La Corte de Apelaciones de Santiago fijó en $40.000.000 el monto de la indemnización que el fisco deberá pagar por concepto de daño moral, a Augusto del Carmen Ponce Bustamante, quien fue detenido y torturado en 1973; y en la suma total de $17.000.000 a sus hermanos y sobrino, por repercusión.
En fallo unánime (causa rol 14.007-2023), la Octava Sala del tribunal de alzada –integrada por el ministro Hernán Crisosto, la ministra Paola Díaz y el abogado (i) Rodrigo Asenjo– confirmó la sentencia impugnada, dictada por el 19° Juzgado Civil de Santiago, con declaración que se reducen los montos indemnizatorios en proporción al daño acreditado por cada demandante.
“Que sin embargo, en cuanto al quantum de la indemnización por daño moral, la sentencia recurrida omite indicar la forma en que lo pondera, llegando a montos que resultan exceder la cuantía usualmente fijada ya sea para víctimas directas de torturas y detenciones ilegales en el contexto de graves violaciones a los derechos humanos respecto de delitos calificados de lesa humanidad, como para las víctimas por repercusión en los mismos”, sostiene el fallo.
La resolución agrega que: “En efecto para el caso de la víctima directa Augusto del Carmen Ponce Bustamante, se ha cuantificado el daño moral sufrido en la suma de $200.000.000 y para sus hermanos y sobrino la suma de $100.000.000 a cada uno lo que excede todo barreno prudencialmente surgido de la jurisprudencia en esta materia, sin que para este caso se hayan acreditado mediante prueba directa situaciones de extrema afectación, angustia y la aflicción espiritual, infringidos por el evento dañoso que lleven a tales cuantías”.
“Que, de esta forma y si bien no resulta posible medir con exactitud la intensidad con que esas violaciones han afectado a los demandantes por la naturaleza del perjuicio producido, no es menos cierto que existe un estándar de justicia retributiva y restaurativa que debe responder a una proporcionalidad respecto de lo que se viene fijando por los tribunales en esta materia”, añade.
“Por esta razón se confirmará la sentencia con declaración que se rebaja prudencialmente el monto de las indemnizaciones por daño moral, la que en este caso se fijará en la suma de $40.000.000 para la victima directa Augusto del Carmen Ponce Bustamante, $5.000.000 para cada uno de sus hermanos Sara del Carmen Ponce Bustamante, Eugenio del Carmen Ponce Bustamante y doña María Rosa Ponce Bustamante y la suma de $2.000.000 José Luis Pérez Ponce”, ordena.