TOP de Arica condena a 5 años y un día de presidio a autor del delito de tráfico de drogas

27-septiembre-2022
En fallo unánime (causa rol 215-2022), el tribunal –constituido por las magistradas Caroline Guzmán Muñoz (presidenta), Sara Pizarro Grandón y Fabiola Collao Contreras (redactora)– aplicó, además, a Cama Apaza las accesorias legales de inhabilitación absoluta perpetua para cargos y oficios públicos y derechos políticos y la inhabilitación absoluta para profesiones titulares mientras dure la condena; más el pago de una multa de 5 UTM.

El Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Arica condenó a Richard Cama Apaza a la pena de 5 años y un día de presidio efectivo, en calidad de autor del delito consumado de tráfico de estupefacientes y sustancias sicotrópicas. Ilícito perpetrado en octubre del año pasado, en la ciudad.

En fallo unánime (causa rol 215-2022), el tribunal –constituido por las magistradas Caroline Guzmán Muñoz (presidenta), Sara Pizarro Grandón y Fabiola Collao Contreras (redactora)– aplicó, además, a Cama Apaza las accesorias legales de inhabilitación absoluta perpetua para cargos y oficios públicos y derechos políticos y la inhabilitación absoluta para profesiones titulares mientras dure la condena; más el pago de una multa de 5 UTM.

Una vez que el fallo quede ejecutoriado, el tribunal dispuso que se proceda a la toma de muestras biológicas del sentenciado para determinar su huella genética e inclusión en el registro nacional de ADN de condenados.

El tribunal dio por acreditado, más allá de toda duda razonable, que en el marco de una investigación denominada policialmente como “Osorno”, se tomó “(…) conocimiento de la existencia del ingreso de remesas de droga que se acopiaban en Arica para ser transportadas a la ciudad de Santiago o al sur del país, el ente persecutor procedió a utilizar técnicas investigativas propias de la Ley N° 20000, en específico un agente encubierto, cuya historia ficticia es un conductor de camiones que ocasionalmente llevaba remesas de droga a la ciudad de Santiago o al sur del país, siendo para tales efectos el 17 de octubre de 2021 a las 11:40 horas aproximadamente, contactado mediante la aplicación Telegram por parte de un sujeto de nacionalidad extranjero, a quien conoció en el sector del Agro de la ciudad de Arica; esta persona le pide que se contacte con otra persona con la finalidad de recepcionar y transportar una remesa de droga hasta la ciudad de Santiago. Es así que el agente encubierto, realiza llamadas a una persona de nacionalidad peruana que posteriormente es identificado como el imputado Richard Cama Apaza, con el cual coordinó la entrega de la droga en una primera instancia para el día 17 de octubre del 2021 en horas de la tarde en el sector del Valle de Azapa, lo que no se concretó, quedando dicha entrega para el día 18 de octubre de 2021 en horas de la mañana”.

La sentencia agrega que: “El 18 de octubre de 2021 a las 08:41 horas, el acusado tomó contacto con el agente encubierto, con la finalidad de reunirse en calle Antártica con calle Linderos, para hacerle entrega de la droga, motivo por el cual personal de la Sección O.S.7 Arica, se trasladaron a dicho sector con la finalidad de prestar la cobertura y vigilancia al agente encubierto, el que se transporte a dicho sector a las 09:30 horas, donde tomó contacto con el encausado, informando a personal policial quienes realizaban vigilancias que este salió desde los blocks ubicados en calle Antártica N° 1150, el cual se encontraba vestido con un short azul, subiéndose al vehículo en que se transportaba el agente encubierto, iniciando su marcha por calle Linderos al norte para tomar Providencia y luego toma Capitán Avalos al sur para llegar nuevamente hasta la calle Antártica frente al N° 1150, descendiendo desde el vehículo e ingresa nuevamente hacia el sector de los blocks, especialmente en el C, primer piso, departamento 11, saliendo de tal con una bolsa verde, en cuyo interior habían cuatro paquetes enhuinchados con cinta de color amarilla, contenedores de clorhidrato de cocaína cuya pureza correspondía al 92% y su peso neto era de 3 kilos y 888 gramos y se le incautó la suma de $ 220000, como se pudo determinar de las pruebas realizadas con posterioridad, por lo que se procedió a su detención”.

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