El Tercer Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Santiago condenó a Sebastián Ignacio Sánchez Ríos y Joaquín Antonio Cáceres Huerta a 5 años y un día de presidio efectivo, en calidad de autores del delito frustrado de robo con violencia. Ilícito cometido en agosto del año pasado, en la comuna de Vitacura.
En fallo unánime (causa rol 50-2025), el tribunal –integrado por las magistradas Rossana Costa Barraza (presidenta), Mariela Jorquera Torres y María Paz López Benavides (redactora)– aplicó, además, a Sánchez Ríos y Cáceres Huerta las accesorias legales de inhabilitación absoluta perpetua para cargos y oficios públicos y derechos políticos y la inhabilitación absoluta para profesiones titulares mientras duren las condenas.
Una vez que el fallo quede ejecutoriado, el tribunal dispuso que se proceda a la toma de muestras biológicas a los sentenciados para determinar sus respectivas huellas genéticas e inclusión en el registro nacional de ADN de condenados.
El tribunal adquirió la convicción, más allá de toda duda razonable, que alrededor de las 00:15 horas del 18 de agosto de 2024, “(…) Sebastián Ignacio Sánchez Ríos y Joaquín Antonio Cáceres Huerta, movilizados en el vehículo patente GBVZ-76 marca Hyundai, modelo Tucson, color plata, junto a otros dos sujetos aún no identificados, en la intersección de avenida Bicentenario con calle Espoz, comuna de Vitacura, el imputado Joaquín Cáceres Huerta en compañía de otros de los sujetos no identificados, descienden del automóvil y se acercan a la víctima Vicente Ovalle Noguera, que transitaba por el lugar junto a Florencia Tiravanti Pérez exigiéndole la entrega de su teléfono celular, exhibiéndole un cuchillo y diciéndole ‘pásame el celular’, corriendo la víctima intentando huir siendo alcanzado por los imputados quienes le propinan un corte con el arma blanca a la altura del hombro sin lograr quitarle el teléfono celular, logrando esta finalmente huir del lugar devolviéndose los imputados al vehículo en que movilizaban, donde los esperaba el acusado Sebastián Sánchez Ríos junto a otros sujetos no identificados, iniciándose un seguimiento por parte de funcionarios de seguridad municipal de Vitacura por distintas calles y comunas, colisionando a los vehículos de seguridad municipal como también a otro vehículo particular y a una motocicleta lesionando a sus ocupantes, llegando hasta avenida Linares con avenida Villarrica en la comuna de La Granja, donde fueron detenidos por Carabineros, encontrándose al interior del automóvil el acusado Sebastián Sánchez Ríos y el acusado Joaquín Cáceres Huerta en las inmediaciones”.
A consecuencia de la agresión, la víctima resultó con una herida cortante superficial de 7 centímetros en la cara posterior del hombro derecho de carácter leve.
En la determinación de la pena y forma de cumplimiento a imponer a Sánchez Ríos y Cáceres Huerta, el tribunal tuvo presente: “Que, a ambos sentenciados, tal como fue reconocido por este tribunal, les favorecen dos atenuantes y no los perjudica ninguna agravante, por lo que de conformidad con lo dispuesto por el artículo 449 regla 1ª (subsistente) del Código Penal, el tribunal les impondrá la pena en su mínimo, esto es, cinco años y un día de presidio mayor en su grado mínimo”.
“Que tal como se expuso en la audiencia de determinación de penas los acusados no reúnen las condiciones que establece la Ley N°18.216, por lo que deberá hacer cumplimiento efectivo”, ordena.