La Corte de Apelaciones de Santiago confirmó la sentencia que rechazó la demanda deducida por la sociedad Viña Undurraga SA en contra de la Compañía de Seguros de Crédito Continental SA, por supuesto incumplimiento de contrato.
En fallo unánime (causa rol 8.222-2020), la Decimotercera Sala del tribunal de alzada –integrada por la ministra Dora Mondaca, el ministro Danilo Quezada y la fiscal judicial Carla Troncoso– ratificó la sentencia impugnada, dictada por el Primer Juzgado Civil de Santiago, que rechazó la acción.
“Que la actora tuvo motivo plausible para litigar, por lo que se le eximirá del pago de las costas de la causa en virtud de lo establecido en el artículo 144 del Código de Procedimiento Civil, y de conformidad con lo dispuesto en los artículos 186 y siguientes del Código antes mencionado, se resuelve:
I.- Se revoca la sentencia apelada de veinticinco de mayo del año dos mil veinte, dictada por el 1° Juzgado Civil de Santiago, en la parte que condenó en costas a la demandante y, en su lugar, se declara que se le exime de dicha carga.
II.- Se confirma, en lo demás apelado, la referida sentencia”, consigna el fallo.
En la resolución de primera instancia confirmada resolvió: “Que habiéndose determinado el incumplimiento por parte del demandante de la obligación de sinceridad al momento de identificar la cosa asegurada, no se genera, por su parte, la obligación del asegurador de indemnizar el siniestro al asegurado, motivo por el que la demanda será rechazada”.
“Que, no concurriendo los requisitos de procedencia de la acción, huelga referirse a la determinación de los perjuicios y al agravamiento del daño que las partes ventilaron en la etapa de discusión”, añade.
“Que las declaraciones de los testigos, que se limitan a reiterar los términos de la Póliza, así como el resto de la prueba rendida en autos en nada altera lo anteriormente razonado”, concluye el fallo de base.