La Corte de Apelaciones de Santiago fijó en $100.000.000 el monto total de la indemnización que el fisco deberá pagar por concepto de daño moral, a Gabriela del Carmen Wenger Meza y su hijo en gestación, quien fue detenida el 16 de febrero de 1975 y sometida a torturas por agentes de la Dirección de Inteligencia Nacional (DINA) con nueve meses de embarazo y que dio a luz en cautiverio.
En fallo unánime (causa rol 1.344-2022), la Tercera Sala del tribunal de alzada –integrada por las ministras Maritza Villadangos, Jenny Book y la abogada (i) María Fernanda Vásquez– confirmó la sentencia impugnada, dictada por el Tercer Juzgado Civil de Santiago, con declaración que se eleva el monto indemnizatorio en proporción al daño acreditado.
“Que para efectuar una cuantificación monetaria de los daños sufridos por los actores, es del caso consignar como un antecedente válido los hechos establecidos en la sentencia en alzada, donde queda claro que la actora Carmen Wenger Meza fue calificada por la Comisión Valech como víctima de violación de derechos humanos, constando del mismo modo que su hijo José Miguel Cortez Wenger, aparece en anexo como menor de edad ‘nacido o detenido’ junto a sus padres. A lo cual debe agregarse que el demandado no controvierte los hechos narrados en el libelo, en cuanto a que la demandante fue detenida por agentes del Estado el 16 de febrero de 1975, llevada al centro de reclusión y tortura Villa Grimaldi, para luego ser trasladarla a Cuatro Álamos, y posteriormente a Tres Álamos; lugares donde fue golpeada, además de ser torturada, a pesar de encontrarse embarazada de nueve meses de su hijo, el otro demandante, que nació mientras su madre se encontraba privada de libertad y sujeta a diversos padecimientos y vejámenes, detención que se prolongó por un par de meses”, consigna el fallo.
La resolución agrega que: “Por consiguiente, los antecedentes aportados permiten tener por cierto el daño moral que se cobra por la demandante y su hijo, que evidentemente fueron objeto de torturas la primera, no pudiendo desconocerse ni menos minimizarse los efectos provocados al segundo de los demandantes que nació mientras su madre se vio afectada por las torturas y apremios ilegítimos en el centro de detención Tres Álamos”.
“Por otro lado, estas sentenciadoras atenderán especialmente a la envergadura del daño sufrido por la actora y su hijo nacido en las circunstancias ya descritas y, derivarse necesariamente del hecho que lo genera, límites que se satisfacen en este caso con el mérito de los antecedentes del proceso”, añade.
Por tanto, se resuelve:
“I.- Que se confirma la resolución dictada con fecha seis de enero de dos mil veintidós por el Tercer Juzgado Civil de esta ciudad, que rechazó las excepciones de litispendencia e ineptitud del libelo opuestas por la parte demandada
II.- Que se rechaza el recurso de casación en la forma formulado por la parte demandada en contra de la sentencia definitiva de treinta de junio de dos mil veinte.
III.- Que se confirma la aludida sentencia definitiva, dictada por el Tercer Juzgado Civil de Santiago, en la causa Rol 10.556-2020, con declaración de que se eleva la suma que a título de daño moral se pagará a los demandantes Carmen Wenger Meza, regulándosela en $70.000.000 (setenta millones de pesos) y para José Miguel Cortez Wenger, en la suma de $30.000.000 (treinta millones de pesos), más los reajustes e intereses según lo indicado en el considerando octavo de esta sentencia.
IV.- Que se confirma en lo demás apelado la sentencia individualizada”.