceremonia que contó con la asistencia de las más altas autoridades vinculadas al sistema de justicia y que, por primera vez, se transmitió en vivo a través de la página web de esta institución.

El representante del máximo tribunal inició sus palabras con una mención especial a los efectos del terremoto en los tribunales del país y al incendio -que provocó la muerte de 81 reclusos del Centro de Detención Preventiva de San Miguel- ocurrido en diciembre pasado, señalando que "la situación penitenciaria en Chile se encuentra en un estado de colapso absoluto y de irrespeto grave a los derechos y garantías de quienes están privados de libertad, la que requiere una solución inmediata por quienes tienen la obligación de hacerlo, ya que estos sucesos, que fácilmente se olvidan, se producen con una frecuencia inaceptable".

Juica dio cuenta de la gestión de los tribunales del país haciendo notar la disminución de ingresos en primera instancia de un 6,8% respecto del año anterior, lo que puede ser atribuido principalmente a los efectos del sismo de febrero de 2010, y que dejó en situación de emergencia a varias regiones del territorio nacional. Asimismo, resaltó la puesta en marcha del proyecto de planificación estratégica y el programa de fortalecimiento institucional que se desarrollará en los próximos cuatro años con un crédito del Banco Interamericano de Desarrollo.

Milton Juica también abordó en su discurso materias de alto interés nacional y para la judicatura, como lo relativo a los proceso por violaciones a los derechos humanos, la situación de los pueblos originarios, la preocupación de la judicatura por la proliferación de tribunales especiales y la necesidad de regular de una manera distinta la entrega de los títulos de abogados.

Apelando a la necesidad de profundizar la soberanía del Poder Judicial, dijo que éste debe tener "una mayor autonomía operativa de modo que, desde su interior, pueda adecuar su institucionalidad conforme a los requerimientos de la sociedad y a las cargas de trabajo que presenten las distintas unidades jurisdiccionales distribuidas en todo el país. Se demanda que sea el propio Poder Judicial el que determine directamente esas necesidades para dar atención razonable, rápida y de calidad a las solicitudes de justicia".

Asimismo, pidió relevar a la Corte Suprema de la obligación de entregar los títulos de abogado, si no se solucionan los problemas de formación que se han denunciado. "De no entregarse más facultades de control a esta Corte, parece más atendible desvincularla de la responsabilidad, más que centenaria, de otorgar los títulos. Las universidades entonces deberían asegurar el control de calidad que se exige para el ejercicio de esta profesión, confiriendo ellas los diplomas".

El presidente fue categórico respecto de la proliferación de tribunales especiales en el país. "Si al Poder Judicial se le reserva la facultad de conocer y resolver los conflictos jurídicos, resulta necesario que esa exclusividad vaya aparejada de lo que la doctrina denomina la unidad jurisdiccional, que importa una base fundamental en la organización y funcionamiento de los tribunales, principio que a su vez se opone a la creación de jurisdicciones especiales, que se apartan de los factores de independencia e imparcialidad que son esenciales en las jurisdicción ordinaria. Es lo que está ocurriendo actualmente en nuestro país, con la frecuente creación de tribunales especiales, los que por su número debilitan el natural equilibrio que debe existir entre los poderes del Estado y atomiza peligrosamente la actividad jurisdiccional", dijo.

Agregó que "el principio de la unidad jurisdiccional es consustancial a todo sistema democrático y que la dispersión jurisdiccional o las `jurisdicciones especiales' constituye una característica de los Estados autocráticos".

El presidente del máximo tribunal reiteró los inconvenientes que presenta el recurso de queja: "Si el prestigio de un Poder Judicial descansa precisamente en la calidad moral e independencia de los jueces, para la legitimidad de la función, resulta obvio suponer que esos valores deben ser absolutamente asegurados, de tal manera que éstos tengan la necesaria libertad para la decisión de los conflictos. El recurso de queja, tal como existe en Chile, no es compatible con el ejercicio de la jurisdicción y, en consecuencia, antes que se estructure la reforma procesal civil en la que se supone también se limitarán los recursos procesales, es necesario poner término a dicho institución".

Respecto de los proceso por violaciones a los derechos humanos, el ministro Juica enfatizó el interés de la Corte Suprema "en obtener, en un plazo adecuado y con el máximo celo, el término de estas causas que aún mantienen en la sociedad un alto grado de preocupación por la gravedad de los hechos investigados y que espera de la jurisdicción una respuesta clara, de tal modo, que estos sucesos no vuelvan a repetirse para el bien de la justicia y de la paz social". Agregó que las agrupaciones defensoras de los derechos humanos han advertido "cierto pesimismo que esa colaboración actualmente no se otorga con la misma firmeza. Para convencer de lo contrario, parece necesario que exista una declaración categórica de quienes corresponda, en el sentido de que se seguirá prestando la necesaria colaboración en la investigación de estos gravísimos delitos".

A continuación, llamó la atención sobre un problema "que no hemos podido solucionar como sociedad y es el relativo a los pueblos indígenas que sienten una discriminación que todavía no se supera. Los tribunales de Justicia deben actuar por imperativo constitucional frente a conflictos que se han judicializado con gran violencia en el país, pero parece razonable considerar que esas reivindicaciones sean asumidas como una tarea de Estado, de tal modo que se puedan corregir de manera política dichas demandas las que deben ser superadas por la vía del diálogo y el entendimiento".

En la Cuenta Pública de la labor jurisdiccional se destacó el aumento del rendimiento del trabajo de la Corte Suprema en un 18,1% respecto del año anterior, lo que obedece principalmente a la extensión del funcionamiento de salas los cinco días a la semana, desde septiembre pasado; y también la disminución de los tiempos de tramitación en las Cortes de Apelaciones, la que llegó a un promedio de 92,51 días; en tanto, en la Suprema el tiempo de despacho se redujo a 128,6 días, en promedio.

A la ceremonia asistieron más de 120 invitados, entre los que se encontraba el presidente del Senado, Jorge Pizarro, el ministro de Justicia, Felipe Bulnes; el presidente del Tribunal Constitucional, Marcelo Venegas, y el Fiscal Nacional; Sabas Chahuán.

DIRECCION DE COMUNICACIONES

Poder Judicial de Chile

 
 
Anexos
 
                      5.1. Corte de Apelaciones de Arica. 
                      5.2. Corte de Apelaciones de Iquique. 
                      5.3. Corte de Apelaciones de Antofagasta. 
                      5.4. Corte de Apelaciones de Copiapó. 
                      5.5. Corte de Apelaciones de La Serena. 
                      5.6. Corte de Apelaciones de Valparaíso. 
                      5.7. Corte de Apelaciones de Santiago. 
                      5.8. Corte de Apelaciones de San Miguel .
                      5.9. Corte de Apelaciones de Rancagua. 
                      5.10. Corte de Apelaciones de Talca. 
                      5.11. Corte de Apelaciones de Chillán. 
                      5.12. Corte de Apelaciones de Concepción. 
                      5.13. Corte de Apelaciones de Temuco. 
                      5.14. Corte de Apelaciones de Valdivia. 
                      5.15. Corte de Apelaciones de Puerto Montt. 
                      5.16. Corte de Apelaciones de Coyhaique. 
                      5.17. Corte de Apelaciones de Punta Arenas. 
6.- Informes de Unidades de la Corte Suprema

Presidente de la Corte Suprema Milton Juica Arancibia entregó Cuenta Pública al inaugurar el Año Judicial 2010.

 

 Ver Discurso Completo 2010

 

Anexos
 
                      5.1. Corte de Apelaciones de Arica. 
                      5.2. Corte de Apelaciones de Iquique. 
                      5.3. Corte de Apelaciones de Antofagasta. 
                      5.4. Corte de Apelaciones de Copiapó. 
                      5.5. Corte de Apelaciones de La Serena. 
                      5.6. Corte de Apelaciones de Valparaíso. 
                      5.7. Corte de Apelaciones de Santiago. 
                      5.8. Corte de Apelaciones de San Miguel .
                      5.9. Corte de Apelaciones de Rancagua. 
                      5.10. Corte de Apelaciones de Talca. 
                      5.11. Corte de Apelaciones de Chillán. 
                      5.12. Corte de Apelaciones de Concepción. 
                      5.13. Corte de Apelaciones de Temuco. 
                      5.14. Corte de Apelaciones de Valdivia. 
                      5.15. Corte de Apelaciones de Puerto Montt. 
                      5.16. Corte de Apelaciones de Coyhaique. 
                      5.17. Corte de Apelaciones de Punta Arenas. 
7.- Informes de Unidades de la Corte Suprema

"Aspiramos a una justicia que llegue a quienes la necesitan, cuando la necesitan y valorada por la comunidad"

Presidente de la Corte Suprema Urbano Marín entregó Cuenta Pública al inaugurar el Año Judicial 2009

La eficiencia y la probidad en el quehacer de los tribunales ligado a la oportuna y expedita atención a los usuarios fueron los puntos que marcó como avances y también como desafíos el presidente de la Corte Suprema Urbano Marín al entregar su cuenta pública con motivo de la inauguración del Año Judicial 2009.

A la ceremonia realizada en el salón del Honor del Palacio de Tribunales asistió el ministro de Justicia Carlos Maldonado; el Contralor General de la República, Ramiro Mendoza; el Fiscal Nacional Sabas Chahuán; la Defensora Pública, Paula Vial; el presidente del Consejo de Defensa del Estado, Carlos Mackenney y los integrantes del Tribunal Constitucional, entre otras altas autoridades.

Asimismo estuvieron presentes los presidentes de la Comisión de Constitución, Legislación y Justicia de la Cámara de Diputados, Edmundo Eluchans, y del Senado, José Antonio Gómez.

En la cuenta pública se señaló que durante 2008 el ingreso total de causas fue de 2 millones 882 mil cuarenta asuntos nuevos, lo que significó un aumento de 13% respecto del año anterior, lo que sumado al alza de 2007 representa un incremento de casi 30% de ingresos a los tribunales en tan sólo dos años. El presidente Marín dijo que esta cifra mantiene la tendencia de la comunidad nacional "a judicializar sus asuntos públicos y privados".

En su revisión al trabajo realizado durante 2008 por el Poder Judicial, el presidente de la Corte Suprema mencionó cuatro aspectos como prioritarios: transparencia, control de corrupción, eficiencia y atención al usuario.

Sobre la transparencia, junto con valorar el avance en el mayor acceso a la información a través de los cambios realizados a la página web institucional, afirmó: "El ocultamiento de la verdad es el inicio de la corrupción de las costumbres", decía Voltaire. Esto significa que no basta que sea amplia la publicidad de los actos y resoluciones judiciales y expedito el acceso a la información. Lo que realmente importa es que ambos permitan comprobar que la acción judicial se lleva a cabo correctamente. Es lo que queremos lograr por estas vías: mostrar todo el tiempo que el Poder Judicial es honesto y trabaja con eficiencia".

Urbano Marín destaco las medidas para detectar, controlar y sancionar si procede la corrupción, destacando que se ha castigado severamente 14 casos detectados internamente el 2008, así como la creación de un mecanismo de coordinación con otras cuatro instituciones encargadas de estas materias: el Tribunal Constitucional, la Contraloría General de la República, el Ministerio Público y el Consejo de Defensa del Estado. El próximo paso, anunció, será un seminario conjunto entre estos cinco organismos en abril próximo, en el que "intercambiaremos informaciones, experiencias y estrategias".

Para los magistrados -dijo Urbano Marín- "la función de juzgar, y en su caso, sancionar a otros exige contar con una credencial ética especial", es decir, que el buen comportamiento que se les reclama "es uno superior al normal".

En cuanto a la eficiencia, una de las tareas auto impuestas en la cuenta del año pasado, Marín dijo que "la acción judicial debe ser oportuna, como lo señalaba Séneca, al sostener que 'nada se parece tanto a la injusticia como la justicia tardía'. Esto es para nosotros un imperativo, pues la justicia debe tener un costo razonable para la sociedad. Y la forma de alcanzar estos objetivos es aumentar la eficiencia judicial". Y precisó que, por ejemplo, las cortes de apelaciones redujeron sus causas pendientes en 43%.

Otro avance en este ámbito será la especialización de las cortes de apelaciones, la que incluirá la creación de un tercer tribunal de alzada en la Región Metropolitana que "conocería de los procedimientos laborales y contenciosos administrativos". El proyecto es un estudio en conjunto con el Ministerio de Justicia.

La gestión administrativa y financiera del Poder Judicial fue resaltada por el presidente de la Corte Suprema quien destacó la labor realizada por la Corporación Administrativa del Poder Judicial (CAPJ) y el reconocimiento que obtuvo de autoridades de gobierno y en el ámbito internacional, como lo fue la certificación ISO. Gracias a ello, el Banco Interamericano de Desarrollo (BID) expresó su interés de continuar apoyando otras áreas de gestión.

El titular de la Suprema hizo una especial mención a la tramitación de las causas por violaciones a los derechos humanos en los tribunales del país, destacando que en el 2008 se registraron importantes avances en estos procesos. Al respecto agregó que los tribunales han cumplido su función aplicando las leyes que rigen estas situaciones cuando así ha correspondido. "Esas normas son las mismas que regían cuando se inició la investigación de los hechos, pues no han sido derogadas, modificadas ni objeto de interpretación legislativa alguna durante todo este tiempo. Se entregó por entero a los tribunales el conocimiento de esas situaciones y los tribunales han hecho lo que saben, deben y puede hacer: instruir los procesos y resolverlos con absoluta independencia, la que es inseparable de la función judicial".

Propuestas de Trabajo

Entre las propuestas de trabajo contenidas en la cuenta anual del Poder Judicial se mencionó los aportes que se harán a los proyectos de reforma de la justicia civil -en el marco de la conmemoración del Bicentenario de la República-, así como un análisis del recurso de casación en el fondo que ha caracterizado la competencia de la Corte Suprema desde 1903. Debido a lo desvirtuado que estaría este recurso en su objetivo de uniformar la interpretación judicial, Urbano Marín sostuvo que tendría asidero "la idea de generalizar la sustitución de este recurso por el de nulidad de los procedimientos reformados y limitarlo a los casos en que se requiera uniformar la jurisprudencia o en que el fallo impugnado vulnere un principio fundamental de derecho o garantías individuales reconocidas en la Carta Política".

"Aspiramos a una justicia que llegue a quienes la necesitan y cuando la necesitan. Y que sea valorada por la comunidad, porque existe certeza de que procedió en forma honesta. Este no es un ideal inalcanzable", finalizó el presidente de la Corte Suprema.

 

 
 Anexos
 
2.- Labor Jurisdiccional de las Cortes de Apelaciones:
     I. Ingreso Juzgados del país, comparación 2007/2008 Parte 1   Parte 2
5.- Dudas y dificultades en la aplicación e inteligencia de las leyes y de los vacíos notados en ellas.
     I. Resumen
6.-
8.-

Todos los tribunales del país utilizarán innovador sistema de control y seguimiento de causas para mejorar eficiencia

Presidente subrogante Ricardo Gálvez leyó el discurso en reemplazo del titular Urbano Marín, quien se encuentra hospitalizado.

Una importante ofensiva para aumentar la eficiencia en el trabajo de los tribunales se anunció la mañana del sábado 1 de marzo recién pasado, en el marco del discurso de inauguración del Año Judicial 2008, que preparó el presidente de la Corte Suprema Urbano Marín y que leyó en su representación el presidente subrogante, Ricardo Gálvez.

En la oportunidad se anunció la creación de "un plan de desarrollo estadístico, con apoyo informático, que alcance incluso a los tribunales que no tramitan con carpeta electrónica y que permita cuantificar e individualizar el estado de las causas, para propender a su pronto término en tiempos razonables". La idea es estructurar un sistema de control informativo y de seguimiento de causas en todo el Poder Judicial e implantarlo para comenzar a hacerlo efectivo durante el presente año.

Este fue uno de los principales anuncios hechos en el marco de la ceremonia como parte del plan de trabajo del presidente Marín, quien se encuentra internado en la Clínica Santa María afectado por una patología coronaria.

En la cuenta entregada, el ministro Gálvez señaló que en el año 2007 ingresaron a los tribunales de primera instancia dos millones quinientas cuarenta y nueve mil setecientas once nuevas causas, lo que implica un incremento del 16,3% en comparación con el año anterior, "en circunstancias que el aumento histórico nunca llegaba a dos dígitos". Las 17 Cortes de Apelaciones recibieron 107.467 recursos de diversa índole y despacharon 110.620, quedando un saldo de 47.285 causas, considerando las ingresadas en años anteriores. A la Corte Suprema ingresaron en tanto, 7.144 recursos y otros asuntos y resolvió 7.223, quedando pendientes 2.521.

Esto revela, dijo el presidente subrogante que la judicialización de la agenda pública y privada "es sostenida y tiende a aumentar, antes que a estabilizarse" y que ello "no se condice con la constante imagen negativa de la Justicia que figura en las encuestas de opinión. Y esto, porque pareciera que, pese a ella, cada vez son más las personas que no dudan en someter sus controversias a la resolución de los tribunales".

Reforma laboral sin presupuesto

Otro punto sustantivo de la intervención fue la descripción de las dificultades que ha enfrentado el Poder Judicial, principalmente la postergación y luego aplicación gradual de la nueva justicia laboral, que entra en vigencia el 31 de marzo y sus complejidades de financiamiento.

El problema principal es que la ley que determinó la aplicación gradual de la reforma "aporta sorprendentemente sólo un tercio de los fondos requeridos para implementar su aplicación. La Corporación Administrativa del Poder Judicial no dispone de los dieciséis mil millones faltantes, de manera que, a menos que se suplemente oportunamente ese precario financiamiento, sólo alcanzará para ejecutar los trabajos que exige la aplicación de la reforma en la III y XII región, las dos primeras en que se iniciará su vigencia, no siendo suficiente para cubrir las necesidades de la segunda etapa programada para octubre de este mismo año", se dijo en el discurso.

Asimismo, se señaló que aunque la aplicación gradual y progresiva de esta reforma evitará algunos de los problemas de la Justicia de Familia la postergación y "la prolongada incertidumbre acerca de los alcances y la vigencia de las recientes modificaciones", se tradujeron "en innecesarios desembolsos de fondos que bien pudieron utilizarse en otros objetivos".

El discurso insistió, asimismo, en la crisis en los tribunales de familia, que aún no logra solucionarse. "Sólo podemos insistir hoy en que se despache a la brevedad el proyecto que refuerza esta rama de la Justicia, que vendría a aliviar parte de las dificultades que ella ha tenido y sigue padeciendo, al margen de las medidas que adopte el Poder Judicial para recuperarla y normalizarla", puntualizó el discurso.

 

 
 
 Anexos
 
5.- Dudas y Dificultades de las Cortes de Apelaciones en la Inteligencia y Aplicación de las Leyes. 
     I.Resumen
8.-Gestión Unidad de Estudio, Análisis y Evaluación.  
 
 

El Presidente de la Corte Suprema de Justicia, Don Enrique Tapia Witting, encabezó en la mañana de hoy (Jueves 1° de marzo) la Ceremonia de Inauguración del Año Judicial 2007, que se realizó en el Salón de Honor de la Corte Suprema.

En la oportunidad, y de acuerdo con lo que dispone el artículo 102 del Código Orgánico de Tribunales, el Presidente de la Corte Suprema debe dar cuenta del trabajo efectuado por la Corte Suprema y demás tribunales de la República, la apreciación que le merece la labor de los tribunales y las dudas y dificultades que hayan ocurrido en la inteligencia y aplicación de las leyes, en audiencia pública a la que concurren, además de los integrantes y fiscales de la Corte Suprema, los ministros y fiscales de la Corte de Apelaciones de Santiago y otras autoridades especialmente invitadas.

A continuación publicamos el texto íntegro del mensaje pronunciado por el Presidente de la Corte Suprema.

 

 
 Anexos 
 
3.-Resumen Estadístico Labor Jurisdiccional de la Excma. Corte Suprema.
     12.1-Arica
     12.2-Iquique
     12.3-Antofagasta
          12.3.2-Pleno N° 05
     12.7-Santiago
          12.7.1-Oficio 6-2007
          12.7.2-Dudas a título personal
                    12.7.2.1-Oficio 26-2007
                    12.7.2.2-Corte de Apelaciones de Santiago
                              12.7.2.2.1-Sr. Madrid
                              12.7.2.2.2-Sr. Villarroel
                              12.7.2.2.3-Sr. Zepeda
                              12.7.2.2.4-Sra. Araneda
                              12.7.2.2.5-Sra. Valdovinos
     12.10-Talca
     12.13-Temuco
     12.17-Punta Arenas
          12.17.3-Dudas Juzgados Jurisdicción
                    12.17.3.1-Juzgado de Familia de Punta Arenas
                    12.17.3.2-Juzgado de Letras de Puerto Natales
13.-Ámbito Internacional.
14.-Varios
          14.1.1-Ley 20.087.
          14.1.2-Ley 20.088.
          14.1.3-Ley 20.119.

El Presidente de la Corte Suprema de Justicia, Don Enrique Tapia Witting, encabezó en la mañana de hoy (Miércoles 1° de marzo) la Ceremonia de Inauguración del Año Judicial 2006, que se realizó en el Salón de Honor de la Corte Suprema.

 

En la oportunidad, y de acuerdo con lo que dispone el artículo 102 del Código Orgánico de Tribunales, el Presidente de la Corte Suprema debe dar cuenta del trabajo efectuado por la Corte Suprema y demás tribunales de la República, la apreciación que le merece la labor de los tribunales y las dudas y dificultades que hayan ocurrido en la inteligencia y aplicación de las leyes, en audiencia pública a la que concurren, además de los integrantes y fiscales de la Corte Suprema, los ministros y fiscales de la Corte de Apelaciones de Santiago y otras autoridades especialmente invitadas.

A continuación publicamos el texto íntegro del mensaje pronunciado por el Presidente de la Corte Suprema.

 

DISCURSO 2006

 

Anexos

 

2.- Resumen Estadístico Oficina de Juramentos.
4.- Labor de la Fiscalía de la Corte Suprema y de las Fiscalías de las Cortes de Apelaciones.
      12.1.- Cortes de Apelaciones
      12.2.- Arica
      12.11.- Talca
13.- Varios
      13.3.- Anexo Estadístico Oficina Administrativa, relativo a Medidas Disciplinarias.
           13.3.1.-Anexo Indice.

01 de Marzo del 2005


 Inaugurado Año Judicial 2005

El Presidente de la Corte Suprema de Justicia, Don Marcos Libedinsky Tschorne, encabezó en la mañana de hoy (Martes 1° de marzo) la Ceremonia de Inauguración del Año Judicial 2005, que se realizó en el Salón de Honor de la Corte Suprema.

En la oportunidad, y de acuerdo con lo que dispone el artículo 102 del Código Orgánico de Tribunales, el Presidente de la Corte Suprema debe dar cuenta del trabajo efectuado por la Corte Suprema y demás tribunales de la República, la apreciación que le merece la labor de los tribunales y las dudas y dificultades que hayan ocurrido en la inteligencia y aplicación de las leyes, en audiencia pública a la que concurren, además de los integrantes y fiscales de la Corte Suprema, los ministros y fiscales de la Corte de Apelaciones de Santiago y otras autoridades especialmente invitadas.

A continuación publicamos el texto íntegro del mensaje pronunciado por el Presidente de la Corte Suprema.


Discurso de Inaguración Año Judicial 2005.

 

Santiago, 1 de marzo de 2005.

 

Palabras Preliminares


El artículo 102 del Código Orgánico de Tribunales impone al Presidente de la Corte Suprema el deber de dar cuenta en esta Audiencia de diversos particulares acontecidos en el año judicial anterior en relación con la Administración de Justicia en el país. Interviene en la rendición de esta cuenta, exclusivamente, el Presidente de la Corte y no el Tribunal Pleno, su órgano máximo. Esto explica que no se encuentren en ella "votos en contra o disidencias" que sería difícil que no existieran si la Cuenta tuviera un carácter colectivo, como acontece con las sentencias u otras resoluciones del Pleno o de las Salas de la Corte. Por lo demás, estos "votos en contra o disidencias" contribuyen a demostrar la independencia de criterio con que cada uno de los Ministros de esta Corte resuelven los asuntos sometidos a su conocimiento y decisión. La disidencia es muestra de pluralismo.

Si tuviera que resumir en pocas palabras mi experiencia personal durante el año judicial anterior, primero de mi presidencia, lo denominaría como acertadamente se le calificó en el título de una entrevista: "El año que viví en peligro". Ese peligro se inició, precisamente, el día primero de Marzo del 2004 cuando, con ocasión del correspondiente "Discurso Inaugural", me referí a las "Relaciones entre Medios de Comunicación y Poder Judicial". Pues bien, y como creo que ya lo dije en oportunidades anteriores, nunca pude entender, por qué esa intervención fue considerada por gran parte de la prensa, como un feroz ataque a los medios de comunicación. Esto en circunstancias que en parte del discurso se contenían párrafos como el que a continuación transcribo:

"Ya hemos dicho que sin libertad de prensa y sin justicia no puede existir una sociedad democrática abierta y, en razón de ello creemos, firmemente, que jueces y periodistas, manteniéndonos en nuestros respectivos roles, y en un marco de independencia debemos dialogar. Desde ya queda lanzada la invitación a las diversas Asociaciones o agrupaciones de Prensa".

Pues bien, con posterioridad al expresado discurso inaugural, la Federación de Medios de Comunicación de Chile, integrada por la Asociación Nacional de la Prensa, la Asociación de Radiodifusores de Chile y la Asociación Nacional de Televisión, acogió el llamado a dialogar sobre temas de interés común, y al efecto se conformó una mesa de trabajo integrada por este Presidente de la Corte Suprema, su Director de Comunicaciones y representantes de las tres ramas de la Federación.

Durante el año, esta comisión ha avanzado en definir puntos de interés común del Poder Judicial y de los Medios, planteando cada uno de los problemas que han estimado debieran solucionarse y proponiendo recíprocamente acciones concretas para responder estos planteamientos.

