Segundo TOP de Santiago condena a 5 años y un día de presidio a autor de robo con intimidación

20-julio-2025
En fallo unánime, el tribunal condenó a Jorge Ignacio Durán Caro a la pena de 5 años y un día de presidio efectivo, en calidad de autor del delito consumado de robo con intimidación. Ilícito cometido en marzo de 2023, en la comuna de Huechuraba.

El Segundo Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Santiago condenó a Jorge Ignacio Durán Caro a la pena de 5 años y un día de presidio efectivo, en calidad de autor del delito consumado de robo con intimidación. Ilícito cometido en marzo de 2023, en la comuna de Huechuraba.

En fallo unánime (causa rol 85-2025), el tribunal –integrado por las magistradas Alejandra Rodríguez Oro (presidenta), Denisse Ehrenfeld Ebbinghaus y Carolina Larredonda Muñoz (redactora)– aplicó, además, a Durán Caro las accesorias legales de inhabilitación absoluta perpetua para cargos y oficios públicos y derechos políticos y la inhabilitación absoluta para profesiones titulares mientras dure la condena.

Una vez que el fallo quede ejecutoriado, el tribunal dispuso que se proceda a la toma de muestras biológicas del sentenciado para determinar su huella genética e inclusión en el registro nacional de ADN de condenados.

El tribunal dio por acreditado, más allá de toda duda razonable, que aproximadamente a 05:00 horas del 21 de marzo de 2023 (…) en la intersección de las calles avenida Pablo Neruda con Los Helechos en la comuna de Huechuraba, Jorge Ignacio Durán Caro interceptó a Marco Antonio Miranda Sepúlveda, quien se encontraba estacionado al interior de su vehículo, momentos en los que Durán Caro abrió una de las puertas del vehículo y mediante la utilización de un fierro intimidó a Miranda Sepúlveda, exigiéndole la entrega de especies, señalándole ‘te tiraste, viejo culiao’, sustrayéndole a este último, un teléfono celular marca Honor X8, color gris y la suma de $50.000 en dinero en efectivo, huyendo Durán Caro del lugar, con las especies sustraídas”.

En la determinación de la cuantía de la pena y forma de cumplimiento a imponer a Durán Caro, el tribunal tuvo presente: “Que el sentenciado resultó responsable como autor de un delito de robo con intimidación, cometido en grado de consumado y, atendido que al sentenciado le perjudica la circunstancia agravante del Artículo 12 No16 del mismo cuerpo de leyes, pero al mismo tiempo le beneficia la circunstancia atenuante contemplada en el Artículo 1 No9, el Tribunal de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 68 ter del Código Penal al momento de determinar el quantum de la pena a asignar, podrá recorrerla en toda su extensión, la que en definitiva se impondrá en la de 5 años y un día de presidio mayor en su grado mínimo, considerando para aquello, que la víctima pudo recuperar una de las dos especies sustraídas, esto es, el teléfono celular marca Honor X8”.

“Que, atendida la extensión de la pena que se le impondrá a Jorge Ignacio Durán Caro, que excede de cinco años, resulta improcedente sustituírsela por alguna de las contempladas en la Ley 18.216, la que, en consecuencia, deberá cumplir en forma real y efectiva, con los abonos que correspondan”, ordena.

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