La Corte Suprema declaró inadmisible unificación de jurisprudencia contra sentencia que acogió demanda de tutela laboral de funcionaria municipal de la comuna de Quellón.
En la sentencia (rol 210.565-2023), la Cuarta Sala del máximo tribunal -integrada por los ministros Diego Simpertigue, Jorge Zepeda, las ministras Eliana Quezada, Dobra Lusic y el abogado (i) Eduardo Morales- consideró que el recurso no puede prosperar al no contener sentencias de contraste.
“Que respecto de las materias de derecho referidas, de la sola lectura del libelo entablado, se desprende que estas, tal como han sido planteadas y propuestas, no constituye tópicos susceptibles de ser analizados por esta vía, puesto que son cuestiones que, en ningún caso, configuraron la materia de derecho sustantivo objeto del presente juicio. En efecto, se trata de cuestiones de carácter procesal, referido al ejercicio por los jueces de la facultad que les asiste de incorporar prueba nueva y analizar la rendida lo que, en ningún caso, puede estimarse que configuró la temática jurídica objeto del presente juicio”, dice el fallo.
Agrega: “Que, en la condiciones expuestas y, en especial, dado el carácter especialísimo y excepcional que reviste el mecanismo de impugnación que se intenta, particularidad reconocida expresamente por el citado artículo 483 del estatuto laboral, al consagrar su procedencia bajo los supuestos estrictos que la disposición refiere, el recurso de unificación de jurisprudencia debe ser declarado inadmisible”.