El Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Arica condenó a Raquel Danitza Yampara Guarachi a la pena de 10 años y un día de presidio efectivo, accesorias legales de inhabilitación absoluta perpetua para cargos y oficios públicos y derechos políticos y la inhabilitación absoluta para profesiones titulares mientras dure la condena; mas el pago de una multa de 24UTM, en calidad de autora del delito consumado de tráfico ilícito de estupefacientes. Ilícito perpetrado en enero pasado.
En fallo unánime (causa rol 148-2023), el tribunal –integrado por los magistrados Mauricio Petit Moreno (presidente), Héctor Gutiérrez Massardo (redactor) y Eduardo Rodríguez Muñoz– condenó a los acusados Eduardo Francisco Maibe Vilches y Néstor Rojas Vera a las penas de 6 años y 5 años y un día de presidio, accesorias legales y el pago de multas de 12 y 10 UTM, respectivamente, en calidad de coautores del delito.
El tribunal dio por acreditado, más allá de toda duda razonable, que en horas de la madrugada del 17 de enero de 2023, personal del OS-7 de Carabineros y del Servicio Nacional de Aduanas realizaron un control vehicular a la altura del kilómetro 64 de la Ruta 11-Ch, a un vehículo en que se trasladaban 12 ciudadanos extranjeros.
En dicho contexto: “(…) a la revisión de las personas que estaban al interior del móvil los cuales habrían ingresado ilegalmente al país, no portaban documentación y por medio de la revisión de un can detector de drogas, dio una alerta positiva a narcóticos en las mochilas que portaban y transportaban Rubén Ramírez Cabezas [prófugo], que corresponden a 10 paquetes contenedores de cocaína base con un peso bruto de 10.800 gramos y un peso neto de 9.800 gramos con una pureza del 17% y 1 teléfono celular marca Samsung; mientras que Néstor Rojas Vera, transportaba 9 paquetes de diferentes formas y tamaños con la misma sustancia con un peso bruto de 9.750 gramos y un peso neto de 8.800 con una pureza del 17% y 1 teléfono celular marca Samsung”.
“Acto seguido, Rubén Óscar Ramírez Cabezas, se acogió a lo prescrito en el artículo 22 de la ley 20.000 y se designó un agente encubierto para que concurra junto a Ramírez a la ciudad de Arica con el objeto de ubicar a los receptores de la droga, donde una mujer por medio de varias llamadas telefónicas coordina dicha entrega con Ramírez Cabezas, en la Hospedería Estercita, ubicada en avenida Diego Portales N° 936 Arica”.
“En estas circunstancias, personal policial se trasladó a la Hospedería Estercita habitación 16, llegando al lugar dos personas a retirar la droga los que se movilizaban en el vehículo placa patente única JDGG.24 marca Mazda de color gris. Ambas personas ingresaron a la residencial y luego a la habitación donde se encontraba Ramírez Cabezas con el Agente Encubierto, correspondiendo a una mujer de contextura gruesa, acompañado de un hombre quienes reciben las mochilas con la sustancia ilícita, momentos en que son detenidos por funcionarios policiales que prestaban cobertura. Las personas fueron identificadas como Eduardo Francisco Maibe Vilches quien portaba 1 teléfono celular marca Samsung y Raquel Danitza Yampara Guarachi quien portaba 1 teléfono celular marca Samsung y 9.000 pesos, siendo Yampara Guarachi la persona que se comunicaba con Ramírez Cabezas y Eduardo Francisco Maibe Vilches la persona que portaba el dinero para el pago de la droga, que corresponde a la suma de $ 400.000 mil pesos que le fue incautado”, añade.
Una vez que el fallo quede ejecutoriado, el tribunal dispuso que se proceda a la toma de muestras biológicas de los sentenciados para determinar sus huellas genéticas e inclusión en el registro nacional de ADN de condenados.