Tercer TOP de Santiago sanciona con 7 años de internación a autor de homicidio y lesiones graves

02-junio-2023
En fallo unánime, el tribunal condenó al adolescente S.A.B.Z. a la sanción de 7 años de internación en régimen cerrado con programa de reinserción social, en calidad de autor de los delitos consumados de homicidio simple y lesiones graves. Ilícitos cometidos en la comuna de Ñuñoa, en diciembre de 2021.

El Tercer Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Santiago condenó al adolescente S.A.B.Z. a la sanción de 7 años de internación en régimen cerrado con programa de reinserción social, en calidad de autor de los delitos consumados de homicidio simple y lesiones graves. Ilícitos cometidos en la comuna de Ñuñoa, en diciembre de 2021.

En fallo unánime, el tribunal –integrado por las magistradas Mariela Jorquera Torres (presidenta), Rossana Costa Barraza y Paulina Rosales González (redactora)– aplicó, además, a S.A.B.Z. la sanción de 2 años de internación en régimen semicerrado con programa de reinserción social, como autor de dos delitos de robo con violencia e intimidación, cometidos en la comuna de Vitacura y Ñuñoa, respectivamente.

“Con el objeto de aprobar el Plan de Intervención Individual del adolescente, para el cumplimiento del régimen de internación cerrado y semicerrado, deberá oficiarse al Coordinador Judicial del SENAME, para que por su intermedio el director del programa que se designe, haga llegar al juez de Garantía, al fiscal y al defensor –con dos días de anticipación a la audiencia que fije el juez de Garantía– el plan que se propone, el cual deberá abarcar todos los aspectos que indica el artículo 16 de la Ley 20.084, especialmente en lo relativo a su reinserción social en el nivel educacional y participación en actividades de carácter socioeducativo, de formación, de preparación para la vida laboral y de desarrollo personal”, consigna el fallo.

El tribunal dio por establecido, más allá de toda duda razonable, que alrededor de las 02:30 horas de la madrugada del 30 de diciembre de 2021, S.A.B.Z. y dos sujetos no identificados, llegaron a bordo de un automóvil hasta la calle Las Catalpas, en la comuna de Vitacura, lugar donde se encontraban a bordo del vehículo marca Great Wall, modelo Volex, “Javier Andrés Sanhueza Urzúa y Benjamín Antonio Faz Alessandri, a quienes el acusado y sus acompañantes apuntaron con objetos de apariencia de arma de fuego, obligándolos a salir del vehículo. Instante en que S.A.B.Z. golpeó en la cabeza con uno de dichos objetos de apariencia de arma de fuego a Javier Sanhueza, causándole una contusión en cabeza, parpados y región periocular, lesiones de carácter leve; huyendo del lugar con el vehículo y especies de las víctimas en su poder”. 

Dos horas después aproximadamente, S.A.B.Z. conduciendo el vehículo Great Wall, previamente sustraído, en la calle José Manuel Infante con José Domingo Cañas, comuna de Ñuñoa, le cerró el paso al automóvil marca Changan, modelo CS 35 Luxury 1.6, “en el cual se trasladaban Thiare Deyanira Núñez Flores, quien conducía el móvil y Julio Aros su acompañante, procediendo S.A.B.Z. a bajarse del auto y dirigirse al lugar en donde se encontraban las víctimas, portando entre sus manos un arma con apariencia de fuego, la cual disparó en varias ocasiones mientras aún las víctimas se encontraban al interior del vehículo, ante lo cual hicieron entrega del vehículo al acusado, quien huyó del lugar con el automóvil en su poder”.

Finalmente, cerca de las 4:30 horas de la madrugada del 30 de diciembre de 2021, S.A.B.Z. “fue sorprendido por personal de Carabineros, quienes ante una alerta realizada por terceros iniciaron una persecución por diversas calles de la comuna de Ñuñoa, trayecto durante el que el acusado manejó el vehículo sustraído a exceso de velocidad, sin respetar la señalética ni la semaforización que regulaban los cruces de las calles por las cuales transitó, poniendo en forma deliberada en riesgo la integridad de las personas que se movilizaban por dichos cruces y, cuando huía por avenida Grecia, al enfrentar el cruce de calle José Pedro Alessandri, conduciendo a una velocidad superior al máximo permitido, ingresó al cruce con el semáforo en rojo sin respetar el paso preferente de los vehículos que movilizaban por calle José Pedro Alessandri, colisionando al taxi básico marca Toyota, modelo Corolla, el cual ingresó con preferencia a dicha intersección por calle José Pedro Alessandri en dirección norte”.

“Dado la fuerza del impacto, la pasajera del taxi Ana Luisa Guzmán Contreras, murió en el lugar a causa de un politraumatismo encéfalo craneano, occipito atloideo, torácico, abdominal, pelviano y de extremidades. Lesiones recientes, vitales y necesariamente mortales. En tanto, el otro pasajero del taxi, André Ignacio Pérez Catalán, resultó politraumatizado, tec simple, fractura de las vértebras A1 y L1, lesiones de pronóstico médico legal grave, que suelen sanar salvo complicaciones de 3 a 6 meses, con igual tiempo de incapacidad”, detalla el fallo. 

Asimismo, el conductor del taxi, Patricio Alfredo Artigas Sepúlveda, “resultó politraumatizado, con fractura de pelvis, de sacro y costillas, extremidad inferior izquierda, las que lo mantuvieron en reposo total 2 meses, lesiones de pronóstico médico legal grave, que suelen sanar salvo complicaciones, en un periodo superior a 8 meses, con igual tiempo de incapacidad”, concluye.

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