El Tercer Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Santiago condenó a Esteban Alexander Messina Flores a la pena única de 15 años y un día de presidio efectivo, más las accesorias legales de inhabilitación absoluta perpetua para cargos y oficios públicos y derechos políticos y la inhabilitación absoluta para profesiones titulares mientras dure la condena, en calidad de autor de 13 delitos consumados de robo con intimidación. Ilícitos cometidos entre mayo y agosto de 2022, en las comunas de Las Condes, Providencia y Ñuñoa.
En fallo unánime (causa rol 223-2024), el tribunal –integrado por los magistrados Patricia Cabrera Godoy (presidenta), Katrina Chahín Ananía y Carlos Escobar Salazar (redactor)– condenó, además a Messina Flores a 3 años y un día de presidio efectivo, más las accesorias de inhabilitación absoluta perpetua para derechos políticos y la inhabilitación absoluta para cargos y oficios públicos durante el tiempo de la condena, como autor del delito consumado de abuso sexual de mayor de 14 años, perpetrado el 1 de agosto de 2022.
Asimismo, Messina Flores deberá purgar 61 días de reclusión y la accesoria de suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena, como autor del delito consumado de amenazas simples, cometido el 6 de agosto de 2022.
Finalmente, Messina Flores deberá pagar una multa de una UTM, como autor del delito consumado de porte ilegal de arma blanca, perpetrado el 6 de agosto de 2022.
En la causa, el tribunal decretó la absolución por falta de pruebas, de Messina Flores de la acusación formulada en su contra por la fiscalía, que le atribuía responsabilidad, como autor, de un decimocuarto delito de robo con intimidación, supuestamente sido perpetrado en un local comercial, el 6 de agosto de 2022.
Una vez que el fallo quede ejecutoriado, el tribunal dispuso que se proceda a la toma de muestras biológicas del sentenciado para determinar su huella genética e incorporación en el registro nacional de ADN de condenados. Asimismo, se decretó el comiso de las especies incautadas en el procedimiento policial.
Modus operandi
El tribunal dio por establecida, más allá de la duda razonable, que aproximadamente a las 15:40 horas del 14 de mayo de 2022, “(…) Messina Flores ingresó al interior del local comercial ‘Varsovienne’, ubicado en avenida Apoquindo N°3315, comuna de Las Condes, lugar donde intimidó a la víctima y vendedora del local DAMARIS DANIELA CASTILLO LÓPEZ, con un elemento de apariencia de arma de fuego exigiendo la entrega el dinero en efectivo, logrando sustraer $120.000 (ciento veinte mil pesos) en dinero efectivo, y algunas cajas de bombones. El avalúo total corresponde a la suma de $365.100 (trescientos sesenta y cinco mil cien pesos), para luego huir del lugar”.
En tanto, el 4 de junio de 2022 aproximadamente a las 14:00 horas, “(…) Messina ingresó al interior del local comercial ‘Felinus’, ubicado en avenida Manquehue Sur Nro. 897, comuna de Las Condes, lugar donde intimidó a las víctimas y vendedoras del local comercial FERNANDA BELÉN NOUVEAU STRANGE y a otra dependiente, con un elemento de apariencia de arma de fuego exigiendo la entrega de dinero, logrando sustraer $70.000 (setenta mil pesos) en dinero efectivo, para luego huir del lugar”.
Modus operandi que reiteró el 13 de junio de 2022, aproximadamente a las 15:50 horas, ocasión en la cual “(…) Esteban Messina ingresó al interior del local comercial ‘SPACIO 1’, ubicado en avenida Tobalaba Nro. 1385, comuna de Providencia, lugar donde intimidó a la víctima y vendedora del local comercial JOSSELYN ROJAS LANZ, con un elemento de apariencia de arma de fuego exigiendo la entrega de dinero, logrando sustraer $19.000 (diecinueve mil pesos) en dinero efectivo, para luego huir del lugar”.
Una hora y media después aproximadamente, el condenado “(…) ingresó al interior del local comercial ‘Pet Point’, ubicada en avenida Apoquindo Nro. 4106, comuna de Las Condes, lugar donde intimidó a la víctima y vendedora del local comercial EDDEHANGELIS YADEHAMNIS ESPINETI CUBA, con un elemento de apariencia de arma de fuego exigiendo la entrega de dinero, logrando sustraer $10.000 (diez mil pesos) en dinero efectivo, para luego huir del lugar”.
