TOP de Viña del Mar dicta veredicto condenatorio por homicidio calificado de empresario en Concón

30-marzo-2022
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El Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Viña del Mar dictó hoy –miércoles 30 de marzo– veredicto condenatorio en contra de Renato Antonio López Fuentes, Víctor Alfonso Gutiérrez Londoño, en calidad de autor inductor y autor material del delito consumado de homicidio calificado, respectivamente; y de Claudio Esteban Riveros Canales y Melissa Fernanda Palma Valdés, como autor y cómplice, respectivamente, del delito consumado de homicidio simple. Ilícitos perpetrados en mayo de 2020, en Concón.

El Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Viña del Mar dictó hoy –miércoles 30 de marzo– veredicto condenatorio en contra de Renato Antonio López Fuentes, Víctor Alfonso Gutiérrez Londoño, en calidad de autor inductor y autor material del delito consumado de homicidio calificado, respectivamente; y de Claudio Esteban Riveros Canales y Melissa Fernanda Palma Valdés, como autor y cómplice, respectivamente, del delito consumado de homicidio simple. Ilícitos perpetrados en mayo de 2020, en la comuna de Concón.

En resolución unánime (causa rol 342-2021), el tribunal –integrado por los magistrados Claudio Espinoza Asenjo (presidente), Claudia Ortiz Leiva y Mónica López Castillo (redactora)– tras la deliberación de rigor, dio por acreditado tanto la comisión de los delitos como la participación culpable los acusados en los hechos.

Asimismo, el tribunal dictó veredicto condenatorio en contra de Gutiérrez Londoño, en calidad de autor del delito tentado de homicidio simple y como autor del delito consumado de porte y tenencia ilegal de arma de fuego, al cual se subsumieron los delitos de porte de municiones y receptación; y contra Riveros Canales, como como autor del delito consumado de porte y tenencia ilegal de arma de fuego, subsumido el delito de porte de municiones.

Planificación y ejecución

El tribunal arribó a la convicción, más allá de toda duda razonable y conforme a la valoración de las pruebas rendidas en el juicio oral, de que es posible dar por establecidos los siguientes hechos:

“En el mes de Septiembre del año 2019, la víctima Alejandro Correa Correa, presentó ante el 1er. Juzgado Civil de Quilpué una demanda de comodato precario contra el acusado Renato López Fuentes, representante legal de la sociedad ‘Rellenos Controlados R Y A SPA’, dado que este habría ocupado terrenos de su propiedad, ubicados en dicha comuna, libelo que dio origen a la Causa Rol C-2125-2019.

Estando vigente la causa civil, el acusado Renato López Fuentes decidió dar muerte a Alejandro Correa, para cuya planificación y posterior materialización se contactó con el acusado Víctor Gutiérrez Londoño, apodado ‘Parce’ o ‘Colombiano’, con quien acordó dicho propósito delictivo a cambio de promesa remuneratoria consistente en el pago de una suma de dinero, proveyéndole Renato López a Gutiérrez de la información necesaria para cumplir dicho fin, consistente en una nota manuscrita, de puño y letra de López, que contenía la dirección del señor Correa.

El acusado Gutiérrez, una vez recibida la información necesaria para dar muerte a la víctima, realizó acciones directas tendientes a asegurar la comisión del homicidio, entre otras, contar con un chofer que lo trasladara hasta el domicilio de Alejandro Correa. Para este último objetivo, Gutiérrez Londoño contactó al acusado Claudio Riveros Canales, quien, según lo acordado con Gutiérrez, condujo un vehículo y trasladó el día 17 de Mayo de 2020 a Gutiérrez y a la acusada Melissa Palma Valdés, vinculada sentimentalmente con este último, y quien tenía total conocimiento del propósito delictivo en curso, hasta el frontis del domicilio del señor Correa, ubicado en Avenida Bosques de Montemar N° 1295, Concón, de acuerdo a la información aportada en la nota escrita por Renato López. Parte del trayecto fue grabado en video por la acusada Melissa Palma con su teléfono celular, realizando de esta forma labores de vigilancia y reconocimiento del lugar para facilitar la comisión del crimen.

Al día siguiente, 18 de Mayo de 2020, en horas de la mañana, el acusado Claudio Riveros Canales, en conocimiento del propósito delictivo que Víctor Gutiérrez materializaría, lo condujo y trasladó en el vehículo marca ‘Toyota’, modelo ‘Yaris’, de color negro, placa patente BXFJ.13 hasta el domicilio del señor Correa, al cual llegaron aproximadamente a las 8:15 horas, bajándose Gutiérrez, llevando consigo un arma de fuego. Allí, solicitó hablar con Alejandro Correa y, ante la negativa de la víctima de atenderlo, Gutiérrez se retiró junto con Claudio Riveros en el mismo vehículo, regresando al referido domicilio alrededor de las 9:40 horas con la finalidad de consumar su propósito.

En esta segunda oportunidad, Víctor Gutiérrez encontró a la víctima en el exterior de su domicilio en compañía de Claudio Muzio Saldes, momento en que se les aproximó y, con intención homicida, a corta distancia y utilizando un revólver marca ‘Arminius’, calibre .38 milímetros especial, serie Nº 1511944, le disparó directamente a Alejandro Correa, impactando uno de los proyectiles en su cabeza, quien falleció como consecuencia de laceraciones cerebrales, causadas por ojiva de proyectil de arma de fuego, según evaluación y diagnóstico del Servicio Médico Legal de Valparaíso.

El acusado Víctor Gutiérrez no contaba con permiso legal alguno para el transporte, porte y tenencia del arma antes individualizada, la que había sido sustraída a su propietario Antonio Aquiles Espinoza –quien realizó la denuncia y encargo respectivos–, sabiendo o no pudiendo menos que saber que esta era producto de un ilícito.

Con similar intención homicida, el acusado Gutiérrez disparó a Claudio Muzio, sin lograr herirlo, para luego huir del lugar y abordar nuevamente el mismo vehículo conducido por Claudio Riveros, quien lo aguardaba en las inmediaciones, conservando este último en su poder el arma de fuego utilizada para la comisión del ilícito, y para cuyo transporte, tenencia y porte tampoco contaba con permiso legal alguno, y que le fue sustraída a su propietario Antonio Aquiles Espinoza, sabiendo o no pudiendo menos que saber que esta era producto de un ilícito.

Por el homicidio del señor Correa, Renato López pagó a Víctor Gutiérrez una suma de dinero previamente acordada.

Todos los acusados, López, Gutiérrez, Riveros y Palma, fueron detenidos por la Brigada de Homicidios de la PDI a partir de sendas órdenes judiciales emanadas del Juzgado de Garantía de Viña del Mar”.

La audiencia de comunicación de la sentencia –que será redactada por la magistrada López Castillo– quedó programada para las 13 horas del lunes 18 de abril próximo.