La Corte de Apelaciones de Santiago confirmó la sentencia que ordenó continuar con la ejecución de contrato de compraventa y transferencia de concesiones de radiodifusión, acción interpuesta por la sociedad Publicitaria y Difusora del Norte Limitada.
En fallo unánime (causa rol 19.037-2022), la Decimotercera Sala del tribunal de alzada –integrada por las ministras Carolina Vásquez, Andrea Soler y la fiscal judicial Carla Troncoso– confirmó la sentencia que rechazó, con costas, las excepciones opuestas por la ejecutada, Dabar Comunicaciones Limitada, y le ordenó hacer entero y cumplido pago de la acreencia, con los intereses moratorios pactados.
“Atendido el mérito de los antecedentes y de conformidad con lo dispuesto en los artículos 186 y siguientes del Código de Procedimiento Civil se confirma, en lo apelado, la sentencia dictada el veintiocho de noviembre de dos mil veintidós, por el 22° Juzgado Civil de Santiago”, consigna el fallo.
La sentencia ratificada concluyó: “Que, conviene dejar anotado en forma previa al análisis de las excepciones de los artículos 464 N°9 y 11 del Código Procedimental, que conforme a la regla del artículo 1698 del Código Civil, ‘incumbe probar las obligaciones o su extinción al que alega aquellas o esta’. En tal sentido, era resorte de la ejecutada acreditar, por una parte el pago al menos parcial de la deuda de autos, y por otro la concesión de esperas o prórrogas. Ninguna de tales situaciones aconteció en estrados, lo cual deviene en razón bastante para desechar íntegramente ambas excepciones por falta de prueba”.