Dentro de ese año "en que viví en peligro", se produjo, también, el problema vinculado al caso denominado "Mop-Gate", que no puedo soslayar en esta oportunidad, y que no dudo en calificar como la situación más dolorosa sufrida en mi vida judicial. Porque experimenté lo que podríamos denominar una "política de destrucción personal", en la que se entremezcló un error de mi parte que, hecho público, reconocí e inmediatamente puse en conocimiento del Pleno de la Corte Suprema, con los despiadados ataques de diversos medios de comunicación dando a conocer informaciones absolutamente alejadas de la realidad y tendenciosas que me hicieron pensar, incluso, en la posibilidad de renunciar a la Presidencia de la Corte. Si no lo hice fue, exclusivamente, por cuanto esa actitud podía ser considerada como reconocimiento de una culpabilidad que, en rigor, nunca existió, que el propio Pleno de la Corte desestimó y cuya imputación todavía me resulta dolorosa de recordar y que tendré que incluir en el haber de mis experiencias más amargas.

Para comenzar esta Cuenta, después de la introducción que antecede, deseo retomar algunas de las palabras finales de mi informe del año anterior. Allí decía: "reiteremos, en último término, que fundamentalmente, la labor del Poder Judicial será todo lo eficaz que institucionalmente corresponde, y que la comunidad tiene derecho a exigir que lo sea, sólo en la medida en que los hombres y mujeres que lo integramos en sus distintas funciones y jerarquías, seamos plenamente conscientes de que la Administración de Justicia importa una labor de servicio público que debemos cumplir adecuada y eficazmente. Y que lo primordial en ello, es que coadyuvemos con vocación de servicio, a que la justicia llegue con la mayor celeridad posible a todos aquellos que acuden a sus estrados a reclamarla. De este modo contribuiremos, sin lugar a dudas, a desterrar la injusta imagen, a veces atribuida de un Poder Judicial remiso e indolente".

En estas palabras se encontraba contenida, de modo implícito, la necesidad de que los juzgadores cuenten con la confianza de la ciudadanía. Debe existir el sentimiento ciudadano que los jueces imparten justicia de acuerdo con la ley. Confianza en que se juzga con neutralidad, tratando igual a las partes y no privilegiando al poderoso en desmedro del más débil. En ésto se resume la importante característica, quizás la mayor, de la imparcialidad del juez. Sin la confianza pública las autoridades judiciales estarían impedidas de funcionar. Proviene de Honorato de Balzac la frase que dice: "la falta de confianza en los jueces es el principio del fin de la sociedad."

La confianza demanda atención y dedicación. La confianza debe renovarse permanentemente, y nunca dejarla perecer.

La función de un juez, es juzgar actos concretos. La sociedad juzga y sentencia a los jueces. Confía o no confía en ellos. Esa es una verdad que no podemos cambiar.

Es muy fácil atacar y destruir instituciones. No debemos permitir nada que pueda atentar contra ellas, por supuesto, cuando esos atentados carecen de toda justificación, puesto que en tales situaciones no sólo no se ayudaría a solucionar posibles deficiencias sino que al contrario, a aquellas habría que sumar las que resulten como producto de esos ataques.

El año pasado, señales equívocas, derivadas de casos complejos, dieron lugar a que muchos se sintieran autorizados a criticar y desvalorizar nuestro sistema normativo y judicial, sin medir las consecuencias que un desprestigio de esa clase significa al sembrar en la ciudadanía desconfianza y dudas respecto de uno de los Poderes del Estado, cuya trayectoria ha demostrado largamente ser por si una garantía de probidad indiscutible y vital para la armónica convivencia nacional. Con razón se ha dicho que la sociedad se reforma con inteligencia, dinamismo y voluntad jurídica, y día a día requiere de una mayor confiabilidad en los órganos de Administración de Justicia.

Está demás aclarar que la necesidad de la confianza pública no implica que los jueces deben buscar la popularidad, sino que se traduce solamente en la conciencia generalizada y genuina de que las decisiones judiciales se dictan de acuerdo con la ley, de manera imparcial y objetiva y basada en la fuerza de los raciocinios y el fundamento de las peticiones.

En otras palabras, la balanza de la justicia debe calcular, exclusivamente, el peso de lo proporcionado por las partes, pues la introducción de cualquier otro factor, desequilibra la neutralidad de la función. Los jueces tenemos el deber de resolver los conflictos en conformidad a las leyes. Nuestra interpretación y aplicación al caso particular debe hacerse siempre dentro del marco de la ley, recogiendo la voluntad del legislador.

De lo anterior resulta que el juez debe reunir al mismo tiempo, entre otras características, las de ser justo y objetivo y ésto debe extenderse a toda la gama de asuntos que le compete resolver. En esta Suprema Corte, puedo dar fe de ello, no se debaten opciones políticas. Se delibera sobre pretensiones jurídicas y es la razón jurídica, precisamente, el único instrumento utilizado para resolverlas.

En esta exposición, deseo hacer algunas otras referencias preliminares.

Con fecha 30 de abril de 2004, se incorporó como Ministro de este Tribunal don Jaime Rodríguez Espoz, a quien le reiteramos nuestra cordial bienvenida ya expresada en su oportunidad, en la vacante que dejara el Ministro Mario Garrido Montt.

En julio de 2004 se acogió a jubilación la señora Ministra de la Corte de Apelaciones de Concepción, doña Silvia Oneto Peirano.

Cesaron en sus funciones por el cumplimiento del límite máximo de edad, durante el curso del año pasado, las señoras Ministras Carmen Carvajal Maureira de la Corte de Apelaciones de San Miguel y Eliana Ayala Orellana de la Corte de Apelaciones de Iquique y los Ministros señores Sergio Valenzuela Patiño, Hernán Matus Valencia y don Alfredo Azancot Vallejo de la Corte de Apelaciones de Santiago, San Miguel y La Serena respectivamente.

En marzo de 2004 falleció el señor Ministro de la Corte de Apelaciones de San Miguel, don José Miguel Varela Muñoz y en diciembre último dejó de existir la Ministro de la Corte de Apelaciones de La Serena, doña Isabella Ancarola Privato.

Ambos de distinguida y dilatada actuación en el ámbito judicial. El Tribunal dejó constancia del pesar ocasionado por sus muertes.

Hace breves momentos, esta misma mañana, me enteré de otro fallecimiento que lamento profundamente, el de Leticia Contreras Squella, a quien tuve oportunidad de conocer personalmente en los comienzos de mi carrera judicial. Leticia inició su carrera judicial como Secretaria del Juzgado de Lautaro, el año 1947; fue Secretaria del Juzgado de Parral, el año 1949; Juez Letrado de Yungay y de Melipilla, durante los años ´50; Juez del Tercer Juzgado Civil de menor Cuantía de Santiago, el año 52; Relatora de la Corte de Apelaciones de Santiago, el año 1957 y, finalmente, Fiscal de la Corte de Apelaciones de esta misma ciudad, el año 1969. Sin duda alguna, ella fue una gran dama y modelo de corrección y eficiencia para todos los que integran el Poder Judicial.

Lamentamos profundamente su fallecimiento y nos duele dar a conocer que sus funerales se efectuaron esta misma mañana, con anterioridad a la presente audiencia.

A continuación, paso a referirme a la cuenta que debo rendir.

 

Datos Estadísticos Generales

 
En un cuadro estadístico, que se agrega como anexo al final de esta Cuenta, se señala el total nacional de ingreso de causas a primera instancia durante el año 2004 y comparativamente las ingresadas en el 2003.

Ahora me referiré sólo a este balance nacional.

El total nacional de causas ingresadas durante el año 2004, según los libros de los tribunales del país, sin incluir exhortos, experimentó un aumento porcentual del 2,87%, pues de 1.842.814 causas en el año 2003, subió a 1.895.773 en el 2004.

Desglosando este total nacional, aparece que las causas civiles ingresadas en el año 2004 en los juzgados del país, ascendieron a 994.266, cantidad mayor que la del año anterior, que alcanzó a 871.059. Hubo, entonces, un aumento de 14,14 % de éstas.

Las causas criminales, en total, experimentaron una disminución de un 12,21%: de 617.652 ingresos en el año 2003, a 542.236 ingresos para el año de la presente Cuenta.

De este total de causas criminales, las del sistema procesal antiguo disminuyeron un 33,06%, pues de 534.257 en el año 2003 bajaron a 357.645 en el 2004. Esta caída se explica por la entrada en vigencia de la cuarta etapa de la Reforma Procesal Penal en diciembre del año 2003.

A su vez, en el nuevo sistema se anotó un incremento de un 121,35 % en los Juzgados de Garantía y Tribunales Orales, debido principalmente al funcionamiento de los nuevos tribunales incorporados a la Reforma, en las Regiones V, VI, VIII y X.

Conviene aclarar que la disminución de un 12,21% en el total de causas criminales generadas en el año 2004, sólo se refiere a los procesos criminales que ingresaron a los órganos del Poder Judicial y no comprende a los casos que, según el nuevo procedimiento, son del conocimiento del Ministerio Público.

Por su parte, las causas de menores experimentaron un aumento de 3,20%, así de 179.072 en el año 2003 aumentaron a 184.801 causas en el 2004.

Por último, los ingresos laborales a nivel nacional presentaron una variación mínima de un 0,32%: de 175.031 causas para el año 2003 a 174.470 el 2004.

 

Labor de la Corte Suprema

 

La labor de la Corte Suprema, se separará en tres grupos: función jurisdiccional, administrativa y normativa.

 

Función Juridisccional

 

 Es necesario recordar que el período que se consideró para la estadística sobre la labor de esta Corte, al igual que en años anteriores, corresponde al año calendario, o sea, abarca desde el 1º de Enero al 31 de Diciembre del 2004.

De las cifras que proporciona el Cuadro Estadístico anexo, se concluye que el ingreso de recursos de casación en el año 2004 fue de 3.668 o sea, aumentó en 108 causas en relación con el año anterior, y se fallaron en total 3.060, es decir 83 más que el 2003. No obstante, a pesar del mayor número de fallos, la existencia de estos recursos aumentó en 716, lo que muestra un total pendiente de 2.844. De éstos, 90 se encuentran en acuerdo con Ministro redactor; 338 en tramitación, 234 en tabla y 2.182 en estado de figurar en ella o de dar cuenta. De las 234 en tabla, 144 son casaciones de fondo y 37 de forma, en lo civil, y, en lo criminal 42 de fondo y 11 de forma.

El detalle de otras causas, también comprendidas en esta Cuenta, no será motivo de lectura en esta oportunidad por razones de tiempo, pero será publicado.

En los recursos de queja, el ingreso se mantuvo en un nivel semejante, pues de 432 en el año 2003 aumentó a 464 en el 2004, o sea, sólo aumentó en 32 recursos. Fueron fallados en el año 2004, la cantidad total de 481, es decir, 57 más que en el 2003. La existencia pendiente de 80 en el año 2003 bajó a 71 en el 2004.

En los recursos de protección apelados, el ingreso disminuyó de 1.012 en el año 2003 a 1.008 en el 2004, esto es, en 4 recursos. Fueron fallados el año 2004, la cantidad total de 1.047. De modo que la existencia pendiente de 226 causas el año 2003 aumentó a 227 en el 2004.

La labor general de la Corte durante el año recién pasado, se puede resumir en lo siguiente: el ingreso total de recursos aumentó de 6.262 en el año 2003 a 6.720 en el 2004, es decir, en 458 recursos. En el año 2004 se dictaron 5.837 fallos. La existencia pendiente aumentó, de 3.000 a 3.882. Esta situación nos preocupa y buscaremos los medios para corregirla en el transcurso del presente año.

El detalle de causas de esta cuenta, aunque comprendido en ella, no será motivo de lectura en esta oportunidad por razones de tiempo, pero será publicado.

 

Función Administrativa. Autoacordados e Instrucciones.

 

En ejercicio de la superintendencia directiva, correccional y económica sobre todos los tribunales, que le asigna la Constitución Política de la República, el Tribunal Pleno, durante el año que comprende esta Cuenta, dictó trece autos acordados para la mejor aplicación de las leyes, Impartió, además, dieciséis instrucciones de carácter general a fin de obtener un mejor rendimiento y control en el funcionamiento de los tribunales del país.

 

Visistas Inspectivas a Cortes de Apelaciones.

 

De conformidad a lo dispuesto en los acuerdos de Pleno de 2 y 9 de agosto de 2002, se practicaron 19 visitas. Al término de cada una, los Ministros Visitadores informaron al Tribunal Pleno el que les prestó su aprobación a lo dado a conocer y que se tuvo presente en el respectivo proceso de calificación de fines del año pasado.

 

Traslados y Permutas.

 

El Tribunal Pleno se pronunció sobre 51 solicitudes de traslado: rechazó 46 y autorizó 5. Hubo, además, 4 solicitudes de permuta, pronunciándose favorablemente sólo respecto de 1.

 

 

Oficina del Personal.

 

A esta oficina le corresponde cumplir principalmente la función administrativa que la ley encomienda directamente al Presidente de la Corte Suprema.

Durante el 2004 la Presidencia dictó 1.840 resoluciones exentas y 71 afectas al trámite de Toma de Razón.

En el año 2004 se otorgaron 7.230 comisiones de servicio, especialmente en el ámbito de la capacitación y perfeccionamiento de magistrados y funcionarios.

 

Labor del Departamento de Bienestar

 

Este Departamento se encuentra orientado a satisfacer integralmente las necesidades de los socios y su grupo familiar, desarrollando actividades tendientes a mejorar los beneficios que año a año se les otorgan.

Durante el período de esta Cuenta celebró múltiples Convenios vinculados al área de salud, educación, vivienda y recreación, permitiendo a los beneficiarios obtener cada vez mayores y mejores prestaciones.

Del informe emitido por el presidente de este Departamento, Ministro don Eleodoro Ortiz Sepúlveda, aparece que el ingreso total de fondos en el año 2004, alcanzó a $ 942.565.545. Por concepto de cuotas sociales, el ingreso fue de $ 615.457.482, el que aportaron un total de 5.480 socios.

Expresamos nuestro reconocimiento al Ministro señor Ortiz por su dedicación en la dirección del Departamento de Bienestar, así como al Consejo de Administración y a todo el personal que allí labora.

 

Labor Normativa.

 

En el proceso de formación de las leyes y por mandato del artículo 74 de la Constitución Política de la República, la Corte Suprema debe expresar su parecer al Senado o a la Cámara de Diputados. En cumplimiento de esa obligación, el Tribunal ha emitido 55 informes de diversos proyectos de ley. 26 de ellos fueron dirigidos al H. Senado y los restantes 29 a la H. Cámara de Diputados.

 

Extradicciones.

 

En virtud de la modificación del artículo 53 del Código Orgánico de Tribunales, se distribuyeron entre los Ministros de esta Corte, conforme al turno establecido, 70 solicitudes de extradición pasiva, a las que se debe agregar las 78 que estaban pendientes del año anterior. De ellas, 13 fueron falladas y 135 están en tramitación.

 

Superintendencia Disiplinaria de la Corte Suprema.

 

Durante el año pasado, este Tribunal tomó conocimiento y aplicó un total de 129 medidas disciplinarias; 30 corresponden al Escalafón Primario y son de la siguiente naturaleza: 6 suspensiones, 6 censuras por escrito y 18 amonestaciones privadas.

A abogados, se les impuso un total de 8 medidas disciplinarias. Se desglosan en 6 de suspensión y 2 de amonestación privada.

Conforme lo anterior, el Poder Judicial, en particular la Corte Suprema, ha sido y seguirá siendo estricta y rigurosa en sancionar los comportamientos irregulares de sus magistrados y funcionarios, velando por su adecuada conducta en las funciones que les son propias.

 

Juramento de Nuevos Abogados
 

En el curso del año 2004, esta Corte invistió con el título de abogado a 1.436 Licenciados en Ciencias Jurídicas y Sociales y, para este fin, se efectuaron por el Tribunal Pleno, 28 ceremonias de juramento. Se acordaron, además, 33 convalidaciones de estudios

Actualmente existen 40 Universidades que imparten la carrera de Derecho, lo que justifica el creciente número de títulos que esta Corte debió otorgar.

 

Labor de las Cortes de Apelaciones


Durante el año 2004 ingresaron a las Cortes de Apelaciones del país un total de 157.990 causas, lo que significó una reducción de un 11% respecto de las causas ingresadas en el año 2003, que en dicho período ascendieron a 177.028.

Las causas ingresadas en la Corte Marcial y Corte Marcial de la Armada ascendieron a 2.274, lo que significó un aumento de un 24% respecto al ingreso total de estas Cortes durante el año 2003. La Corte Marcial, por su parte, presentó un aumento de un 28% en su ingreso y la Corte Marcial de la Armada registró una disminución de un 16%.

El ingreso total durante el año 2004, incluyendo Cortes de Apelaciones y Cortes Marciales alcanzó a 160.264 causas, experimentando una disminución de un 10% respecto al año anterior.

La disminución a que se ha hecho referencia se debió principalmente a la puesta en marcha de la cuarta Etapa de la Reforma Procesal Penal y a los efectos que aún tiene la promulgación de la ley Nº19.810 que introdujo modificaciones a la tramitación de la segunda instancia en materia penal.

Las causas falladas en las Cortes de Apelaciones en el período de análisis alcanzaron a 148.920, que en cifras equivale al 94% de las causas ingresadas.

En otro ámbito, mientras en el año 2003 las causas pendientes en las Cortes de Apelaciones alcanzaban la cifra de 90.810, en el 2004 dicha cifra llegó a 99.880 causas, e incluyendo las Cortes Marciales el total de causas pendientes alcanzó la cantidad de 101.348.

En particular, las Cortes de Apelaciones de Santiago y Valparaíso participan en esta cifra con 57.083 y 15.111 causas pendientes respectivamente, las que representan el 57% y 15% del total de causas pendientes a nivel nacional. No obstante lo anterior, la Corte de Valparaíso disminuyó sus causas pendientes en relación al año 2003, situación en que también se encuentran las Cortes de Apelaciones de Antofagasta, San Miguel, Valdivia y Punta Arenas.

 

Labor en las Fiscalias Judiciales

 

La labor de la Fiscalía Judicial de esta Corte Suprema y la de las Cortes de Apelaciones del país durante el año 2004, se refleja en un cuadro estadístico que se anexa a esta Cuenta. Este demuestra que se evacuaron un total de 26.383 informes, se practicaron un total de 27 visitas a lugares de detención; y 109 visitas a establecimientos especiales y carcelarios donde se encuentran internados enajenados mentales; asimismo, efectuaron 291 visitas inspectivas a diferentes juzgados.

La Fiscalía de la Corte Suprema emitió el año pasado 700 dictámenes sobre diferentes materias.

La Fiscal titular integró Salas en 11 ocasiones y el Pleno en 3 oportunidades.

 

Academia Judicial
 

En el año 2004 se ha reunido quincenalmente, en la Presidencia de la Corte Suprema, el Consejo directivo de la Academia. Se realizaron 20 sesiones en el año.

Durante el año 2004, la Academia Judicial, inició, desarrolló y/o finalizó los programas de formación números 27 al 32.

Además, abrió la convocatoria a los Programas N°s. 33, 34 y 35 que se ejecutarán en el presente año.

Hasta la fecha han egresado 701 alumnos del Programa de Formación, de los cuales 461 (66%) se encuentran incorporados en cargos titulares del Poder Judicial. Del total de egresados que se han incorporado, 326 ha sido nombrado en vacantes fuera de la Región Metropolitana y 135 en esta Región.

 

Comision Asesora de Control Etico y Funcionario
 

Esta Comisión no ha caído en el olvido, como equivocadamente señalara un comentarista, sino que al igual que en años anteriores, durante 2004 desarrolló una extensa y reservada labor. Recibió 48 reclamos en total. De esta cifra, 31 fueron archivados, por no corresponder a la finalidad de la labor de la Comisión. Otros 9 fueron derivados al Ministro Visitador o a la Corte de Apelaciones respectiva. Finalmente, del total de los reclamos ingresados, 5 de ellos fueron remitidos al Tribunal Pleno para su pronunciamiento.

Existen en la actualidad 3 reclamos pendientes para ser conocidos por esta Comisión.

 

Labor de la Corporacion Administrativa del Poder Judicial.


El Consejo Superior de la Corporación, presidido por quien habla e integrado por los Ministros señores Ricardo Gálvez Blanco, Urbano Marín Vallejo, Jorge Medina Cuevas, Nibaldo Segura Peña y el Director de la Corporación Administrativa, señor Miguel Sánchez Brito, realizó 27 sesiones durante el año 2004. Como es habitual, éstas se efectuaron fuera del horario de la Corte Suprema a objeto de no comprometer el trabajo ordinario de este Tribunal.

 

A continuación detallaré a grandes rasgos las principales actividades desarrolladas durante el año 2004 por la Corporación Administrativa del Poder Judicial.

 

Área de Infraestructura

Se desarrollaron proyectos de construcción, mantención, instalación y reparación de Tribunales a lo largo del país, por un monto ascendente a $6.399 millones de pesos.

En ese orden $4.522 millones de pesos que significan el 71% de las inversiones, corresponde a nueva infraestructura desarrollada en el marco del Reforma Procesal Penal, de los cuales $2.923 millones han sido aplicados en proyectos que se han terminado y $1.598 a proyectos que se han iniciado durante el año 2004.

El 29% restante equivalente, a $1.878 millones de pesos, es correspondiente a obras de Construcción, mantenimiento y reparación con cargo a recursos sectoriales del Poder Judicial. De ellos, $795 millones de pesos, equivalentes al 42%, se aplicó a obras de mejoramiento y mantención en edificios del Poder Judicial; y $1.082 millones de pesos, equivalentes al 58%, se invirtió en infraestructura desarrollada por la Corporación Administrativa en 19 localidades del país, con obras terminadas y en procesos de diseño y ejecución durante al año 2004.

En estas materias cabe destacar la entrega del nuevo edificio para la Corte de Apelaciones y los Juzgados de Letras y Menores de Talca, edificio emblemático y que ha conformado un importante punto de crecimiento urbano para la ciudad con sus 7 pisos de altura y 9.500 m2 de construcción.

En suma, esta área ha aportado con un crecimiento significativo en locales para el Poder Judicial, lo que se traduce en 40 nuevos edificios para la Reforma Procesal Penal terminados durante el año 2004, el inicio de la ejecución de 27 nuevos edificios, la construcción de nueva infraestructura en 5 localidades y el inicio de 14 obras de arquitectura en diversas regiones del país.

Asimismo, se ha dado inicio a las gestiones necesarias para la habilitación de locales transitorios en el marco de la reforma de Juzgados de Familia. En este contexto, se han arrendado los locales para la habilitación de los 60 nuevos juzgados de familia que deberán entrar en funciones durante octubre del presente año 2005.

 

Reforma Procesal Penal

 

Como se sabe, el Poder Judicial ha sido parte central de la implementación del nuevo sistema de enjuiciamiento criminal, que desde el año 2000 se encuentra parcialmente vigente en nuestro país.

A las labores ya desarrolladas en las regiones de las tres primeras etapas, se sumaron con gran fuerza la V, VI ,VIII y X regiones, correspondientes a la cuarta etapa, las que durante el año 2004 conocieron un total de 88.983 causas, que representan un 48,21 % del total nacional de ingresos de la Reforma. Queda de manifiesto que por primera vez la Reforma Procesal Penal se aplicó en regiones de más de un millón de habitantes, obteniendo positivos resultados hasta la fecha.

Correspondió a la Corte Suprema, de acuerdo con la Ley N° 19.861, proponer al Ejecutivo el adelantamiento en la designación de jueces orales en las regiones de la Cuarta Etapa donde la carga de trabajo así lo exigió, asunto que se materializó con pleno éxito bien.

En relación con la implementación de la Reforma en la Región Metropolitana, cabe señalar que hasta la fecha se han nombrado un total de 53 Jueces de Garantía. En cuanto a los jueces del tribunal oral en lo penal, éstos serán designados siguiendo la gradualidad establecida en la ley 19.861. Asimismo, se está nombrando al personal administrativo que trabajará junto a los jueces en los diferentes Tribunales de la Reforma en la Región Metropolitana. Todos ellos estarán cabalmente adiestrados para asumir sus nuevas funciones y así empezar desde el 16 de junio de este año, con la última fase de este histórico proceso.

El Poder Judicial, en consecuencia, se encuentra plenamente preparado para implementar la Reforma en la Región Metropolitana en la fecha prevista, ésto es, el 16 de junio de 2005. Resta únicamente la entrega de los edificios correspondientes a la Fase I del Centro de Justicia de Santiago, los que de acuerdo con la información proporcionada por el M.O.P. a la Comisión de Coordinación de la Reforma Procesal Penal, debieran estar completamente terminados y en condiciones de ser utilizados para sus fines propios, el 16 de mayo del presente año. Lo anterior, de acuerdo a lo establecido en el artículo 1° transitorio de la ley N°19.665.

 

Área de Recursos Humanos

 

Durante los meses de Abril y Septiembre de 2004, se realizaron los Encuentros de Administradores Zonales de la Corporación Administrativa del Poder Judicial. Se abordaron temas como la Infraestructura para Tribunales de Familia, la Evaluación de Gestión año 2004 y proyecciones futuras, mecanismos de optimización de labores generales de las Oficinas Zonales, los nuevos desafíos que conlleva la implementación de la Reforma Procesal Penal en la Región Metropolitana y los Tribunales de Familia.

En el mes de Noviembre de 2004, se efectuó el "Encuentro de Administradores de Tribunal 2004". En este evento se trataron temas de contingencia de los Tribunales de la Reforma Procesal Penal, con el objeto de unificar criterios y consolidar medidas efectivas para una mejor gestión.

En el mes de Septiembre se elaboró un "Manual de Examen de Traspaso para Juzgados de Familia", cuya finalidad fue entregar una herramienta de apoyo y estudio a todos los funcionarios que debían rendir el Examen habilitante para ser traspasados desde los actuales Juzgados de Menores a los futuros Tribunales de Familia.

Entre los meses de Septiembre y Noviembre, se desarrollaron 17 "Cursos Preparatorios para los Exámenes de Traspaso" de los Tribunales de Familia, al cual asistieron 837 funcionarios de todo el país.

En este mismo contexto, en el mes de diciembre se tomaron a lo largo de Chile 837 exámenes habilitantes a los funcionarios de los Juzgados de Menores para posteriormente ser traspasados al nuevo sistema.

