2° TOP de Santiago condena a 10 años de presidio efectivo a autor de incendio en Huechuraba

15-septiembre-2023
El Segundo Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Santiago condenó a Aldo Isaías Jáuregui Dinamarca a cumplir la pena efectiva de 10 años y un día de presidio, en calidad de autor del delito consumado de incendio. Ilícito perpetrado en octubre de 2021, en la comuna de Huechuraba.

El Segundo Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Santiago condenó a Aldo Isaías Jáuregui Dinamarca a cumplir la pena efectiva de 10 años y un día de presidio, en calidad de autor del delito consumado de incendio. Ilícito perpetrado en octubre de 2021, en la comuna de Huechuraba.

En resolución unánime (causa 193-2023), el tribunal –integrado por los magistrados Raúl Díaz Manosalva (presidente), Marlene Lobos Vargas (redactora) y Paula Rodríguez Fondón– aplicó, además, a Jáuregui Dinamarca las accesorias de inhabilitación absoluta perpetua para cargos y oficios públicos y derechos políticos y la de inhabilitación absoluta para profesiones titulares mientras dure la condena.

En la causa, el tribunal resolvió condenar a Jáuregui Dinamarca a sufrir la pena de 800 días de presidio efectivo, más las accesorias legales de suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena, como autor de un delito consumado de lesiones menos graves en contexto de violencia intrafamiliar, cometido en octubre de 2021 en la comuna de Huechuraba.

Asimismo, la resolución establece que el sentenciado deberá purgar 301 días de presidio, más las accesorias legales de suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena, como autor de un delito consumado de amenazas no condicionales en contexto de violencia intrafamiliar, perpetrado en octubre de 2021, en la comuna de Huechuraba.

Además, el tribunal condenó al sentenciado a la pena accesoria de prohibición de acercarse a la víctima, a su domicilio, lugar de trabajo o estudio, así como a cualquier otro lugar al que este concurra o visite habitualmente, por el término de 2 años, contados desde el cumplimiento de las penas privativas de libertad, y se impuso, igualmente, la pena accesoria de asistencia obligatoria del condenado a programas terapéuticos o de orientación familiar, especialmente en el ámbito del control del consumo problemático de sustancias alucinógenas y alcohol, decretándose que las instituciones que desarrollen dichos programas deberán dar cuenta al respectivo tribunal del tratamiento que deba seguir el agresor, de su inicio y término, por el lapso de 2 años, contados desde el cumplimiento de las penas privativas de libertad.

Una vez ejecutoriado el fallo, el tribunal dispuso que se proceda a la toma de muestras biológicas del sentenciado para determinar su huella genética e inclusión en el registro nacional de ADN.

Hechos acreditados

En cuanto a los hechos, el tribunal dio por acreditado que el 9 de octubre de 2021, a las 19:50 horas aproximadamente, en el interior del domicilio ubicado en calle Canción de la Pampa, de la comuna de Huechuraba, “Aldo Isaías Jáuregui Dinamarca amenazó de muerte a su padre (…) quien se encuentra en silla de ruedas, manifestándole que lo iba a matar, y que lo iba a quemar a lo bonzo, para luego dirigirse a su pieza retornando con un bidón con parafina que le roció a su padre, para luego Jáuregui Dinamarca tomar un elemento cortopunzante, de grandes dimensiones, con el que le lanzó un corte a su padre, echándose hacia atrás la víctima, logrando agredirlo en el mentón, para luego darse a la fuga de lugar”.

Producto de la agresión, la víctima resulto con “herida contuso cortante de 7 centímetros en la región mentoniana”, de carácter menos grave.

Al día siguiente, el 10 de octubre en horas de la madrugada, Aldo Isaías Jáuregui Dinamarca regresó al domicilio de su padre, lugar en el cual, “mediante el uso de parafina (kerosene), prendió fuego al mismo, causando un incendio en el inmueble, el cual se extendió al inmueble contiguo (…) que se encontraba habitado por su propietaria”.

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