Segundo TOP de Santiago condena a 4 años y 2 años de presidio efectivo a autor de homicidio consumado y frustrado

04-enero-2023
En fallo unánime, el tribunal condenó a David Fernando Campos Oyarzún a las penas de cumplimiento efectivo de 4 años y 2 años de presidio, en calidad de autor del delito consumado de homicidio simple y homicidio simple frustrado. Ilícitos perpetrados en mayo de 2020, en la comuna de Renca.

El Segundo Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Santiago condenó a David Fernando Campos Oyarzún a las penas de cumplimiento efectivo de 4 años y 2 años de presidio, en calidad de autor del delito consumado de homicidio simple y homicidio simple frustrado. Ilícitos perpetrados en mayo de 2020, en la comuna de Renca.

En fallo unánime (causa rol 347-2022), el tribunal –integrado por los magistrados Gloria Canales Abarca (presidenta), Pablo Toledo González y Eduardo Gallardo Frías (redactor)– aplicó, además, a Campos Oyarzún a las accesorias legales de inhabilitación absoluta perpetua para cargos y oficios públicos y derechos políticos y la inhabilitación absoluta para profesiones titulares mientras dure la condena por el homicidio consumado: y la suspensión de cargo u oficio público mientras dure la condena por el homicidio frustrado.

Asimismo, Campos Oyarzún deberá purgar 41 días de reclusión y la accesoria de suspensión de carga u oficio público mientras dure la condena, como autor del delito consumado de lesiones menos graves. 
Una vez que el fallo quede ejecutoriado, el tribunal dispuso que se proceda a la toma de muestras biológicas del sentenciado para determinar su huella genética e inclusión en el registro nacional de ADN de condenados.

El tribunal dio por acreditado, más allá de toda duda razonable, que aproximadamente a las 22:30 horas del miércoles 6 de mayo de 2020, “(…) al ingreso del pasillo de la Torre A 5 de los departamentos ubicados en avenida Ecuador 1584 , comuna de Renca, el acusado David Fernando Campos Oyarzún, premunido de un cuchillo marca Rostfrei de 24 cms. de hoja y 13 cms. de empuñadura, agredió a Cristián Hernán Cifuentes Farías en la cara interna del muslo de su pierna izquierda, con compromiso vascular de arteria femoral que le infligió la muerte momentos después por shock hipovolémico con paro cardio respiratorio.Además, en el mismo contexto, pocos segundos después, ya en el exterior del edificio después de haber apuñalado a Cifuentes, el acusado agredió con el referencia cuchillo a Joaquín Ignacio Benavides Palma, quien sufrió una herida penetrante por arma blanca en la fosa renal derecha con hemoperitoneo y nefrectomía por lesión en el riñón, el cual le tuvo que ser extirpado quirúrgicamente. Dicha lesión, le habría causado la muerte de no ser por la intervención de atención médica oportuna. El acusado, además, agredió con el mismo cuchillo a Matías Ignacio González Robles, quien resultó con lesión consistente en herida cortante mano izquierda sección extensor meñique izquierdo de mediana gravedad ”. 
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