Los Departamentos de Recursos Humanos y de Informática y Computación de la Corporación Administrativa, han venido desarrollando e implantando el Sistema Integrado de Recursos Humanos (S.I.R.H.), destinado a registrar, almacenar, administrar y procesar información relativa al personal, tribunales y unidades del Poder Judicial y de la Corporación Administrativa. La información registrada se encuentra implementada en línea en todas las Administraciones Zonales de la Corporación Administrativa del Poder Judicial y en las Oficinas de Personal de la Corte Suprema y Cortes de Apelaciones de Santiago y de San Miguel. Con ello se facilita la descentralización y optimización de tareas y la consulta y acceso oportuno a la información para apoyar las labores de estudio, auditoría y estadísticas de dotación, reclutamiento y selección, registro de nombramientos, movimientos funcionarios y hojas de vida, personal, remuneraciones, calificaciones, capacitación, prevención de riesgos y bienestar.

En este contexto, durante el año 2004, se llevaron a cabo diversos talleres de capacitación, teóricos y prácticos, destinados a preparar a los usuarios en el uso eficiente de la aplicación y sus funcionalidades, como, asimismo, para enfrentar el importante cambio que implica la transición de una operación manual a un sistema informático, dotándolos de equipamiento y manuales de usuario, reforzando las políticas y procedimientos, y estableciendo, además, una mesa de ayuda, soporte técnico y control de calidad para resolver sus inquietudes.

Por último, los Departamentos de Recursos Humanos e Informática y Computación, desarrollaron el Sistema de Ingresos de Postulaciones, destinada a registrar, almacenar, administrar y procesar información relativa a postulantes al Poder Judicial.

 

Área Informática

 

Las principales acciones realizadas en esta área durante este periodo fueron entre otras las siguientes:

Desarrollo y operación de la Intranet del Poder Judicial, a través de la cual se entrega información de su interés a los funcionarios de los tribunales y de la Corporación Administrativa.

El Rediseño del Sistema de Apoyo a la Gestión Judicial de la Reforma Procesal Penal fue implantado en todas las regiones en las cuales ésta opera, efectuándose la respectiva capacitación al personal de los Juzgados de Garantía y Tribunales de Juicio Oral en lo Penal.

Se implementó un Sistema de Actualización de Contratos, destinado al registro y control de los mismos.

Se desarrolló el proyecto informático "Publicación de estadísticas en la Intranet del Poder Judicial" cuyo objetivo es dar a conocer información estadística tanto de las Cortes de Apelaciones como de los Tribunales de primera instancia, facilitando el acceso de los usuarios a dichos datos

Se efectuó la implantación y mejoramiento del Sistema Integrado de Recursos Humanos.

Se desarrolló un plan piloto de interconexión con el Ministerio Público, que abarcó Juzgados y Fiscalías de diversas ciudades del país, que permitió el traspaso de información de los casos judicializados por el Ministerio Público y de las resoluciones emanadas de los Juzgados.

Se desarrolló un Manual de Procedimientos para los Juzgados de Garantía.

Se realizó la habilitación de computadores, enlaces y otro equipamiento computacional, con el objeto de mejorar el funcionamiento de los tribunales del país.

 

Área Financiera

 

Siguiendo con los lineamientos trazados en los últimos años, el Poder Judicial ha continuado con las actividades tendientes a materializar el anhelo histórico de contar con autonomía financiera, acorde con su rol de Poder del Estado. En este sentido, se debe destacar la nueva y tercera revalidación del Convenio de Desempeño suscrito con el Ministerio de Hacienda, herramienta que ha permitido un mejoramiento sustantivo y sostenido en la gestión financiera del Poder Judicial.

Con el ánimo de generar un mayor grado de autonomía en la gestión presupuestaria y el manejo de los recursos por parte de las Cortes de Apelaciones, se ha incrementado la descentralización efectiva de las decisiones de este ámbito, fortaleciendo y priorizando los objetivos locales.

Algo más diremos sobre esta área financiera al referirnos, más adelante, a los Proyectos de ley elaborados por la mesa de trabajo constituida por el Gobierno y el Poder Judicial.

Mi reconocimiento a los Ministros Consejeros de la Corporación Administrativa y al personal de la misma. Sin los esfuerzos realizados por todos ellos no habría sido posible desarrollar la ardua labor de que se da cuenta en el presente informe.

 

Leyes Relativas al Poder Judicial

 

Durante el período que comprende esta Cuenta, se dictaron numerosas leyes relativas al Poder Judicial. De ellas me referiré a las siguientes:

 
     Ley N° 19.947, publicada en el Diario Oficial de 17 de mayo de 2004, que establece la nueva Ley de Matrimonio Civil.

 

Inspirada en la protección del interés superior de los hijos y del cónyuge más débil, esta ley regula lo concerniente a los requisitos para contraer matrimonio, a la forma como éste debe celebrarse, a los derechos y deberes que de él se derivan, a la separación de los cónyuges y a la forma de término del mismo; contemplando, asimismo, los medios para paliar los efectos de las rupturas matrimoniales.

Esta normativa permite que los contrayentes celebren un matrimonio religioso, con anterioridad al civil, el que -dentro del término previsto- debe ser inscrito ante el Oficial de Registro Civil para que produzca efectos civiles.

Por otro lado, este nuevo cuerpo legal contempla una separación de hecho y otra de carácter judicial; establece, del mismo modo, que el término del matrimonio está dado por la muerte natural o presunta de uno de los cónyuges, por sentencia firme de nulidad y por sentencia firme de divorcio.

Éste último, en tanto, podrá ser invocado si existe incumplimiento grave de los deberes y obligaciones respecto del matrimonio y los hijos; mutuo acuerdo de las partes; o voluntad unilateral de uno de los cónyuges.

Entre los aspectos más notables de esta ley destaca el establecimiento de una compensación económica para el cónyuge más débil, en caso de producirse nulidad o divorcio, la que podrá ser convenida por los cónyuges o, en su defecto, definida por el juez, y que podrá ser denegada -o disminuida prudencialmente- respecto de aquél por cuya culpa se hubiere decretado el divorcio.

Además, se establecen mecanismos de conciliación y mediación, contemplándose la gratuidad de esta última para las personas que no posean los recursos necesarios.

 

Ley N° 19.968, publicada en el Diario Oficial de 30 de agosto de 2004, que crea los Tribunales de Familia.
 
Mediante esta ley se establecen los Tribunales de Familia, con competencia en todas las materias vinculadas y derivadas del conflicto familiar.
En cuanto a lo sustantivo, sus objetivos y principios inspiradores, así como el procedimiento previsto, son -en la práctica- los mismos tenidos en consideración al momento de diseñar la reforma procesal penal; Así las cosas, la nueva estructura para hacer frente al conflicto familiar consta de tribunales unipersonales de composición múltiple, es decir, con un número variable de jueces, dependiendo de la carga de trabajo estimada, pero en el que cada uno de ellos ejercerá separadamente la potestad jurisdiccional plena.
Estos tribunales estarán apoyados por un Consejo Técnico, por el Administrador del Tribunal, en los mismos términos establecidos para la reforma procesal penal, y por el personal de secretaría.
Del mismo modo, se establece el Comité de Jueces, que constituye el nivel superior de decisión dentro del tribunal, y el Juez Presidente, que es elegido de entre los miembros del Comité de Jueces y permanece dos años en el cargo, pudiendo ser reelegido hasta por un nuevo período.
 
     Ley N°20.000, publicada en el Diario Oficial de 16 de febrero de 2005, que sustituye la Ley N°19.366, que sanciona el tráfico ilícito de estupefacientes y sustancias psicotrópicas.
 
En lo que es directamente atinente al Poder Judicial, a través de su artículo 75 se introducen importantes modificaciones al Código Orgánico de Tribunales, en el sentido de establecer una nueva causal de inhabilidad para el cargo de juez, de imponer una exigencia formal para la asunción de dicho cargo por parte de los miembros del Escalafón Primario, de regular los efectos de una inhabilidad sobreviniente y, en fin, de asignar a la Corte Suprema la elaboración de un Auto Acordado en la materia.
 
 Causal de Inhabilidad:
 
Se intercala en el Código Orgánico de Tribunales un nuevo artículo 251, conforme al cual no puede ser juez la persona que tuviere dependencia de sustancias o drogas estupefacientes o psicotrópicas ilegales.
 
 Exigencia formal para la asunción de cargos:
 
Por otra parte, la Ley N°20.000 incorpora un artículo 323 bis al Código Orgánico de Tribunales. De acuerdo con éste, todos los miembros del Escalafón Primario, antes de asumir sus cargos, deberán prestar una declaración jurada que acredite que no se encuentran afectos a la causal de inhabilidad antes referida.
 
 Inhabilidad Sobreviviente:
 
A través del señalado artículo 323 bis del Código Orgánico de Tribunales se impone a los funcionarios judiciales la obligación de admitir ante el superior jerárquico la inhabilidad sobreviviente y la de someterse a un programa de tratamiento y rehabilitación en la institución respectiva, al cabo del cual deberán "aprobar" un control de consumo toxicológico y clínico.
El incumplimiento de esta norma da lugar al juicio de amovilidad, a menos que la Corte Suprema acuerde la remoción y, todo ello, sin perjuicio de la eventual declaración de vacancia del cargo, por salud incompatible o irrecuperable.
 
 Auto Acordado de la Corte Suprema:
 
Con arreglo a lo previsto en el artículo 75 de la citada Ley N°20.000, la Corte Suprema debe dictar un Auto Acordado que, entre otras materias, ha de contener normas para la prevención del consumo indebido de sustancias o drogas estupefacientes o psicotrópicas, por parte de los funcionarios judiciales y la determinación de un procedimiento de control de consumo, aplicable a los miembros del Escalafón Primario.
Acerca de esto último, se especifica en la ley que tal procedimiento de control debe comprender a "todos los integrantes de un grupo o sector de funcionarios que se determinará en forma aleatoria". Este ha de aplicarse en forma reservada y con los debidos resguardos a la dignidad e intimidad de tales personas.
     Ley N° 19.976, publicada en Diario Oficial del 23 de octubre 2004, que modifica el procedimiento de confección de ternas de jueces de garantía y de tribunales del juicio oral en lo penal.
 En virtud de esta ley se introduce una modificación al Código Orgánico de Tribunales, por la vía de incorporar una norma transitoria, tendiente a solucionar el inconveniente derivado de la falta de postulantes que cumplan los requisitos para formar las ternas para proveer los cargos que demanda la reforma procesal penal. También, según expresa el Legislador, se aplica a los otros procesos de transformación de los sistemas de enjuiciamiento que requieran proveer nuevos cargos de jueces, entiéndase, justicia de familia y del trabajo.
 
     Ley N° 19.990, publicada en el Diario Oficial de fecha 24 de diciembre de 2004, que modifica el Código Orgánico de Tribunales y la Ley N° 18.776, incorporando las comunas de Alto Hospicio, Hualpén, Alto Biobío, Cholchol, San Pedro de la Paz y Chiguayante a los territorios jurisdiccionales de los tribunales que indica.
 
Esta ley permitió incorporar a los territorios jurisdiccionales de determinados Juzgados de Letras, Juzgados de Garantía, Tribunales del Juicio Oral en lo Penal, Juzgados del Trabajo y Tribunales de Menores que correspondiere las nuevas comunas creadas en el territorio nacional.
     Ley N° 19.991, publicada en el Diario Oficial del 24 de diciembre de 2004, que modifica el sistema de turnos en Cortes de Apelaciones durante el feriado judicial.
 
Esta ley introduce una modificación al Código Orgánico de Tribunales en virtud de la cual se faculta al pleno de cada Corte de Apelaciones para autorizar, por razones de buen servicio, el funcionamiento de salas de verano adicionales a las previstas en el citado código.
 
     Ley N°19.966, publicada en el Diario Oficial de fecha 3 de septiembre de 2004.
 
Si bien esta ley no se refiere concretamente al Poder Judicial he estimado conveniente incluirla en esta nómina porque guarda relación con ciertos aspectos vinculados a la Administración de Justicia.
En efecto, la citada ley establece un Régimen de Garantías en Salud que considera, en el caso de los daños ocasionados por los "prestadores institucionales públicos de Salud" o sus funcionarios, un procedimiento de mediación prejudicial, obligatorio y gratuito, ante el Consejo de Defensa del Estado, el que comenzará a regir a partir del viernes 4 de marzo de 2005. A contar de esa fecha, ninguna acción contra prestadores institucionales públicos de Salud o sus funcionarios por daños ocurridos con motivo del otorgamiento de prestaciones de carácter asistencial, podrá tramitarse por un tribunal si es que el demandante no acredita haber recurrido previamente al procedimiento de mediación ante el Consejo de Defensa del Estado. Un sistema similar, pero ante la Superintendencia de Salud, operará en el caso de los prestadores privados de Salud.
La mediación en Salud, en ambos casos, constituye un procedimiento que intenta resolver el conflicto a través de una comunicación directa entre las partes. Ellas son las llamadas a resolver su conflicto, con la cooperación de un mediador.
Este procedimiento tiende a favorecer la oportunidad en la solución de los conflictos y, además, contribuye a la desjudicialización de los mismos, creando accesos directos, rápidos y flexibles para la tutela de los propios derechos, disminuyendo desigualdades entre distintos estratos socioeconómicos en todo el territorio nacional. Lo anterior, profundiza la democracia.
Es interesante también destacar que la ley que se comenta, en el inciso final de su artículo 43, contiene un concepto de la mediación al señalar que ella es "un procedimiento no adversarial y tiene por objetivo propender a que, mediante la comunicación directa entre las partes y con intervención de un mediador, ellas lleguen a una solución extrajudicial de la controversia".
 
 Dudas en la Inteligencia y Aplicación de las Leyes.
 
De acuerdo con el N° 4 del artículo 102 del Código Orgánico de Tribunales y 5° del Código Civil, corresponde dar cuenta de las dudas y dificultades que se han presentado a esta Corte y a las Cortes de Apelaciones en la inteligencia y aplicación de las leyes, así como de los vacíos que se noten en ellas.
Se pidieron a las Cortes de Apelaciones del país los informes pertinentes que serán incluidos en anexo a esta Cuenta y se remitirán al Sr. Presidente de la República, para su consideración. A continuación se da a conocer sólo un índice de las materias que esos informes comprenden.
 
 Normas de Procedimiento: Código Procesal Penal
     Amparo
     Revisión periódica de las medidas cautelares
     Plazo para remitir el auto de apertura del juicio oral
     Procedimiento Simplificado
        Necesidad de una audiencia adicional
       Procedimiento Simplificado y reconocimiento por parte del imputado en el manejo en estado de ebriedad
     Alcance de la causal contenida en la letra b) del artículo 373 del Código Procesal Penal. (Recurso de Nulidad)
     Plazo para la realización de un nuevo juicio
     Tramitación en las Cortes de Apelaciones
        Orden de no innovar
        Procedencia de la prueba en Alzada
        Plazo para dictar la sentencia de segunda instancia en los recursos de apelación deducidos en contra de la sentencia definitiva recaída en el procedimiento abreviado
        Plazo dentro del cual debe interponerse el Recurso de Hecho
        Vista del Recurso de Hecho
     Actuación del Fiscal tras el cierre de la investigación
     Reapertura de la investigación en virtud de nuevos antecedentes
     Delito de giro doloso de cheque
     Detención
       Facultad para decretar verbalmente la detención
        Plazo que tiene el Ministerio Público para solicitar audiencia de control de detención. Artículo 131, inciso 2º del Código Procesal Penal
     Posibilidad de hacer extensivo al delito falta de lesiones leves los acuerdos reparatorios establecidos en el artículo 241 del Código Procesal Penal
     Plazo para redactar la sentencia definitiva
     Suspensión Condicional del Procedimiento
     Notificaciones en segunda instancia
     Adhesión a la Apelación
     Protección de los perjudicados con la comisión de un hecho punible
     Suspensión de la vista de la causa
     Prueba en el juicio oral
     Comparecencia en segunda instancia en procedimiento abreviado
     Comunicación de cierre de la investigación por el Fiscal
     Sentido del concepto "pena de prisión" establecido en el artículo 395 inciso segundo del Código Procesal Penal
     Prueba en la audiencia de determinación de pena
     Principio de Congruencia
     Plazo para formalizar la investigación
     Apelación respecto de la resolución que excluye pruebas
 
 Materia Penal Sustantiva: Código Penal
     Media prescripción
     Procedencia de Agravante de Reincidencia
     Tentativa y frustración de falta.
     Delito de porte de armas cortantes o punzantes
     Presunción de inocencia
 
 Materia Civil Procesal: Código de Procedimiento Civil
     Incidentes de previo y especial pronunciamiento
     Posibilidad de declarar desierto un Recurso de Apelación por el tribunal de primer grado cuando ha sido concedido en ambos efectos
 
 Código Orgánico de Tribunales
     Subrogación de jueces
     Sentencias dictadas por Secretarios Subrogantes
     Ternas para cargo de Notario, Archivero y Conservador
     Atribuciones de Receptores en materia de exhortos
     Amonestación privada
     Subrogación e integración en el tribunal de juicio oral en lo penal
     Dificultad en la aplicación de normas de subrogación e integración previstas en el Título VIII del Código Orgánico de Tribunales
     Necesidad de crear cargo de Juez Alterno
     Existencia de Juez de Cumplimiento de Sentencias
     Archivo Judicial
 
 Materia de Menores
     Discernimiento
        Falta de definición legal para la tramitación de los discernimientos en segunda instancia
        Impulso procesal para solicitar el trámite del discernimiento
       Discernimiento declarado por Juez de Garantía
     Exigencia de hacerse parte en segunda instancia
     Visitas en Adopción
     Asignación Familiar
     Tuición
 
 Leyes Especiales:
     Ley de Matrimonio Civil
     Ley N° 18.755 del Servicio Agrícola y Ganadero
     Tramitación y fallo de las causas a que da lugar la aplicación de la Ley de Pesca
     Violencia Intrafamiliar: Ley N° 19.325
     D.L. 3500: Preferencia en pago de cotizaciones
     Ley Orgánica Constitucional N° 18.556 sobre Sistema de Inscripciones Electorales y Servicio Electoral
     Decreto Supremo N°3386 del Ministerio de Justicia de 1937.
     Ley N° 19.925 sobre Expendio y Consumo de Bebidas Alcohólicas
        Procedimiento para tramitar causas del delito de manejo en estado de ebriedad
       Tribunal competente para conocer del manejo bajo influencia del alcohol cuando no se ocasionan lesiones ni daño
 
 Laboral
     Recurso de Queja en reclamo
     Ley Bustos
     Facultad del juez laboral para acoger excepciones dilatorias. (Artículo 440 del Código del Trabajo)
 
 
 Labor de la Dirección de Comunicaciones
 
Durante el año 2004 aumentaron las consultas y solicitudes de asesoría y entrega de informaciones por parte de jueces, periodistas y del público a través de Internet. Para satisfacer esas consultas, además, se publicaron múltiples informaciones en la página Web e Intranet del Poder Judicial y desde el año 2005 la Dirección de Comunicaciones estará a cargo de las secciones informativas de esta red.
Se mantuvo contacto permanente con la Asociación de Magistrados, Federación de Medios de Comunicación y Colegio de Periodistas, realizándose encuentros de los periodistas de tribunales con el Presidente de la Corte Suprema. Estos profesionales efectuaron una visita a Valparaíso para conocer en terreno el funcionamiento de la Reforma Procesal Penal.
La Dirección de Comunicaciones ha prestado su apoyo en el desarrollo de diversas ceremonias en los Tribunales de Justicia, tanto de Santiago como de regiones y en todas aquellas funciones de carácter protocolar-administrativo en que se encuentren involucradas autoridades del Poder Judicial.
Colaboró en la organización y ejecución de las múltiples visitas a regiones programadas por el Presidente de la Corte Suprema, especialmente para apreciar en terreno el desarrollo de la reforma procesal penal, en Arica, Iquique, Antofagasta, Talca, Concepción, Valdivia y Punta Arenas.
Finalmente, esta Dirección participó en el proceso de selección de una empresa externa para asesoría en Comunicaciones convocada por la Corporación Administrativa del Poder Judicial, a fin de perfeccionar y profundizar el desarrollo comunicacional del Poder Judicial.
 
 
 Labor de la Dirección de Estudio
 
Durante el año 2004, esta Dirección continuó desarrollando sus actividades orientadas a diversas materias de interés para la función judicial.
Elaboró 45 informes relativos a variadas materias jurídico-institucionales, entre los cuales cabe destacar los referidos a diversos proyectos de ley sometidos a la consideración de la Corte Suprema; recopilación y análisis de artículos de opinión relativos al Poder Judicial; análisis de normas jurídicas sobre organización y funcionamiento de los tribunales y su consiguiente propuesta de modificación; estudio de la labor judicial y temas relativos a la reforma procesal penal, entre otros.
Se continúa efectuando una importante labor en el ámbito académico, materializándose la suscripción de dos nuevos convenios con las facultades de Derecho de la Universidad de Antofagasta y la Universidad Arturo Prat respectivamente.
Fruto de los convenios suscritos durante 2003 y 2004 se realizaron algunas publicaciones relativas al análisis de jurisprudencia, se concluyeron monografías que abordaron temas de interés a la función judicial, y se recibieron interesantes propuestas de trabajo para el año que se inicia.
Finalmente, en cuanto a las actividades de extensión, se asistió a 17 seminarios en los que se abordaron variadas materias vinculadas al área judicial como por ejemplo: temas de Derecho Constitucional, Independencia del Poder Judicial, Reforma Procesal Penal, Justicia Civil, etc., organizados o patrocinados por distintas Universidades, Embajadas, Fundaciones, Institutos de Estudios Superiores, etc.
 
 Ambito Internacional, Declaración Copán-Salvador
 
Los días 21 y 22 de Junio del 2004 y 24 y 25 del mismo mes y año, se celebraron en forma conjunta y sucesiva, respectivamente, con asistencia de quien les habla, en la ciudad de Copán Ruinas y en la ciudad de San Salvador el IV Encuentro Iberoamericano de Consejos de la Judicatura y la VIII Cumbre Iberoamericana de Presidentes de Cortes Supremas y Tribunales Supremos de Justicia, actividades en que, como saben los Señores Ministros de esta Corte, hemos participado activamente. En estas oportunidades se acordó refundir las nombradas estructuras en una misma y única conferencia internacional que se denominará "Cumbre Judicial Iberoamericana", en la que se respete la identidad y representación propia de cada organización judicial, las que sustentarán la actuación futura de concertación y cooperación en el ámbito de sus respectivas competencias, sobre la base del diálogo, la solidaridad y la adopción de proyectos y acciones concertadas Todo ésto con la convicción de que la existencia de un acervo cultural común constituye un instrumento privilegiado que, sin menoscabo del necesario respeto a la diferencia, contribuye al fortalecimiento del sistema judicial y, por extensión, del sistema democrático, mediante la reafirmación de postulados compartidos que aseguren una administración de justicia independiente e imparcial, previsible, accesible al ciudadano, eficaz, pronta y equitativa, que garantice los derechos humanos y el respeto a la seguridad jurídica.
Estimo oportuno recordar que en una reunión anterior, destinada a fijar las áreas temáticas, para la VI Cumbre Iberoamericana de Presidentes de Cortes Supremas y Tribunales Supremos, uno de los Presidentes asistentes expresó las siguientes palabras: "Los países Iberoamericanos guardan entre sí una gran identidad, no solamente en cuanto a su lengua y cultura, sino también por sus instituciones jurídicas, que cada vez hermana más a nuestras comunidades y las unifican –como una gran confederación de Naciones-" y rememora, a continuación, pensamientos expresados por Simón Bolívar en el año 1815: "Yo no quiero –decía Bolívar- que América sea como los árboles que hunden sus raíces en un solo lugar, sino como el viento, como el agua, como el sol, como todas las cosas que sin cesar avanzan y caminan".
Terminó diciendo el Presidente: "que los acuerdos de esta reunión preparatoria no se queden, como las raíces de los árboles, en un solo lugar, sino que nazcan libres como el viento, como el agua, como el sol y como todas las cosas, que sin cesar avancen y caminen para bien de nuestros pueblos."
 
