Corte de Apelaciones de Rancagua determina formas y tiempos para pedir alegatos remotos

27-septiembre-2023
El Pleno de la Corte de Apelaciones de Rancagua dejó sin efecto  el acta 177-2023 y  estableció que las partes que soliciten alegatos por vía remota mediante videoconferencia deberán hacerlo hasta dos días antes de la vista de la causa. El tribunal de alzada determinó, además,  que respecto de “las causas que estuvieran en tabla los días lunes o aquellas en que el primer día de la semana sea feriado, podrán solicitarlo hasta las 23:59 horas del día viernes en que se confecciona la tabla"

El Pleno de la Corte de Apelaciones de Rancagua dejó sin efecto  el acta 177-2023 y  - atendido las instrucciones de la Corte Suprema-  estableció que las partes que soliciten alegatos por vía remota mediante videoconferencia deberán hacerlo hasta dos días antes de la vista de la causa.

El tribunal de alzada determinó, además,  que respecto de “las causas que estuvieran en tabla los días lunes o aquellas en que el primer día de la semana sea feriado, podrán solicitarlo hasta las 23:59 horas del día viernes en que se confecciona la tabla para el primer día hábil de la semana siguiente, y tratándose de causas agregadas, el plazo se extenderá hasta las 23:59 horas del día en que se confeccionó la tabla, si este plazo fuere menor al establecido en el artículo ya citado”.

Conforme lo anterior, las partes deberán solicitar alegatos por vía remota mediante video conferencia en los siguientes plazos:

  • En las causas incorporadas en la tabla de los días lunes o aquellas en que el primer día de la semana sea feriado, las partes podrán solicitar alegatos por vía remota mediante video conferencia hasta las 23:59 horas del día viernes en que se confecciona la tabla para el primer día hábil de la semana siguiente.
  • En las causas incorporadas en la tabla de los días martes, las partes podrán solicitar alegatos por vía remota mediante video conferencia hasta las 23:59 horas del día viernes en que se confecciona la tabla.
  • En las causas incorporadas en la tabla de los días miércoles, las partes podrán solicitar alegatos por vía remota mediante video conferencia hasta las 23:59 horas del día sábado.
  • En las causas incorporadas en la tabla de los días jueves, las partes podrán solicitar alegatos por vía remota mediante video conferencia hasta las 23:59 horas del día lunes.
  • En las causas incorporadas en la tabla de los días viernes, las partes podrán solicitar alegatos por vía remota mediante video conferencia hasta las 23:59 horas del día martes.

La solicitud de alegatos vía remota por videoconferencia, es sin perjuicio del deber de anunciar su alegato de conformidad a lo dispuesto en el artículo 223 bis de Código de Procedimiento Civil.