El Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Rancagua condenó a J.S.V.B. a las penas de cumplimiento efectivo de 541, 540 y 300 días de presidio, en calidad de autor de los delitos consumados de desacato, amenazas y lesiones menos graves en contexto de violencia intrafamiliar, respectivamente. Ilícitos perpetrados en septiembre de 2021, en la comuna de San Vicente de Tagua Tagua.
En fallo unánime, el tribunal –integrado por los jueces Felipe Cortés Ibacache (presidente), Marisol López Machuca y Raúl Baldomino Díaz (redactor)– dio por establecido, más allá de toda razonable, que pasada la medianoche del 17 de septiembre de 2021, la víctima «(…) caminaba desde su trabajo por la vía pública hacia su domicilio ubicado en la (…) comuna de San Vicente, siendo abordada por su exconviviente, el acusado J.S.V.B., quien a bordo de un vehículo insta a la víctima a subirse para conversar, situación que en principio es rechazada por la víctima y posteriormente accede a ello amenazada por las armas que aquel portaba. Mientras se encontraban circulando por distintos lugares de la comuna, el acusado se altera con la víctima, comienza a recriminarle una supuesta relación que ella tendría, y por no contestar una llamada telefónica recibida, y ante esto J.S.V.B. la amenaza diciéndole que la va a matar, la va a descuartizar y nadie la va a encontrar. Durante este proceso, empuja a la víctima afuera del vehículo, quitándole el teléfono celular, el que procede a destruirlo y tirarlo. Además, golpea a la víctima en sus brazos, muñecas y pone sus manos sobre su cuello, ahorcándola, para luego dejar de hacerlo cuando advirtió que su víctima desfallecía. Luego se traslada hacia la casa de la víctima, lugar en que la abandona en las cercanías, ante la presencia de posibles cazadoras, la abandona y huye. A raíz de la agresión la víctima resulta con equimosis y eritema en cara anterior de cuello de forma lineal doloroso a la palpación, en extremidad superior derecha hematoma de antebrazo de al menos 4 por 3 centímetros y otro hematoma de 2 por 2 en antebrazo también en región cercana a la muñeca doloroso a la palpación sin signos de fractura, en extremidad superior derecha antebrazo región cercana a codo hematoma formación de 4 por 5 centímetros doloroso a la palpación, en cara anterior de antebrazo equimosis en formación de 2 por 2 sensible a la palpación sin signos de fractura, diagnosticadas clínicamente de carácter leve. El acusado se encontraba afecto, en ese momento, a la medida cautelar decretada por el Juzgado de Garantía de San Fernando en causa (…), del articulo 9 letra b) de la ley 20.066, esto es, la prohibición absoluta de acercarse a la persona de la víctima, medida cautelar decretada en audiencia de formalización de fecha 14 de agosto de 2021 y que le había sido notificada personalmente ese día».
El tribunal aplicó, además, a J.S.V.B. las accesorias legales de suspensión de todo cargo u oficio público y la prohibición de acercarse a la víctima, a su domicilio, lugar de trabajo, estudios o cualquier lugar en que se encuentre, en un radio de 200 metros, durante el cumplimiento de las condenas impuestas.