 Derechos Humanos
 
En el discurso inaugural del año judicial 2004 dediqué un acápite a esta materia expresando que era necesario resaltar la relevancia que la Corte Suprema, en su actual composición, ha prestado a las normas referentes a los derechos humanos, demostrando particular atención en ella y comprendiendo la preocupación y sensibilidad social que conllevan. Hice notar, asimismo, que en la época en que ocurrieron los hechos constitutivos de violaciones a estos derechos, resultaba imposible pesquisarlos a fondo desde el momento en que involucraban, como se ha esclarecido posteriormente, a organismos de seguridad, a sus jefes e integrantes y que su efectiva investigación sólo fue posible a partir del retorno de la democracia a nuestro país. Agregué que no puede desconocerse que la justicia, al igual que la libertad, sólo son viables en democracia. La verdad de este aserto ha venido a quedar corroborada últimamente por el hecho de que diversos Ministros de Cortes de Apelaciones, trabajando en forma seria, silenciosa y abnegada, han finalizado la tramitación y dictado sentencias definitivas en causas de difícil sustanciación.
No puede desconocerse tampoco que en la época en que se cometieron las aludidas violaciones a los derechos humanos existieron intentos de hacer justicia a pesar de las condiciones imperantes pero, con todo, esos intentos resultaron fallidos. Al efecto, deseo darles a conocer una experiencia personal.
El 31 de Enero de 1977, formando Sala con el ex ministro Adolfo Bañados Cuadra, acogimos un recurso de amparo interpuesto a favor de Carlos Humberto Contreras Maluje y, en consecuencia, declaramos "que el señor Ministro del Interior, a fin de restablecer el imperio del derecho y asegurar la debida protección del amparado, deberá disponer su inmediata libertad".
En un libro escrito por dos periodistas que se refiere a este caso se dice: "La resolución de la Quinta Sala de la Corte de Apelaciones de Santiago, sorprendió a todos. "Aceptaron un recurso de amparo", se decían unos a otros los abogados al comentar lo que parecía un milagro, después de las reiteradas negativas de la justicia para todos los habeas corpus presentados después del golpe militar".
"Esa calurosa tarde del 31 de enero de 1977, una familia chilena lloró de alegría. Y empezaron a contar los minutos para estrechar entre sus brazos a Carlos Humberto Contreras Maluje, 30 años, de profesión químico-farmacéutico, casado y con dos pequeños hijos..."
"Ese día, 31 de Enero, la familia Contreras Maluje volvió a sonreír. Imaginaron que podrían ver a Carlos en las próximas horas. Pero la pesadilla no había terminado. Y las sonrisas desaparecieron con el correr de los días".
El 4 de febrero, en un oficio timbrado "urgente-reservado" el Ministro del Interior subrogante, se dirigió al presidente de la Corte de Apelaciones. En la conclusión de su oficio decía "Como US. Iltma. podrá fácilmente comprender, el Ministro que suscribe debe hacer plena fe de lo que otros organismos del Estado le informan, especialmente si su dependencia es en forma directa del Presidente de la República y, en consecuencia, debe dar por establecido que el tantas veces citado Carlos Humberto Contreras Maluje no está ni ha estado detenido o arrestado por algún servicio u órgano de seguridad o dependiente del Poder Ejecutivo.... En consecuencia, lo resuelto por esa I. Corte, en orden a disponer la libertad de la mencionada persona, es imposible de cumplir por el momento, toda vez que como se ha expresado se ignora su actual paradero. Sin perjuicio de lo anterior esta Secretaría de Estado está llana a dar curso a dicha resolución una vez que sea habida la persona de que se trata o se indique por US. Iltma. el lugar preciso en que ella se encontraría".
Tengo entendido que, actualmente, todavía se tramita un proceso en el que se investigaría el homicidio o secuestro de Carlos Contreras Maluje. En definitiva este asunto, en lo personal, me dejó, por una parte, sentimientos de profunda amargura y, por otra, dos satisfacciones. La amargura, es la de haber contribuido a despertar, por un breve lapso, las esperanzas de la familia de Contreras Maluje en el sentido de que éste recobraría su libertad. Las satisfacciones: son que María Adriana Pablos de Contreras Maluje dijo, en su oportunidad, "reconozco que guardo especial cariño para dos jueces, Adolfo Bañados y Marcos Libedinsky, que no tuvieron temor y acogieron el recurso de amparo de Carlos. Ellos no tienen la culpa de que su sentencia haya quedado sin cumplirse".
La segunda satisfacción es la de que Luis Egidio Contreras Aburto, padre de Carlos Contreras Maluje, y abogado que alegó en su oportunidad el recurso de amparo que fuere acogido en resolución no cumplida, concurrió bastante tiempo después, el año 1982, a mi despacho en la Corte de Apelaciones a obsequiarme un libro que yo ya tenía pero, sin decirle nada, lo acepté conmovido y orgulloso. ¡Era la obra de Piero Calamandrei "El elogio de los jueces escrito por un abogado".!
En esta materia de procesos vinculados a la violación de los derechos humanos la Corte Suprema dictó, con fecha 25 de enero último, instrucciones mediante las cuales se ordenaba que en estas causas, que se encuentran aún en estado de sumario, los Ministros y jueces a su cargo debían declarar cerrados los respectivos sumarios, dentro del plazo máximo de seis meses contados desde la señalada fecha, sin perjuicio del derecho que asiste a las partes en orden a proponer la verificación de las diligencias que estimen indispensables, con arreglo a la facultad que les confiere el artículo 401 del Código de Procedimiento Penal.
Como fundamentos de esta decisión se señalaron, entre otros, "que el artículo 19 N° 3 de la Constitución Política de la República, impone al legislador la obligación de establecer siempre las garantías de un procedimiento y una investigación racionales y justos", y "que existen diversos instrumentos internacionales que concretan esta necesidad de la existencia de un plazo razonable para los efectos de un juzgamiento. Entre otros, la Declaración Americana de los Derechos y Deberes del Hombre; la Convención Europea para la Protección de los Derechos Humanos y de las Libertades Fundamentales; el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos y la Convención Americana sobre Derechos Humanos de San José de Costa Rica, todos los cuales, en términos más o menos similares, establecen, con el carácter de derechos fundamentales de las personas acusadas en causas penales, el de ser juzgadas dentro de plazos razonables y sin dilaciones indebidas".
A lo ya dicho por la Corte en su citada resolución, puede añadirse que, como lo señalara un autor, "para criticar las largas duraciones de los procesos no se requiere hacer uso de la presunción de inocencia determinada en el artículo 6 de la Convención Europea de Derechos Humanos. Basta con imaginarse la situación psíquica y física de aquellos que a través de varios años fueron expuestos a la sospecha de haber cometido un hecho punible. Es fácil introducir una sospecha que tenga como consecuencia la iniciación del procedimiento de instrucción. Erradicarla lleva, por experiencia, bastante más tiempo. Mientras la maquinaria de la justicia -casi siempre lenta, raramente rápida y por períodos inmóvil- realiza su proceso, sufren familias, se quiebran emocionalmente personas ante la exigencia impuesta, se pierden vidas. La incertidumbre acerca de cuando culminará un proceso penal es una circunstancia de la cual emerge un efecto de "semipenalización. Un proceso penal que se extienda en el tiempo es percibido frecuentemente por la persona afectada como una carga más grave que la pena misma que se impone finalmente." (Daniel R. Pastor. "El Plazo razonable en el proceso del Estado de Derecho. Konrad Adenauer-­Stiftung. Ad-Hoc. Pg.90. Nota 55.
Enfrentada a estas situaciones de estancamiento o prolongación procesal de numerosas causas lo que repercute negativamente, en forma indudable, sobre toda la administración de justicia, la Corte debió recurrir al mecanismo de ordenar el cierre de las etapas sumariales dentro del lapso de seis meses a fin de resguardar los legítimos derechos tanto de querellantes como de procesados o inculpados para obtener la final realización de la justicia.
La decisión de la Corte ha sido criticada sosteniéndose que constituiría "un punto final" a los procesos afectados por ella. Nunca he podido conocer el fundamento de esta apreciación y la estimo profundamente equivocada. En efecto, si en los procesos cuyos cierres de sumarios se han ordenado existen reos, se podrán elevar las causas a plenario respecto de ellos para que sigan su tramitación y terminen por sentencias absolutorias o condenatorias. Si en esos procesos no existen reos y se estima por los querellantes que existen diligencias pendientes cuya práctica podría conducir a un eventual procesamiento, podrán invocar el artículo 401 del Código de Procedimiento Penal, que les permite pedir que se deje sin efecto el cierre del sumario y se practiquen las diligencias que se consideren omitidas, las que deberán mencionar concretamente.¿Dónde se encuentra el pretendido "punto final"? No lo diviso. Lo que sí se impone es una carga, sea para el querellante o para el reo que pretenden dejar sin efecto el cierre del sumario, en el sentido de señalar concretamente las diligencias omitidas a fin de que el juez de la causa decida si debe o no reabrirse el sumario y proseguir, en el primer supuesto, con su sustanciación.
Se ha cuestionado, asimismo, este instructivo de la Corte de 25 de enero último, sosteniéndose que atentaría contra la "independencia interna de los jueces". Lo cierto es que dentro de nuestra antigua práctica tribunalicia jamás se ha objetado el hecho frecuente que, por ejemplo, las Cortes de Apelaciones conociendo de un proceso determinado, cuando advierten negligencias u omisiones durante la sustanciación de un sumario, "de oficio" ordenen a los jueces a quo la práctica de determinadas diligencia probatorias o bien, según fuere el caso, dispongan que el juez deberá declarar cerrada la etapa sumarial, sin que por eso se estime afectada la "independencia interna" de que goza todo tribunal.
Lo único que podría objetársele a la resolución de la Corte que se viene comentando es su alcance limitado –se refiere sólo a procesos por violación de derechos humanos- en circunstancias que la necesidad de un plazo razonable para la sustanciación de los procesos seguidos en un Estado de Derecho debe aplicarse a todo tipo de causas penales, pero lo cierto es que una extensión en este último aspecto excedería las atribuciones de esta Corte. En todo caso, se ha tomado conocimiento que el Poder Ejecutivo –en su carácter de organismo colegislador- estaría preparando un anteproyecto de ley, denominado de "empalme" destinado, entre otros aspectos, a aproximar los tiempos de resolución de los conflictos penales del sistema nuevo –de próxima aplicación en la Región Metropolitana- con los del sistema antiguo, poniendo término de este modo a una injustificada diferenciación que afecta a derechos fundamentales de las personas.
 
 Posibilidad de Facultar a la Corte Suprema para Iniciar Leyes.
 
El Presidente que habla es de opinión que nuestro actual sistema de oír previamente a la Corte Suprema en las modificaciones legales que digan relación con la organización y atribuciones de los tribunales, contemplado en el artículo 74 de la Constitución Política de la República y 16 de la Ley N°18.918 Orgánica Constitucional del Congreso Nacional, debería ser sustituido o, en todo caso, complementado por uno que otorgue a la Corte la facultad de formular o tener la iniciativa en proyectos de ley que versen sobre las señaladas materias -organización y atribuciones de tribunales- y otras relacionadas con la administración de justicia.
No existen, en nuestro concepto, razones jurídicas ni doctrinarias de ninguna clase para desconocer al organismo máximo del Poder Judicial esta facultad. Al contrario, puede estimarse como favorable y conveniente que este Tribunal tenga esa potestad en materias en que, precisamente, sus miembros pueden tener mayor expedición y experiencia por su constante aplicación. Obviamente cualquier iniciativa de ley emanada de la Corte podrá ser modificada o rechazada en el Congreso de acuerdo con las reglas ordinarias.
El actual sistema debe estimarse inadecuado. Las opiniones de la Corte no son preceptivas, y en pocas oportunidades son seguidas por los legisladores, quienes siquiera están obligados a explicar los motivos por los cuales las desestiman, y, además, en muchas ocasiones errores cometidos durante la tramitación de proyectos en que la Corte tendría que ser oída pueden dar origen a vicios de inconstitucionalidad formal.
 
 Proyectos de Ley Elaborados por la Mesa de Trabajo Constituida por el Gobierno y el Poder Judicial.
 
Con fecha 13 de Enero último, a través de Mensajes signados con los Números 274-352; 275-352; 276-352; 277-352 y 278-352, Su Excelencia el Presidente de la República tuvo a bien remitir al Congreso Nacional diversos proyectos de ley, producto de un trabajo conjunto del Ministerio de Justicia, del Presidente y algunos Ministros de esta Corte y representantes del mundo académico, que abarcan materias tales como la regulación del Ministerio Público Judicial; Régimen disciplinario del Poder Judicial; Recurso de queja; Regulación de Abogados integrantes; Modificación al sistema de nombramientos y calificaciones de los Ministros, Jueces, Auxiliares de la Administración de Justicia y Empleados del Poder Judicial, otras Reformas Orgánicas y Procedimentales y, finalmente, Flexibilización del Manejo de los fondos asignados al Poder Judicial en la Ley de Presupuesto de la Nación.
En esta oportunidad estimo conveniente dar a conocer, por razones de tiempo y espacio, sólo algunos aspectos contenidos en este último Proyecto, y con la salvedad que, en todo caso, los Proyectos deberán ser informados en su oportunidad por el Pleno de esta Corte de acuerdo a lo dispuesto en los artículos 74 de la Constitución Política de la República y 16 de la Ley N°18.918 Orgánica Constitucional del Congreso Nacional, que recién citábamos.
La iniciativa que corresponde a lo que hemos denominado "autonomía financiera", vendrá a perfeccionar la independencia institucional y funcional del Poder Judicial establecida en la Constitución Política.
No se trata de una autonomía absoluta, ya que ésta no existe en el sistema institucional chileno, en que los Poderes del Estado están relacionados y se fiscalizan unos a otros.
Se reconocen facultades más amplias al Poder Judicial en el manejo de los recursos financieros, que se ejecuta por la Corporación Administrativa bajo la tuición superior de la Corte Suprema.
Se invierte el proceso de asignación de recursos al Poder Judicial y que principalmente provienen de Ley Anual de Presupuestos que presenta el Gobierno y aprueba el Congreso. En vez de atenerse a la suma global que le señala el Ministerio de Hacienda, será la Corte Suprema la que comunicará al Ejecutivo la estimación de sus gastos. La Corte regulará la manera como las Cortes de Apelaciones y la Academia Judicial le informarán de sus necesidades en la materia.
Los traspasos de fondos asignados al Poder Judicial entre capítulos y subtítulos, los hará la Corporación en lugar de autorizarse por decreto supremo de Hacienda.
Las identificaciones presupuestarias de proyectos de inversión se harán por la Corporación Administrativa y la Academia Judicial, sin pasar por el Ministerio de Planificación, pero siguiendo la nomenclatura técnica aprobada por esta Secretaría de Estado.
Los saldos finales de caja pasarán al presupuesto siguiente del Poder Judicial, mediante acuerdos de la Corporación y de la Academia, que señalarán como se distribuirán esos recursos.
Los proyectos de ley del Ejecutivo que asignen mayores funciones a los tribunales, deberán contar con el informe previo de la Corporación Administrativa sobre los gastos que originen.
Se regulariza la situación patrimonial de los inmuebles fiscales en que funcionan tribunales y sus dependencias o en que existen viviendas judiciales.
Como contrapartida, ya que la mayor independencia impone mayores responsabilidad y transparencia, se establece que:
Los estados contables del Poder Judicial se revisarán por las entidades externas que se contratarán mediante licitación pública para efectuar auditorías financieras y operacionales de la Corporación y la Academia Judicial.
Se hará un informe anual de la ejecución presupuestaria y una cuenta del resultado de la gestión operativa y de inversiones, que se enviarán a la Dirección de Presupuestos en mayo del año siguiente.
Los estados contables y los informes de auditoría serán públicos, estarán disponibles en medios electrónicos y se incluirán en las memorias de la Corporación y Academia Judicial.
Se refuerza la Contraloría Interna de la Corporación Administrativa, que dependerá del Consejo de la Corporación.
Este proyecto de ley, y los demás que fueron despachados al Congreso Nacional para su discusión, son un paso significativo para el logro de nuestras aspiraciones de modernizar en diversos aspectos el Poder Judicial y ciertamente valoramos el interés demostrado por el Presidente de la República, sus Ministros de Justicia, de Hacienda, el Director del Presupuesto y distintos personeros del Parlamento en esta importante materia.
Los mencionados Proyectos representan, sin embargo, solamente una etapa en una empresa que, por su misma naturaleza y alcance para el bienestar de todos quienes habitamos en este país y formamos nuestra comunidad nacional, no puede sino seguir desarrollándose y proyectándose indefinidamente hacia el futuro, pues nunca podrá agotarse. Recordemos las palabras ya citadas de Bolívar, deberá ser "como el viento, como el agua, como el sol, como todas las cosas que sin cesar avanzan y caminan". Se trata de perfeccionar la forma como debe organizarse y funcionar la administración de la justicia en su rol irreemplazable de garante de la paz social y que es una tarea que requiere la participación de todos y, especialmente, de quienes debemos intervenir en su ejecución.
 
 Acuerdos Adoptados por esta Corte Suprema, en el Mes de Octubre Último, en Jornadas de Estudio Sobre Modernización Interna del Poder Judicial.
 
En razón de lo dicho, en el presente año, esperamos abocarnos a otros asuntos vinculados con esta meta permanente, tomando como base los acuerdos adoptados en las jornadas de estudios que llevó a efecto la Corte Suprema en octubre del año pasado y que paso a reseñar:
           Efectuar una planificación estratégica diferenciada de mediano plazo, que permita un cabal cumplimiento de la misión del Poder Judicial, distinguiendo para ello las funciones jurisdiccionales propiamente tales, de las de gobierno y administración, lo cual presupone una visión común y predeterminada de la Institución.
 
     Estudiar, en el ámbito estructural, el posible perfeccionamiento del escalafón judicial, distinguiendo entre los funcionarios que realizan actividades jurisdiccionales, de aquellos que realizan labores de apoyo a dicha función.
 
     Revisar la situación actual de diversos cometidos de apoyo a la función jurisdiccional, en especial la labor futura de los fiscales judiciales, que debe ser definida a la brevedad. Del mismo modo, a objeto de mejorar el servicio a la comunidad, se plantea la necesidad de analizar las relaciones con los colaboradores externos de la administración de justicia, tales como Gendarmería, peritos judiciales, policías, Servicio Médico Legal, etc.
 
     Identificar y distinguir las labores de los organismos auxiliares de la gestión de gobierno y de la administración judicial, a fin de propender a una mayor coordinación entre ellos y con los tribunales en sus diversos niveles, así como la ampliación de sus funciones y estructuras, priorizando la utilización de los sistemas informáticos y otras técnicas de gestión.
 
     Analizar, en el área de los recursos humanos, y en forma más pormenorizada, la asignación de labores para los distintos niveles de funcionarios y empleados, con un mayor grado de autonomía, iniciativa y flexibilidad para modificar plantas y descripciones de cargos, de acuerdo a las realidades de cada unidad de trabajo.
 
     Definir convenientemente el nivel de exigencias para el reclutamiento y selección de los diversos cargos, y desarrollar programas de capacitación a través de la Corporación Administrativa del Poder Judicial, en aquellas áreas no cubiertas por la Academia Judicial.
 
     Promover, en las relaciones institucionales, acciones conjuntas con entidades estatales, académicas y privadas, tendientes a reforzar la apertura del Poder Judicial hacia la comunidad.
 
     Desarrollar acciones, tanto internas como externas, que permitan mejorar la percepción ciudadana acerca de la administración de justicia.
 
 
Pedimos, desde ya, al Congreso Nacional que considere los recién aludidos Proyectos de ley, y las modificaciones que puedan surgir durante su tramitación, como una cuestión de Estado inaplazable, ajena a cualquier interés partidista y buscando sólo el interés general, como no dudamos que lo hará. Es hora de hacer política de verdad, es decir, de entender que una sociedad puede convivir sin determinados servicios, pero que sería imposible la más mínima convivencia sin el ejercicio de la justicia. Justicia y Libertad, son los valores supremos de la convivencia social y del derecho.
Cabe reiterar que en una sociedad democrática, el derecho a una administración correcta de la justicia es tarea de todos.
 
 Inconveniencia del Sistema de Nombramiento de Ministros y Jueces, Contemplado en la Constitución Política de la República.
 
Por mi parte deseo representar, en este punto de la exposición, la inconveniencia del sistema de nombramiento de ministros y jueces, previsto en el inciso penúltimo del artículo 75 de la Constitución Política de la República que dice: "La Corte Suprema y las Cortes de Apelaciones, en su caso, formarán las quinas o las ternas en pleno especialmente convocado al efecto, en una misma y única votación, donde cada uno de sus integrantes tendrá derecho a votar por tres o dos personas, respectivamente. Resultarán elegidos quienes obtengan las cinco o las tres primeras mayorías, según corresponda. El empate se resolverá mediante sorteo".
La eliminación de la necesidad de contar con mayoría absoluta para ser incluido en quina o en terna; la disminución del número de votos que se asigna a quienes deben formar las nóminas; el establecer una única votación; y resolver el empate mediante sorteo –modificaciones introducidas todas en nuestro sistema de nombramientos por el artículo único, N°3, letra b), de la ley de Reforma Constitucional N°19.541, de 22 de diciembre de 1997- ha demostrado ser totalmente inadecuada al permitir la inclusión en quina o en terna con un número tan bajo de votos que, evidentemente, no representa una opinión relevante y compartida acerca de los méritos del candidato incluido en la nómina por parte de quienes la formaron.
En efecto, la revisión de las ternas conformadas por esta Corte, entre los años 2002 y 2004, para llenar las vacantes en los cargos de Ministro de las Cortes de Apelaciones del país, permite apreciar –a modo de ejemplo– la existencia de 5 casos extremos acerca de la situación antes referida, a saber:
     El de la terna para proveer un cargo de Ministro de la Corte de Apelaciones de Concepción, ocasión en que el primer lugar de la nómina lo ocupó un oponente que obtuvo 13 votos, el segundo lugar otro que obtuvo 5 y, el tercer lugar, un concursante que logró solamente 3 votos y que fue incorporado en la nómina por sorteo, al haber obtenido otros 3 oponentes idéntico número de votos.
    El de la terna para llenar una vacante del cargo de Ministro de la Corte de Apelaciones de San Miguel, caso en el que el primer lugar de la votación logró 11 preferencias, el segundo 4 y, el tercero, únicamente 3 votos, dándose igualmente la situación especial del sorteo, en razón de que otro postulante obtuvo también 3 votos.
    El de la terna para la provisión de un cargo de Ministro de la Corte de Apelaciones de Talca, oportunidad en que el primer lugar alcanzó 14 preferencias, el segundo 7 y, el tercero, sólo 3 votos.
     El de la terna para llenar un cargo de Ministro de la Corte de Apelaciones de Santiago. En este caso, el primer lugar de la nómina logró 9 votos, el segundo 6 y, el tercer lugar, únicamente 2 votos, con la particularidad de que esta última persona resultó incluida en terna por sorteo, al haber otros 3 candidatos con igual número de votos.
     El de la terna para proveer un cargo de Ministro de la Corte de Apelaciones de San Miguel, ocasión en que el primer lugar fue ocupado por un concursante con 9 votos, el segundo con 7 y, el tercero, con solamente 3 preferencias.
En mi parecer, los ejemplos señalados son de suyo elocuentes para evidenciar las deficiencias del sistema de nombramientos de Ministros y Jueces contemplado en el ya transcrito inciso penúltimo del artículo 75 de la Constitución Política de la República. No se puede aplicar, en materia de formación de quinas o ternas para la designación de cargos judiciales, el principio de "representación de las minorías" propio de un régimen político democrático.
Obviamente, los ejemplos ante señalados no implican una crítica o un menoscabo para quienes puedan haber resultado favorecidos por el sistema de nombramientos que se cuestiona. Lo que se critica es, precisamente, el sistema que al no permitir más que una única votación, impide al mismo beneficiado, a veces por el azar, obtener una mayoría más significativa en una segunda o tercera votación si ellas fueren necesarias para conseguir una mayoría absoluta.
 
  Palabras Finales.
 
En estas palabras finales quiero reproducir algunos conceptos que di a conocer, hace algún tiempo, en el acto de juramento de 32 jueces de Garantía de Santiago y que ahora hago extensivos a todos los jueces de la Región Metropolitana, en atención a la inminente vigencia de la última etapa de implantación de la Reforma Procesal Penal y, también, en general, a todos los jueces del país.
En breve ustedes se convertirán en los protagonistas de una página difícil en nuestra historia judicial. Estamos ciertos que lo harán poniendo todo su empeño y dando lo mejor de cada uno y que, asimismo, tendrán como meta la superación continua de su papel. Nuestro país está pendiente de los resultados de la implantación del nuevo sistema Procesal Penal y debe tener fe que se ha hecho todo lo posible para prepararnos de la mejor manera para llevarlo adelante.
Se ha tropezado con muchas dificultades, pero también ha existido un espíritu muy positivo para superarlas y una colaboración altamente eficaz de todos los Poderes Públicos y diversas entidades públicas y privadas para poder implantar este nuevo sistema en el que tantas esperanzas se han depositado.
He dicho, en anteriores oportunidades, que la justicia no sólo debe realizarse, sino que también debe ser vista como realizada. Sabemos mejor que nadie que la falta de credibilidad de la gente en el sistema de justicia debilita la confianza en el régimen democrático y que cuando ésto sucede sostenidamente es señal que ha llegado el momento de afrontar la solución de todo lo que provoque el descreimiento social en la Justicia.
He señalado, asimismo, que estamos plenamente convencidos de que se requiere de cambios trascendentales, con el fin de agilizar la administración de justicia. Sabemos que realizar cambios profundos no es fácil, con frecuencia encontramos resistencia, a veces por falta de voluntad, por desconocimiento o, simplemente por temor al cambio. Debemos construir una base sólida en la que el sistema de justicia funcione con independencia, profesionalismo, imparcialidad, espíritu de servicio, rectitud, sobriedad, acuciosidad y respeto a la institucionalidad. Estos son los valores a vivir, mostrar y destacar por el Poder Judicial. Estos son los valores con los que Uds. deberán encarar el ejercicio de las funciones que les corresponderá desempeñar en los cargos para los cuales habéis sido designados.
Para concluir, debo recordarles que una de las creencias más perniciosas al mejoramiento concreto del servicio de justicia, consiste en fomentar las expectativas que todo cambia al día siguiente de entrar en vigencia un Código nuevo. La realidad es que los cambios beneficiosos, por supuesto, que puedan producirse con el nuevo sistema procesal penal, que Uds. deberán poner en práctica, sólo en parte se deberán al nuevo Código, pero en lo sustancial, en lo más importante, dependerán de la interpretación y aplicación que Uds, realicen de la nueva normativa. Se ha dicho repetidamente que el buen funcionamiento de la justicia depende de los hombres y no de las leyes.
Nuestro país espera muchísimo de Uds., pero sabemos que se han preparado y continuarán haciéndolo de la mejor manera posible y que van a asumir sus funciones en la plena convicción de que los Jueces deben ser, no sólo los funcionarios más confiables de un país, sino además la esperanza de que el valor Justicia pueda lograrse satisfactoriamente en la tierra.
Por último, les deseo que desempeñen sus funciones en una forma tal que nos haga seguir sintiéndonos orgullosos de los jueces que forman nuestro Poder Judicial.
 
Con estas palabras doy por inaugurado el Año Judicial 2005.
 
Muchas gracias por su atención,
 
Marcos Libedinsky Tschorne
Presidente
Santiago, 1º de marzo de 2005.-
 
 

 Anexos

 
 Anexo 2A.- Estadísticas Generales de la Corte Suprema
            Resumen General
            Anual
 Anexo 5.- Ingreso y existencia de causas en Cortes de Apelaciones
 Anexo 6.- Término de causas en Cortes de Apelaciones
 Anexo 7.- Causas pendientes en Cortes de Apelaciones
 Anexo 8.-

01 de Marzo del 2004

 Inaugurado Año Judicial 2004

El Presidente de la Corte Suprema de Justicia, Don Marcos Libedinsky Tschorne, encabezó en la mañana de hoy (lunes 1° de marzo) la Ceremonia de Inauguración del Año Judicial 2004, que se realizó en el Salón de Honor de la Corte Suprema.

