Segundo TOP de Santiago condena a 15 años y un día de presidio a autor de tres delitos de robo con retención de las víctimas

07-marzo-2023
En fallo unánime, el tribunal condenó a Marco Antonio Quiroz Flood a la pena de cumplimiento efectivo de 15 años y un día de presidio, en calidad de autor de tres delitos consumados de robo con retención de las víctimas. Ilícitos perpetrados entre mayo y junio de 2017, en las comunas de Huechuraba, Recoleta y Santiago, respectivamente.

El Segundo Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Santiago condenó a Marco Antonio Quiroz Flood a la pena de cumplimiento efectivo de 15 años y un día de presidio, en calidad de autor de tres delitos consumados de robo con retención de las víctimas. Ilícitos perpetrados entre mayo y junio de 2017, en las comunas de Huechuraba, Recoleta y Santiago, respectivamente.

En fallo unánime (causa rol 342-2022), el tribunal –integrado por los magistrados Marianne Barrios Socías (presidenta), Pamela Quiroga Lorca y Carlos Iturra Lizana (redactor)– aplicó, además, a Quiroz Flood las accesorias legales de inhabilitación absoluta perpetua para cargos y oficios públicos y derechos políticos y la inhabilitación absoluta para profesiones titulares mientras dure la condena.

Asimismo, Quiroz Flood deberá cumplir 3 años y un día de presidio, accesorias de inhabilitación absoluta perpetua para derechos políticos y la inhabilitación absoluta para cargos y oficios públicos durante el tiempo de la condena, como autor del delito consumado de uso fraudulento de tarjeta de crédito o débito sustraída, cometido en mayo de 2017, en la comuna de Recoleta.

Una vez que el fallo quede ejecutoriado, el tribunal dispuso que se proceda a la toma de muestras biológicas del sentenciado para determinar su huella genética e incorporación en el registro nacional de ADN de condenados.

El tribunal dio por acreditado, más allá de toda duda razonable, que aproximadamente a las cuatro de la madrugada del 6 de mayo de 2017, Quiroz Flood y otros dos sujetos previamente concertados, “(…) abordaron a Marco Antonio Cubillos Gunther, en el exterior del centro de eventos Espacio Riesco, comuna de Huechuraba, ofreciéndole uno de ellos el servicio de transporte en un taxi básico. Con la víctima ya sobre el taxi los otros dos subieron al vehículo en la intersección de El Salto con Américo Vespucio e intimidaron a la víctima con un arma al parecer de fuego en su estómago y cubriendo su cabeza, lo registraron y sustrajeron sus zapatillas, su teléfono celular y su billetera con documentación personal y diversas tarjetas bancarias, y le exigieron mientras era amenazado con el arma al parecer de fuego, la entrega de las claves de seguridad de las mencionadas tarjetas, a lo que la víctima accedió. A las 05:30 horas aproximadamente, mientras la víctima permanecía retenida en el interior del taxi, Marco Quiroz Flood junto a otro de los sujetos, bajaron del taxi e ingresaron al cajero automático del Banco de Chile ubicado en avenida José Miguel Carrera N°9180 comuna de La Cisterna, cajero desde el cual, utilizando la tarjeta de débito del Banco Bice y la clave previamente sustraída, giraron contra la cuenta de la víctima la suma de $200.000. A las 05:41 y 05:42, utilizando la misma tarjeta y clave sustraídas a la víctima, realizaron dos compras en el servicentro Copec de Pedro Aguirre Cerda, por $20.000 y $10.000 respectivamente. Posteriormente liberaron a la víctima en la comuna de Lo Espejo, aproximadamente a las 06:00 horas”.

Modus operandi que se reiteró  el 18 de mayo de 2017, aproximadamente a las 04:00 horas, ocasión en la cual “(…) Quiroz Flood junto a otros dos sujetos previamente concertados, abordaron a la víctima Ariel Felipe Moll Oñate en el exterior de la discoteca Ex Fábrica ubicada en calle Asunción N°426 comuna de Recoleta, ofreciéndole uno de ellos el servicio de transporte en un automóvil e identificándose como ‘Uber’. Con la víctima ya sobre el vehículo, los otros dos subieron al mismo e intimidaron a la víctima con cuchillos, le cubrieron la cabeza con una capucha y lo registraron y sustrajeron su teléfono celular marca Samsung Galaxy j7 y su billetera con documentación personal y sus tarjetas del Banco BCI y BancoEstado, y le exigieron mientras lo amenazaban, la entrega de las claves de seguridad de sus tarjetas, a lo que la víctima accedió. A las 04:40 horas aproximadamente, mientras la víctima permanecía retenida en el interior del vehículo, Marco Antonio Quiroz Flood junto a otro sujeto ingresaron al cajero automático del Banco de Chile ubicado en avenida Irarrázaval N°3057 comuna de Ñuñoa, cajero desde el cual, utilizando la tarjeta y la clave previamente sustraídas, giraron contra la cuenta de la víctima la suma de 70 mil pesos, y luego lo liberaron en el sector del metro Grecia”. 

