Corte de Santiago ordena indemnizar a víctima detenida junto a su madre con solo un año y 10 meses de edad

21-octubre-2024
En fallo unánime, la Séptima Sala del tribunal de alzada confirmó la sentencia que condenó al fisco a pagar una indemnización de $80.000.000 por concepto de daño moral, a Natacha Valentina Adriana Monroy Rodríguez, quien con solo un año y 10 meses de vida permaneció con arresto domiciliario desde el 6 de octubre y hasta diciembre de 1973 y luego ingresada junto a su madre a la cárcel de mujeres de La Serena, recinto en el que permaneció privada de libertad un año y tres meses más.

La Corte de Apelaciones de Santiago confirmó la sentencia que condenó al fisco a pagar una indemnización de $80.000.000 por concepto de daño moral, a Natacha Valentina Adriana Monroy Rodríguez, quien con solo un año y 10 meses de vida permaneció con arresto domiciliario desde el 6 de octubre y hasta diciembre de 1973 y luego ingresada junto a su madre a la cárcel de mujeres de La Serena, recinto en el que permaneció privada de libertad un año y tres meses más.

En fallo unánime (causa rol 1.464-2021), la Séptima Sala del tribunal de alzada –integrada por el ministro Tomás Gray, la ministra Érika Villegas y el abogado (i) Luis Hernández–ratificó íntegramente la sentencia impugnada, dictada por el 25° Juzgado Civil de Santiago, que acogió la demanda.

“El Estatuto de Responsabilidad Civil por el cual el Estado de Chile debe responder, en la presente causa, es el de Responsabilidad Extracontractual por la Actuación de Agentes del Estado de Chile que vulneran derechos humanos en perjuicio de víctimas determinadas, perpetrando crímenes de lesa humanidad, infringiendo con ello diversas normas establecidas en Tratados Internacionales de Derechos Humanos, suscritos por nuestro país, como en la Constitución Política de la República, particularmente los artículos 5° inciso 2° y 38 inciso 2° de la Carta Fundamental”, sostiene el fallo.

La resolución agrega: “Por ende, tratándose de responsabilidad extracontractual solo compete revisar si se reúnen en la especie los requisitos básicos de ese régimen, esto es, la existencia de una acción de agentes del Estado dolosos o culpables, el daño causado y la relación de causalidad entre ambos supuestos”.

“Habida cuenta que la sentencia corrobora la presencia de esos requisitos, con el mérito de la prueba rendida, consistente en el certificado de salud del PRAIS y nómina de la Comisión Valech 1, en la que figura la actora Natacha Monroy Rodríguez, con el N° 58, reconocida como una de las víctimas de torturas durante el período de la dictadura militar, esta Corte considera que el monto de la indemnización otorgado es proporcional con el daño sufrido por la demandante, razón por lo que debe confirmarse en ese extremo la sentencia, como también en cuanto al rechazo de las excepciones de reparación integral y de prescripción, opuestas por la demandada”, añade.

“Sin perjuicio de lo anterior, considera este Tribunal de Alzada que no corresponde que al monto regulado por este concepto se le descuente lo que deriva de los actos de mitigación efectuados por el Estado, desde que el daño moral es compatible con esa reparación, tal como lo concluye la sentencia en el motivo noveno, párrafo final, por lo que sería contradictorio nuevamente acoger esa tesis para descontar del monto del daño moral esos conceptos”, releva.

“Empero –ahonda–, al no haber apelado la demandante de esa decisión, pues se desistió de su recurso al inicio de su alegato, no puede esta Corte revertir esa motivación, plasmada en el considerando vigésimo primero y en el párrafo 5° del considerando decimoctavo”.

“Por las consideraciones anteriores, más lo previsto en los artículos 5° inciso 2° inciso 2° y 38 inciso 2° de la Constitución Política de la República; artículos 1.698, 2.314 y 2.320 del Código Civil y artículos 170, 186, 223 y 227 del Código de Procedimiento Civil, se confirma la sentencia apelada de veintinueve de noviembre del año dos mil veintitrés, dictada por el 25° Juzgado Civil de Santiago, en la causa Rol N° C-5625-2023, caratulada ‘Monroy con Fisco de Chile’”, concluye.

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