El Sexto Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Santiago condenó a Mauro Andrés Gallardo Villa a la penas de 15 años de presidio, en calidad de autor del delito consumado de violación. Ilícito perpetrado en abril de 2021, en la comuna de La Pintana.
En fallo unánime, el tribunal –integrado por los magistrados Raúl Díaz Manosalva (presidente), Gloria Canales Abarca y Eduardo Gallardo Frías (redactor)– condenó al acusado Taylor Alberto Villa Pérez a 12 años de reclusión, en calidad de coautor del delito.
El tribunal dio por acreditado, más allá de toda duda razonable, que aproximadamente a las 03:30 horas de la madrugada del 19 de abril de 2021, la víctima, tras haber consumido alcohol y drogas, primero junto a su pareja y luego en una fiesta de cumpleaños, Gallardo Villa y Villa Pérez, junto a un tercero no identificado, la llevaron en contra su voluntad y aprovechando el estado de confusión en el que se encontraba, hasta el domicilio del Villa Pérez, ubicado en la comuna de La Pintana, inmueble donde la violaron.
En la determinación de penas, el tribunal tuvo presente que, en el caso de Gallardo Villa, “(…) solo se configura una agravante, debiendo ponderarse en esta parte la extensión del mal causado por el delito, al tenor de lo previsto en el artículo 69 del Código Penal”.
“Que en el caso de Taylor Alberto Villa Pérez, el tribunal también impondrá una pena dentro del grado superior, por los mismos argumentos referidos en el motivo anterior respecto del daño, pero no se aplicará la pena máxima como en el caso de Gallardo (…), considerando que, a diferencia de este último, pese a perjudicarle una agravante, también le favorece a Villa Pérez una atenuante, recogiendo igualmente en esta parte la diferenciación de penas planteada por la parte querellante, basada en la circunstancia de que al momento de cometer el delito el acusado Taylor Villa tenía 18 años”, concluye.
Una vez que el fallo quede ejecutoriado, el tribunal dispuso que se proceda a la toma de muestras biológicas de los sentenciados para determinar sus respectivas huellas genéticas e inclusión en el registro nacional de ADN de condenados.