El Juzgado de Garantía de Copiapó dejó hoy –miércoles 19 de octubre– sujetos a la medida cautelar de prisión preventiva a Javier Alejandro Salgado Arán y Elizabeth Macarena Poblete Astudillo, imputados por el Ministerio Público como autores de los delitos consumados de estafa, falsificación y uso malicioso de instrumento público y, desacato. Ilícitos que habrían perpetrado en enero de 2020.
En audiencia de formalización (causa rol 2.080-2022), el magistrado Ubaldo Basoa Oviedo ordenó el ingreso de Salgado Arán y Poblete Astudillo al Centro de Cumplimiento Penitenciario de Copiapó, por considerar que la libertad de los imputados constituye un peligro para la seguridad de la sociedad. Además, fijó en seis meses el plazo de investigación.
Por haber asistido a la audiencia vía plataforma Zoom, el tribunal despachó las respectivas órdenes de detención de los imputados para que sean conducidos al recinto de penal.
Según el ente persecutor, a partir de una investigación vigente (causa rol 1.352-2018), abierta por el delito de fraude al fisco en contra de la empresa Likar SpA, como persona jurídica, de propiedad del imputado Salgado Arán, por depósitos irregulares que habría realizado en las cuentas personales de quienes detentaban, a la época de los hechos, los cargos de alcalde y administrador municipal de Tierra Amarilla. Causa en la cual, el 17 enero de 2020, el Juzgado de Garantía de Copiapó accedió a la petición de la Fiscalía local de Atacama y el querellante Consejo de Defensa del Estado, y decretó la retención de $121.008.780 que estaban en poder del municipio. Monto que se adeudaba a la empresa Likar SpA por concepto de pago del “Proyecto de instalación de viviendas prefabricadas de varios sectores de Tierra Amarilla”.
Retención que estaba en pleno conocimiento de Salgado Arán y su abogada Poblete Astudillo, al haber estado presentes y haber sido notificados en audiencia. Resolución que fue confirmada por la Corte de Apelaciones de Copiapó.
En dicho contexto, afirma la fiscalía, el 20 de enero de 2020, Salgado Arán, Poblete Astudillo y un tercero (no formalizado), idearon un plan destinado a recuperar los fondos retenidos, a través de la simulación de una deuda con una empresa constructora, por lo que iniciaron un juicio ejecutivo en que, además, presentaron una escritura pública ideológicamente falsa. Maquinación fraudulenta cuyo propósito era perjudicar al erario público mediante la obtención de resoluciones del Juzgado de Letras de Copiapó. Tribunal al que no informaron de la medida cautelar dictada por el Juzgado de Garantía.
Para tales efectos, el 20 de enero de 2020 obtuvieron en una notaría del centro de Copiapó, una escritura pública en que Likar SpA, representada por Salgado Arán, “reconocía” la existencia de una deuda por el mismo monto retenido ($121.008.780) en favor de la empresa “Arquitectura y Construcción y Obras Civiles Benja y Martin Ltda”, representada por el tercer imputado en la causa.
Trama en la que, de acuerdo a la fiscalía, la abogada Elizabeth Macarena Poblete Astudillo redactó la escritura pública y que, el 20 de enero y actuando en representación de “Benja y Martin Ltda.”, presentó a través de la Oficina Judicial Virtual la demanda ejecutiva ante el Segundo Juzgado de Letras de Copiapó en contra de Likar SpA, en pleno conocimiento de la medida cautelar por el monto en cuestión dictada por el Juzgado de Garantía. De esta manera, en la causa civil, el 9 de febrero de 2022, se ordenó la emisión de un vale vista a nombre de la empresa demandante por el monto retenido en sede penal.
 
                         
                         
                        