El 20 de junio de 2022 alrededor de las 15:40 horas, “(…) Esteban Messina ingresó al interior del local comercial ‘Somnus’, ubicado en avenida Manquehue Sur Nro. 386, comuna de Las Condes, lugar donde intimidó a la víctima y vendedora del local comercial CLAUDIA ANDREA DÍAZ CONTRERAS, con un elemento de apariencia de arma de fuego exigiendo la entrega de dinero, logrando sustraer $60.000 (sesenta mil pesos) en dinero efectivo, para luego huir del lugar”.
El sexto hecho acreditado se registró el día 20 de junio de 2022, aproximadamente a las 16:45 horas, ocasión en la que: (…) Esteban Messina ingresó al interior del local comercial ‘OXXO’, ubicado en Avenida Irarrázaval Nro. 4387, comuna de Ñuñoa, lugar donde intimidó a las víctimas y vendedoras del local comercial HELYS DEL CARMEN VILLALOBOS CASTILLO y ARIATNA DEL CARMEN CEPEDA PÉEZ, con un elemento de apariencia de arma de fuego exigiendo la entrega de la caja registradora, logrando sustraer $60.000 (sesenta mil pesos) en dinero efectivo además de una botella de agua, para luego huir del lugar”.
Cinco días después, el 25 de junio de 2022, cerca de las 17:10 horas, Messina Flores volvió a ingresar al “(…) local comercial ‘Felinus’, ubicado en avenida Manquehue Sur Nro. 897, comuna de Las Condes, lugar donde intimidó a las víctimas y vendedores del local comercial FERNANDA BELÉN NOUVEAU STRANGE y RODRIGO GIOVANI ANTONIO CANCINO MONTECINOS, con un elemento de apariencia de arma de fuego exigiendo la entrega de dinero, logrando sustraer $50.000 (cincuenta mil pesos) en dinero efectivo, para luego huir del lugar”.
Asimismo, el 1 de julio de 2022 aproximadamente a las 17 horas, el sentenciado Messina Flores volvió a actuar en el local “(…) ‘Varsovienne’, ubicado en avenida Apoquindo Nro. 3315, comuna de Las Condes, lugar donde intimidó a la víctima y vendedora del local comercial KAROLINA ANDREA ORELLANA AGUILERA, con un elemento de apariencia de arma de fuego exigiendo la entrega de dinero, logrando sustraer $80.000 (ochenta mil pesos) en dinero efectivo, para luego huir del lugar”.
El 4 de julio de 2022 aproximadamente a las 08:51, “(…) Esteban Messina ingresó al interior del local comercial ‘Club de Perros y Gatos’, ubicado en avenida Ossa Nro. 1400, comuna de Ñuñoa, lugar donde intimidó a la víctima y vendedora del local comercial MARÍA FERNANDA BRICEÑO CABAS, con un elemento de apariencia de arma de fuego exigiendo la entrega de dinero, logrando sustraer $651.330 (seiscientos cincuenta y un mil trescientos treinta pesos) en dinero efectivo, para luego huir del lugar”.
El décimo hecho que el tribunal tuvo por establecido, tuvo lugar el 16 de julio de 2022 aproximadamente a las 20:05 horas, ocasión en la cual “(…) Esteban Messina ingresó al local ‘Kios Club’, ubicada en avenida Manquehue Sur Nro. 665, comuna de Las Condes, lugar donde intimidó a la víctima y vendedora del local comercial SHINZIA LOREDANA TONEGUZZO ESCORCHA, con un elemento de apariencia de arma de fuego exigiendo la entrega de dinero, logrando sustraer $32.000 (treinta y dos mil pesos) en dinero efectivo, para luego huir del lugar”.
El siguiente robo lo perpetró el 30 de julio de 2022, aproximadamente a las 13:57 horas, jornada en la cual Messina Flores volvió a ingresar “(…) al local comercial ‘Varsovienne’, ubicado en avenida Apoquindo Nro. 3315, comuna de Las Condes, lugar donde intimidó a las víctimas y vendedoras del local comercial BETSABÉ ADRIANA MOYA LEIVA y CONSTANZA ANDREA SALAZAR MEZA, con un elemento de apariencia de arma de fuego, exigiendo la entrega de dinero, logrando sustraer $300.000 (trescientos mil pesos) en dinero efectivo, para luego huir del lugar”.
El hecho signado por la fiscalía con el número 12, lo perpetró el condenado Messina Flores el 1 de agosto de 2022, aproximadamente a las 08:55 horas, cuando ingresó por segunda ocasión “(…) al local comercial ‘Club de Perros y Gatos’, ubicado en avenida Ossa Nro. 1400, comuna de Ñuñoa, lugar donde intimidó a la víctima y vendedora del local comercial MARÍA FERNANDA BRICEÑO CABAS, con un elemento de apariencia de arma cortopunzante, exigiendo la entrega de dinero, logrando sustraer $100.000 (cien mil pesos) en dinero efectivo y posteriormente realiza actos de significación y relevancia sexual consistentes en tocar los senos de la víctima por encima de su ropa, para luego huir del lugar”.
