1° Juzgado de Letras de Iquique ordena al fisco indemnizar a madre de interno fallecido en centro penitenciario

09-noviembre-2022
Asimismo, el tribunal dispuso el pago de $4.603.360 por concepto de daño emergente, correspondiente a los gastos de sepultura y nicho de la víctima.

El Primer Juzgado de Letras de Iquique acogió la demanda de indemnización de perjuicios deducida en contra del Estado de Chile, por la madre de interno que perdió la vida tras ser agredido en dependencias del Complejo Penitenciario de Alto Hospicio, en septiembre de 2017.

En el fallo (causa rol 1.934-2021), el magistrado Héctor Kompatzki Delarze estableció la falta de cuidado de Gendarmería en la especie, por lo que le ordenó al fisco pagar a la demandante $4.603.360 (cuatro millones, seiscientos tres mil trescientos sesenta pesos) por concepto de daño emergente, y $20.000.000 (veinte millones de pesos) por daño moral.

“Que, en atención a lo afincado en los considerandos precedentes, se extrae claramente que los daños sufridos por el actor son consecuencia de la falta de servicio en que incurrió la demandada, en el sentido que si los funcionarios de Gendarmería de Chile hubieran actuado con los estándares establecidos en el ordenamiento jurídico, no se hubiera producido los daños que quedaron acreditados en el considerando precedente, por lo que se tiene por establecido el nexo causal requerido para la procedencia de la responsabilidad reclamada”, establece el fallo.

“(…) de acuerdo a los antecedentes allegados al proceso, es posible presumir la existencia de un daño moral, consecuencia del sufrimiento y angustia que necesariamente experimentó la demandante a consecuencia de la muerte de su hijo, a raíz del fallecimiento provocado por la falta de servicio de la demandada, el que conforme al mérito del proceso y teniendo presente el lazo que unía al occiso con la demandante, las condiciones en que falleció, su edad, naturaleza o gravedad del suceso o acto que constituye la causa del daño, la clase de derecho o interés extrapatrimonial agredido, las consecuencias psíquicas, sociales y morales que se derivan del daño causado, su duración o persistencia, entre otros; este sentenciador avaluará el daño moral en la suma de $20.000.000 (veinte millones de pesos) para la demandante”, ordena.

Asimismo, el tribunal dispuso el pago de $4.603.360 por concepto de daño emergente, correspondiente a los gastos de sepultura y nicho de la víctima.

 

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