Corte de Santiago rebaja monto de indemnización a víctima de torturas en Chuquicamata y Calama

20-marzo-2023
En fallo unánime, la Primera Sala del tribunal de alzada fijó en $50.000.000 el monto de la indemnización que el fisco deberá pagar por concepto de daño moral, a Juan Guillermo Zapata Arispe, funcionario de Codelco a la época de los hechos, quien fue detenido por personal de Carabineros el 29 de diciembre de 1973, y sometido a torturas en Chuquicamata y Calama.

La Corte de Apelaciones de Santiago fijó en $50.000.000 (cincuenta millones de pesos) el monto de la indemnización que el fisco deberá pagar por concepto de daño moral, a Juan Guillermo Zapata Arispe, funcionario de Codelco a la época de los hechos, quien fue detenido por personal de Carabineros el 29 de diciembre de 1973, y sometido a torturas en Chuquicamata y Calama.

En fallo unánime (causa rol 1.485-2021), la Primera Sala del tribunal de alzada –integrada por las ministras Maritza Villadangos, Paola Hasbún y la abogada (i) Magaly Correa–confirmó la sentencia de primer grado con declaración que se rebaja prudencialmente el monto indemnizatoria establecido en primera instancia en concordancia con otros casos similares.

“Que en cuanto al pretium doloris del menoscabo extra patrimonial sufrido por don Juan Guillermo Zapata Arispe, que figura registrado en el Informe Valech II con el N° 26.929, esta Corte lo avaluará prudencialmente, teniendo en consideración para ello la envergadura del detrimento corporal y psicológico sufrido por el demandante, su edad a la época de los hechos, la duración de sus padecimientos, y los montos judicialmente asignados tanto a las víctimas directas de violaciones a los derechos humanos, en causas similares, como a los hijos y padres de ejecutados políticos en la suma de cincuenta millones de pesos ($50.000.000), más reajustes”, sostiene el fallo.

Por tanto, se resuelve que: “se confirma la sentencia apelada de fecha catorce de julio de dos mil veinte, dictada por el 25° Juzgado Civil de esta ciudad, en los autos rol N° C-28.818-2019, con declaración que la suma que se condena pagar al Fisco de Chile al actor asciende a la suma de cincuenta millones de pesos ($50.000.000) a título de daño moral, más reajustes conforme al alza del Índice de Precios al Consumidor que se devenguen a contar de la fecha en que esta sentencia quede ejecutoriada y hasta la de su pago efectivo”.

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