Corte de Santiago ordena al fisco indemnizar a soldado segundo de la FACh torturado en base aérea en 1975

06-diciembre-2022
En fallo unánime, la Primera Sala del tribunal de alzada fijó en $50.000.000 la indemnización que el fisco deberá pagar, por concepto de daño moral, a Andrés Adolfo Sigala Alfaro, soldado segundo de la Fuerza Aérea a la época de los hechos, detenido y torturado por el servicio de inteligencia de la FACh en la Base El Bosque, en marzo de 1975.

La Corte de Apelaciones de Santiago fijó en $50.000.000 (cincuenta millones de pesos) la indemnización que el fisco deberá pagar, por concepto de daño moral, a Andrés Adolfo Sigala Alfaro, soldado segundo de la Fuerza Aérea a la época de los hechos, detenido y torturado por el servicio de inteligencia de la FACh en la Base El Bosque, en marzo de 1975.

En fallo unánime (causa rol 7.245-2022), la Primera Sala del tribunal de alzada –integrada por las ministras Marisol Rojas, Inelie Durán y María Paula Merino– confirmó la sentencia apelada, dictada por el Decimonoveno Juzgado Civil de Santiago, con declaración que se reduce la indemnización de perjuicios por daño moral a un monto proporcional a los hechos acreditados.

“Que así entonces, no es posible, luego de reconocer expresamente el Estado de Chile, ante un Tribunal Internacional que la acción civil indemnizatoria no es prescriptible que, en el Derecho Interno, este mantenga tales alegaciones e incluso impugne el fallo de primer grado que desestimó la excepción de prescripción a la que renunció expresamente, al sostener que, el transcurso del tiempo, no permite que la víctima o sus familiares puedan ser reparados en forma integral, por el daño causado por agentes del Estado”, sostiene el fallo.

La resolución agrega: “Que, en cuanto al monto fijado por daño moral, sin desconocer los graves hechos a los que se encontró sometido el actor don Andrés Adolfo Sigala Alfaro, producto de las traumáticas vejaciones que debió padecer durante 20 días, a partir de marzo de 1975, en los que fue agredido física y psíquicamente; sufrió humillaciones hasta crueles torturas y amenazas de muerte; detenido en calabozos de la Fuerza Aérea de Chile, secuestrado, torturado y, sin existir juicio alguno. Hechos acreditados con los antecedentes reseñados por la juez de la instancia en lo expositivo de la sentencia que se revisa”.

“Que, siendo un hecho no controvertido que el actor fue detenido por efectivos de seguridad de la Fuerza Aérea; víctima de los delitos de detención ilegal, secuestro, torturas física y psicológicas y otros apremios ilegítimos con agresión, con resultado de lesiones graves, por parte de agentes del Estado, en el año 1975; las secuelas de las torturas sufridas se mantienen hasta el día de hoy; acreditadas por los medios de prueba que constan en el proceso; y, además, lo razonado en la presente sentencia, es que esta Corte estima que el monto que resulta proporcional a los hechos acreditados debe fijarse en la suma de $50.000.000 (cincuenta millones de pesos), con los reajustes e intereses que se han determinado en el fallo que se revisa”, concluye.

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