Primer Juzgado de Letras de Talagante acoge demanda y ordena indemnizar a profesora de inglés

24-julio-2024
El primer Juzgado de Letras de Talagante acogió la denuncia de tutela de vulneración de derechos fundamentales con ocasión de despido discriminatorio y cobro de prestaciones, interpuesta por profesora que se desempeñó en la Corporación Educacional Acapremil El Monte.

El primer Juzgado de Letras de Talagante acogió la denuncia de tutela de vulneración de derechos fundamentales con ocasión de despido discriminatorio y cobro de prestaciones, interpuesta por profesora que se desempeñó en la Corporación Educacional Acapremil El Monte.

En el fallo (causa rol 19-2023), la magistrada Daniela Soto López condenó, con costas, a corporación demandada a pagar a la trabajadora una indemnización total de $11.324.180 por concepto de indemnización sustitutiva del aviso previo, indemnización por dos años de servicio, recargo legal e indemnización adicional; más la asistencia del representante legal de la condenada a un curso sobre los derechos fundamentales de los trabajadores y no discriminación.

“Que, conforme lo analizado en los considerando precedentes y lo dispuesto en el artículo 485 del Código del Trabajo que proscribe los actos discriminatorios a que se refiere el artículo 2° de este Código, en el área laboral, entre los cuales se encuentra la discriminación por temas de salud, no cabe más que acoger la acción de tutela laboral, sancionando a la denunciada al pago de la sanción especial del artículo 489 inciso 3° del Código del Trabajo en el monto prudencial que se dirá en lo resolutivo del fallo, más las indemnizaciones sustitutivas del aviso previo y por años de servicio, con el correspondiente recargo legal conforme lo solicitado expresamente en el petitorio de la denuncia de autos y omitir pronunciamiento respecto de la acción subsidiaria por resultar incompatibles y no haberse solicitado en conjunto con la sanción tutelar”, sostiene el fallo.

 

Por tanto, se resuelve que:

I.- Que se acoge la demanda principal de denuncia de tutela por vulneración de derechos fundamentales con ocasión del despido interpuesta por doña Daniela Francisca Román Cerezo, en contra de Corporación Educacional ACAPREMIL El Monte, representada legalmente por don Álvaro Espinoza Lastra y se declara que el despido sufrido por la actora con fecha 14 de noviembre de 2023 fue discriminatorio.

II.- Que, como medida reparativa, se ordena que el representante legal de la denunciada asista a un curso de capacitación sobre el respecto de los derechos fundamentales de los trabajadores y no discriminación, dentro del plazo de 10 días desde que la sentencia se encuentre ejecutoriada, bajo el apercibimiento señalado en el inciso primero del artículo 492 del Código del Trabajo.

III.- Que se condena a la demandada al pago a las siguientes sumas:

  1. a) $1.132.418como indemnización sustitutiva del aviso previo;
  2. b) $2.264.836como indemnización por dos años de servicio;
  3. c)$1.132.418como recargo legal del artículo 168 letra b) del Código del Trabajo;
  4. d) $6.794.508como Indemnización adicional contemplada en el inciso tercero del artículo 489 del Código del Trabajo, equivalente a 6 remuneraciones.

IV.- Que las sumas ordenadas pagar lo serán reajustadas y devengarán intereses conforme a lo dispuesto en los artículos 63 y 173 del Código del Trabajo.

V.- Que se omite pronunciamiento sobre la acción subsidiaria de despido injustificado, indebido e improcedente.

VI.- Que se condena en costas a la parte demandada, las que se regulan en la suma de $1.000.000”.

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