Asimismo, el 3 de junio de 2017, también cerca de las 04:00 horas, “(…) en el exterior del teatro Teletón en la comuna de Santiago, Yerko Gutiérrez Gajardo abordó el taxi básico marca Nissan modelo Tiida PPU CVSR-20 conducido por Marco Quiroz Flood para dirigirse a su domicilio. El imputado Quiroz Flood, concertado previamente con otro sujeto, detuvo la marcha del vehículo, permitiendo que dicho sujeto subiera al taxi, procediendo a intimidar a la víctima y exigirle la entrega de sus pertenencias, lo registró y le sustrajo su teléfono celular, un reloj, las llaves de su camioneta y su tarjeta del Banco Falabella, exigiéndole luego bajo amenazas, la entrega de la clave de seguridad de la mencionada tarjeta, cosa que la víctima hizo. A las 05:20 horas aproximadamente, con la víctima siempre retenida en el interior del taxi, Marco Quiroz bajó del taxi e ingresó al cajero automático del BancoEstado ubicado en avenida San Pablo N°3297 comuna de Santiago, cajero desde el cual, utilizando la tarjeta de la víctima y la clave previamente sustraídas, hizo un avance contra mencionada tarjeta de la víctima por la suma de 200 mil pesos. Luego, utilizando la misma clave y tarjeta de la víctima realizaron compras en la estación de servicio Copec ubicada en avenida Departamental 1902, comuna de Pedro Aguirre Cerda, 2 compras por $70.000 a las 05:54, por $60.000 a las 05:55 y por $31.319 a las 05:57. Desde ese lugar se trasladaron a la estación de servicio Shell ubicada en Bombero Núñez 151, comuna de Santiago, donde utilizando la tarjeta y la clave sustraídas a la víctima realizaron una compra por $48.000 a las 06:14. Luego en la estación de servicio Copec ubicada en El Salto 2098, comuna de Recoleta, y siempre con la tarjeta y claves sustraídas, realizaron dos compras por $51.200 y $48.800 a las 06:35 y 06:36 horas, respectivamente. Luego, a las 07:09 realizaron otra compra en la Copec de calle Prieto N°1500, comuna de Independencia por $20.000 y, luego, entre las 07:28 y las 07:30, 3 compras por $200.000 cada una en la Copec de Gran Avenida 9682, comuna de El Bosque, abandonando posteriormente a la víctima en la avenida Las Acacias de la comuna de San Bernardo. Finalmente, a las 07:54 horas, realizaron siempre con la tarjeta y clave sustraídas dos compras por $130.000 cada una, en la Copec de avenida Pajaritos 3333, comuna de Maipú”.

Finalmente, alrededor de las cuatro de la madrugada del 4 de mayo de 2017, “(…) Luis Marcelo Barraza Rojas en compañía de Claudia Lonconao tomaron un taxi a la salida del local Club Soda, ubicado en Antonia López de Bello 125, comuna de Recoleta. Una vez que llegaron al destino en la comuna de Las Condes y aprovechando el chofer que las víctimas se encontraban bajo los efectos del alcohol, le sustrajo su tarjeta de débito VISA del Banco Falabella asociada a la cuenta vista 05-554003362-4 y su clave, cambiándosela por otra tarjeta del mismo banco, pero perteneciente a otra persona. Siendo las 05:47 horas del mismo día 04 de mayo de 2017, Marco Antonio Quiroz Flood usó en un terminal Transbank código de comercio 32211887 a su nombre, la tarjeta y clave previamente sustraída a Luis Marcelo Barraza Rojas, realizando un cargo de 3 millones de pesos a su favor en contra de la cuenta vista de la víctima, generándole un perjuicio igual a ese monto”.

Pena
En la regulación de la pena a imponer al condenado, el tribunal tuvo presente: “Que el delito de robo con retención se encuentra sancionado en el artículo 433 N°3 del Código Penal con la pena de presidio mayor en su grado medio a máximo. Como el delito se encuentra en calidad de reiterado, dicha pena será incrementada en un grado, de conformidad a lo establecido en el artículo 351 del Código Procesal Penal, arribando a un marco penal que parte en el presidio mayor en su grado máximo. Al acusado lo beneficia una circunstancia atenuante y no lo perjudica circunstancia agravante alguna, de manera que al regular la pena el tribunal lo hará en el extremo inferior de aquel grado, en atención a lo previsto en el artículo 449 del mismo cuerpo legal”.

“Por otra parte, el delito de uso fraudulento de tarjeta de crédito o débito sustraída, cuando la acción realizada produce perjuicio a terceros, se sancionaba en el artículo 5 de la Ley N°20009 vigente a la época de los hechos, con la pena de presidio menor en su grado máximo, la que se aplicará en su extremo inferior en atención a que al sentenciado lo beneficia una circunstancia atenuante y no lo perjudica circunstancia agravante alguna, de conformidad a lo previsto en el artículo 67 del Código Penal”, concluye.

Noticia con fallo