Corte Suprema emite informe sobre proyecto que busca otorgar seguridad jurídica a intervinientes en procesos de evaluación ambiental

07-septiembre-2023
“En este sentido, se valora positivamente el objetivo de la iniciativa legal, al intentar otorgar seguridad jurídica a los intervinientes en los procesos de evaluación ambiental y a la población en general, respecto a los mecanismos destinados a impugnar las decisiones de la Autoridad Ambiental que se estimen vulneran sus derechos”.

Reunido el tribunal pleno de la Corte Suprema –el lunes 4 de septiembre recién pasado– analizó el proyecto de ley, iniciado en moción, que “Modifica la Ley N° 20.600, que crea los Tribunales Ambientales, con el objeto de incorporar un reclamo de ilegalidad para impugnar los actos administrativos de carácter ambiental que indica”. Informe que fue enviado a la presidencia del Senado al día siguiente.

“Que, en conclusión, a través del presente informe se analizó el proyecto de ley que ‘Modifica la Ley N° 20.600, que crea los Tribunales Ambientales, con el objeto de incorporar un reclamo de ilegalidad para impugnar los actos administrativos de carácter ambiental que indica’, mediante la cual se busca modificar el actual reclamo en contra de las resoluciones que resuelven un procedimiento administrativo de invalidación”, plantea el informe.

“La invalidación de un acto administrativo de carácter ambiental, requisito sine qua non para acceder a la reclamación establecida en el actual artículo 17 N° 8, por parte de los terceros que no fueron parte del proceso de participación ciudadana en la evaluación ambiental de un proyecto, es una disposición que ha recibido múltiples y encontradas lecturas por parte de la doctrina y la jurisprudencia. La teoría de la invalidación impropia enfrentada a la invalidación potestad, genera diferencias entre quienes se someten al sistema de justicia a resolver sus conflictos de relevancia jurídica otorgando un trato desigual”, añade.

Para el pleno de ministros: “En este sentido, se valora positivamente el objetivo de la iniciativa legal, al intentar otorgar seguridad jurídica a los intervinientes en los procesos de evaluación ambiental y a la población en general, respecto a los mecanismos destinados a impugnar las decisiones de la Autoridad Ambiental que se estimen vulneran sus derechos”.

“Sin perjuicio de ello, la regla propuesta podría considerarse apropiado profundizar en claridad a su respecto, por cuanto existen razones para entender que los efectos que se buscan a través de la inserción de un nuevo Reclamo de Ilegalidad a la Ley 20.600, podrían no ser alcanzados y sus consecuencias serían similares a las que hoy se producen con la regla vigente”, advierte la Corte Suprema.

“Se valora el interés del legislador en clarificar una materia analizada por la doctrina y la jurisprudencia sin lograr aunar criterios, por lo cual se recomienda el seguimiento legislativo de la iniciativa”, concluye.
Ver informe (PDF)