El Cuarto Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Santiago condenó a Luis Adonis Andana Hernández a la pena de 3 años y un día de presidio, accesorias legales de inhabilitación absoluta perpetua para derechos políticos y la inhabilitación absoluta para cargos u oficios públicos durante el tiempo de la condena; más el pago de una multa de 5 UTM, en calidad de autor del delito consumado de receptación de vehículo motorizado. Ilícito cometido en julio de 2022, en la comuna.
En fallo unánime (causa rol 513-2024), el tribunal –integrado por los magistrados Cecilia Toncio Donoso (presidenta), Cristián Fuentealba Zamora y María Alejandra Cuadra Galarce– condenó, además, a Andana Hernández a 61 días de reclusión efectiva y accesorias de suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena, como autor del delito frustrado de robo de especies con fuerza en bienes nacionales de uso público.
El tribunal dio por establecido, más allá de toda duda razonable, que aproximadamente a las 13:20 horas del 13 de julio de 2022, “(…) LUIS ADONIS ANDANA HERNÁNDEZ y otro sujeto [***condenado en procedimiento abreviado], movilizándose en un vehículo marca Chevrolet, modelo Optra, concurrieron hasta la altura del número 688 de calle Cóndor, comuna de Santiago, lugar donde se encontraba estacionado el vehículo marca MG, modelo 3, placa patente HKLD-65, de propiedad de Edson Huillcahuayo García. Tras estacionar delante del vehículo de la víctima, descendió del vehículo en que se movilizaban, el imputado ANDANA HERNÁNDEZ, quien premunido de un destornillador forzó y descerrajó la puerta del conductor del vehículo de la víctima, logrando ingresar a este, intentando sustraer desde su interior un dispositivo receptor Bluetooth. El vehículo Chevrolet en que se movilizaban los imputados, y que era conducido por el coimputado, corresponde al vehículo placa patente BTGX-30, siendo su propietaria Aileen Santa María Rivero, el cual mantenía encargo vigente por el delito de robo, según da cuenta el correspondiente parte denuncia de fecha 12 de julio de 2022, de la Subcomisaría de Carabineros Villa Moderna, conociendo los imputados o no pudiendo menos que conocer su origen ilícito, toda vez que este mantenía adosada una única placa patente, en su parte trasera, correspondiente a la CSHX90, la cual corresponde a un vehículo de la misma marca y modelo, de propiedad de Farid Elfar Ricardi”.
“Los hechos reseñados en el considerando séptimo constituyeron el delito de robo con fuerza de especies situadas en bienes nacionales de uso público, previsto y sancionado en el artículo 443 inciso primero en relación con el artículo 432 ambos del Código Penal, cometido en grado de frustrado, y el delito de receptación de vehículo motorizado, previsto y sancionado en el artículo 436 bis A del Código Penal en grado de consumado, ambos cometidos en la comuna de Santiago, el 13 de julio de 2022”, consigna el fallo.
En la determinación de la cuantía de las sanciones y forma de cumplimiento a imponer a Andana Hernández, el tribunal tuvo presente: “Que el delito de robo en bienes nacionales de uso público se encuentra sancionado con presidio menor en sus grados medio a máximo. Que, el delito se encuentra en grado frustrado y le correspondió participación de autor, por lo que al bajar la pena en un grado de acuerdo con el artículo 51 del Código Penal, se establecerá el quantum de la misma en sesenta y un días de presidio menor en su grado mínimo”.
“Con relación al delito de receptación de vehículos, se encuentra sancionado con la pena de presidio menor en su grado máximo. El delito se encuentra en grado de consumado y no concurren modificatorias de responsabilidad penal que considerar, de manera que se establecerá la sanción en tres años y un día de presidio menor en su grado máximo”, añade.
“Que, al acusado se le ha impuesto una pena total de tres años y sesenta y dos días, la que se considerará a efectos del artículo 1 de la ley 18.216 como aquella sobre la cual debe analizarse la concesión de alguna pena sustitutiva. Al efecto, y contando el sentenciado con condenas previas en su Extracto de Filiación y Antecedentes, por los delitos de robo en lugar no habitado y manejo en estado de ebriedad, ambas de 2021, no cumple los requisitos para optar a ninguna de las sanciones sustitutivas que establece la ley 18.216, por lo que deberá cumplirla de manera efectiva”, ordena.