La Corte de Apelaciones de Arica acogió el recurso de protección deducido en contra de la resolución exenta, adoptada por prefecto de Carabineros, que dio de baja por mala conducta al recurrente.
En fallo unánime (causa rol 294-2021), la Segunda Sala del tribunal de alzada –integrada por los ministros María Verónica Quiroz Fuenzalida, Marco Antonio Flores Leyton y Juana Ríos Meza– acogió la acción cautelar al establecer el actuar arbitrario e ilegal de la recurrida, por lo que le ordenó la reincorporar inmediata de cabo segundo.
“la Baja inmediata de las Filas, es la más grave que puede sufrir un funcionario en servicio activo, es dable señalar que el propio legislador ha condicionado su aplicación a la concurrencia de los requisitos copulativos tipificados en el inciso 5 de la letra b) del artículo 127 del Reglamento de Selección y Ascensos del Personal de Carabineros, Nº8, situación que a juicio de estos sentenciadores no concurre en la especie, desde que existen elementos en el proceso que así lo evidencian, tales como la ausencia de reconocimiento del hecho por parte del funcionario afectado y las declaraciones juradas de los testigos acompañados con el recurso, que descartan, por ahora, la participación del recurrente en los hechos”, sostiene el fallo.
La resolución agrega que: “(…) de lo señalado en los considerandos anteriores aparece de manifiesto que el señor Prefecto de Arica, Coronel de Carabineros de Arica, Carlos Maureira Herrera, al dictar la Resolución Exenta N° 946, de 02 de julio de 2023, incurrió en un acto arbitrario e ilegal, toda vez que dispuso la Baja por Conducta Mala, con efectos inmediatos, del Cabo Segundo Juan Carlos Lorca Oyarzo, en un caso que, como se ha señalado, legalmente no correspondía, apartándose así de las normas del debido proceso, traspasando los límites de su jurisdicción meramente institucional, convirtiéndose en una Comisión Especial, lo que resulta atentatorio de la garantía constitucional contemplada en el artículo19 N° 3 inciso 4° de la Constitución Política de la República”.
“Que, asimismo, se advierte que con la baja por conducta mala con efectos inmediatos, a su vez se afecta directamente el derecho de propiedad contemplado en el N°24 de la misma disposición constitucional, toda vez que ha sido privado del legítimo derecho a percibir sus remuneraciones durante el tiempo que dure el sumario administrativo respectivo, así como también la posibilidad de acceder a las garantías de salud institucionales, al provenir de un acto ilegal y arbitrario, como ya se razonó precedentemente”, añade.
Por lo tanto, se resuelve que:
“I.- Que SE ACOGE el recurso de protección deducido en representación de don JUAN CARLOS LORCA OYARZO, en lo principal de fojas 68, y con su mérito, se declara que se deja sin efecto la Resolución Exenta N° 946, de 02 de julio de 2023, emitida por el señor Prefecto de Arica, Coronel de Carabineros, don Carlos Maureira Herrera, ordenándose que el funcionario debe ser reintegrado al servicio en forma inmediata, con todos sus derechos y beneficios, sin perjuicio de lo que se resuelva en definitiva en el sumario administrativo incoado en su contra.
II.- Que se deja sin efecto la Orden de no innovar”.