El 2 de septiembre de 2016 entra en vigencia la Ley N° 20.880, sobre Probidad en la Función Pública y Prevención de los Conflictos de Intereses, y su reglamento contenido en el Decreto Supremo N° 2, de 2016, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia.
La ley introduce importantes cambios en la regulación existente sobre la materia, ampliando los sujetos obligados a declarar, el contenido de la declaración y la oportunidad en que ésta debe presentarse.
La Corte Suprema, el 24 de octubre de 2016 dicta un auto acordado que regula la implementación de la Ley N° 20.880 (Acta 118-2016), en el cual señala que las declaraciones se deberán realizar utilizando un formulario electrónico que la Corporación Administrativa del Poder Judicial pondrá a disposición de los sujetos obligados, al que deberán acceder utilizando su Clave Única del Estado, y en razón de lo cual se habilitó dentro de la Oficina Judicial Virtual una opción para cumplir con la declaración de intereses y patrimonio.
Acceso a la Oficina Judicial Virtual.
Para consultar las declaraciones ya realizadas, se puede acceder directamente en la información personal del sujeto obligado publicada en el Portal (opción Tribunales del País) o a través de www.infoprobidad.cl