El ultimo atracó indagado lo cometió Messina Flores el 6 de agosto de 2022, aproximadamente a las 15:10 horas, al hacer ingreso “(…) al interior del local comercial ‘Varsovienne’, ubicado en avenida Providencia Nro. 2528, comuna de Providencia, lugar donde intimidó a la víctima y vendedora del local comercial JAVIERA VALENTINA PAREDES BERRÍOS, con un elemento de apariencia de arma de fuego, exigiendo la entrega de dinero, logrando sustraer $60.000 (sesenta mil pesos) en dinero efectivo, para luego huir del lugar”.
El robo por lo cual resultó absuelto, tuvo lugar el 6 de agosto de 2022, jornada en que alrededor de a las 16 horas, “(…) Esteban Messina Flores se aproximó a la mampara de cristal del local comercial ‘Felinus’ ubicado en Av. Manquehue Sur N° 897, Las Condes, que se encontraba cerrado, golpeando para que abrieran, negándose los empleados, por lo que se marchó del lugar”.
Finalmente, cerca de las 16:15 horas del 6 de agosto de 2022 “(…) Jorge Antonio Quintanilla Ruz conducía su taxi P.P.U. HGDR-23 por calle Cristóbal Colón en la comuna de Las Condes, fue detenido por ESTEBAN ALEXANDER MESSINA FLORES, subiéndose en el asiento del copiloto, momentos después Messina saca un arma de fogueo, pero con apariencia de arma de fuego, le dice: ‘avanza si no te pego un balazo’, momento en que divisa un vehículo municipal solicitando ayuda, procediendo a la detención del sujeto, hallando al interior del vehículo el arma a fogueo marca BBM no apta para disparar”.
Al registro de las vestimentas del detenido, se le encontró un cuchillo de seis centímetros de hoja y 7 de empuñadura, sin justificar el porte de dicha arma blanca.
“Para efectos de determinar la pena de los delitos de robo con intimidación se ha considerado la pena legal prevista en el artículo 436 del Código Penal que establece la pena de presidio mayor en su grado mínimo a máximo. En seguida se tiene presente que le afecta al sentenciado la agravante de reincidencia prevista en el artículo 12 n°16 del Código Penal, de tal manera que procede aplicar la norma del artículo 449 numeral segundo de este mismo cuerpo legal, vigente a la fecha de comisión de los delitos, que ordena excluir el mínimo, quedando entonces en presidio mayor en su grado medio. Igual efecto prevé, como regla general, el artículo 68 ter, que actualmente rige la materia”, consigna el fallo.
La resolución agrega que: “Así las cosas, resulta evidente que resulta más beneficioso para el condenado emplear la norma de la reiteración de delitos prevista en el artículo 351 del Código Procesal Penal, que la mera acumulación material de delitos que ordena el artículo 74 del Código Penal, en consecuencia se aumentará en grado por la reiteración, estimando el tribunal proporcionado a las circunstancias de comisión, subir la pena en un grado, quedando entonces en presidio mayor en su grado máximo, fijándola en el mínimo del grado, por considerarla proporcionada al injusto concreto, desde que no hubo un acometimiento físico, más allá de un forcejeo menor con una de las víctimas, y si bien los hechos importaron una amenaza estos no fueron especialmente ofensivos, sino que se limitaron al propósito buscado, de tal manera que se estima que es suficientemente gravosa la pena de quince años y un día”.
“En cuanto al delito de abuso sexual, tiene asignada la pena de presidio menor en su grado máximo y no concurriendo circunstancias modificatorias se podrá recorrer en toda su extensión, optando por su mínimo, puesto que se estima más condigna a la ofensa”, añade la sentencia.
“Respecto del delito de amenazas –prosigue– previsto en el artículo 296 n°3 prevé la pena de presidio menor en su grado mínimo, sin concurrir circunstancias modificatorias de responsabilidad, prefiriendo el tribunal imponerla en su límite inferior, habida cuenta de las características concretas del ilícito”.
“Finalmente, respecto del delito de porte de arma blanca el artículo 288 bis del Código Penal establece la pena de presidio menor en su grado mínimo o multa de 1 a 4 UTM, optando por esta última, habida consideración de la ausencia de modificatorias y más proporcional al injusto concreto”, concluye.