La Corte de Apelaciones de San Miguel confirmó la sentencia que condenó a la empresa Entel Chile SA a pagar una multa de 10 UTM (unidades tributarias mensuales) por infringir la ley de urbanismo y construcción, al realizar faenas y depositar materiales en bien nacional de uso público sin contar con permiso municipal.
En fallo dividido (causa rol 7-2021), la Quinta Sala del tribunal de alzada –integrada por las ministras Maria Carolina Catepillán Lobos, Liliana Mera Muñoz y Nelly Villegas Becerra– ratificó la sentencia impugnada, dictada por el 1° Juzgado de Policía Local de San Miguel.
“Que el artículo 18 de la Ley 18.168 dispone ‘Los titulares de servicios de telecomunicaciones tendrán derecho a tender o cruzar líneas aéreas o subterráneas en calles, plazas, parques, caminos y otros bienes nacionales de uso público, sólo para los fines específicos del servicio respectivo. Tales derechos se ejercerán de modo que no se perjudique el uso principal de los bienes a que se refiere el inciso anterior y se cumplan las normas técnicas y reglamentarias, como también las ordenanzas que correspondan”, consigna el fallo.
“Que lo reseñado en el inciso segundo del artículo 18 de la Ley 18.168, antes transcrito, advierte que los derechos de los titulares de servicios de telecomunicaciones de tender o cruzar línea aéreas o subterráneas en los bienes que allí se detallan, se ejercerán, en lo que interesa, de modo que se cumplan las ordenanzas que correspondan, dentro de las cuales está lo dispuesto en el artículo 5.8.3 punto 2 del Decreto Supremo 47 del año 1992, Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones, al realizar faenas y depositar materiales en bienes nacionales de uso público, cuya infracción se constató por cuanto la denunciada Entel Chile S.A. no contaba con el respectivo permiso municipal, exigible al efecto”, añade.
Por tanto, se resuelve que: “se confirma la sentencia apelada de diecinueve de octubre de dos mil veinte, dictada por el Primer Juzgado de Policía Local de San Miguel, en los autos Rol 2380-2020”.
Decisión acordada contra el voto de la ministra Mera.