La Corte de Apelaciones de Santiago confirmó la sentencia que acogió la reclamación deducida en representación del colegio Luis Pasteur y que dejó sin efecto el decreto alcaldicio que ordenó la demolición de estructura erigida al interior del establecimiento, ubicado en la comuna de Providencia.
En fallo unánime (causa rol 5.031-2021), la Primera Sala del tribunal –integrada por el ministro Alejandro Rivera, la ministra Sandra Araya y el abogado (i) Jorge Gómez– ratificó la sentencia impugnada, dictada por el Decimoséptimo Juzgado Civil de Santiago, en la parte que anuló el decreto de demolición.
“Que la parte reclamada no adjuntó a estos autos el Memorándum N° 9.077, de 28 de abril de 2016, del Director de Obras, que sirvió de antecedente para la dictación del Decreto de Demolición N°778, de 6 de mayo de 2016, conforme lo dispuesto en el artículo 150 del D.F.L. N°458 de 1976 del Ministerio de Vivienda y Urbanismo, Ley General de Urbanismo y Construcciones, de tal manera, no acreditó fehacientemente los elementos normativos que le permitían disponer la demolición de la obra cuestionada”, sostiene el fallo.
La resolución agrega: “Que, por otro lado, habiendo litigado la I. Municipalidad de Providencia con motivos plausibles, es que se le eximirá de las costas a que viene condenada por la sentencia recurrida”.
Por tanto, se resuelve:
“I. Que se revoca la sentencia definitiva apelada de fecha treinta y uno de agosto de dos mil veinte, escrita a fojas 226, dictada en los autos rol N° C-12808-2016, seguidos ante el 17° Juzgado Civil de Santiago, en la parte que condena en costas a la parte reclamada y, en su lugar, se declara que se le exime de dicha carga procesal.
II. Que se confirma, en lo demás apelado, la sentencia de fecha treinta y uno de agosto de dos mil veinte, escrita a fojas 226, dictada en los autos rol N° C-12808-2016, seguidos ante el 17° Juzgado Civil de Santiago”.