Requisitos para ser Designado como Directivo de la CAPJ
El director, el subdirector, los jefes de departamentos y el contralor interno, deben tener título profesional universitario de la especialidad que determine la Corte Suprema. En todo caso, sólo pueden ser nombrados en estos cargos personas que posean título profesional de carreras universitarias de a lo menos ocho semestres académicos.
Todo el personal de la Corporación se rige por las normas legales y reglamentarias aplicables a los empleados del Poder Judicial, con las excepciones que se indican:
- Su nombramiento se hará directamente por la Corte Suprema previo concurso de antecedentes y examen de oposición, en su caso, a que llamará el Consejo Superior. Serán de la exclusiva confianza de la Corte Suprema y ésta podrá removerlos a su arbitrio.
- En ningún caso pueden ser designados como director o subdirector los cónyuges ni los parientes consanguíneos o afines de un funcionario del Escalafón Primario del Poder Judicial o de la Corporación, que se hallen dentro del segundo grado en la línea recta o del tercero en la colateral.
- La calificación anual de este personal la realiza la Corte Suprema previo informe del Consejo Superior.
- Los controles de legalidad: para verificar que se cumplan y que estén de acuerdo a las disposiciones legales que aplican al Poder Judicial.
- Los controles financieros: permitiendo evaluar el cumplimento de los controles existentes para el adecuado registro de la operaciones de la organización conforme a la Normativa del Sistema de Contabilidad General de la Nación y otras para el Sector Público.
- Los controles operativos e informales: que permitan validar la efectividad, eficiencia y oportunidad del registro de operaciones.
Coordinar con la empresa auditoria externa que se contrata para que anualmente realicé la auditoria de la CAPJ en los siguientes aspectos:
- La Ejecución Presupuestaria de la Corporación Administrativa.
- La evaluación del control interno de la ejecución presupuestaria.
- Evaluación al cumplimiento de los objetivos de la corporación y sus fines orgánicos identificando debilidades y riesgos que afectan su gestión.
Este Informe de la empresa auditora externa se presenta al Consejo Superior, al Pleno de la Corte Suprema y se publica un resumen en la memoria anual del Poder Judicial.
- Impartir instrucciones al Subdirector y demás personal de la Corporación.
- Supervigilar y fiscalizar el cumplimiento de las mismas.
- Realizar todos los actos y gestiones necesarias para dar cumplimiento y eficacia a los acuerdos del Consejo Superior.
- Propender al cumplimiento de los fines de la Corporación conforme a las decisiones generales del Consejo Superior.
El Director requiere del acuerdo del Consejo Superior para organizar y determinar las diversas tareas y responsabilidades específicas tanto del personal y de las unidades con que se estructurará la Corporación, como de las oficinas de ésta que el Consejo Superior estime necesario establecer en las Cortes de Apelaciones, debiendo velar por su debida coordinación para una administración eficiente de los recursos. Las demás atribuciones y deberes que le fije el Consejo Superior. El Director es subrogado por el Subdirector y a falta de él por el Jefe de Finanzas y Presupuestos.