En la oportunidad, y de acuerdo con lo que dispone el artículo 102 del Código Orgánico de Tribunales, el Presidente de la Corte Suprema debe dar cuenta del trabajo efectuado por la Corte Suprema y demás tribunales de la República, la apreciación que le merece la labor de los tribunales y las dudas y dificultades que hayan ocurrido en la inteligencia y aplicación de las leyes, en audiencia pública a la que concurren, además de los integrantes y fiscales de la Corte Suprema, los ministros y fiscales de la Corte de Apelaciones de Santiago y otras autoridades especialmente invitadas.
A continuación publicamos el texto íntegro del mensaje pronunciado por el Presidente de la Corte Suprema.

 

 DISCURSO 2004


Discurso de Inauguración Año Judicial 2004


Santiago, 1 de marzo de 2004.

 

Al iniciar esta Audiencia pública deseo efectuar algunas precisiones.

 

Significación del Acto de Apertura


Aparte del simbolismo que encierra y de su real significación, el acto de apertura de un nuevo año de las actividades judiciales, constituye una inapreciable oportunidad para que, a semejanza de lo que ocurre con otros actos trascendentes en la vida de la colectividad políticamente organizada, se de cumplimiento al mandato republicano de mantener informada a la ciudadanía y a la opinión pública, en general, sobre el curso y el destino de los intereses cuya custodia se halla a cargo del Poder Judicial. No se trata, en consecuencia, del mero cumplimiento de una actuación formal sino algo más de fondo como lo es, indudablemente, hacer del conocimiento público el modo como este Poder del Estado ha cumplido las obligaciones que le imponen la Constitución y las leyes.

 

Educación y Justicia

 

Como muy certeramente lo señala nuestro Ministro de Justicia, aquí presente, en esas bellas "Semillas para la Reflexión", provenientes de "De Bates": "No es una casualidad que en el mes de marzo de cada año se realicen ceremonias de inauguración de año escolar y de las actividades judiciales. No lo es, porque la educación y la justicia entremezclan sus tareas. La docencia de cualquier nivel, particularmente la que se imparte a niños y jóvenes, es también tarea de justicia. La enseñanza activa de valores u obligaciones para con el individuo, la familia y la sociedad, y la enseñanza del respeto a los derechos ajenos y la pluralidad de ideas son componentes propios de la justicia. Los establecimientos de enseñanza básica y media son lugares apropiados para empezar a tratar con la delincuencia y la prevención de la criminalidad juvenil y, por lo tanto, su reducción. La enseñanza de valores morales y cívicos de los educandos, como el conocimiento práctico de ciertos aspectos legales, puede tener enorme gravitación en los problemas diarios que enfrentan los colegios, los mismos educandos y la sociedad. El vandalismo, los atentados contra la propiedad, actos de violencia, consumo de alcohol y drogas, infracciones a las buenas costumbres y, en general, conductas antisociales que desembocan en la justicia, encuentran una causa en la insuficiente enseñanza de valores morales y en el desconocimiento y falta de familiarización con los valores cívicos, las leyes y las instituciones que conforman el sistema legal. Por su parte los jueces deben educar a la comunidad en sus sentencias. No solamente en su estilo, formas de expresión y lógicas de razonamiento, sino a través del contenido y sustancia de sus decisiones y con su presencia personal en colegios y otros foros públicos de aprendizaje recíproco".

 

Función del Juez

 

Con excesiva simpleza suele caracterizarse la función del juez, diciendo que consiste en la aplicación de la ley al caso concreto que se halla sometido a su decisión. Se olvida así que, como lo recuerda Carnelutti, "la certeza obtenida con las leyes es una certeza aproximativa, de una manera absoluta nadie puede fiar de ella"; que, con más frecuencia de la que a primera vista parece, el juez, consciente de la importancia de su misión e imbuido del verdadero afán de brindar la mejor justicia posible, se ve confrontado a la no fácil tarea de interpretar cabalmente la ley que va a aplicar; que tal misión está lejos de quedar satisfecha con la simple aprehensión del sentido literal que emerge del texto de la misma y ni siquiera, la mayor parte de las veces, mediante el análisis deductivo de sus proposiciones o sea, el llamado método exegético, que gozó hasta no hace mucho tiempo de gran predicamento en la doctrina y en la jurisprudencia, procedimiento este último capaz de impecables razonamientos y conclusiones, pero que adolece del defecto de olvidar que las leyes, al decir de un autor, "no son un silogismo ni una suma de ellos, sino reglas de vida, partes integrantes de la vida misma, de la que son expresión y a las que luego debe regir".

Bien, pero para no alejarnos más de la finalidad de esta Audiencia, recordemos que su origen proviene del artículo 2º de la Ley Nº3.390 de 15 de julio de 1918, que corresponde al actual artículo 102 del Código Orgánico de Tribunales, que impone esta obligación al Presidente de la Corte Suprema y no al Tribunal. En consecuencia, lo que aquí se diga es de la exclusiva responsabilidad del primero de los nombrados y no del organismo colegiado. Circunstancia que nunca está de más recalcar, a fin de evitar que paguen justos por un pecador.

Al asumir la Presidencia de la Corte Suprema, el 6 de Enero último, escribí algunas palabras que en esta oportunidad deseo reiterar y ampliar. Manifesté que me encontraba "plenamente consciente de que el desempeño de este cargo constituye un enorme compromiso, toda vez que significa estar al frente y representar un Poder del Estado al que le corresponde velar por el imperio de la ley, aplicándola, sin privilegios, a todos por igual, sin importar clase social, condición económica o posición política. Las leyes no pueden ser consideradas cuales "telas de araña" que permitan pasar indemnes a través de ellas sólo a algunos privilegiados. En un régimen democrático como el nuestro, nadie es superior a la ley".

Agrego ahora que el desempeño de la Presidencia no constituye un privilegio a favor de quien fue designado como tal sino, más bien, una pesada carga -como ya he tenido oportunidad de apreciarlo-, un alto honor y una grave responsabilidad que, en todo caso, deseo afrontar con mis mejores esfuerzos, de manera de no defraudar a mis colegas, compañeros de esta Corte, quienes me otorgaron su confianza y a quienes, ahora en forma pública, repito los agradecimientos de que los hice partícipes al momento de mi elección.

En esta exposición, deseo hacer algunas referencias preliminares.

El señor Ministro de esta Corte, don Mario Garrido Montt se acogió a jubilación, dejando sus altas funciones, cumpliendo el mandato Constitucional, después de una extensa y dilatada carrera en el servicio judicial por casi cincuenta años. En su reciente paso por la Presidencia de esta Corte desplegó una gran actividad, fue sencillo y cordial con todos los magistrados y funcionarios de la Corte y de todo el Poder Judicial y rodeó sus labores en la Presidencia de dignidad y decoro.

Cesaron en sus funciones por el cumplimiento del límite máximo de edad, durante el curso del año pasado, las señoras Ministras Gloria Méndez Wannhoff y María Helvetia Castrillón, de la Corte de Apelaciones de Iquique y Antofagasta respectivamente y el señor Ministro de la Corte de Apelaciones de Iquique, don Jaime Chamorro Navia.

En mayo de 2003 dejó de existir el Ministro de la Corte de Apelaciones de Valparaíso, don Carlos Pereira Castro y en noviembre último falleció la ex Ministra de la Corte de Apelaciones de Santiago, doña María Onell Gómez.

En octubre de 2003 falleció la Fiscal Judicial, doña Gloria Ponce Hermosilla y en marzo del año recién pasado el ex Fiscal Judicial, don René Clavería Lisboa, ambos de la Corte de Apelaciones de Santiago.

También falleció, en noviembre pasado, el Abogado Integrante de esta Corte, don Patricio Novoa Fuenzalida.

Todos los nombrados de dilatada actuación en el ámbito judicial y amplia versación jurídica. El Tribunal dejó constancia del pesar ocasionado por sus muertes y, por mi parte, deseo enfatizar el sentimiento causado por el deceso de Patricio Novoa con quien trabajé, hasta el momento de su muerte, en la Cuarta Sala de esta Corte, y cuya presencia en ella, no me cabe duda, va a ser imposible de suplir atendidas las grandes dotes de caballerosidad y conocimientos que ostentaba Patricio.

A continuación, paso a referirme a la cuenta que debo rendir.

 

Datos Estadísticos Generales

 

En un cuadro estadístico que se agrega como anexo al final de esta cuenta, se señala el total nacional de ingreso de causas a primera instancia durante el año 2003 y comparativamente las ingresadas en el año 2002.

Ahora me referiré sólo a este total nacional.

El total nacional de causas ingresadas durante 2003, según los libros de los tribunales del país, sin incluir exhortos, tuvo un aumento porcentual del 9,65%, pues de 1.676.472 causas en 2002 subió a 1.838.292 en 2003.

Desglosando este total nacional, aparece que las causas civiles ingresadas en 2003 en los juzgados del país, ascendieron a 867.325, cantidad mayor que la del año anterior, que alcanzó a 661.182. Hubo, entonces, un aumento de 31,18 % de éstas.

Las causas criminales, en total, experimentaron una disminución de un 4,1%: de 644.211 ingresos en el año 2002, a 618.015 ingresos para el año de la presente Cuenta.

De este total de causas criminales, las del sistema procesal antiguo disminuyeron un 6,53%, pues de 571.972 en 2002 bajaron a 534.620 en 2003.

En el nuevo sistema se anotó un incremento de un 15, 44% en los juzgados de garantía y tribunales orales, debido en parte al funcionamiento de los nuevos tribunales.

Las causas de menores experimentaron un descenso de 1,5%: de 181.825 el 2002 a 179.098 causas en el 2003.

Los ingresos laborales a nivel nacional disminuyeron en un 8,14%: de 189.254 causas para el año 2002 a 173.854 el 2003.

 

Labor de la Corte Suprema

 
La labor de la Corte Suprema, se separará en tres grupos: función jurisdiccional, administrativa y normativa.

 

Funcíon Jurisdiccional

 
Es necesario recordar que el período que se consideró para la estadística sobre la labor de esta Corte, al igual que en años anteriores, corresponde al año calendario, o sea, abarca desde el 1º de Enero al 31 de Diciembre del 2003.

De las cifras que proporciona el Cuadro Estadístico anexo, se concluye que el ingreso de recursos de casación en 2003 fue de 3.560 y se fallaron en total 2.977, es decir 293 más que el 2002. No obstante, a pesar del mayor número de fallos, la existencia aumentó en 259 recursos, lo que muestra un total pendiente de 2.128. De éstas, 76 se encuentran en acuerdo con Ministro redactor; 264 en tramitación, 243 en tabla y 1.543 en estado de figurar en ella. De las 243 en tabla, 132 son casaciones de fondo y 58 de forma, en lo civil, y, en lo criminal 40 de fondo y 15 de forma.

El detalle de otras causas, también comprendido en esta Cuenta, no será motivo de lectura en esta oportunidad por razones de tiempo, pero será publicado.

En los recursos de queja, el ingreso se mantuvo en el mismo nivel, pues de 439 en 2002 bajó a 432 en 2003, o sea, sólo disminuyó en 7 recursos. Fueron fallados en el año 2003, la cantidad total de 424, es decir, 346 menos que en el 2002. La existencia pendiente de 81 en el año 2002 bajó a 80 en 2003.

En los recursos de protección apelados, el ingreso aumentó de 990 en 2002 a 1.012 en 2003, o sea en 22 recursos. Fueron fallados en 2003, la cantidad total de 1.010. De modo que la existencia pendiente de 26 causas en 2002 aumentó a 226 en 2003.

La labor general de la Corte durante el año recién pasado, se puede resumir diciendo que el ingreso total de recursos aumentó de 5.590 en el año 2002 a 6.262 en 2003, es decir, en 672 recursos. En 2003 se dictaron 5.534 fallos. La existencia pendiente aumentó, de 2.272 a 3.000.

 

Función Administrativa. Autos Acordados e Instrucciones.

 
En ejercicio de la superintendencia directiva, correccional y económica, que le asigna la Constitución Política de la República, el Tribunal Pleno, durante el año que comprende esta Cuenta, dictó nueve autos acordados para la mejor aplicación de las leyes e impartió treinta y tres instrucciones de carácter general a fin de obtener un mejor rendimiento y control en el funcionamiento de los tribunales del país.

 

Visitas Inspectivas a Cortes de Apelaciones.
 

De conformidad a lo dispuesto en el acuerdo de pleno de 20 de mayo de 1998, se practicaron 16 visitas. Al término de cada una, los Ministros informaron al Tribunal Pleno el que les prestó su aprobación a lo dado a conocer y se tuvo presente en el respectivo proceso de calificación de fines del año pasado.

 

Traslados y Permutas.


El Tribunal Pleno se pronunció sobre 51 solicitudes de traslado: rechazó 45 y autorizó 6. Hubo, además, 3 solicitudes de permuta, las que fueron rechazadas.

 

Oficina del Personal.
 
Esta oficina cumple principalmente la función administrativa que la ley encomienda directamente al Presidente de la Corte Suprema.

Durante 2003 la Presidencia dictó 1.919 resoluciones exentas y 79 afectas al trámite de toma de razón.

En el 2003 se otorgaron 7.302 comisiones de servicio.

 

Labor del Departamento de Bienestar

Del informe emitido por el presidente de este Departamento, Ministro don Eleodoro Ortiz Sepúlveda, aparece que el ingreso total de fondos en el año 2003, alcanzó a $ 852.860.743. Por concepto de cuotas sociales el ingreso fue de $ 562.197.203, el que aportaron un total de 4.926 socios.

Expresamos nuestro reconocimiento al Ministro señor Ortiz por su dedicación en la dirección del Departamento de Bienestar.

 

Labor Normativa.


En el proceso de formación de las leyes y por mandato del artículo 74 de la Constitución Política de la República, la Corte Suprema debe expresar su parecer al Senado o a la Cámara de Diputados. En cumplimiento de esa obligación, el Tribunal ha emitido 51 informes de diversos proyecto de ley. 16 de ellos fueron dirigidos al H. Senado y los restantes 35 a la H. Cámara de Diputados.

 

Extradiciones.
 

En virtud de la modificación del artículo 53 del Código Orgánico de Tribunales, se distribuyeron entre los Ministros de esta Corte, conforme al turno establecido, 30 solicitudes de extradición pasiva, a las que se debe agregar las 61 que estaban pendientes del año anterior. De ellas, 13 fueron falladas y 78 están en tramitación.

 

Superintendencia Disiplinaria de la Corte Suprema.

 
Durante el año pasado, este Tribunal tomó conocimiento y aplicó un total de 201 medidas disciplinarias, 53 más que en el período anterior; 34 corresponden al Escalafón Primario y son de la siguiente naturaleza: 1 remoción, 3 suspensiones, 1 censura por escrito y 29 amonestaciones privadas.

A abogados, se les impuso un total de 6 medidas disciplinarias. Se desglosan en 4 de suspensión, una amonestación privada y 1 multa.

Como se advierte de lo anterior, el Poder Judicial, en particular la Corte Suprema, ha sido y seguirá siendo estricta y rigurosa en sancionar los comportamientos irregulares de sus magistrados y funcionarios.

En el curso del año 2003, esta Corte invistió con el título de abogado a 1.244 Licenciados en Ciencias Jurídicas y Sociales y se acordaron 17 convalidaciones de estudios y, para este fin, se efectuaron por el Tribunal Pleno, 26 ceremonias de juramento.

Actualmente existen 40 Universidades que imparten la carrera de Derecho, lo que justifica el creciente número de títulos que esta Corte debió otorgar.

 

Labor de las Cortes de Apelaciones
 

Durante el año 2003 ingresaron a las Cortes de Apelaciones y Marciales del país un total de 178.861 causas, lo que significó una reducción de un 28% respecto de las causas ingresadas en el año 2002, que en dicho período ascendieron a 250.070.

Las Cortes de Arica, Copiapó, Talca, Coyhaique y Punta Arenas experimentaron una disminución superior al 40% en su ingreso de causas. La Corte Marcial, por su parte, presentó un aumento de un 76% en su ingreso y la Corte Marcial de la Armada presentó una disminución de un 24%.

Cabe señalar que las Cortes de Apelaciones de Santiago y San Miguel presentan los más altos ingresos de causas a nivel nacional, que alcanzan una cifra de 58.664 y 24.732 respectivamente, representando el 33% y 14% del total de ingreso del país respectivamente.

La fuerte disminución experimentada a nivel nacional se debió principalmente a los efectos que aún tiene la promulgación de la ley Nº19.810 que introdujo modificaciones a la tramitación de la segunda instancia en materia penal y la puesta en marcha de la III Etapa de la Reforma Procesal Penal.

Las causas falladas del período en análisis alcanzaron a 169.707, que en cifras equivale al 94% de las causas ingresadas.

Ello significó una disminución de un 32% en el total de causas falladas respecto del año 2002. Por el contrario, la Corte Marcial presentó un aumento de un 16% en sus fallos y la Corte Marcial de la Armada disminuyó en un 22% respecto del año 2002. A su vez, las Cortes de Apelaciones de Santiago y San Miguel presentan el más alto número de fallos con 54.190 y 25.857 causas falladas, que representan el 32% y 15% del total a nivel nacional.

En otro ámbito, mientras en el año 2002 las causas pendientes en las Cortes alcanzaban la cifra de 83.009 correspondientes a causas de años anteriores, en el año 2003 dicha cifra llegó a 91.684 causas.

En particular, las Cortes de Apelaciones de Santiago y Valparaíso participan en esta cifra con 52.831 y 15.167 causas pendientes respectivamente, las que representan el 58% y 17% del total de causas pendientes a nivel nacional.

Ello demuestra que a pesar de la creación de nuevas salas en las Cortes de Apelaciones de Santiago, San Miguel, Valparaíso y Concepción, establecida por la ley Nº19.805, esa circunstancia aún no se refleja en la disminución de las existencias pendientes al interior de estos Tribunales.

Por otra parte, las Cortes de Apelaciones de Copiapó, La Serena, Rancagua, Temuco, Coyhaique y Punta Arenas lograron una disminución en sus causas pendientes. No obstante, es necesario mencionar los notables esfuerzos demostrados en forma permanente durante el año por disminuir su existencia pendiente de parte del resto de las Cortes de Apelaciones del país.

 

Labor en las Fiscalias Judiciales

 
La labor de la Fiscal Judicial de esta Corte Suprema y de los de las Cortes de Apelaciones del país durante 2003, se refleja en un cuadro estadístico que se anexa a esta cuenta. Este demuestra que se evacuaron un total de 31.253 dictámenes, se practicaron un total de 87 visitas a lugares de detención; y 37 visitas a establecimientos especiales y carcelarios donde se encuentran internados enajenados mentales; asimismo, practicaron 205 visitas inspectivas a diferentes juzgados.

La Fiscalía de la Corte Suprema emitió el año pasado 683 dictámenes sobre diferentes materias.

La Fiscal titular integró Salas en 7 ocasiones.

 

Academia Judicial.


En el año 2003 se ha reunido quincenalmente, en la Presidencia de la Corte Suprema, el Consejo directivo de la Academia. Se realizaron 20 sesiones en el año.

Durante el año 2003, la Academia Judicial, inició, desarrolló y/o finalizó los programas de formación números 21 al 27.

Además, abrió la convocatoria a los Programas N°s. 28, 29 y 30 que se ejecutarán en el presente año.

Hasta la fecha han egresado 585 alumnos del Programa de Formación, de los cuales 352 (60%) se encuentran incorporados en cargos titulares del Poder Judicial. Del total de egresados que se han incorporado, 271 ha sido nombrado en vacantes fuera de la Región Metropolitana y 81 en esta Región.

 

Comision Asesora de Etica.

Como en años anteriores, durante 2003 desarrolló una extensa y reservada labor. Recibió 114 reclamos en total (en 2002 fueron 197). De esta cifra, 70 fueron archivados, por no corresponder a la finalidad de la labor de la Comisión. Otros 19 fueron derivados al Ministro Visitador o a la Corte de Apelaciones respectiva. Finalmente, del total de los reclamos ingresados, 12 de ellos fueron remitidos al Tribunal Pleno para su pronunciamiento, el que aplicó las respectivas sanciones disciplinarias.

Existen en la actualidad 13 reclamos pendientes para ser conocidos por esta Comisión.

 

Labor de la Corporacion Administrativa del Poder Judicial.

 
La gestión de la Corporación Administrativa del Poder Judicial durante el año 2003, se caracterizó por una eficiente aplicación de los recursos tanto financieros como humanos y una labor proactiva hacia los distintos Tribunales del país.

El Consejo Superior de la Corporación, presidido por el Ministro señor Mario Garrido Montt e integrado por los Ministros señores Hernán Álvarez García, José Benquis Camhi, Urbano Marín Vallejo, Jorge Medina Cuevas, y el Director de la Corporación, señor Miguel Sánchez Brito, en su calidad de secretario, realizó 29 sesiones durante el año. Estas se efectuaron fuera del horario de esta Corte Suprema a objeto de no comprometer el trabajo ordinario de este Tribunal.

No podemos dejar de destacar, desde ya, el trabajo eficiente y abnegado que han cumplido todos y cada uno de los miembros de este Consejo en una labor tan importante como lo es la de dirigir la administración de los recursos humanos, financieros, tecnológicos y materiales destinados al funcionamiento del Poder Judicial.

A continuación detallaré a grandes rasgos las principales actividades desarrolladas durante el año 2003 por la Corporación Administrativa del Poder Judicial a través de sus diferentes Departamentos y Administraciones Zonales:

 

Área de Infraestructura



Se realizaron obras de mantención, instalaciones y reparaciones de tribunales a los largo del país, por un monto ascendiente a $4.426 millones de pesos. Del monto antes mencionado un 83,6% corresponde a Tribunales insertos en la Reforma Procesal Penal.

Con relación a los proyectos de inversión del año 2003, estos alcanzaron a la suma de $ 15.131 Millones de pesos, correspondiendo un 84,5% a Tribunales de la Reforma Procesal Penal.

Entre los hechos más significativos de este año, a pesar de las dificultades presupuestarias y dentro de las prioridades establecidas por la Corte Suprema, se encuentran la inauguración del nuevo Edificio de la Corte de Apelaciones de Valdivia y la habilitación de los Juzgados Civiles de Puerto Montt.

Dentro del marco de la Reforma Procesal Penal, la Corporación es la principal responsable del éxito de su implementación. En su cuarta etapa, correspondió la puesta en marcha de las jurisdicciones de las Cortes de Apelaciones de Valparaíso, Rancagua, Chillán, Concepción, Valdivia y Puerto Montt. Este éxito se ha materializado en la habilitación de 39 Juzgados de Garantía y 6 Tribunales de Juicio Oral en lo Penal y 33 Juzgados Mixtos. De los inmuebles habilitados 28 son arrendados, alcanzando una superficie total de 22.646 metros cuadrados, mientras que 11 de ellos corresponden a construcciones nuevas en las ciudades de Quillota, San Felipe, Los Andes, Rancagua, San Fernando, Santa Cruz, Rengo, Chillán, Talcahuano, Los Ángeles y Cañete.

Se debe mencionar el esfuerzo realizado por el personal de la Corporación en este ámbito, que permitió llevar a buen término las acciones para implementar los tribunales de la cuarta etapa de la Reforma Procesal Penal. Etapa que en su conjunto equivale a un 40% del total del país.

 

Área de Recursos Humanos


De acuerdo a las normas establecidas por la Corte Suprema y al Diseño Organizacional establecido para los Tribunales de la Reforma, se han aplicado evaluaciones psicolaborales y pruebas de conocimiento a los postulantes a cargos del escalafón secundario y escalafón de empleados.

En este contexto cabe hacer presente que sólo en el caso de Tribunales de la Reforma, cuarta etapa, se recibieron 65.514 postulantes para los diferentes cargos de administradores, jefes de unidad y administrativos.

En cuanto a estudios realizados en el área de recursos humanos destacaré dos: la determinación de las causas que generan ausentismo en el Poder Judicial y la elaboración de un modelo de evaluación del desempeño para la Corporación Administrativa, que tiene por objeto medir factores reales y concretos de acuerdo a las exigencias del cargo.

Además se realizaron diversas acciones de capacitación relacionadas principalmente con las Metas de Gestión del Poder Judicial y la Reforma Procesal Penal.

En otro ámbito de acción, se debe mencionar el correcto plan de trabajo en materias de seguridad y prevención de riesgos, que se ha estado realizando en conjunto con la Asociación Chilena de Seguridad. En este contexto se debe felicitar a la zonal Concepción, pues el comité paritario de esa zonal, fue elegido el mejor de la VIII Región, obteniendo el premio ACHS Acción Paritaria, por su destacada gestión en materias de seguridad y prevención de riesgos.

 

Área Informática


Las principales acciones realizadas en esta área durante este periodo fueron entre otras las siguientes:

Desarrollo y operación de la Intranet del Poder Judicial, a través de la cual se entrega información de su interés a los funcionarios de los tribunales y de la Corporación Administrativa.

Rediseño del Sistema de Apoyo a la Gestión Judicial de la Reforma Procesal Penal, aplicado en todos los Tribunales de Juicio Oral en lo Penal y Juzgados de Garantía del país.

Desarrollo e implementación de última fase del Sistema Información Administrativa (SIA), destinado a registrar y controlar el manejo financiero de la Corporación Administrativa y de los Tribunales de Juicio Oral en lo Penal y Juzgados de Garantía del país.

Implementación de un Sistema de Ingreso, Distribución de Demandas y Registro de Resoluciones para las Cortes de Apelaciones de todo el país, incorporando a la red computacional del Poder Judicial las Cortes de Apelaciones de Arica, Iquique, Antofagasta, Copiapó, La Serena, Valparaíso, San Miguel, Rancagua, Talca, Chillán, Temuco, Valdivia, Puerto Montt, Coyhaique y Punta Arenas.

Rediseño de los sistemas computacionales de los juzgados que conocen materias civiles y laborales, a fin de permitir la tramitación y registro de las causas en forma integral.

