Corte de Apelaciones de Santiago eleva monto de indemnización a víctima de torturas

14-junio-2023
En fallo unánime, la Cuarta Sala del tribunal de alzada fijó en $60.000.000 el monto de la indemnización que el fisco deberá pagar por concepto de daño moral, a Claudio Enrique Molina Donoso, quien fue detenido el 4 de septiembre de 1986 y sometido a torturas por efectivos policiales y agentes de la Central Nacional de Informaciones, CNI.

La Corte de Apelaciones de Santiago fijó en $60.000.000 el monto de la indemnización que el fisco deberá pagar por concepto de daño moral, a Claudio Enrique Molina Donoso, quien fue detenido el 4 de septiembre de 1986 y sometido a torturas por efectivos policiales y agentes de la Central Nacional de Informaciones, CNI.

En fallo unánime (causa rol 1.143-2023), la Cuarta Sala del tribunal de alzada –integrad por las ministras Graciela Gómez, Verónica Sabaj y el abogado (i) Eduardo Gandulfo– confirmó la sentencia apelada, dictada por el Tercer Juzgado Civil de Santiago, con declaración de que se eleva la indemnización a una cifra más condigna al daño causado.

“Que, en consecuencia, el daño moral que probadamente sufrió el actor debido a las torturas de que fue objeto después de su detención en las circunstancias anotadas en la sentencia recurrida por agentes del Estado, de acuerdo a los antecedentes de convicción precisados en las motivaciones sexta, séptima y novena de la sentencia recurrida por lo que el actor debe ser reparado en la indemnización determinada, la que se ajusta –en la medida que es posible establecer– al dolor y aflicción padecido por el actor como consecuencia de los hechos acreditados”, razona el fallo.

La resolución agrega: “Que, por otro lado, tal como se ha razonado en sentencias anteriores, con el fin de analizar la severidad del sufrimiento padecido, se debe tomar en cuenta las circunstancias específicas de cada caso”.

“Para ello, se deben considerar las características del trato, tales como la duración, el método utilizado o el modo en que fueron infligidos los padecimientos, los efectos físicos –problemas auditivo y de movilidad de una de sus extremidades superiores– y mentales que estos pueden causar –estrés post traumático complejo, depresión, insomnio y ansiedad–, así como las condiciones de las personas que padecieron dichos sufrimientos, entre ellos, la edad, el sexo, el estado de salud, entre otras circunstancias personales, aunado al tiempo en que permaneció privado de libertad, por lo que se subirá el monto a indemnizar en la suma de $60.000.000 (sesenta millones de pesos)”, ordena.

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