TOP de Iquique condena a 5 años y un día de presidio a autor de robo con violencia

04-octubre-2022
Una vez que el fallo quede ejecutoriado, el tribunal dispuso que se proceda a la toma de muestras biológicas del sentenciado para determinar su huella genética e inclusión en el registro nacional de ADN de condenados.

El Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Iquique condenó a Francisco Diesel Rivas Gill a la pena de 5 años y un día de presidio efectivo, en calidad de autor del delito consumado de robo con violencia. Ilícito perpetrado en septiembre del año pasado, en la ciudad.

En fallo unánime (causa rol 454-2022), el tribunal –integrado por los magistrados Felipe Ortiz de Zárate Fernández (presidente), Rodrigo Vega Azócar y Loreto Jara Peña (redactora)– aplicó, además, a Rivas Gill las accesorias legales de inhabilitación absoluta perpetua para cargos y oficios públicos y derechos políticos y la inhabilitación absoluta para profesiones titulares mientras dure la condena.

Una vez que el fallo quede ejecutoriado, el tribunal dispuso que se proceda a la toma de muestras biológicas del sentenciado para determinar su huella genética e inclusión en el registro nacional de ADN de condenados.

El tribunal dio por establecido, más allá de toda duda razonable, que cerca de las 23:30 horas del 24 de septiembre de 2021, la víctima, A.B.T., se encontraba en calle Amunátegui con calle Sargento Aldea, de Iquique, lugar donde fue abordado por dos sujetos, uno de ellos, Francisco Rivas Gill, quienes lo tomaron por la espalda, dándole un golpe de puño en el rostro, junto con ordenarle que se quedara quieto. La víctima cayó al suelo donde siguieron golpeándolo, para después registrarlo y lograr sustraerle su teléfono celular marca Samsung, modelo S7 y la suma de $35.000 en dinero en efectivo, resultando el afectado con lesiones leves, consistentes en contusiones en mano y mejilla derecha. La dinámica de los hechos fue captada por las cámaras de seguridad existentes en las inmediaciones del lugar, lo que permitió, posteriormente, la detención del, ahora, condenado.

Quantum

En la determinación del quantum de la pena a imponer a Rivas Gill, el tribunal desechó la aminorante de colaboración sustancial argüida por la defensa, “(…) puesto que pese a haber admitido en estrados su intervención en el delito, no proporcionó antecedentes relevantes tendientes a clarificar los acontecimientos; de manera que tal actividad del justiciable no contribuyó en nada a la investigación fiscal, toda vez que no entregó algún dato o antecedente que sirviera para orientar o practicar alguna diligencia tendiente a determinar a los otros involucrados en el ilícito”.

“Siendo la pena aplicable al delito asentado, la de presidio mayor en sus grados mínimo a máximo, al no concurrir circunstancias modificatorias de responsabilidad penal, de conformidad con lo prevenido en el artículo 449 del Código Penal, el tribunal la impondrá en su piso, al considerarlo suficiente reproche para la conducta del sentenciado, y en atención a la recuperación parcial de las especies”, añade.

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