Séptimo TOP de Santiago condena a 2 años de presidio efectivo a autor de microtráfico en La Florida

20-marzo-2023
En fallo unánime, el tribunal condenó a Juan Pablo Vergara Villa a la pena de cumplimiento efectivo de 2 años de presidio, en calidad de autor del delito consumado de tráfico ilícito de pequeñas cantidades de estupefacientes. Ilícito cometido en noviembre de 2021, en la comuna de La Florida. 

El Séptimo Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Santiago condenó a Juan Pablo Vergara Villa a la pena de cumplimiento efectivo de 2 años de presidio, en calidad de autor del delito consumado de tráfico ilícito de pequeñas cantidades de estupefacientes. Ilícito cometido en noviembre de 2021, en la comuna de La Florida. 

En fallo unánime (causa rol 13-2023), el tribunal –integrado por los jueces José Pérez Anker (presidente), Héctor Plaza Vásquez y Olga Ortega Melo (redactora)– aplicó, además, a Vergara Villa la accesoria legal de suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena; más el pago de una multa a beneficio fiscal de 10 UTM.

Una vez que el fallo quede ejecutoriado, el tribunal dispuso que se proceda a la toma de muestras biológicas del sentenciado para determinar su huella genética e incorporación en el registro nacional de ADN de condenados. Además, se decretó el comiso de la droga y dinero incautados en el procedimiento.

El tribunal dio por acreditado, más allá de toda duda razonable, que aproximadamente a las 17:45 horas del 11 de noviembre de 2021, “(…) funcionarios de Carabineros de Chile se encontraban realizando un patrullaje preventivo por avenida Tobalaba, comuna de La Florida, al llegar a la avenida Las Higueras, observaron al acusado JUAN PABLO VERGARA VILLA, quien al percatarse de la presencia policial, sacó de sus vestimentas un calcetín color negro el cual arroja al suelo, deshaciéndose de este, por lo que inmediatamente uno de los policías revisó la prenda, encontrando en su interior dos bolsas de nylon, una de ellas con 107 envoltorios de papel contenedores de cocaína base al 55% de pureza con un peso de 5,5 gramos neto y la otra con 8 envoltorios de cocaína base al 70% de pureza, que pesaron 2 gramos neto, por lo que fue detenido.
Finalmente, al imputado se le incautaron $ 33.000 en billetes y monedas de diverso valor, producto de la venta de drogas y un teléfono celular”.

Quantum
En la determinación del quantum de la pena a imponer a Vergara Villa, el tribunal tuvo presente que: “(…) el artículo 4° inciso segundo de la Ley N°20.000, sanciona al que, sin la competente autorización posea, transporte, guarde o porte consigo pequeñas cantidades de sustancias o drogas estupefacientes o psicotrópicas, productoras de dependencia física o síquica, sea que se trate de las indicadas en los incisos primero o segundo del artículo 1º, con la pena de presidio menor en sus grados medio a máximo y multa de diez a cuarenta unidades tributarias mensuales y, al no existir circunstancias modificatorias de responsabilidad que analizar, el Tribunal al fijar la pena podrá recorrerla en toda su extensión, fijándola en el quantum que se indicará en la parte resolutiva, atendido, a que si bien, la droga encontrada era una cantidad menor, mantenía una alta concentración de cocaína”. 

“Que considerando la situación de privación de libertad en que se ha mantenido al sentenciado desde el día de su detención, cumpliendo una condena y a que debe cumplir la pena impuesta en forma efectiva, el Tribunal ha estimado prudente imponer la multa en el mínimo legal y eximirlo del pago de las costas, por haber sido, además, defendido por un abogado de la Defensoría Penal Pública”, añade.

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