El Cuarto Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Santiago condenó a Luis Alberto Muñoz Muñoz y Henry Fabián Ilufí Gallardo a penas de cumplimiento efectivo de 5 años y un día de presidio, en calidad de autores del delito consumado de tráfico de armas. Ilícito perpetrado en 2016.
En fallo unánime (causa rol 178-2022), el tribunal –integrado por los magistrados José Flores Ramírez (presidente), Isabel Espinoza Morales y Mauricio Olave Astorga (redactor)– dio por acreditado, más allá de toda duda razonable, que entre agosto y septiembre de 2016, Ilufí Gallardo y Muñoz Muñoz, a la sazón funcionarios de Gendarmería del Centro Penitenciario Colina II, “acordaron adquirir armas y celebrar convenciones respecto de ellas en forma ilegal”, aprovechando las facilidades que, como funcionarios penitenciarios, tenían para su compra.
“Es así como Luis Alberto Muñoz Muñoz ofreció a Henry Ilufi Gallardo adquirir armas a su nombre e inscribirlas, para entregárselas a él, a cambio de un beneficio económico por un monto aproximado de $400.000. El imputado Henry Ilufi Gallardo aceptó dicho negocio, para ello concurrió hasta la Armería Armarket ubicada en avenida Bulnes N°119, Santiago, comprando las armas de fuego a su nombre, para posteriormente entregárselas directamente a Luis Alberto Muñoz Muñoz sin las competentes autorizaciones”, detalla el fallo.
El tribunal aplicó, además, las accesorias de inhabilitación absoluta perpetua para cargos y oficios públicos y derechos políticos y la inhabilitación absoluta para profesiones titulares mientras duren las condenas. Asimismo, ordenó el comiso de las especies incautadas.
En la determinación de la pena a imponer a los condenados, el tribunal tuvo presente: “Que, el artículo 10 de la ley 17.798 castiga a los autores del delito de tráfico de armas (u elementos indicados en las letras b), c) y d) del artículo 2°) con la pena de presidio menor en su grado mínimo”.
“Que, en consecuencia, existiendo una circunstancia atenuante y una agravante, y no conociéndose otros motivos que hagan aconsejable la imposición de una sanción más gravosa para este caso en concreto, se impondrá a ambos acusados la pena en su mínimo, esto es, la de cinco años y un día de presidio mayor en su grado mínimo”, concluye.