En resolución unánime (causa rol 77-2022), el tribunal –integrado por los magistrados Javiera Alarcón Zurita (presidenta), Dalía Illezca Carrasco y Guillermo Frene Candía (redactor)– tras la deliberación de rigor, dio por acreditado tanto la ocurrencia de los delitos como la participación culpable de Urbina Pinto y Cáceres Osses en los hechos.
En la causa, el tribunal decretó la absolución, por falta de acreditación, de Urbina Pinto de la acusación fiscal que le atribuía autoría en el delito de prevaricación, al no lograr la fiscalía probar, más allá de toda duda razonable, que en su calidad de jueza, haya dictado alguna sentencia en que le haya cabido “una manifiesta implicancia”.
El tribunal arribó a la convicción, más allá de toda duda razonable, que: “En una fecha indeterminada, antes del 3 de febrero de 2021, la jueza titular del Juzgado de Garantía de Coyhaique Cecilia Eliana Urbina Pinto, informó, difundió y divulgó a su cónyuge Jorge Jesús Cáceres Osses la existencia de la causa rol interno 419-2019 del citado tribunal, enterándose este de una investigación por el delito de tráfico de drogas amparada por secreto, conociendo Jorge Jesús Cáceres Osses a lo menos del hecho de estarse realizando dicha investigación”.
“Aprovechándose de dicha revelación, en una fecha no determinada pero después del 27 de enero de 2021 y antes del 3 de febrero del mismo año, Jorge Jesús Cáceres Osses informó, difundió y divulgó a su hijo Jorge Cáceres Vásquez la existencia de una investigación en su contra por el delito de tráfico de drogas y le indicó que el teléfono que estaba utilizando era objeto de interceptación (…)”, agrega el acta de deliberación.
“Con fecha 12 de julio de 2021, la jueza titular del Juzgado de Garantía de Coyhaique Cecilia Eliana Urbina Pinto se comunicó con el abogado Mauricio Martínez Peralta, a quien le informó, en el contexto de una conversación sobre la causa rol interno 419-2019 de dicho juzgado, que dicha causa se utilizaba para investigar a otras personas, revelando con ello la existencia y el hecho de estarse realizando una investigación por el delito de tráfico de drogas, la cual era reservada y amparada por el secreto”, consigna el dictamen.
Para el tribunal, en la especie: “(…) es posible de establecer a partir de la prueba rendida por el Ministerio Público, en especial la declaración de los testigos Gonzalo Lavado Guglielme, Mauro Enrique Pérez Barahona, Mauricio Martínez Peralta, entre otros, así como de las declaraciones de Jueces y funcionarios del Juzgado de Garantía de Coyhaique, escuchas telefónicas y documentos incorporados, todos los cuales analizados de un forma coherente, concordante y sistematizada dan cuenta de que la acusada Cecilia Eliana Urbina Pinto, quien contaba con acceso a las causas reservadas del tribunal en que cumplía funciones, y en razón de su consulta frecuente de la causa RIT 419-2019 seguida por una investigación por tráfico ilícito de drogas, entre otros, en contra del hijo de su cónyuge Jorge Cáceres Osses, divulgó a este a lo menos la existencia de dicha causa (…)”.
La audiencia de comunicación de la sentencia –que será redactada por magistrado Frene Candía– quedó programada para las 17 horas del próximo viernes 16 de diciembre.