Habilitación de computadores, enlaces y equipamiento computacional que facilita el funcionamiento de los tribunales de la Reforma Procesal Penal.

Finalmente, se dio inicio al proyecto de interconexión de Sistemas Computacionales entre el Ministerio Público y el Poder Judicial, mediante la puesta en marcha de un plan piloto en las ciudades de La Serena, Viña del Mar, Villa Alemana, San Felipe, Lautaro y Temuco.

 

Área Finaciera

Como se ha mencionado en los últimos años el gran anhelo del Poder Judicial es contar con una autonomía financiera acorde con su independencia, establecida en la Constitución Política de la República. Se ha trabajado en esa dirección, y en este contexto destaca la firma de un nuevo Convenio de Desempeño suscrito entre el Poder Judicial y el Ministerio de Hacienda relativo a una mayor flexibilidad presupuestaria.

Este convenio se firma considerando "la voluntad de ambas partes (Poder Judicial - Ministerio de Hacienda) para mejorar su gestión en un contexto de mayor autonomía financiera".

Se ha consolidado la administración financiera del Poder Judicial, donde se destaca el desarrollo y determinación de centros de costos por Tribunal y un mayor control en la aplicación de los recursos, lo que queda de manifiesto en las positivas evaluaciones que han arrojado las Auditorias externas practicadas en los últimos tres años.

Todo lo anterior, es una visión somera de las actividades que realiza este pequeño grupo de profesionales y administrativos que se encuentran al servicio del Poder Judicial y tal como señala su misión "su acción esta fundada en el valor de las personas y en una búsqueda permanente de una gestión proactiva y de excelencia".

Mi reconocimiento para los funcionarios de esta Corporación Administrativa que desarrollan su función en forma anónima por el bien del Poder Judicial.

 

Leyes Relativas al Poder Judicial

 

De las diversas leyes promulgadas el año que comprende esta Cuenta, sólo se hará mención a la Nº19.919, publicada en Diario Oficial con fecha 20 de diciembre de 2003, que modifica el plazo para la entrada en vigencia de la Reforma Procesal Penal en la Región Metropolitana de Santiago, fijando como nueva fecha el 16 de junio de 2005.

El motivo fundamental que llevó a la dictación de esta ley, consistió en que la Región Metropolitana representa un 40% de la población del país y un 47% de los ingresos criminales, lo que implica que los organismos auxiliares de la Administración de Justicia deben ser fortalecidos y preparados tanto en el aspecto presupuestario como humano. En efecto, al postergar la entrada en vigencia hasta junio de 2005, se produce la liberación de recursos financieros en las diversas instituciones vinculadas (Poder Judicial, Ministerio Público y Defensoría Penal Pública), los cuales serán destinados al fortalecimiento de dichos organismos auxiliares (Carabineros de Chile, Policía de Investigaciones y Servicio Médico Legal). Adicionalmente, la postergación hará posible una mejor selección y capacitación de los recursos humanos involucrados (371 jueces, 270 fiscales y 193 defensores, con más de 2.000 funcionarios de apoyo), y permitirá traspasar la experiencia acumulada en Regiones y avanzar en la profundización del cambio cultural, social y jurídico que importa la reforma.

Por estas razones, esta Corte Suprema, con fecha 24 de Octubre de 2003, informó favorablemente el proyecto de ley de postergación de vigencia, no obstante haber adoptado el Poder Judicial las medidas necesarias para la entrada en vigencia de la Reforma en la Región Metropolitana, en la fecha inicialmente prevista.

 

Dudas en la Inteligencia y Aplicación de las Leyes.

De acuerdo con el N° 4 del artículo 102 del Código Orgánico de Tribunales y 5° del Código Civil, corresponde dar cuenta de las dudas y dificultades que se han presentado a esta Corte y a las Cortes de Apelaciones en la inteligencia y aplicación de las leyes, así como de los vacíos que se noten en ellas.

Se pidieron a las Cortes de Apelaciones del país los informes pertinentes que, dada su extensión, se agregarán en anexo a esta cuenta y se remitirán al Sr. Presidente de la República.

En todo caso me permito hacer notar la conveniencia que el mencionado artículo 5° del Código Civil sea modificado en el sentido de que el informe que él exige sea dado en el mes de enero y no en el de marzo. En efecto, los emitidos en marzo del presente año, por ejemplo, necesariamente posteriores a la presente cuenta, se referirán a dudas o vacíos advertidos durante el año 2003, de los que sólo podrá darse cuenta durante la ceremonia inaugural del año 2005, en cambio si son emitidos en el mes de enero, se alcanza a dar razón de ellos en esta oportunidad, esto es, con un año de antelación.

Cabe dejar constancia que esta última situación es la que ha ocurrido en esta oportunidad, en que los informes que se remitirán al Sr. Presidente de la República comprenden el año 2003, por cuanto en el mes de Enero recién pasado, la Presidencia de esta Corte solicitó a las Cortes de Apelaciones que se reunieran en pleno a fin de informar de las dudas y vacíos que hayan podido observar en la aplicación de las leyes durante el indicado año 2003.

 

Labor de la Dirección de Comunicaciones

 

La adecuada difusión de las actividades emprendidas por la Judicatura, así como la información oportuna y certera de la naturaleza, alcance, dimensión y efectos de las resoluciones emanadas de los organismos judiciales es un mecanismo sin el cual no se puede consolidar el Estado democrático de Derecho.

Así lo ha entendido el Poder Judicial en estos últimos años, y ha desarrollado una importante actividad destinada a estructurar una apertura comunicacional acorde con las necesidades de la comunidad.

La Dirección de Comunicaciones ha continuado la labor, iniciada el año 2002, destinada a entregar en forma correcta y oportuna la información sobre los casos de mayor connotación pública, facilitando la comunicación entre los magistrados y la prensa y proporcionando asesoría y capacitación a unos y a otros.

En mayo del 2003 se realizó en Santiago el primer encuentro sobre Justicia y Libertad de Expresión, organizado por la Sociedad Interamericana de Prensa, en el que participaron periodistas y jueces de todo el país.

La Presidencia de la Corte Suprema mantuvo un diálogo permanente con las organizaciones de los medios de comunicación y de los periodistas.

La Dirección de Comunicaciones ha participado en actividades de capacitación para los periodistas, principalmente respecto de la aplicación de la reforma procesal penal.

Esta Corte Suprema ha colaborado activamente en la formulación de documentos que sirvan de base para establecer políticas de comunicaciones comunes, en el marco de las Cumbres Iberoamericanas de Presidentes de Cortes Supremas y Tribunales Supremos de Justicia.

Se ha trabajado en conjunto con las demás instituciones involucradas en actividades de difusión de la reforma procesal penal.

A esta Dirección corresponderá desempeñar un importante papel en lo que respecta a las relaciones entre Medios de Comunicación Social y Poder Judicial, a las que me referiré, en forma detallada, más adelante en la presente Cuenta.

 

Labor de la Unidad de Estudio

 

Por acuerdo de Pleno de la Corte Suprema, de 11 de Marzo de 2002, se acordó oficializar la creación de la Unidad de Estudio, Análisis y Evaluación de asuntos y materias de interés a la función judicial, dependiente de la Corte Suprema.

Durante el año 2003 esta Unidad siguió desarrollando sus actividades orientada a diversas materias de interés para la función judicial.

Elaboró 26 informes relativos a variadas materias jurídico-institucional. Participó en diversas Comisiones, tales como: Subcomisión de seguimiento de la reforma procesal penal y la Comisión formada con motivo de la conmemoración de los 180 años de la Excma. Corte Suprema.

Se desarrolló una importante labor en el ámbito académico al celebrar y materializar numerosos convenios con diversas Universidades, a saber, Universidades Mayor, Austral, Concepción, Talca, Adolfo Ibáñez, Diego Portales, del Desarrollo, Central, Finis Terrae, Los Andes y Gabriela Mistral.

También se suscribieron convenios para profundizar determinados estudios con Paz Ciudadana y la Subsecretaria de Carabineros en cuanto a seguridad ciudadana.

Finalmente, se asistió a diversos seminarios donde se analizaron múltiples materias vinculadas al área judicial como por ejemplo: reforma procesal penal, autonomía judicial, justicia y gobernabilidad, ética judicial, justicia internacional, sistema penitenciario, administración de tribunales, etc.

 

Derechos Humanos

 

Es necesario resaltar la importancia que la Corte Suprema, en su actual composición, ha otorgado al tema de los derechos humanos, demostrando particular atención en él y comprendiendo la preocupación y sensibilidad social que conlleva.

En este sentido los jueces con dedicación exclusiva, que fueron designados en junio de 2001, y posteriormente los Ministros de Cortes de Apelaciones, que este Tribunal nombró en octubre de 2002, para que en forma también exclusiva, asumieran la substanciación de diversos procesos relacionados con este tema, siguen conociendo de esas causas e informan periódicamente de sus avances a esta Corte Suprema.

Se debe considerar el esfuerzo del Poder Judicial para resolver y llevar a término estos casos que, en la época en que ocurrieron los hechos investigados, resultaban imposibles de pesquisar a fondo desde el momento en que involucraban, como se ha esclarecido posteriormente, a organismos de seguridad, a sus jefes e integrantes. Su efectiva investigación sólo fue posible a partir del retorno de la democracia a nuestro país. No puede desconocerse que la justicia, al igual que la libertad, sólo son viables en democracia. Por lo demás, cabe recordar que, según se ha dicho por un magistrado español -y en ésto España tuvo también su experiencia- "los regímenes totalitarios suponen la plenitud de un poder sin verdaderos controles legales e institucionales que, por propia naturaleza, está por encima de las leyes".

En todo caso, estimamos que debido a la experiencia adquirida por nuestro Poder Judicial, nunca volverá a incurrir en deficiencias o inhibiciones en el desempeño de sus dos grandes roles, cuales son tutelar y amparar los derechos y las libertades de las personas y controlar los actos de autoridad.

 

Celebración de los 180 años de Existencia de esta Corte Suprema

 

Casi al término del año calendario anterior, precisamente el día 29 de Diciembre del año 2003, celebramos los 180 años del establecimiento de la Corte Suprema en nuestro país. Ese día corresponde al de promulgación de la Constitución de 1823, puesto que con anterioridad diversos y efímeros textos constitucionales sólo habían esbozado algunos lineamientos sobre esta materia.

Se efectuó esa celebración estimándose que un país y, en especial, sus instituciones, son el producto de su Historia, y, en ese orden de ideas, resultaba importante dar a conocer y recordar el nacimiento de nuestra Corte, con excepción de la Suprema Corte de Estados Unidos, la más antigua de América.

Recordar es siempre una terapia saludable y reconfortante -tanto para las personas como para los países- para, al menos, no repetir los posibles errores cometidos en el pasado. Además, puede observarse que, como lo señalaba el escritor checoslovaco Milan Kundera en una entrevista, "la nación que pierde conciencia de su pasado también va perdiendo gradualmente la conciencia de sí misma".

Como es sabido en el marco del Derecho Indiano, común en general a toda Hispanoamérica, los organismos encargados de ejercer la justicia eran el propio Rey de España, la Casa de la Contratación de Sevilla, el Real y Supremo Consejo de Indias (generalmente en apelación) y, más cerca de los destinatarios, las Reales Audiencias. En nuestro país, tempranamente, en 1565, se había creado la Real Audiencia, con asiento en la ciudad de Concepción, y en 1606 se estableció en Santiago, donde permaneció por más de dos siglos resolviendo materias judiciales, consultivas y de protección.

Declarada la Independencia y luego, como se ha dicho, de pasajeros textos constitucionales, el 29 de Diciembre de 1823, se promulga la "Constitución Política del Estado de Chile" con un Título XII denominado "Del Poder Judicial", y un Título XIII llamado "De la Suprema Corte de Justicia", a la cual se califica como "la primera magistratura judicial del Estado", compuesta por cuatro Ministros, un Presidente y un procurador nacional.

El mismo texto constitucional enumeró las atribuciones de esta Suprema Corte, la primera de las cuales fue la de "Proteger, hacer cumplir y reclamar a los otros poderes por las garantías judiciales e individuales"; se le otorgó, además, "la superintendencia directiva, correccional, económica y moral ministerial, sobre los tribunales y juzgados de la nación"; y se estableció que sus Ministros eran "vitalicios si no desmerecen o son censurados". A propósito de la superintendencia "moral ministerial" recordemos que esta Carta Fundamental, que fue conocida como la "constitución moralista", contenía un Título XXII con la denominación de "moralidad nacional", incluyendo preceptos destinados a "formarle hábitos y señalarle deberes a los ciudadanos, de modo que se transforme la ley en costumbre y la costumbre en virtudes cívicas y morales".

En esta Carta Fundamental quedaron plasmadas las atribuciones protectoras y el rol de tribunal superior de la Suprema Corte. Desde esa oportunidad se configuró en nuestro país un sistema de justicia piramidal, encontrándose en la base los juzgados de letras, en segunda instancia las Cortes de Apelaciones (la misma Constitución dijo "por ahora habrá una Corte de Apelaciones para todo el Estado") y en la cima la Corte Suprema. Lo fundamental se estructuró, lo restante han sido detalles y adaptaciones necesarias a los tiempos.

No podemos tampoco dejar de destacar, ahora que se escribe tanto sobre los "métodos alternativos de solución de conflictos", como eficaz opción para aliviar a los tribunales de justicia en su siempre creciente trabajo, que la Constitución que venimos comentando estableció un Título dedicado a "los jueces de conciliación", expresando que "ninguno puede presentarse a los tribunales ordinarios con demanda judicial, sin haber ocurrido a los de conciliación"(art. 167) y otorgándoles este carácter a una gran variedad de personas: en la capital a cada uno de los Ministros de la Suprema Corte de Justicia y en otros lugares, según los casos, a alcaldes, regidores, comerciante,s etc.

 

Conclusiones de las Jornadas de Estudios Efectuadas por la Corte Suprema los Dias 9,10 Y 11 de Mayo de 2003.

 

En un documento que no fue dado a conocer públicamente, en forma íntegra, en su oportunidad, esta Corte desarrolló las siguientes consideraciones y conclusiones:

"Entre las garantías a los derechos esenciales que asegura la Constitución Política de la República, conforme al N°3 de su artículo 19, se encuentra el acceso de todas las personas a la justicia, la que está a cargo de los tribunales que deben contar con la independencia que les reconoce el artículo 73 del mismo cuerpo constitucional.

En la materia, la Corte Suprema chilena participó en la VII Cumbre Iberoamericana de Presidentes de Cortes Supremas y Tribunales Supremos de Justicia, celebrada el año 2002 en Cancún, México.

En dicha Cumbre se aprobó una Carta de Derechos de las Personas ante la Justicia en el ámbito iberoamericano, para lo cual se tuvieron en vista las siguientes consideraciones:

"Que es un derecho fundamental de la población tener acceso a una justicia independiente, imparcial, transparente, responsable, eficiente, eficaz y equitativa.

Que todas las personas tienen derecho a recibir una protección adecuada de los órganos jurisdiccionales a objeto de asegurar que comprenden el significado y trascendencia jurídica de las actuaciones procesales en las que intervengan por cualquier causa.

Que la dignidad de las personas y los derechos que le son inalienables demandan la institucionalización de los principios básicos que protejan a las personas cuando demanden justicia".

A su vez, en la VI Cumbre de la misma organización, que se había celebrado en Santa Cruz de Tenerife, Canarias, España, en el año 2001, se tuvo especialmente en consideración "que el Poder Judicial debe evolucionar hacia la consecución o consolidación de su independencia, no como privilegio de los jueces sino como derecho de los ciudadanos y garantía del correcto funcionamiento del Estado constitucional y democrático de Derecho que asegure una justicia accesible, eficiente, y previsible"

En Chile, a esta Corte Suprema le corresponde, constitucional y legalmente, la suma de las potestades jurisdiccionales y, además, ejercer el gobierno interno del Poder Judicial. Por lo tanto, a fin de fijar las políticas generales de estas funciones de gobierno y contar con una administración de justicia transparente, comprensible, atenta con todas las personas y responsable ante la ciudadanía, es conveniente que se reconozca y consagre en el ordenamiento jurídico nacional, una mayor libertad y flexibilidad para su actuar.

Con este propósito, se estiman necesarias, como mínimo, las bases que a continuación se señalan:

 

I Autonomia Operativa

 

Como es el Poder Judicial quien mejor conoce la realidad y las necesidades de la función jurisdiccional, resulta indispensable que deba tener las herramientas legales para adecuar su propia institucionalidad a los requerimientos de la población. Así, se podrá lograr una adecuada satisfacción de la demanda nacional de justicia. De esta manera, se requiere poder determinar directamente la creación, traslado y eventual eliminación de tribunales, como igualmente la racional distribución de su personal y territorios jurisdiccionales, sin demoras ni injerencias ajenas al mismo.

 

II Autonomia Financiera

 

1. Como Poder del Estado, no debiera estar sujeto a la dependencia de entes externos al Servicio Judicial tanto en la formulación y aprobación como en la ejecución y administración de su presupuesto y tener, además, la seguridad de contar con recursos suficientes para satisfacer las necesidades de su quehacer periódico. No se concibe la existencia de un Poder sin los recursos necesarios ni la capacidad de administrarlos.

2. Lo anterior junto con fortalecer la independencia judicial, contribuye a configurarlo en un importante agente de la modernización del Estado al que pertenece la Justicia.

3. En el mismo sentido, los planteamientos de la referida VI Cumbre Iberoamericana de Presidentes de Cortes Supremas y Tribunales Supremos de Justicia, han destacado que la autonomía financiera constituye una base fundamental del sistema judicial, existiendo numerosos ejemplos de ello en el derecho comparado. A esto, se agrega la recomendación efectuada por la Subcomisión especial de Justicia de la Comisión Mixta de Presupuesto de nuestro Congreso Nacional, de hace pocos meses, para que se reconozca al Poder Judicial chileno una autonomía igual a la del Congreso Nacional.

4. Para concretar la autonomía financiera es necesario que la cantidad de recursos que se requieren en lo judicial alcance un porcentaje mínimo del presupuesto nacional fijado en una ley permanente, lo que no debe ser entendido como un costo mayor, habida cuenta de los beneficios que ello importa para el servicio judicial.

 

III Autonomía Funcional

 

1. La autonomía funcional importa adoptar los resguardos pertinentes para que los jueces desarrollen sus funciones jurisdiccionales (conocer, juzgar y hacer ejecutar lo juzgado) con entera independencia de toda otra autoridad.

2. Por consiguiente, se requiere consagrar:

a) Autonomía integral, en los términos señalados en el punto uno.

b) Respetar la exclusividad de la administración de justicia, reservándola sólo para los tribunales que integran el Poder Judicial, sin compartirla con entes administrativos o de otra índole.

c) Realizar sólo funciones propias del orden jurisdiccional, excluyendo de sus labores materias extrañas a su quehacer, enfatizando también la circunstancia que los jueces deben realizar su función en los tribunales propios, no integrando otros órganos de composición mixta.

d) Reconocimiento de la autoridad y dignidad en el ejercicio de la función judicial, lo que importa el acatamiento sin trabas ni demoras de los demás órganos del Estado de lo resuelto por los Tribunales.

 

IV Autonomía de Generación

 

1. Reestudiar el sistema de nombramiento de los jueces, poniendo un mayor énfasis en sus condiciones de capacidad e idoneidad, haciéndolo más expedito y ajeno a factores extrajudiciales.

2. Establecimiento de plazos a las autoridades para la resolución oportuna de las ternas o quinas propuestas, relativas al nombramiento de jueces, estableciendo un mecanismo de aprobación tácita respecto de aquel funcionario que ocupe el primer lugar de la propuesta.

3. Nombramiento de los funcionarios auxiliares de la administración de justicia y empleados judiciales por la Corte respectiva, como también su remoción sin participación de otros Poderes.

4. Carrera funcionaria racional, que establezca en forma objetiva mecanismos de calificación, selección y estímulo, que permitan incentivar a los funcionarios con mejor preparación y desempeño.

 

V Autonomía Retributiva

 

1. Propiciar las condiciones para obtener una remuneración digna, acorde con la importancia y relevancia de las funciones de la magistratura y en concordancia con las que se perciben en otros poderes del Estado.

2. Proponer una política remunerativa que incentive el ingreso a la carrera judicial de los mejores profesionales y de las personas más capacitadas.

3. Estudiar las soluciones adecuadas para que los jueces, al momento de acogerse a jubilación, mantengan una pensión proporcional a lo percibido en el cargo en que dejan su carrera y que les permita cubrir idóneamente sus necesidades.

 

VI Autonomía Estructural

 

1. Mejorar la infraestructura de los entes de apoyo externo del Poder judicial, modernizando su organización y produciendo una adecuada coordinación entre todos ellos.

2. Incrementar la integración de los diferentes organismos del Poder Judicial -Academia Judicial, Corporación Administrativa, Departamento de Bienestar, Dirección de Comunicaciones, Dirección de Estudios, Centro de Documentación y otros- al quehacer de los tribunales y ratificar su dependencia de la Corte Suprema, como cabeza del servicio judicial, institucionalizando su labor.

Las diversas bases de la independencia judicial, que han quedado someramente reseñadas, constituyen un todo complejo estrechamente relacionado y comprensivo de variadas condiciones y aspectos, el que -en concepto de esta Corte- no es susceptible de disgregarse sin afectar la esencia de verdadera autonomía judicial, que en la actual situación de progreso del Estado chileno es indispensable para estar en concordancia con los requerimientos modernos de la sociedad".

Las precedentes conclusiones de las jornadas de estudio se concretaron posteriormente, en diversas propuestas y anteproyectos de modificaciones legales confeccionadas por la propia Corte Suprema que se hicieron llegar, con fecha 25 de junio del año pasado, para su consideración y estudio al señor Ministro de Justicia don Luis Bates Hidalgo.

A raíz de lo anterior se convino, con el mencionado señor Ministro, efectuar reuniones de trabajo conjunto entre Comisiones integradas por Ministros de la Corte Suprema y el Sr. Ministro de Justicia y asesores, las que culminaron en un documento emanado de esta última Secretaría de Estado denominado "Propuestas de hoy y tareas del mañana", en que se contienen respuestas del Ministerio a los planteamientos provenientes de la Corte, algunas estructuradas en la forma de proyectos de ley.

En esa etapa de los trabajos se pudo constatar que existían ciertas diferencias de opinión entre el Pleno de la Corte y el Ministerio en torno a cuál debía ser el real contenido de los acuerdos, circunstancias que obligaron a suspender, provisionalmente, los trabajos iniciados.

En fecha reciente, a raíz de conversaciones mantenidas entre el Sr. Ministro de Justicia y el Presidente que les habla, se acordó continuar los trabajos conjuntos mediante la elaboración de una nueva metodología y sistemas de trabajo.

Estamos confiados en obtener éxito en nuestras labores toda vez que hemos podido percibir, en términos generales, una sensible comprensión de parte del propio señor Presidente de la República en orden a encontrar una solución normativa a las diversas materias planteadas por esta Corte. Confirman esta convicción, las palabras pronunciadas por S.E. ante el Congreso Nacional el pasado 21 de mayo, al expresar, luego de referirse al avance en el país de la Reforma Procesal Penal, lo siguiente: "La eficacia de la justicia no depende sólo de las reformas ya señaladas. Requiere también que el Poder Judicial como poder independiente del Estado goce de las autonomías necesarias para llevar a cabo su misión. Mi compromiso para avanzar en esa dirección lo quiero hacer realidad".

 
Relaciones Entre Medios de Comunicación y Poder Judicial

 

Una de las áreas temáticas tratadas en la VI Cumbre Iberoamericana de Presidentes de Cortes Supremas y Tribunales Supremos de Justicia, celebrada en Santa Cruz de Tenerife, Islas Canarias, España, entre los días 23 a 25 de mayo del año 2001, fue la concerniente a las relaciones entre medios de comunicación y Poder Judicial.

La respectiva declaración en torno a ese tema se sustentaba en un documento que ha tenido poca difusión en Chile y que, por su claridad y aplicación a nuestras características deseo, al menos en parte, dar a conocer en esta oportunidad.

Se dice en el mencionado documento de sustentación "que en una sociedad democrática avanzada es cada vez más necesario reforzar la imagen de la justicia y su prestigio ante la sociedad. Al Poder Judicial, además de su función característica de resolver los conflictos entre los ciudadanos y de garantizar los derechos de éstos ante los poderes públicos, se le dirigen cada día nuevas y más exigentes demandas. De este modo no solamente se pide a los jueces que dicten resoluciones ajustadas a derecho, sino que se les pide también que sean capaces de adaptar la legislación a los cambios sociales; que cubran los vacíos e insuficiencias de las normas; que acierten en cada una de las decisiones y actos singulares de aplicación del derecho al caso concreto; que actúen con plena independencia, pero con sensibilidad hacia los valores socialmente sentidos con mayor intensidad en un momento dado. Se reclama también de los tribunales que actúen con toda agilidad y eficacia sin las condicionantes derivadas de la falta de medios materiales o de las restantes prioridades que pueden influir en cada momento sobre los demás poderes del Estado, y se les pide, en fin, que sirvan de resorte último del Estado de Derecho en la realización de los derechos y garantías constitucionales, ante eventuales fracasos de otras instancias sociales y políticas".[...]

Ahora bien, prosigue el documento en comento, [...] "si la crítica a la actuación de los tribunales se ejercita de manera desmesurada o excesiva, si se ataca de manera injustificada a determinados jueces en su reputación personal, si se somete a los jueces y tribunales a campañas deliberadas de presión para condicionar el sentido de las resoluciones judiciales, no solamente se puede ver comprometido el prestigio de los tribunales, esencial en democracia, sino que se dificulta en la misma medida el cumplimiento eficaz de las nuevas responsabilidades y demandas que se dirigen al Poder Judicial. Por el contrario, si se ejercitan adecuadamente los derechos vinculados a la libertad de expresión e información, no solamente su tutela corresponde precisamente a los órganos de la jurisdicción, sino que ese ejercicio responsable contribuye a reforzar los vínculos entre la ciudadanía y sus instituciones judiciales, de modo que los ciudadanos perciban como suya la administración de Justicia y expresen su confianza en ella. La crítica inadecuada de las resoluciones judiciales, por tanto, constituye también un factor de posible afectación negativa de la imagen de la justicia".

