Corte Suprema acoge recurso de amparo y concede libertad vigilada intensiva a condenados por tráfico de drogas

12-agosto-2024
Segunda Sala del máximo tribunal acogió el recurso de amparo y otorgó la pena sustitutiva de libertad vigilada intensiva a condenados por tráfico de drogas.

La Corte Suprema acogió el recurso de amparo y otorgó la pena sustitutiva de libertad vigilada intensiva a condenados por tráfico de drogas.

En fallo dividido (causa rol 29.135-2024), la Segunda Sala del máximo tribunal –integrada por los ministros Manuel Antonio Valderrama, Leopoldo Llanos, Jean Pierre Matus, la ministra María Cristina Gajardo y la abogada (i) Pía Tavolari– estableció error de derecho en la sentencia impugnada, dictada por la Corte de Apelaciones de San Miguel, al confirmar la que denegó la pena sustitutiva.

“Que, para los efectos de ponderar la procedencia de la pena sustitutiva de libertad vigilada intensiva, el tribunal debe ponderar los antecedentes sociales y características de personalidad de los condenados, su conducta anterior y posterior al hecho punible y la naturaleza, modalidades y móviles determinantes del delito permitieren concluir que una intervención individualizada de conformidad al artículo 16 de esta ley, parece eficaz en el caso específico, para su efectiva reinserción social, sin que dicha ponderación aparezca justificada por los sentenciadores de primer y segundo grado, lo cual evidencia la ilegalidad en la decisión de negar la aplicación una pena sustitutiva a los amparados, pese a haberse aportado por la defensa antecedentes al efecto”, sostiene el fallo.

Por tanto, se resuelve que: “se revoca la sentencia apelada de doce de julio de dos mil veinticuatro, dictada por la Corte de Apelaciones de San Miguel, en el Ingreso Corte N° 521-2024 y, en su lugar, se declara que se acoge el recurso de amparo deducido a favor de Felipe Maldonado Medina y Katherine Canales Mella y, en consecuencia, se decide que se revoca –en lo apelado– la sentencia de 30 de octubre de 2023, pronunciada por el Primer Juzgado de Garantía de Santiago en la causa RIT 3.733-2022, RUC 2.200.734.330-6, acumulada a la RIT 1.381-2020, RUC 2.000.264.789-4, en aquella parte que denegó la concesión de la pena sustitutiva de libertad vigilada intensiva a los amparados, y en su lugar se decide que se les otorga la referida pena sustitutiva, debiendo el señor juez a quo dictar las resoluciones que en derecho correspondan a fin de hacer cumplir lo ordenado, de forma inmediata”.

Decisión acordada con los votos en contra del ministro Matus y la ministra Gajardo.