Corte de Valparaíso acoge recursos de nulidad y ordena nuevo juicio contra carabineros por disparos en plaza Sucre

19-junio-2023
Ambos sindicados por el ente persecutor como autores de los delitos de apremios ilegítimos con resultado de homicidio frustrado y disparos injustificados.

La Corte de Apelaciones de Valparaíso acogió los recursos de nulidad deducidos por el Ministerio Público, el Consejo de Defensa del Estado y querellantes y ordenó la realización de un nuevo juicio oral en contra de Mario Alejandro Guzmán Yuri y Mario Alejandro Arancibia Guzmán, sindicados por el ente persecutor como autores de los delitos de apremios ilegítimos con resultado de homicidio frustrado y disparos injustificados. Ilícitos que habrían perpetrado en octubre de 2019, en el sector de la plaza Sucre de Viña del Mar.

En fallo dividido (causa rol 546-2023), la Tercera Sala del tribunal de alzada porteño –integrada por los ministros Pablo Droppelmann Cuneo, Carolina Figueroa Chandía y Valeria Echeverría Vega– anuló la sentencia impugnada, dictada por el Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Viña del Mar, al advertir contradicción entre considerandos de dicha resolución.

“‘Más allá del dolor físico inherente que el acusado Mario Alejandro Arancibia González infligió a seis manifestantes, que fueron heridos con los proyectiles balísticos que disparó con su pistola de servicio, y que ser objeto de una imputación y sanción penal diversa, no se acreditó una intención dolosa de apremiarlos ilegítimamente, queriendo dañar la integridad moral de cada una de aquellas personas.’, y el segundo, al momento de aplicar la pena en su letra g): ‘(…) que las lesiones ocasionadas no solo provocaron daño físico, que interrumpió el desarrollo de actividades laborales, deportivas o personales, previas a la comisión de los hechos, como asimismo trastocaron sus ciclos vitales, con alteraciones emocionales y psicológicas que (sic) diversa índole, que con dificultad han debido superar’”, contrasta el fallo.

“Asimismo, resulta efectiva la denuncia que formula el Ministerio Público que recurre en cuanto a que al analizar el dolo tanto de apremiar ilegítimamente como de matar, el fallo no contiene análisis alguno a la posibilidad de que tales acciones pudieren haberse cometido con dolo eventual”, consigna.

Según la Corte de Apelaciones de Valparaíso, dichas observaciones resultan suficientes para incurrir la sentencia impugnada en las causales de nulidad invocadas por el ente persecutor, “puesto que de no haberse incurrido en ellas, la decisión pudo haber sido diversa a la que por medio del recurso se cuestiona, lo que conduce a acoger el recurso”.

Por tanto, se resuelve: “Que se acogen los recursos de nulidad deducidos (...) en contra de la sentencia de veintisiete de febrero del presente año, pronunciada en los autos RIT 411-2022 del Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Viña del Mar, en aquella parte que absuelve a Mario Alejandro Arancibia González y Mario Alejandro Guzmán Yuri de la acusación formulada en su contra como autores del delito de apremios ilegítimos, con resultado de homicidios frustrados (...), cometido en esta ciudad, el día 22 de octubre de 2019; en consecuencia, se anula la referida sentencia y el juicio que la precedió, debiendo remitirse los antecedentes al tribunal no inhabilitado que corresponda para la realización de un nuevo juicio oral, nulidad que se hace extensiva, además, a la condena a Mario Alejandro Arancibia González y Mario Alejandro Guzmán Yuri como autores de disparos injustificados (...) y en cuanto se condena a Mario Alejandro Arancibia González como autor de seis delitos de lesiones graves”.

Decisión acordada con el voto en contra de la ministra Echeverría Vega.