"Por todas estas razones, además de reforzar cada vez más la independencia del Poder Judicial y las condiciones que hacen posible administrar recta e imparcial justicia, se hace igualmente necesario presentar ante los ciudadanos una adecuada imagen de la Administración de Justicia, acorde con los requerimientos de su función constitucional, para reforzar así la confianza de la opinión pública en los tribunales y en las instituciones de gobierno del Poder Judicial."

"Por otra parte, los Tribunales y las instituciones de gobierno del Poder Judicial han de atender cada vez en mayor grado las legítimas demandas informativas de la opinión pública y reforzar la transparencia que es exigible a cualquier institución o administración pública, aunque con las necesarias limitaciones derivadas de los derechos e intereses que están en juego en un proceso judicial. La Administración de Justicia, en una sociedad libre y democrática no puede operar en el vacío ni desde la distancia o la oscuridad. Los ciudadanos quieren conocer más directamente el funcionamiento de sus Tribunales y éstos, sin desatender sus responsabilidades, han de saber reforzar, en un marco más abierto y transparente de actuación, el prestigio de la instituciones judiciales y la confianza de la generalidad de los ciudadanos, a pesar de las delicadas decisiones que muchas veces han de adoptar".[...]

Hasta ahora hemos visto las relaciones y vinculaciones entre opinión pública y tribunales de justicia. ¿Qué papel corresponde a los medios de comunicación social en esta relación? Pues bien, el mismo documento que hemos estado dando a conocer se encarga de precisar este rol cuando dice: "Los medios de expresión y opinión desempeñan en nuestra sociedad una función esencial en la formación de la opinión pública, que para ser libre ha de estar necesariamente bien informada. Los profesionales de los medios, a través de su legítima actividad de información y de acceso a las fuentes de los sucesos y a las noticias relevantes para la opinión, contribuyen a perfeccionar el funcionamiento de las instituciones democráticas y a poner de manifiesto ante la ciudadanía los aspectos merecedores de crítica en el funcionamiento de las instituciones. El ejercicio de los derechos de expresión e información ocupa así una posición relevante entre los demás derechos fundamentales, y su garantía ante y por los tribunales, además de guardar relación en muchas ocasiones con el derecho de defensa, ha de merecer la dedicación preferente de los órganos jurisdiccionales y de gobierno del Poder Judicial".

¿Pero qué ocurre, nos preguntamos, en la práctica de casi todos los países incluyendo, por supuesto, al nuestro?. Nos encontramos con que la relación entre la justicia, particularmente la penal o criminal, y los medios de comunicación de masas, se presenta como una tensión constante, en la que cada uno de los términos desconfía profundamente del otro y hace todo lo posible por neutralizarlo: con razón se ha dicho que el procedimiento penal y los medios de comunicación nunca han coexistido armónicamente y que se trata de "una historia de amor -y odio- tortuoso, indispensable y eterno". Por su parte, el magistrado de la Suprema Corte de Justicia de los Estados Unidos, Stephen Breyer, ha dicho a este respecto: "Estimo que la prensa y el Poder Judicial son instituciones diferentes pero con propósitos comunes. Son, en cierto sentido, mellizas; a veces riñen entre sí, pero son mutuamente indispensables...a fin de cuentas la prensa puede ayudar a persuadir al público de la necesidad de tener un Poder Judicial independiente, de que la institución es proba y digna, y que el Poder Judicial precisa los recursos necesarios para servir al público como es debido".

De lo que se ha venido diciendo puede concluirse que la relación entre los medios de comunicación y el sistema judicial se manifiesta, casi universalmente, con niveles de tensión permanente. Esta tensión en la mayoría de los casos no contribuye ni al afianzamiento del ejercicio de la libertad de prensa ni al fortalecimiento de los sistemas judiciales. Y ésto con el grave peligro de que, dado que la prensa y los sistemas judiciales son necesarios para la consolidación de la democracia, los conflictos que entre ellos se generan, impactan hondamente no sólo en ambas instituciones sino en la democracia misma. Una prensa y un sistema judicial que sean independientes e imparciales, y rijan su actuación con niveles de profesionalismo y ética aceptable, son imprescindibles para el fortalecimiento de una sociedad democrática. El Dr. Eduardo Bertoni, Relator de la Organización de Estados Americanos para la Libertad de Expresión, ha dicho: "Prensa y sistema judicial se necesitan mutuamente. La libertad de prensa la garantizan los jueces en cada caso concreto en el que se plantea su violación. La credibilidad del sistema judicial, depende en gran medida de la prensa, quienes al informar sus decisiones y, cuando corresponde, hacerlas respetables, conducen al cumplimiento de ellas por parte de la ciudadanía".

Con razón se han sostenido los siguientes asertos: que "la percepción social de que la justicia es un bien común, cuyo acceso es posible para todos los ciudadanos, sin distinción de ninguna clase y sin obstáculos, no sólo debe preocupar a las instancias administrativas o legislativas, sino también a los órganos que son llamados a ejercer la jurisdicción"; "que la imagen de una justicia lenta e ineficaz contribuye a socavar los pilares del Estado democrático de Derecho", y "que una sociedad que desconfía de sus tribunales corre el grave peligro de degradarse".

No podemos desconocer que existen numerosas encuestas públicas cuyos resultados evidencian una crisis de confianza de la opinión pública en la justicia. Pero existen otras encuestas que explican, fundadamente, los resultados negativos de las anteriores.

La Facultad de Derecho de la Universidad del Desarrollo dio a conocer, por ejemplo, a fines del año 2002 una encuesta realizada por su Instituto de Ciencias Aplicadas en que se analiza la percepción que la opinión pública manifiesta sobre el Poder Judicial.

En sus conclusiones finales se manifiesta lo siguiente:

"1.- De estas cifras (alude a las contenidas en la encuesta que le precede) se desprende que la opinión pública ha sido manipulada, generándose prejuicios que menoscaban la tarea judicial. Actos de corrupción se han registrado en todos los poderes del Estado, y ha sido, paradójicamente, en el Poder Judicial, en donde se ha observado un mayor grado de severidad y celo por atajar estas conductas, llegándose, incluso, a sancionar a sus miembros de mayor jerarquía.

2.-Muchos de los reproches que se formulan al Poder Judicial corresponden a insuficiencias ajenas a su funcionamiento (legislación, falta de recursos, exceso de trabajo, etc.).

3.- Resulta evidente que la ciudadanía no deslinda con precisión las diversas responsabilidades que confluyen en la tarea de la judicatura (policías, sistema carcelario, legislación, presupuesto judicial, etc.).

4.- Todo parece indicar que es necesario poner acento en aliviar el trabajo de los jueces (creando más tribunales capaces de satisfacer la demanda de la población), revisar las leyes, arbitrar los medios para evitar una demora excesiva en la substanciación de los juicios, prevenir actos de corrupción, reforzar la ética profesional de los abogados y los funcionarios judiciales, profundizar la preparación de quienes ejercen la magistratura y las tareas anexas, y fortalecer los servicios que complementan la tarea judicial .

5.- Como conclusión final podemos extraer que la mala percepción que la ciudadanía tiene de la judicatura es injusta, no se condice con la apreciación de la población sobre el ejercicio de sus funciones, y denota un prejuicio que se ha ido creando al amparo de una potestad que no puede salir a la arena pública en defensa de sus tareas".

Las decisiones de los jueces siempre serán cuestionadas, al menos por alguna de las partes involucradas en un proceso, en la medida que al reconocerle el derecho o hallarle mérito a la causa de alguien, se le está negando a otro u otros que creen o desean tenerlo y formularán críticas contra el fallo. Así ocurrirá también de parte de personas de moral elástica, que se autoeximen de culpabilidad, o quienes consideran ésta inferior a la que haya sido determinada por los juzgadores, o de los que ignoran la razón, las más de las veces de permisividad legislativa o de vicisitudes procesales, por la cual a quien consideran responsable de algún quebrantamiento no aparece, en definitiva, condignamente sancionado.

En estos aspectos es importante la actitud hidalga y franca que deben adoptar los abogados con sus representados. Es sabido que, habitualmente, cuando un abogado gana un pleito lo atribuirá, principal o únicamente, a sus grandes condiciones, conocimientos y otros méritos personales para el ejercicio de la profesión; pero cuando lo pierde el motivo, corrientemente, obedecerá a que los jueces son ignorantes, o tontos porque no entendieron sus argumentos; o, en último término, porque cedieron a influencias, de peso o pesos, hechas valer por la parte contraria.

Reiteramos, como ya lo hemos dicho, que la función principal de la prensa es aclarar y enriquecer el debate democrático. ¿Cumple con esa misión? No siempre y, al efecto, daremos un solo ejemplo entre muchos otros que podrían señalarse. Resulta, por ejemplo, sorprendente que en el editorial de un prestigioso diario, el 23 de enero del año 2002, se haya sostenido, a propósito de una denuncia por desacato iniciada por la Corte Suprema en contra de un panelista de un programa de televisión, que "es innegable que cuando quien ejerce la acción es la Corte Suprema y quien debe fallar la acción es un subordinado de la misma, la garantía del debido proceso, reconocida en nuestra Carta Constitucional, queda al menos resentida en lo que respecta a la prohibición de ser juez y parte en el mismo juicio".

Con ese criterio habría que concluir que ni nuestra Corte Suprema, ni Corte Suprema alguna en el mundo, podría denunciar o querellarse por delitos cometidos en contra de ella, toda vez que necesariamente el proceso respectivo debería incoarse, en sus primeras etapas al menos, ante algún "subordinado" de esa Corte que, por algo es Suprema. Otra cosa sucedería si en virtud de recursos legales hubiera llegado el conocimiento y decisión de esa causa ante la propia Corte Suprema, que la inició en calidad de parte supuestamente agraviada y que, en consecuencia, efectivamente no podría intervenir en carácter de juez en la misma.

El aludido panelista, por su lado, anunciaba recursos ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, -no sé si en definitiva los formalizó-, sosteniendo que en Chile no existían tribunales imparciales que pudieran juzgarlo, debido a que, desde el momento en que había sido denunciado por el Máximo Tribunal, no habría ningún juez que se atreviera a absolverlo de la denuncia, contrariando de este modo a la Corte Suprema.

¿Qué ocurrió en definitiva? Pues en segunda instancia el panelista fue absuelto de la acusación de ser autor del delito de injurias contra la Corte. No sé si después de ésto el panelista reconoció su error, admitiendo que en Chile sí existían tribunales imparciales e independientes para juzgarlo. Más difícil resulta para el medio de prensa, gran formador de opinión pública, reconocer la gruesa equivocación en que había incurrido al considerar, en las condiciones ya descritas, a la Corte "juez y parte en el mismo juicio".

Ya hemos dicho que sin libertad de prensa y sin justicia no puede existir una sociedad democrática abierta y, en razón de ello creemos, firmemente, que jueces y periodistas, manteniéndonos en nuestros respectivos roles, y en un marco de independencia debemos dialogar. Desde ya queda lanzada la invitación a las diversas Asociaciones o agrupaciones de Prensa. El Poder Judicial ha hecho esfuerzos para establecer canales fluidos de comunicación hacia los medios, a fin de hacer comprensibles, si fuere necesario y procedente, las razones de sus decisiones y lo seguirá haciendo, sin duda, en el futuro. Con todo, los medios deben entender que su papel no consiste en alentar las reacciones casi siempre pasionales e irreflexivas de la opinión pública, sino contribuir a que la ciudadanía comprenda cabalmente los motivos que sirvieron de base a los jueces para adoptar sus decisiones y sean sometidas al escrutinio razonado de todos. Los jueces no tememos a las críticas razonadas y, por el contrario, entendemos que forma parte de nuestra labor que las actuaciones judiciales estén sometidas a la deliberación pública. Pero nada de eso debe confundirse con transformar a la labor jurisdiccional en una parte del espectáculo: más preocupado de sorprender a las audiencias, que de hacerlas participar en la función pública.

Entre los temas que podrían ser materia de diálogo entre jueces y periodistas podríamos señalar los siguientes:

1.-) La relación entre el derecho al honor de las personas y el derecho a la información es, en general, la que plantea situaciones más conflictivas entre jueces y prensa. Su adecuación no es solamente un problema de magistrados y comunicadores, sino que requiere un diálogo ciudadano que permita delimitar ambos derechos conforme a los requerimientos culturales y cívicos propios de cada comunidad, y los derechos universales consagrados por la legislación universal. En general, puede observarse que las personas son muy puntillosas para proteger su propio honor, pero no lo son tanto cuando se trata del honor ajeno.

2.-) La misma situación anterior se plantea en la relación entre el derecho a la intimidad o vida privada y el derecho a la información, especialmente sobre informaciones que afectan o influyen situaciones relacionadas con la vida privada de las personas, o que se han obtenido mediante la intromisión ilegítima en dicha privacidad.

Como todas las autoridades, los jueces y las figuras públicas en general -como lo demuestran acontecimientos recientes- están más expuestos, que el común de las personas, al escrutinio de la ciudadanía. Por eso autoridades y jueces deben mantener una conducta externa compatible con los deberes del cargo. No se trata de juzgar la intimidad de los jueces o de otros funcionarios o de imponerles particulares estándares de moral sexual o personal; pero la ciudadanía tiene derecho a exigir de sus jueces que sus actos externos fortalezcan y no deterioren la confianza ciudadana.

La desordenada inconsecuencia entre la vida privada y pública, no es del todo admisible cuando se trata de los jueces y de otras autoridades y puede ser sancionada, en cada caso, por quien corresponda.

3.-) La inexactitud en las informaciones judiciales es una queja recurrente por parte de los magistrados. Esta se debe, principalmente a la falta de capacitación o especialización de los periodistas en materias judiciales, aunque es necesario reconocer, como motivo secundario, la dificultad de acceso oportuno que muchas veces existe a la información oficial, en razón de distintos tiempos de trabajo entre jueces y periodistas. La innecesaria demora en la entrega de resoluciones, producto muchas veces de procedimientos anticuados, provoca en ocasiones la filtración anticipada e incorrecta de las resoluciones judiciales.

4.-) Las condenas anticipadas o "juicios paralelos" a través de los medios constituyen un problema que no sólo afecta a los inculpados en los procesos penales sino también a la imagen de la justicia, que no permite conocer los verdaderos fundamentos de las resoluciones adoptadas, que quedan opacadas por los análisis efectuados por los propios medios, muchas veces en forma superficial, de los antecedentes procesales.

5.-) La discusión por parte de los intervinientes, de los procesos en desarrollo (juicios orales) a través de la prensa debe evitarse, sin menoscabar el derecho a recibir información por parte del público. Lo anterior requiere buscar un adecuado equilibrio entre el derecho al debido proceso y el derecho a la información.

Esperamos seguir avanzando en el diálogo relativo a estas materias para que tanto los tribunales de justicia como los medios de comunicación desarrollen la labor que a cada uno corresponde en materia de transparencia y acceso a la justicia en forma oportuna, veraz y éticamente correcta.

Reiteremos, en último término, que fundamentalmente la labor del Poder Judicial será todo lo eficaz que institucionalmente corresponde, y que la comunidad tiene derecho a exigir que lo sea, sólo en la medida en que los hombres y mujeres que lo integramos en sus distintas funciones y jerarquías, seamos plenamente conscientes de que la Administración de Justicia importa una labor de servicio público que debemos cumplir adecuada y eficazmente. Y que lo primordial en ello, es que todos coadyuvemos con vocación de servicio, a que la justicia llegue con la mayor celeridad posible a todos aquellos que acuden a sus estrados a reclamarla. De ese modo contribuiremos, sin lugar a dudas, a desterrar la injusta imagen, a veces atribuida de un Poder Judicial remiso e indolente.

En este sentido jueces, funcionarios y empleados, debemos estar ciertos de que ninguna tarea se cumplirá cabalmente, en tanto no nos sintamos consubstanciados con ella, dispensándole el máximo de nuestros esfuerzos y, estoy seguro, por mi parte, que así lo están haciendo actualmente todos quienes integran nuestro Poder Judicial del cual podemos sentirnos, con toda razón, orgullosos.

 

Palabras Finales.

 

Creemos que los problemas relacionados con la Administración de Justicia, como tantos otros, no serán solucionados sobre la base de dictación de normas, por muy perfectas que ellas puedan ser. En todas nuestras sociedades existe, todavía, una brecha muy amplia entre los dichos y los hechos; entre las normas y las realidades. Las situaciones son muy parecidas en todos los países que han alcanzado cierto nivel de desarrollo.

El filósofo Krishnamurti, nacido en la India y fallecido el año 1986, en el Valle de Ojai, California, decía que "Cuando uno viaja, advierte con muchísima intensidad que en todas partes las dificultades humanas, aparentemente distintas, son en realidad más o menos similares: los problemas de la violencia y la libertad; el cómo producir una mejor y verdadera relación entre hombre y hombre, de manera que éste pueda vivir en paz con cierta decencia y no hallarse en permanente conflicto, tanto internamente consigo mismo como con su prójimo. Por otra parte, existe el problema -como sucede en toda Asia- de la pobreza, de la inanición y de la absoluta desesperación del individuo. Y está el de la prosperidad, como ocurre en los Estados Unidos y en Europa Occidental. Donde hay prosperidad sin austeridad, existe la violencia, están presentes todas las formas de lujuria con su total carencia de ética, la sociedad que es enteramente corrupta e inmoral".

Ahora bien, ese caos existente en el mundo, afirma Krishnamurti, "es proyección del caos individual. El mundo es lo que nosotros somos. La sociedad es como la hemos hecho. Hay los que tienen y los que no tienen; los que saben y los ignorantes; los que están realizando su ambición y los frustrados; existen las diversas religiones, con sus ceremonias y creencias dogmáticas, y la incesante batalla dentro de la sociedad, esta perpetua competencia de unos contra otros para lograr, para llegar a ser algo. Todo ésto es lo que nosotros hemos creado. Se pueden producir reformas sociales mediante la legislación o la tiranía, pero a menos que el individuo cambie radicalmente, siempre llegará él a sobreponerse a las nuevas normas, para acomodarlas a sus exigencias psicológicas. Si nuestra propia casa no está en orden, no podemos esperar que la sociedad y nuestras relaciones mutuas estén en orden. Un sistema no puede transformar al hombre; siempre es el hombre quien transforma al sistema. ¿Puede cambiarse este estado de cosas?".
Dejamos planteada la interrogante.

Con estas palabras declaro inaugurado el Año Judicial 2004.

 

Marcos Libedinsky Tschorne
Presidente
Santiago, 1º de marzo de 2004.-
 

 
 
Anexos
    

01 de Marzo del 2003.

Inaugurado Año Judicial 2003

El Presidente de la Corte Suprema de Justicia, Mario Garrido Montt, encabezó en la mañana de hoy la Ceremonia de Inauguración del Año Judicial 2003. El acto que se efectuó en el Salón del Pleno del máximo tribunal, contó con la presencia del Ministro de Justicia y altas autoridades de los poderes Ejecutivo, Legislativo y Judicial.

A continuación publicamos el texto íntegro del mensaje pronunciado por el Presidente de la Corte Suprema.

 
DISCURSO 2003


Discurso de Inaguración Año Judicial 2003.

Santiago, 1 de marzo de 2003.

 

En esta solemne audiencia, en cumplimiento del artículo 102 del Código Orgánico de Tribunales, me corresponde dar cuenta del trabajo efectuado por la Corte Suprema durante el año 2002, y del que ha quedado pendiente para el año que se inicia.
Al comenzar esta exposición, debo hacer algunas referencias preliminares.
El señor Ministro de esta Corte, don Servando Jordán López se acogió a jubilación, como consecuencia de haber cumplido el límite máximo de edad para el desempeño del cargo. Dejó sus altas funciones después de una dilatada y exitosa carrera en el servicio judicial por más de cincuenta y seis años.
El 10 de julio de dos mil dos, se incorporó como Ministro de este Tribunal don Adalis Salvador Oyarzún Miranda, en la vacante que dejara el Ministro Jordán. La llegada del señor Oyarzún constituye un aporte para esta Corte
En mayo de 2002 dejó de existir el Ministro de la Corte de Apelaciones de Temuco don Luis Roberto De la Fuente Leclerc, en Octubre último fallecieron don Rolando Hurtado Ganderats y don Arpelices Morales Sanchez, Ministros de la Cortes de Apelaciones de Talca y Concepción, respectivamente, y en noviembre del mismo año murió don Waldo Otárola Aqueveque, ex ministro de la Corte de Apelaciones de Chillán. Todos de dilatada actuación en el ámbito judicial y amplia versación jurídica. El Tribunal dejó constancia del pesar ocasionado por sus muertes.
A continuación, paso a referirme a la cuenta que debo rendir.

 

Datos Estadísticos Generales

 

En un cuadro estadístico que se agrega como anexo al final de esta cuenta, se señala el total nacional de ingreso de causas a primera instancia durante el año 2002 y comparativamente las ingresadas en el año 2001.
El total nacional de causas ingresadas durante 2002, según los libros de los tribunales del país, tuvo una disminución porcentual del 2,51 por ciento, pues de 2.004.859 causas en 2001 bajó a 1.954.450 en 2002.
Desglosando este total nacional, aparece que las causas civiles ingresadas en 2002 en los Juzgados del país, ascendieron a 661.182, cantidad mayor que la del año anterior, que alcanzó a 624.033. Hubo, entonces, un aumento de 5,95 por ciento.
Las causas criminales, en total, experimentaron una disminución de un 12%: de 732.658 para el año 2001, el ingreso disminuyó a 644.645 el 2002.
De este total de causas criminales, las del sistema procesal antiguo disminuyeron un 17%, pues de 689.533 en 2001 bajaron a 571.972 en 2002.
En el nuevo sistema se anotó un incremento de un 91% en los juzgados de garantía; debido en parte al funcionamiento de los nuevos tribunales.
En los tribunales de juicio oral, la variación de causas fue de un 636%. Conviene aclarar que la disminución de un 12% en el total de causas criminales generadas en 2002, sólo se refiere a los procesos criminales que ingresaron a los órganos del Poder Judicial y no comprende a los casos que, según el nuevo procedimiento, son del conocimiento del Ministerio Público.
Las causas de menores experimentaron un descenso de 2%: de 185.470 el 2001 a 181.825 el 2002.
Los ingresos laborales a nivel nacional aumentaron en un 4%: de 181.474 causas para el año 2001 a 189.254 el 2002.

 

Labor de la Corte Suprema

 

La labor de la Corte Suprema, se separará en tres grupos: función jurisdiccional, administrativa y normativa.

 

Función Jurisdiccional

 
Es necesario recordar que el período que se consideró para la estadística sobre la labor de esta Corte, al igual que en años anteriores, corresponde al año calendario, o sea, abarca desde 1º de Enero al 31 de Diciembre del 2002. De las cifras que proporciona el Cuadro Estadístico anexo, se concluye que el ingreso de recursos de casación aumentó de 2.746 el 2001 a 2.943 el 2002, o sea, subió en 197 causas. Se fallaron en total 2.684 recursos en el año 2002, es decir 32 más que el 2001. No obstante, a pesar del mayor número de fallos, la existencia pendiente aumentó en 259 recursos, lo que muestra una existencia pendiente de 1.545. De éstas, 71 se encuentran en acuerdo con Ministro redactor. La existencia pendiente real es 1074 causas de las cuales 388 recursos están en tramitación, 242 en tabla y 844 en estado de figurar en ella. De las 242 en tabla, 141 son casaciones de fondo y 47 de forma en lo civil, y, en lo criminal 38 de fondo y 16 de forma.
En los recursos de queja, el ingreso bajó de 569 en 2001 a 439 en 2002, o sea disminuyó en 130 recursos. Fueron fallados en el año 2002, la cantidad total de 770, es decir, 266 más que en el 2001. La existencia pendiente de 412 en el año 2001 bajó a 81 en 2002, o sea, hubo una disminución de 340 recursos. El saldo de arrastre en materia civil bajó de 193 a 73 y, en materia criminal, disminuyó de 25 a 8. En lo laboral de 194 recursos en 2001, quedó en 0 en el año pasado. Entonces, el total de recursos de queja pendientes, es de 81.
En los recursos de apelación de protección, el ingreso aumentó de 978 en 2001 a 990 en 2002, o sea en 12 recursos. Fueron fallados en 2002, la cantidad total de 964. De modo que la existencia pendiente de 238 causas en 2001 bajó a 26 en 2002, es decir, una disminución de 212 recursos.
La labor general de la Corte durante el año recién pasado, se puede resumir diciendo que el ingreso total de recursos bajó de 5.613 en el año 2001 a 5.590 en 2002, es decir, en 23 recursos. En 2002 se dictaron 7.055 fallos, o sea, 1.706 fallos más que en el año anterior que fue de 5.349. A consecuencia de este mayor esfuerzo y rendimiento la existencia pendiente también bajó, de 3.729 a 2272, es decir, en 1457 recursos.
El detalle de causas de esta cuenta, aunque comprendido en ella, no será motivo de lectura en esta oportunidad por razones de tiempo, pero será publicado.

 

Función Administrativa, Autos Acordados e Instrucciones.

En ejercicio de la superintendencia directiva, correccional y económica, que le asigna la Constitución Política de la República, en el Tribunal Pleno se dictaron de diez autos acordados para la mejor aplicación de las leyes e impartió alrededor de treinta instrucciones de carácter general a fin de obtener un mejor rendimiento y control en el funcionamiento de los tribunales del país.
Vayan nuestros agradecimientos a los señores Ministros que integraron la Comisión encargada de elaborar las instrucciones sobre las Metas de Gestión Institucional del Poder Judicial, señores Urbano Marín y Jorge Medina, que presentaron un sistema muy bien diseñado.

 

Visitas Inspectivas a Cortes de Apelaciones

De conformidad a lo dispuesto en el acuerdo de pleno de 20 de mayo de 1998, se practicaron las 12 visitas que se detallan en un anexo adjunto a esta cuenta. Al término de cada una, los ministros informaron al Tribunal Pleno que les prestó su aprobación y se tuvieron presente en el respectivo proceso de calificación de fines del año pasado.

