El Primer Juzgado de Letras de Iquique acogió denuncia del Servicio Nacional de Pesca en contra de Sociedad Bruna y Guerra Limitada, sorprendida en posesión de 261 kilos del recurso hidrobiológico huiro palo en periodo de veda y con evidentes signos de haber sido extraído con barretas metálicas, técnica prohibida.
En el fallo (causa rol 4.032-2024), el magistrado Héctor Kompatzki Delarze acogió la acción y condenó a la planta procesadora al pago de una multa de 6,696 UTM (unidades tributarias mensuales), la clausura del establecimiento en que se cometió la infracción por el plazo de 60 días y la cancelación de la inscripción en el registro de la planta elaboradora o comercializadora por el término de cinco años.
“Que, con el mérito de los antecedentes allegados al proceso, específicamente las fotografías objeto de los hechos denunciados y la copia de la boleta de citación N°119113, elementos de prueba ponderados según las normas de la sana crítica conforme lo autoriza el artículo 125 N.º4 de la Ley General de Pesca y Acuicultura, y teniendo presente la presunción de veracidad de que goza la denuncia formulada en autos, de conformidad a lo previsto en el artículo 125 N.º1 inciso tercero de la Ley N.º18.892, se dará por acreditada la existencia de la infracción al Decreto Exento N.º437 del 19 de octubre de 2018, denunciada a folio 1”, sostiene el fallo.
“Además -continúa-, la copia del expediente digital de la causa Rol N°C-818-2022 de este mismo tribunal, tenido a la vista para resolver, ponderada bajo las normas de la sana crítica precedentemente invocadas, produce plena prueba de la reincidencia reclamada por el Servicio Nacional de Pesca, en la medida que aparece que se certificó la ejecutoriedad de la sentencia definitiva de la causa el 2 de septiembre de 2022, época desde la cual se entiende firme sin más trámite, conforme lo prevé la parte final del artículo 174 del Código de Procedimiento Civil. En consecuencia, preciso resultará además aplicar las sanciones a esta conducta regladas en el inciso segundo del artículo 119 y en la forma prevista en el artículo 108 A, ambos de la Ley de Pesca”.