El Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Angol condenó hoy –sábado 5 de noviembre– al mayor de Carabineros, a la época de los hechos, Marco Aurelio Treuer Heysen a la pena de 7 años de presidio efectivo, en calidad de autor del delito consumado de homicidio simple del adolescente Edmundo Álex Lemún Saavedra. Ilícito perpetrado en noviembre de 2002, en la comuna.
En fallo unánime (causa rol 4-2020), el tribunal –integrado por los magistrados Ximena Saldivia Vega (presidenta), Luis Pacheco Herrera y Eduardo Rojas Poblete (redactor)– aplicó, además, a Treuer Heysen las accesorias legales de inhabilitación absoluta perpetua para cargos y oficios públicos y derechos políticos y la inhabilitación absoluta para profesiones titulares mientras dure la condena.
El tribunal dio por acreditado, más allá de toda duda razonable, que alrededor de las 17 horas del 7 de noviembre de 2002, “(…) concurrieron hasta el fundo Santa Alicia, ubicado en la comuna de Angol, cuatro funcionarios de Carabineros pertenecientes a la 1° Comisaria de Angol bajo el mando del Mayor Marco Aurelio Treuer Heysen, con motivo de una ocupación de la comunidad mapuche ‘Aguas Buenas’. Al llegar al lugar, los funcionarios fueron atacados por los comuneros con piedras, momentos en los cuales fueron repelidos con el uso de gases lacrimógenos y balines de goma con el fin de ser dispersados. Posteriormente, al encontrarse el mayor MARCO AURELIO TREUER HEYSEN en una loma del mismo sector, cambió la munición de su arma de servicio que portaba, escopeta marca Winchester, modelo 1200, calibre 12, la cual se encontraba apta para el disparo utilizando munición Western Súper X, la cual contenía 9 postas de plomo de 8,4 mm aproximadamente cada uno, estando a una distancia aproximada entre 70 o 100 metros de distancia de Edmundo Álex Lemún Saavedra de 17 años de edad, teniendo la preparación en el uso del arma y conociendo lo letal de esta, dispara en contra del adolescente impactando una posta en la parte frontal derecha de su cabeza. Producto de esta acción deliberada, el adolescente fallece el día 12 de noviembre de 2002, estableciéndose como causa de muerte ‘traumatismo encéfalo craneano abierto, por proyectil de arma de fuego, sin salida del mismo’”.
En la audiencia, el tribunal acogió la solicitud del Ministerio Público, con la adhesión de los querellantes, y fijó para las 15 horas el próximo martes 8 de noviembre, una audiencia de revisión de las medidas cautelares del sentenciado, quien permanece bajo arresto domiciliario total.