Sexto TOP de Santiago condena a 5 años de presidio efectivo a autor de receptación en El Bosque

19-diciembre-2022
En fallo unánime, el tribunal condenó a Juan Carlos Manríquez Ibarra, a cumplir la pena efectiva de 5 años de presidio, como autor del delito consumado de receptación. Ilícito cometido en octubre del año pasado, en la comuna de El Bosque.

El Sexto Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Santiago condenó a Juan Carlos Manríquez Ibarra, a cumplir la pena efectiva de 5 años de presidio, como autor del delito consumado de receptación. Ilícito cometido en octubre del año pasado, en la comuna de El Bosque.

En fallo unánime (causa rol 360-2022), el tribunal –constituido por las magistradas Paulina Rosales González (presidenta), María Paz López Benavides y Mariela Jorquera Torres (redactora)– aplicó, además, a Manríquez Ibarra las accesorias legales de inhabilitación absoluta perpetua para derechos políticos y la inhabilitación absoluta para cargos y oficios públicos mientras dure la condena; más el pago de una multa de dos unidades tributarias mensuales.

El tribunal dio acreditado, más allá de toda duda razonable, que alrededor de las 16:30 horas de 8 de octubre de 2021, “(…) en las inmediaciones de las calles Almirante Rivero con Alejandro Guzmán, comuna de El Bosque, funcionarios de Carabineros que se encontraban en el sector intentaron fiscalizar un automóvil marca BMW, placa patente única HKPX-68 que circulaba por la vía pública el que era conducido por un tercero [condenado en procedimiento abreviado], acompañado, como copiloto, por Juan Carlos Manríquez Ibarra, conminando al conductor a detener la marcha quien hizo caso omiso huyendo del lugar produciéndose una persecución para finalmente en las inmediaciones de calle Claudio Arrau con Sebastián Bach de la misma comuna, el conductor colisionó con otro vehículo que circulaba por la vía pública, tras lo cual el conductor y Juan Carlos Manríquez Ibarra bajan del vehículo y huyen del lugar corriendo siendo detenidos momentos después por funcionarios de Carabineros.
Constatándose que las placas patentes que portaba el vehículo fiscalizado HKPX-68 no correspondían al vehículo, sino que las HSFF-80, vehículo que había sido sustraído el día 15 de septiembre de 2021”.

En la determinación del quantum de la sanción a imponer a Manríquez Ibarra, el tribunal tuvo presente que: “(…) la pena del delito de receptación de vehículos motorizados es de presidio menor en su grado máximo y multa de cinco a veinte unidades tributarias mensuales, y concurriendo una agravante, conforme lo dispuesto en el artículo 449 del Código Penal señala que ‘Tratándose de condenados reincidentes en los términos de las circunstancias agravantes de los numerales 15 y 16 del artículo 12, el tribunal, deberá para los efectos de los señalado en la regla anterior, excluir el grado mínimo de la pena si esta es compuesta, o el mínimo si consta de un solo grado’, se fijará en cinco años atendido que la especie si bien se recuperó, esta fue dañada como lo declararon los carabineros aprehensores, al tratar de huir de la persecución policial, siendo en este punto irrelevante que el acusado fuera de copiloto, pues siendo autor del delito no es posible descolgar la conducta del conductor de la del acusado”.

“En cuanto a la multa, por encontrarse el encausado privado de libertad se rebajará a dos unidades tributarias mensuales conforme el artículo 70 del citado Código Penal", añade.

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