El Segundo Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Santiago condenó a Heyler Gamboa Alegría a la pena de presidio perpetuo simple, más las accesorias legales de inhabilitación absoluta perpetua para cargos y oficios públicos y derechos políticos por el tiempo de vida del penado y la sujeción a la vigilancia de la autoridad por el máximo legal, en calidad de autor del delito consumado de femicidio. Ilícito perpetrado en diciembre de 2021, en la comuna de Renca.
En fallo unánime (causa rol 159-2024), el tribunal –integrado por las magistradas Marianne Barrios Socías (presidenta), Valeria Alliende Leiva y Paulina Lara Valdivia (redactora)– condenó, además, a Gamboa Alegría a 20 años de reclusión efectiva, accesorias de inhabilitación absoluta perpetua para cargos y oficios públicos y derechos políticos y la inhabilitación absoluta para profesiones titulares durante el tiempo de la condena, como autor de dos delitos consumados de homicidio calificado.
“Que teniendo el condenado la calidad de ciudadano extranjero, dese cumplimiento al artículo 145 de la Ley 21.325, debiendo comunicarse esta sentencia al Servicio Nacional de Migración, dentro del plazo de cinco días a contar de la fecha en que esta sentencia quede ejecutoriada”, consigna la resolución.
Una vez que el fallo quede ejecutoriado, el tribunal dispuso que se proceda a la toma de muestras biológicas del sentenciado para determinar su huella genética e inclusión en el registro nacional de ADN de condenados.
El tribunal dio por establecido, más allá de toda duda razonable, que aproximadamente a las 01:30 horas del 25 de diciembre de 2021, “(…) HEYLER GAMBOA ALEGRIA se trasladó conduciendo el vehículo P.P.U. LZHD-55 hasta la intersección de las calles Eduardo Barrios con Mariano Latorre de la comuna de Renca, lugar cercano al domicilio ubicado en calle Gabriela Mistral N°1238 de la comuna de Renca, en ese lugar permaneció estacionado con las luces apagadas. A las 02:07 horas aproximadamente se bajó del vehículo y caminó hasta la intersección de Gabriela Mistral con Mariano Latorre de la comuna de Renca, lugar donde permaneció un momento, devolviéndose hasta donde se encontraba estacionado el vehículo, ingresando a este y manteniéndose en el lugar hasta las 03:30 horas aproximadamente, hora en que descendió nuevamente del vehículo, trasladándose a pie hasta el domicilio de su exconviviente y madre de su hija en común, la víctima ELISOIDA, ubicado en calle Gabriela Mistral N°1238 de la comuna de Renca, quien se encontraba en el lugar junto a sus dos hijos, los menores de edad de iniciales (…) y otras dos personas de nombre FRANCISCO y YAN, celebrando la Navidad".
"En el lugar –prosigue–, el imputado HEYLER GAMBOA ALEGRÍA, de manera premeditada, y utilizando un arma cortopunzante y con la intención de provocarle la muerte, agredió a la víctima FRANCISCO con un elemento cortopunzante, ocasionándole con ensañamiento 37 heridas cortopunzantes, en los siguientes lugares de su cuerpo: en la cara en la región frontal, superciliar derecha, comisura externa ojo derecho, mejilla derecha preauricular derecha, en la región cervical anterior en la cara lateral derecha, cara lateral izquierda y supraclavicular izquierda, en la región cervical posterior una lesión central, en el cuero cabelludo una lesión parietal posterior derecha, en la región torácica anterior, en la cara antero lateral hemitórax derecho, 7 heridas penetrantes a cavidad torácica y abdomen y una en región pectoral izquierda, en la región torácica posterior en el hemitórax posterior izquierdo, 4 heridas penetrantes a cavidad torácica, en flanco derecho 7 heridas penetrantes y una herida en flanco izquierdo, una herida en región lumbar derecha y en la región de cresta iliaca dos heridas en la derecha e izquierda. Inmediatamente, y al interior del mismo domicilio, el imputado HEYLER GAMBOA ALEGRÍA, de manera premeditada, y utilizando un arma cortopunzante, y con la intención de provocarle la muerte agredió a la víctima ELISOIDA, su exconviviente, quien intentó defenderse de la agresión del imputado, ocasionándole el imputado, con ensañamiento 19 heridas cortantes y cortopunzantes consistente en 3 heridas en cuero cabelludo región parietal izquierda y derecha, 3 heridas mentonianas, herida penetrante mentocervical izquierda, herida penetrante hombro izquierdo, herida penetrante torácica izquierda, herida penetrante región mamaria lateral izquierda, herida penetrante torácica lateral izquierda, herida penetrante abdominal derecha, 3 heridas brazo izquierdo, herida hombro derecho, herida brazo derecho, herida dedo anular derecho y herida penetrante torácica posterior izquierda".
"Finalmente, el imputado HEYLER GAMBOA ALEGRÍA, en el mismo domicilio de manera premeditada, y utilizando un arma cortopunzante y con la intención de provocarle la muerte, agredió a la víctima de 16 años de edad YAN, ocasionándole con ensañamiento 18 heridas cortopunzantes, 4 de ellas cortopunzantes penetrantes cervicales y toraco abdominales y 14 heridas cortopunzantes que afectan cabeza, tronco y extremidad superior derecha. A consecuencia de lo anterior fallecieron las 3 víctimas en el lugar, huyendo el imputado con los 2 menores de edad hijos de la víctima. La causa de muerte de la víctima FRANCISCO de acuerdo a la autopsia es: Heridas penetrantes cervicales y torácicas, lesiones del tipo homicida. La causa de muerte de la víctima ELISOIDA de acuerdo a la autopsia es heridas cortopunzantes penetrantes cérvico torácicas, lesiones vitales, necesariamente mortales del tipo homicida. La causa de muerte de la víctima YAN de acuerdo a la autopsia del SML es heridas cortopunzantes penetrantes cervicales y toraco abdominales (4), lesiones recientes, vitales y necesariamente mortales del tipo homicida”, añade.