El Sexto Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Santiago condenó, en costas, a Valentino Paolo Núñez Muñoz a la pena de 3 años y un día de presidio efectivo, en calidad de autor del delito de receptación de vehículo motorizado. Ilícito cometido enero de 2022, en la comuna de La Granja.
En fallo unánime (causa rol 127-2023), el tribunal –integrado por los jueces Renato Pinilla Garrido (presidente), Virginia Rivera Álvarez y Hugo Espinoza Castillo (redactor)– aplicó, además, a Núñez Muñoz las accesorias de inhabilitación absoluta perpetua para derechos políticos y la inhabilitación absoluta para cargos y oficios públicos durante el tiempo de la condena; más el pago de una multa de $17.951.771, equivalente a la tasación fiscal del vehículo a la fecha de comisión del delito.
El tribunal dio por establecido, más allá de toda duda razonable, que aproximadamente a las 22:45 horas del 17 de enero de 2022, “(…) en avenida Sofía Eastman de Hunneus con Pasaje Uno, en la comuna de La Granja, personal de Carabineros sorprendió a VALENTINO PAOLO NÚÑEZ MUÑOZ, conduciendo un vehículo tipo automóvil STATION WAGON, marca MERCEDES BENZ, modelo GLC 220 DC, color azul; placa patente única JPJF-79, año de fabricación 2017; conociendo o no pudiendo menos que conocer su origen ilícito, toda vez que este mantenía encargo por robo N°SEBV_202201_4089, denunciado por la victima de iniciales C.M.S.L.R. en la 37º Comisaría de Vitacura”.
“Que, atendida la naturaleza y extensión de la pena corporal que se le impondrá al acusado y no habiendo acreditado ni comprobado en forma alguna que reúne los requisitos contemplados en la Ley 18.216, modificada por la Ley 20.603, para ser merecedor a la imposición de alguna pena sustitutiva, deberá cumplir efectivamente la pena corporal que se indicará en la parte resolutiva del fallo, desestimando de esta forma la petición de la Defensa en cuanto a conceder a su representado la reclusión parcial domiciliaria, considerando asimismo que no se acompañó antecedente personal o pericial alguno que permita estimar que la concesión de una pena sustitutiva como la solicitada, lo disuadirá de cometer nuevos ilícitos, más aún cuando se ha dado cuenta por el ente persecutor, que no obstante no registrar antecedentes con antelación a la comisión de estos hechos, con posterioridad fue condenado por el Tercer Tribunal Oral en lo Penal de Santiago, por tres delitos, un robo con intimidación, una conducción de vehículo con placa patente oculta y un delito de lesiones graves, condenado a tres años y un día y a dos penas de 61 días respectivamente, con fecha 12 de junio de 2023, lo que evidentemente no lo ha persuadido de cometer delitos como el que nos convocó al presente juicio oral, por lo que resulta al entender y razonar de estos juzgadores que no se da cumplimiento con los requisitos de la ley 18.216, modificada por la Ley 20.603, desestimando de esta forma el informe de factibilidad técnica folio 251671, emitido por Track Group Chile SpA., acompañado por la Defensa, atendido a lo anteriormente referido”, detalla la resolución.