Corte de Santiago confirma fallo que acogió demanda laboral contra empresa de servicios de impresión computacional

17-junio-2021
En fallo unánime, Duodécima Sala del tribunal de alzada confirmó la sentencia que acogió la demanda por despido injustificado y cobro de prestaciones deducida por trabajadora que prestó servicio de soporte técnico para la empresa Servicios Impresión UNO SpA.

La Corte de Apelaciones de Santiago confirmó la sentencia que acogió la demanda por despido injustificado y cobro de prestaciones deducida por trabajadora que prestó servicio de soporte técnico para la empresa Servicios Impresión UNO SpA.

En fallo unánime (causa rol 1.954-2020), la Duodécima Sala del tribunal de alzada –integrada por los ministros Alejandro Rivera, Lidia Poza y Pamela Quiroga– descartó error de derecho en la sentencia impugnada, dictada por el Primer Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago, que acogió la demanda.

“Que de este modo por el contrario a lo afirmado por la demandante, respecto de los artículos 183-B y 162 del Código del Trabajo, no existe error en la aplicación de la norma, sino por el contrario, un ajuste correcto a las conclusiones fáctico-temporales acreditadas en el juicio, razón por la cual el recurso ha de ser desestimado”, plantea el fallo.

La resolución agrega: “Que lo mismo debe concluirse respecto de las restantes normas citadas, cuya puesta en discusión por la recurrente tiene como sustrato una interpretación artificiosa de las normas principales y decisoria Litis que como se vio no adolecen de ningún yerro”.

“Que con respecto al feriado proporcional que se adiciona a la petición de nulidad, por el periodo en que la trabajadora permaneció sin régimen de subcontratación en la municipalidad, al formar parte de una discusión ajena, esto es, sobre la naturaleza de esa permanencia, nada puede revisarse por esta vía”, añade.

“Por estas razones y de conformidad, además, con lo previsto en los artículos 477 a 482 del Código del Trabajo, se rechaza el recurso de nulidad deducido por la parte demandante, contra la sentencia definitiva de catorce de septiembre de dos mil veinte, recaída en la causa RIT O-164-2020 del Primer Juzgado de Letras del Trabajo de esta ciudad, caratulada ‘Lihue Campos con Servicios de Impresión Uno SpA y Otra’”, concluye.

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