Corte de Valparaíso acoge recurso de amparo y deja sin efecto decreto de expulsión de ciudadana venezolana

21-julio-2022
En fallo unánime (causa rol 1.400-2022), la Segunda Sala del tribunal de alzada dejó sin efecto la resolución exenta, dictada por la Delegación Presidencial Regional de Valparaíso y la firma que debía estampar la amparada ante la Policía de Investigaciones (PDI).

La Corte de Apelaciones de Valparaíso acogió hoy –jueves 21 de julio– el recurso de amparo y anuló la resolución que decretó la expulsión del territorio nacional de ciudadana venezolana que cuenta con arraigo en el país.

 

En fallo unánime (causa rol 1.400-2022), la Segunda Sala del tribunal de alzada –integrada por los ministros Álvaro Carrasco Labra, Claudia Parra Villalobos y el abogado (i) José Luis Alliende Leiva– dejó sin efecto la resolución exenta, dictada por la Delegación Presidencial Regional de Valparaíso y la firma que debía estampar la amparada ante la Policía de Investigaciones (PDI).

 

“Que, aun cuando el inciso final del artículo 146 del reglamento de extranjería, en relación con el artículo 158 del mismo cuerpo reglamentario, permite a la autoridad política disponer la expulsión del extranjero que hubiese obtenido su libertad, como consecuencia de haberse desistido aquella jefatura administrativa de la denuncia o requerimiento presentado en su contra, no corresponde dar aplicación a dicha causal de expulsión, pues esta fue creada por una norma de carácter reglamentaria, en circunstancias que la libertad personal únicamente puede ser limitada o restringida por ley, tal y como lo previene la letra b) del Nº7 del artículo 19 de la Constitución Política de la República”, sostiene el fallo.

 

La resolución consigna que “(…) en el presente recurso se agregaron antecedentes que dan cuenta del arraigo de la recurrente en el territorio de la República, los que debieron ser considerados por la autoridad administrativa antes de disponer su expulsión. En efecto, de lo afirmado por la amparada en su libelo y los documentos acompañados, se advierte que en la actualidad reside en la comuna de Valparaíso junto a su novio chileno y tiene a su hermano Misael Muñoz, que se encuentra viviendo en la misma ciudad”.

 

“Que en consecuencia, de ejecutarse la medida de expulsión, ciertamente, puede ocasionarse un daño que perturbará la unidad familiar, afectando lo dispuesto en el artículo 1° de la Constitución Política de la República, que establece que la familia es el núcleo fundamental de la sociedad, siendo deber del Estado dar protección a la población y a la familia, así como propender al fortalecimiento de esta”, razona la sala.

 

Por tanto, se resuelve que: “se acoge la acción constitucional de amparo deducida a favor de Otniela María Muñoz Zamora, y en consecuencia, se deja sin efecto la Resolución Exenta Nº 3.252, de fecha 18 de agosto 2021, dictada por la Delegación Presidencial Regional de Valparaíso, que decretó la expulsión de la recurrente del territorio nacional, quedando asimismo sin efecto la medida de firma ante la autoridad correspondiente”.

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