Corte Suprema rechaza recurso de revisión de condena por conducción en estado de ebriedad

25-marzo-2023
En fallo unánime, la Segunda Sala del máximo tribunal desestimó la procedencia del recurso al estar basado en la revisión de la prueba testimonial, lo que está excluido explícitamente por ley.

La Corte Suprema rechazó el recurso de revisión promovido por la defensa en contra de la sentencia, dictada por el Juzgado de Garantía de Copiapó en juicio oral simplificado, que condenó a Richard Antonio Gómez Castillo, a la pena de cumplimiento efectivo de 301 días de presidio, multa de 2 UTM, accesorias legales y la suspensión de licencia de conductor por 5 años, en calidad de autor del delito consumado de conducción de vehículo motorizado en estado de ebriedad. Ilícito cometido en la ciudad de Copiapó, en junio de 2020.

En fallo unánime (causa rol 171.871-2022), la Segunda Sala del máximo tribunal –integrada por los ministros Haroldo Brito, Jorge Dahm, Leopoldo Llanos, el abogado (i) Eduardo Morales y la abogada (i) Pía Tavolari– desestimó la procedencia del recurso al estar basado en la revisión de la prueba testimonial, lo que está excluido explícitamente por ley.

“Que, sin perjuicio que el peticionario en modo alguno ha explicado la forma en que las eventuales declaraciones de las personas que individualiza en su libelo y que señala serían testigos presenciales de los hechos, servirían para establecer su inocencia, es del caso llamar la atención sobre la regla prevista en el artículo 476 del Código Procesal Penal que expresamente dispone que ‘no podrá probase por testigos los hechos en que se funda la solicitud de revisión’”, advierte el fallo.

La resolución agrega: “Que, de esta forma, no se configura la causal de revisión invocada pues en modo alguno se ha hecho presente algún hecho o documento que se baste a sí mismo para acreditar la inocencia del condenado, lo que implica, obviamente, idoneidad probatoria para conducir a ese resultado procesal, totalmente opuesto al anterior y que más aún se hace alusión como fundamento de la petición de revisión a una prueba de testigos que la ley determina resulta improcedente para lograr dicho fin”.

“Sobre la base de lo anterior, no cabe sino concluir que la petición formulada en estos antecedentes no reúne los requisitos ni alcanza los estándares que la causal invocada exige para la revisión de una sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada y para, de ese modo, deslegitimar la convicción condenatoria alcanzada por el juez de la instancia, motivo por el cual la acción intentada será desestimada”, concluye.

Por tanto, se resuelve que: “se rechaza la acción de revisión deducida por don Richard Antonio Gómez Castillo en contra de la sentencia dictada en su contra en el proceso RUC N° 2000580873-2, RIT: 9292-2020 del Juzgado de Garantía de Copiapó de que lo condenó como autor del delito de conducción de vehículo motorizado en estado de ebriedad”.