Corte Suprema acoge recurso de amparo y ordena tramitar solicitud de residencia temporal

09-junio-2023
“Que no siendo controvertido que la amparada ingresó al territorio nacional antes de la entrada en vigencia de la Ley N° 21.325, la tramitación de su solicitud de residencia temporal debió regirse por la legislación vigente a aquella época y al haber resuelto en sentido contrario la autoridad recurrida, lo ha hecho de manera injustificada y, por ende, ilegal”.

La Corte Suprema acogió el recurso de amparo interpuesto en representación de ciudadana venezolana y anuló la resolución exenta, dictada por el Servicio Nacional de Migraciones, que declaró inadmisible la solicitud de residencia temporal y le dio plazo de 30 días a la recurrente para abandonar el país.

En fallo unánime, la Segunda Sala del máximo tribunal –integrada por los ministros Haroldo Brito, Manuel Antonio Valderrama, Jorge Dahm, Leopoldo Llanos y la ministra María Teresa Letelier– estableció el actuar arbitrario e ilegal de la recurrida al tramitar la solicitud de acuerdo a la nueva normativa de extranjería, sin considerar que la amparada ingreso a Chile estando vigente la antigua ley.

“Que no siendo controvertido que la amparada ingresó al territorio nacional antes de la entrada en vigencia de la Ley N° 21.325, la tramitación de su solicitud de residencia temporal debió regirse por la legislación vigente a aquella época y al haber resuelto en sentido contrario la autoridad recurrida, lo ha hecho de manera injustificada y, por ende, ilegal”, afirma el fallo.

Por tanto, se resuelve que: “se revoca la sentencia apelada de veintinueve de mayo de dos mil veintitrés, dictada por la Corte de Apelaciones de San Miguel, en el Ingreso Corte N° 317-2023 y, en su lugar, se acoge la acción de amparo deducida en favor de (…), dejándose sin efecto la Resolución Exenta N° 23111405 del Servicio Nacional de Migraciones y la orden de abandono de la amparada que esta dispone, debiendo tramitarse su solicitud de residencia temporal conforme a la normativa vigente a la época de su primer ingreso al territorio nacional”.