 

Traslados Y Permutas

El Tribunal Pleno se pronunció sobre 49 solicitudes de traslado: rechazó 41, autorizó 2 y 6 se desistieron. Además, dispuso 4 administrativamente, por razones de mejor servicio. Hubo, también, 8 solicitudes de permuta, siendo aprobadas 2, rechazadas 3 y desistidas 3.


Oficina del Personal

Esta oficina cumple principalmente la función administrativa que la ley encomienda directamente al Presidente de la Corte Suprema.
Durante 2002 la Presidencia dictó 1.544 resoluciones exentas y 79 afectas al trámite de toma de razón.
En el 2002 se otorgaron 5.528 comisiones de servicio.

 

Labor del Departamento de Bienestar
 
Del informe emitido por el presidente de este Departamento, Ministro don Eleodoro Ortiz Sepúlveda, aparece que el ingreso total de recursos en el año 2002, alcanzó a $ 801.274.435. Por concepto de cuotas sociales el ingreso fue de $ 529.343.035, el que aportaron un total de 4.723 socios.
Expresamos nuestro reconocimiento al Ministro señor Ortiz por su dedicación en la dirección del Departamento de Bienestar.

 

Labor Normativa

En el proceso de formación de las leyes y por mandato del artículo 74, incisos 2° y 3°, de la Constitución Política de la República, la Corte Suprema debe expresar su parecer al Senado o a la Cámara de Diputados. En cumplimiento de esa obligación, el Tribunal ha emitido 58 informes de diversos proyecto de ley que se señalan en nómina adjunta a este informe.

 

Extradiciones

En virtud de la modificación del artículo 53 del Código Orgánico de Tribunales, se distribuyeron entre los Ministros de esta Corte, conforme al turno establecido, 23 solicitudes de extradición pasiva, a las que se debe agregar las 18 que estaban pendientes del año anterior. De ellas, 17 fueron falladas 24 están en tramitación.

 

Derechos Humanos Nombramiento de Jueces con Dedicación Exclusiva y Atención Preferente
 
Por acuerdo de pleno de 20 de junio de 2001 esta Corte Suprema dispuso la designación de 9 jueces para que asumieran, en forma exclusiva, la tramitación de procesos de presuntas violaciones de derechos humanos.
Cumpliendo con lo ordenado en su oportunidad, los jueces aludidos informaron periódicamente a este tribunal acerca del estado de tramitación de las respectivas causas.
Por resolución de 14 de octubre de 2002 esta Corte dispuso la designación de diversos Ministros a objeto de que, en forma exclusiva, asumieran la substanciación de procesos originalmente conocidos por el Ministro don Juan Guzmán Tapia.
Acerca de esto último es importante destacar que esa decisión tuvo como fundamento la "preocupación relevante" de esta Corte sobre la situación procesal de este tipo de causas y la necesidad de "reorganizar y ordenar la investigación de estos hechos, con miras a alcanzar una mayor eficacia en sus resultados procesales, así como una más pronta y expedita conclusión de los numerosos procedimientos involucrados en la materia."

 

Superintendencia Disiplinaria de la Corte Suprema

Durante el año pasado, este Tribunal tomó conocimiento y aplicó un total de 148 medidas disciplinarias, 34 menos que en el período anterior; 29 corresponden al Escalafón Superior y son de la siguiente naturaleza: 3 suspensiones, 1 censura por escrito y 24 amonestaciones privadas.
A abogados, se impuso 2 medidas de suspensión.
Como se desprende de lo expuesto, el Poder Judicial, en particular la Corte Suprema, ha sido muy estricta y rigurosa en sancionar los comportamientos irregulares de sus magistrados y funcionarios.

 

Labor de las Cortes de Apelaciones

En el período comprendido entre los meses de enero a diciembre de 2002, las Cortes de Apelaciones y Marciales del país tuvieron un ingreso total de 250.070 causas, o sea un 12% menos que en el 2001 que alcanzó a 286.522 causas. Este ingreso total del año 2002 fue superior al del 2001 en las Cortes de Apelaciones de Valparaíso y Santiago y en la Corte Marcial de la Armada. Hubo una disminución en la cantidad de fallos dictados por las Cortes, salvo en la de Arica y en la Marcial de la Armada en que hubo un aumento de un 0,02 % y 8,4%, respectivamente. El número total de causas falladas por todas las Cortes de Alzada fue 333.988 en 2001 y de 248.602 en 2002, o sea, hubo una disminución de un 25,56%. Es indudable que en las variaciones de los porcentajes totales durante el 2002, ha influido la entrada en funcionamiento del nuevo sistema procesal penal. Debe destacarse el tesonero esfuerzo realizado por la Corte de Apelaciones de Santiago para impedir el aumento de causas pendientes y disminuir el número de las de arrastre. Además, puso al día los asuntos de conocimiento del Pleno y se resolvieron casi igual número de causas de las que ingresaron en el año. Disminuyó el número de causas para ser vistas en más de 1.500 procesos y, en general, dinamizó el funcionamiento del tribunal con diversas medidas, entre otras, extender el horario de trabajo, como se expresa en la minuta que se agrega como complemento de este informe. La Corte de Apelaciones de San Miguel hizo también esfuerzos para mejorar su rendimiento. Lo reseñado constituyen ejemplos a seguir por las Cortes de Apelaciones del país. Esta Presidencia ha solicitado insistentemente a las Cortes, que asuman un liderazgo creativo en sus respectivas jurisdicciones; las que no lo han iniciado hasta ahora, están en el momento de que lo inicien.


Labor en las Fiscalias Judiciales

La labor de la Fiscal Judicial de esta Corte Suprema y de los de las Cortes de Apelaciones del país durante 2002, se refleja en un cuadro estadístico que se anexa a esta cuenta. Este demuestra que se evacuaron un total de 113.656 dictámenes, se practicaron un total de 142 visitas a lugares de detención; y 13 visitas a establecimientos especiales y carcelarios donde se encuentran internados enajenados mentales; asimismo, practicaron 169 visitas inspectivas a diferentes juzgados.
La Fiscalía de la Corte Suprema emitió el año pasado 630 dictámenes sobre diferentes materias.
La Fiscal titular integró en 5 ocasiones Sala y 3 veces el Tribunal Pleno.
Preocupada por las funciones que tendrán los fiscales judiciales una vez vigente en todo el país la reforma procesal penal, la Fiscalía Judicial de esta Corte Suprema formó una comisión especial que durante el año 2002 preparó un proyecto en el sentido indicado y que, por su interés se agrega en resumen como complemento de esta cuenta.

 

Pagina Web del Poder Judicial

El Portal de Internet del Poder Judicial se ha constituido como una herramienta de difusión y consulta de la actividad judicial.
Más de treinta mil visitas mensuales en promedio registra en los últimos seis meses este sitio web, que forma parte de la modernización informática del Poder Judicial, dirigida con mucho acierto y entusiasmo por el Ministro señor José Benquis.

 

Academia Judicial Consejo Directivo.

En el año 2002 se ha reunido quincenalmente, en la Presidencia de la Corte Suprema, el Consejo de la Academia. Se realizaron veinte sesiones en el año.
Durante el año 2002, la Academia Judicial, inició, desarrolló y/o finalizó los programas de formación números 16 al 23.
Además, abrió la convocatoria a los Programas N°s. 24, 25 y 26 que se ejecutarán en el 2003.
Hasta la fecha han egresado 446 alumnos del Programa de Formación, de los cuales 272 (61%) se encuentran incorporados en cargos titulares. Del total de egresados que se han incorporado al Poder Judicial, el 75% ha sido nombrado en vacantes fuera de la Región Metropolitana y el 25% en esta Región.

 

Comision Asesora de Etica

Como en años anteriores, durante 2002 desarrolló una extensa y reservada labor. Recibió 197 reclamos en total (en 2001 fueron 72) de los cuales 137 fueron rechazados, por no corresponder a la finalidad de la labor de la Comisión. Cabe destacar que de estas rechazadas, 24 fueron denuncias por supuestas faltas a la ética cometidas por abogados.
Es útil insistir en que la Comisión de Etica tiene únicamente una función asesora del Pleno y carece de facultades para adoptar o imponer medidas disciplinarias, las que son del conocimiento y decisión de esta Corte constituida en Pleno.

 

Labor de la Corporacion Administrativa del PoderJudicial

La gestión de la Corporación Administrativa del Poder Judicial, se caracterizó por una eficiente aplicación de los recursos tanto financieros como humanos y una labor proactiva hacia los distintos Tribunales del país.
Es así que el Consejo Superior de la Corporación, integrado por los Ministros Consejeros señores Hernán Álvarez García, José Benquis Camhi, Urbano Marín Vallejo, y Jorge Medina Cuevas, realizó 27 sesiones, fuera del horario de esta Corte Suprema, actuando como secretario el Director de la Corporación, Ingeniero Comercial, don Miguel Sánchez.
A continuación enunciaré brevemente las principales actividades desarrolladas.

 

Área de Infraestructura:

Se realizaron obras de mantención, instalaciones y reparaciones de tribunales a lo largo del país, por $1.601 millones de pesos. Del monto antes mencionado $671 millones correspondieron a Tribunales insertos en la Reforma Procesal Penal.
Los proyectos de inversión del año 2002, alcanzaron a $ 11.522 millones, correspondiendo $6.758 millones a Tribunales de la Reforma Procesal Penal.
Corresponde resaltar el término de las obras de La Serena, Temuco, Angol y Villarrica y la adquisición de los terrenos para Tribunales en Valparaíso, Viña del Mar, Rancagua y Chillán, entre otros. Asimismo durante el período se iniciaron las obras de los edificios de Copiapó, San Felipe, Quillota, Los Andes, Rancagua, Santa Cruz, Talca, Chillán, Los Ángeles, Talcahuano y Cañete, todos los que se concluirían durante el presente año.
Se terminaron los diseños Arquitectónicos de 24 nuevos tribunales, iniciándose sus construcciones el presente año.


Área de Recursos Humanos:

En esta área, la Corporación Administrativa ha implementado modernas herramientas y técnicas de reclutamiento y selección para Administradores, Jefes de Unidades y Personal de Empleados, de acuerdo al Diseño Organizacional establecido para los Tribunales de la Reforma Procesal Penal, que están siendo utilizadas por diversas Cortes de Apelaciones y Juzgados del país.

 

Área Informática:

 
El apoyo computacional en los Tribunales de Justicia, se ha traducido en la sistematización de la tramitación de causas principalmente para los Juzgados Civiles, Juzgados Laborales, Juzgados del Crimen y en Juzgados de Menores pertenecientes a la Corte de Apelaciones de Santiago y aplicaciones computacionales para la Corte Suprema. En regiones, hasta antes del año 1999 se encontraban implementados los sistemas de tramitación para los Juzgados Civiles y Laborales de Valparaíso. Para el resto de las regiones y especialmente para la Jurisdicción mixta, aún no se ha concretado un apoyo informático similar a los ya mencionados, existiendo al respecto una delicada carencia que es impostergable superar.

 

Área Financiera:
 

Los aspectos más importantes han sido la firma de un nuevo Convenio de Desempeño suscrito entre el Poder Judicial y el Ministerio de Hacienda relativo a una mayor flexibilidad presupuestaria, y el apoyo de la Subcomisión Especial de Presupuesto del Honorable Congreso Nacional, que envió Oficios al Sr. Ministro Secretario General de la Presidencia y al señor Ministro de Justicia donde se solicita el estudio de un proyecto de ley que otorgue al Poder Judicial, en forma permanente, una flexibilidad presupuestaria similar a la que tienen ambas ramas del Congreso Nacional respecto de sus presupuestos.
Vaya mi reconocimiento para todos y cada uno de los funcionarios de la Corporación Administrativa y del Departamento de Bienestar que se desempeñan a lo largo del País, quienes con gran esfuerzo y dedicación, desarrollan sus labores.

 

Dudas en la Inteligencia y Aplicacìon de las Leyes

 

De conformidad con el número 4 del artículo 102 del Código Orgánico de Tribunales y 5 del Código Civil, corresponde dar cuenta de las dudas y dificultades que se han presentado a esta Corte y a las Cortes de Apelaciones en la inteligencia y aplicación de las leyes, así como de los vacíos que se noten en ellas.
Se solicitó a las Cortes de Apelaciones del país que informaran a esta Presidencia lo pertinente.
En atención a la extensión de las observaciones de las Cortes, se agregarán en anexo a este informe y se remitirán al Sr. Presidente de la República.

 

Hay que Profundizar la Independencia del Poder Judicial

Al dar cuenta de la actividad judicial, parece necesario hacer referencia a puntos de interés y que, a nuestro juicio, son fundamentales para el futuro del Poder Judicial. Por la naturaleza de esta Cuenta, nos limitaremos únicamente a enunciarlos, aunque son merecedores de un tratamiento más particularizado.
El país ante diversas denuncias preocupantes, ha reaccionado positivamente, y sus instituciones y hombres públicos han planteado como cuestión preeminente la modernización del Estado, revisando sus estructuras para asegurar una gestión eficiente y correcta. Poco se ha dicho en ese contexto, sin embargo, sobre el Poder Judicial, a pesar de que en estos días, como nunca había sucedido antes, la opinión pública ha sentido y valorado su independencia. Creemos que la modernización del Estado también debe extenderse a este Poder, fundamentalmente en los rubros que pasamos a referirnos, todos dirigidos a concretar su autonomía como característica inherente a la noción "poder del estado". No es suficiente la declaración formal de la Constitución Política en ese sentido, es imperativo perfeccionar ese reconocimiento frente a los otros Poderes, de modo que se traduzca en el plano normativo en leyes que la garanticen.
Entre otros rubros, en esa dirección, haremos referencia a los siguientes:


Aspecto Orgánico Institucional

Los criterios modernos de gestión, de selección y promoción de los recursos humanos, de toda entidad, sea pública o privada, se rigen por principios de calidad, capacidad, eficiencia y productividad. Mirado desde esa perspectiva, el C.O.T. corresponde a criterios decimonónicos, inoperantes, y que hacen muy difícil una gestión ágil. Los nombramientos de los jueces y ministros que le corresponden a la autoridad ejecutiva y legislativa no están sujetos a plazos una vez confeccionadas las ternas y quinas respectivas, lo que ha permitido que la nominación en cargos de especial trascendencia hayan llegado a demorar varios meses. La formación de esas ternas y quinas está reglada con modalidades, requisitos y formalidades exagerados, y a veces arbitrarios, que permiten que funcionarios no idóneos para el cargo las integren. Otro tanto, sucede con el procedimiento de calificación del personal y del recurso de queja, que llegan al límite de lo abstruso. El sistema es categóricamente inadecuado, como reiteradamente lo ha sostenido el Poder Judicial desde hace años, sin embargo no ha sido escuchado. Queremos llamar la atención del País sobre esta situación que resulta poco explicable.
Tan grave como la señalada es la manera de designar al personal de secretaria, que si bien se hace por concursos, las restricciones y condiciones que rodean la formación de las ternas está al margen de los nuevos sistemas de administración. El Poder Judicial se ve impedido de agilizar la administración de justicia con preceptos como los del C.O.T. Es urgente modificar esta anticuada normativa y actualizarla a esta época.
Existe una ostensible diferencia en esta área con organismos recientemente creados y vinculados al Poder Judicial, como son el Ministerio Público y la Defensoría Penal Pública, donde acertadamente se han consagrado criterios más liberales.

 

Ambito Financiero: Autonomía Económica.

Íntimamente vinculado con la independencia, está el de la autonomía económica del Poder Judicial, antigua aspiración manifestada por todos los medios y en diversas oportunidades, pero que aun no se ha establecido. Debemos reconocer que las Autoridades de Hacienda han otorgado algunas facilidades para el manejo de nuestro prosupuesto, pero se mantienen restricciones que no condicen con la autonomía que se requiere.
El Poder Judicial, a través de su Corporación Administrativa, ha dado muestras de seriedad y expedición en la administración y control de su patrimonio. Se puede constatar que los recursos se invierten con eficacia y transparencia, lo que respalda nuestra aspiración.
En diversos países de la región se ha reconocido constitucionalmente aquella independencia y la Asociación de Presidentes de Cortes Supremas de los países de habla hispana, en que ha tenido activa participación el Ministro don Marcos Libedinsky T. ha establecido como uno de los pilares fundamentales de la libertad de los sistemas judiciales el reconocimiento de su plena autonomía económica..
El Estatuto del Juez Iberoamericano, aprobado en los días 23.24 y 25 de Mayo del año 2001, en la Cumbre Iberoamericana de Presidentes de Cortes Supremas de Justicia y Tribunales Superiores de Justicia, en Santa Cruz de Tenerife, Canarias, España, se establece en su art. 6° "Condiciones materiales de la Independencia Judicial. El Estado garantizará la independencia económica del Poder Judicial, mediante el presupuesto adecuado para cubrir sus necesidades..."
Si Chile desea ponerse a la altura de otras naciones de la región, y estar en condiciones de afirmar que, jurídicamente, los tribunales nacionales gozan de plena independencia respecto de otros poderes, se debe dar el paso indicado en forma definitiva y pronta. No hacerlo deja a nuestro país en el ámbito internacional en una situación desmedrada.

 

Autonomía en la formación y perfeccionamiento de los magistrados


Para cumplir con esta función, la Ley Nº19.346 creó la Academia Judicial, el año 1994. Dicha institución ha desarrollado una importante labor, lo que ha permitido incorporar profesionales más idóneos en los tribunales.
Sin embargo, estimamos que ese organismo debe ser revisado en su estructura y en la docencia que imparte, tal como se hizo notar en la Cuenta de 2002. La experiencia acumulada desde hace varios años aconseja una relación y coordinación mas estrecha de la que hasta ahora ha existido entre el Poder Judicial y la Academia; como también hacer una análisis más profundo sobre sus posibilidades futuras; sin dejar de reconocer el esfuerzo y dedicación de los integrantes de su Consejo Directivo y de su Directora, Da. Leonor Etcheberry.
La sociedad implícitamente está exigiendo que se profundice la independencia del Poder Judicial. Desde esa perspectiva, no es recomendable que el Consejo Directivo de la Academia tenga la conformación que posee en la actualidad, donde intervienen el Sr. Presidente de la República, el Senado y el Ministerio de Justicia. Sobretodo, por tratarse de un organismo cuya función es dirigir una materia tan delicada y sensible como es la formación y perfeccionamiento de los jueces, esa intervención debe cesar definitivamente. Es el Poder Judicial quien debe designar al Director de la Academia y el Consejo ha de constituirse en un órgano asesor, pero no director.
En abono de lo antes enunciado, es suficiente considerar entidades como los Institutos y Academias de la Fuerzas Armadas, de Carabineros, de la Dirección General de Investigaciones, la Academia Diplomática del Ministerio de Relaciones, los sistemas de perfeccionamiento del Ministerio Público, de la Contraloría General de la República, entre otras instituciones, en todas las que no existe participación de poderes o autoridades ajenas al respectivo organismo. Además, la realidad internacional mayoritaria de los países democráticos, en relación a las escuelas judiciales es muy demostrativa de tal característica. Queremos que se elimine toda duda de intervención foránea en la selección y perfeccionamiento de nuestros jueces.


Moralización Integral del que Hacer Judicial. Etica y Abogacía.

En la cuenta del año 2002 se expresó la preocupación por encontrar sistemas que afianzaran la ética en la actividad de hacer justicia, y señalamos que junto con extremar el control de la conducta de los funcionarios judiciales, era imprescindible ocuparse de la corrección del ejercicio de la profesión de abogado.
Se puso énfasis en que el país debía adquirir conciencia de que sin un control ético de la abogacía, no sería posible que la ciudadanía modificara su visión de la justicia nacional. Se sostuvo que era fundamental para lograr esa meta, que se creara un sistema real y efectivo de control ético para todos los abogados y se revisará la forma y modalidades del otorgamiento del titulo respectivo por esta Corte Suprema.
Esa preocupación aparece avalada por una encuesta publicada el año 2002 por la Universidad del Desarrollo, que constata que el 48% de los clientes de los abogados estiman que son corruptos y el 73% que mienten para lograr sus objetivos.
Sin compartir esta visión tan deprimente, reiteramos las mismas observaciones, e informamos que en cumplimiento de esa preocupación se creó un grupo de trabajo presidido por el Ministro Sr. Hernán Álvarez -ex presidente de este tribunal- integrado por varios decanos y presidentes de Colegios de abogados, que en diversas reuniones se ha ocupado de sentar las bases de un proyecto de tribunales de ética al que queden sometidos todos los profesionales, como también de indagar sobre posibles sistemas dirigidos a mejorar la forma de otorgamiento por esta Corte del titulo habilitante. Esperamos que este año presentemos a la comunidad nacional los resultados de este estudio, y que los cuerpos colegisladores lo consideren y lo hagan realidad.
Agradecemos en esta ocasión la participación desinteresada y valiosa de los Presidentes de los Colegios de abogados invitados y de los Decanos de las Universidades participantes, y muy especialmente al señor presidente del Colegio de Abogados de Chile Sergio Urrejola, y al Decano señor Alejandro Guzmán.

 

Función Judicial y Medios de Comunicación, La Apertura Hacia la Comunidad

Las Direcciones de Comunicación y la de Análisis y Estudios de esta Corte, han estado desarrollando una intensa labor de apertura de la función judicial, dirigida a que se creen canales de mutuo conocimiento, de manera permanente, entre los tribunales y la comunidad. Se han celebrado reuniones de diálogo y convivencia con todos los medios de comunicación, con las Universidades y Centros de Investigación, con las Municipalidades, Juntas de Vecinos e instituciones públicas y privadas. El objetivo es lograr una mayor comprensión de la labor judicial por la sociedad, como a su vez de sus limitaciones.
Agradecemos en esta oportunidad a todos los medios de comunicación la buena recepción de estas inquietudes y de su positivo interés sobre este punto.
Debe hacerse notar la labor desarrollada por diversos tribunales en el sentido indicado. Por su importancia, se adjunta como documentos anexos lo realizado por la Corte de Apelaciones de Santiago, y el Tribunal Oral de Linares, entre otros, que por ser indiciarios de una labor dinámica y creativa, sería recomendable que se extendiera y se incentivara.
Ha sido notorio que los tribunales han ocupado durante los últimos meses las primeras páginas de los medios de comunicación con motivo de investigaciones a cargo de algunos jueces que han afectado a personas de figuración pública. Al respecto es útil puntualizar lo siguiente:
- Los jueces tienen la obligación de investigar cuando son requeridos o de actuar de oficio cuando corresponde,
- La toma de conciencia de los principios democráticos consagrados en el ordenamiento jurídico nacional, ha llevado a lo que se denomina judicialización de la vida pública chilena, realidad que debería ser motivo de un análisis cuidadoso.
- Dada la actual evolución cultural del país, y que el artículo noveno del C.O.T. dispone que los actos de los tribunales son públicos salvo las excepciones legales, se ha procedido a una apertura informativa, lo que ha permitido, en cuanto jurídicamente es posible, que la ciudadanía tenga conocimiento de las causas de interés nacional.
-A pesar de las dificultades que conlleva alcanzar un equilibrio entre los derechos de todo imputado y la libertad de información y de opinión, en esta experiencia ambos están saliendo fortalecidos
-La mayor exposición del quehacer judicial ante la ciudadanía ha llevado consigo a un aumento de opiniones sobre actuaciones y resoluciones de los jueces, algunas de ellas muy críticas. Dichas opiniones deben ser valoradas en su justa dimensión por la población de acuerdo a la preparación, conocimientos e intereses de quienes las formulan.
-Una crítica permanente, magnificada y sin el adecuado respaldo, puede poner en peligro la confianza ciudadana en el ordenamiento jurídico nacional.
-Los jueces respetan las críticas aunque sean enérgicas, apasionadas y aun equivocadas, pues son partidarios de la libertad de opinión y de expresión, lo cual no impide que excepcionalmente hagan uso de las acciones legales ante la ofensa injuriosa o gratuitamente procaz.
-El Poder Judicial ha demostrado que en un clima de respeto a sus atribuciones, puede actuar con prontitud, firmeza e independencia, de acuerdo a la Constitución y a la ley.

 

Reformas del Sistema

 

El proceso de reforma procesal penal continúa su desarrollo con normalidad y los resultados logrados son positivos. Estos resultados se han debido, en buena parte, a una actividad coordinada y de colaboración entre los actores del proceso, Poder Judicial, Ministerio Público, Defensoría Penal Pública y Ministerio de Justicia.
El Poder Judicial mantiene su posición de cumplir el calendario establecido para la vigencia del nuevo sistema, de manera que en diciembre del año 2004 esté operando en todo el país.
Corresponde ser cauteloso en cuanto a reformar el nuevo sistema desde ya, pues a pesar de lo que se sostiene, una normativa que recién y cuidadosamente se ha creado, no puede ser objeto de continuas y permanentes modificaciones cuando aún no ha sido aplicada en plenitud; los órganos involucrados deben ir determinando su exacta inteligencia y la praxis puede ir evolucionando. En esta materia la experiencia histórica aconseja prudencia.
Los jueces -al contrario de lo que se piensa- tienen especial interés en que la tendencia reformista se extienda a otras áreas, como la justicia laboral, la de familia, la civil y tributaria, y, estamos ciertos, colaborarán con entusiasmo para que se lleven a cabo con la mayor prontitud.

 

Ultimas Palabras

 

Agradecemos a título personal, y con mucho sentimiento, la amplia colaboración de todos los Ministros y de la Sra. Fiscal Judicial de este alto tribunal, que con esmero y dedicación han cumplido, aparte de sus labores ordinarias, aquellas que les ha exigido su integración en las diversas Comisiones creadas para asesorar al Tribunal Pleno, y además, han procedido a visitar las distintas jurisdicciones del país.
Mi especial gratitud hacia todos los ministros y fiscales judiciales de las Cortes de Apelaciones, a todos los jueces de Chile y al personal que les presta abnegada colaboración, por su acuciosidad y dedicación en el cumplimiento de la delicada y noble tarea que el país ha puesto en sus manos.
Nuestro actual desafío es continuar con la misión de entregar a la Nación un Poder Judicial cada vez más creativo, moderno e independiente.

Con estas palabras, declaro inaugurado el Año Judicial dos mil tres.

                 

                Mario Garrido Montt
                Presidente