El Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Antofagasta condenó a Francisco Javier Alcayaga Godoy a la pena única de 7 años de presidio, en calidad de autor de los delitos consumados de abuso sexual reiterado y violación de menor de 14 años de edad. Ilícitos perpetrados entre 2016 y 2019, en la comuna de Taltal.
En fallo unánime, el tribunal –integrado por los magistrados Paula Ortiz Saavedra (presidenta), Claudia Lewin Arroyo y Álvaro Lezama Orellana (redactor)– aplicó, además, a Alcayaga Godoy las accesorias legales de inhabilitación absoluta perpetua para cargos y oficios públicos y derechos políticos y la inhabilitación absoluta para profesiones titulares mientras dure la condena.
Asimismo, el tribunal impuso al acusado las penas accesorias especiales del artículo 372 del Código Penal (vigente a la fecha de los hechos, de interdicción del derecho de ejercer la guarda y ser oído como pariente en los casos que la ley designa; la sujeción a la vigilancia de la autoridad durante los 10 años siguientes al cumplimiento de la pena principal, y la de inhabilitación absoluta perpetua para cargos, empleos, oficios o profesiones ejercidos en ámbitos educacionales o que involucren una relación directa y habitual con menores de edad.
Una vez que el fallo quede ejecutado, el tribunal dispuso que se proceda a la toma de muestra biológica del sentenciado para determinar su huella genética e inclusión en el registro nacional de ADN de condenados.
El tribunal, dio por acreditado, más allá de toda duda razonable, que en días y horas no determinados, desde 2016 y hasta 2019, en la comuna de Taltal, Alcayaga Godoy realizó acciones de significación sexual y relevancia en contra de la víctima, un menor de 8 años al inicio de las agresiones. Asimismo, en un día no determinado de febrero de 2019, en horas de la noche, procedió a violar a la víctima, cuando tenía 11 años de edad.
TOP de Antofagasta condena a 7 años de presidio a autor de abuso sexual y violación de menor de 14 años
12-enero-2023
El tribunal –integrado por los magistrados Paula Ortiz Saavedra (presidenta), Claudia Lewin Arroyo y Álvaro Lezama Orellana (redactor)– aplicó, además, a Alcayaga Godoy las penas accesorias especiales del artículo 372 del Código Penal (vigente a la fecha de los hechos), de interdicción del derecho de ejercer la guarda y ser oído como pariente en los casos que la ley designa.
