La Corte de Apelaciones de Temuco rechazó el recurso de nulidad interpuesto por la defensa en contra de la sentencia que condenó a su representado, Neri Luis Saavedra Valenzuela, a la pena de presidio perpetuo, más las accesorias legales de inhabilitación absoluta perpetua para cargos y oficios públicos y derechos políticos por el tiempo de la vida del penado, en calidad de autor del delito consumado de femicidio. Ilícito perpetrado en junio de 2020, en la comuna de Victoria.
En fallo unánime (causa rol 631-2022), la Primera Sala del tribunal de alzada descartó error de derecho en la sentencia impugnada, dictada por el Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Angol, que condenó a Saavedra Valenzuela, además, a 3 años y un día de presidio como autor del delito consumado de porte ilegal de arma de fuego; y dos penas de 541 días de reclusión por desacato y amenazas, respectivamente.
“Que, el error jurídico denunciado en el recurso no es tal, ya que los sentenciadores han realizado una correcta aplicación de las normas legales, tanto al calificar el delito de femicidio y establecer la calidad de autor en que el acusado participó en él, como se aprecia en el considerando Décimocuarto de la sentencia recurrida, toda vez que, respecto de los hechos que se dan por probados por los jueces de la instancia, intangibles y no modificables por esta Corte, se ponderaron todas las circunstancias que contemplan las disposiciones legales correspondientes”, sostiene el fallo.
La resolución agrega: “Que, los sentenciadores se hacen cargo de las circunstancias modificatorias de la responsabilidad penal y, explican las razones por las cuales estiman concurrente la circunstancia agravante consistente en haber sido condenado el culpable anteriormente por delito de la misma especie del artículo 12 N° 16 del Código Penal y, los motivos por los que no estiman aplicar la circunstancia atenuante del artículo 11 N° 9 del código del ramo, consistente en haber colaborado sustancialmente al esclarecimiento de los hechos”.
“Estos sentenciadores no estiman concurrente el yerro que se denuncia por el recurrente consistente en considerar concurrente la agravante del artículo 12 N° 16 del Código Penal atendido que, el bien jurídico protegido por el legislador, tanto en el delito de homicidio como en el femicidio, es el mismo, como se precisó en la sentencia de base, la vida de una persona”, añade.
Para el tribunal de alzada, en la especie: “Tampoco puede ser atendido el argumento del recurrente en orden a que no se trata estrictamente del mismo ilícito porque ello ‘… significaría confundir la identidad de especie con la de la tipicidad, lo que formaliza exageradamente el requisito y, además, no encuentra apoyo en el texto de la ley’”.
“Que, de lo anteriormente relacionado, puede concluirse que, si bien la vía utilizada puede estimarse idónea para los fines perseguidos, no se producen las hipótesis infraccionales denunciadas”, concluye.
Por tanto, se resuelve que: “SE RECHAZA el recurso de nulidad interpuesto por el abogado defensor penal público, don IVÁN LEIVA BELTRÁN, en representación del condenado NERI SAAVEDRA VALENZUELA, en contra de la sentencia definitiva dictada por el Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Angol en causa RIT N° 55-2021; RUC N° 2000580478-8, de fecha 9 de julio de 2022, la que, en consecuencia no es nula, como tampoco el juicio oral que le sirve de antecedente”.
El fallo de primera instancia ratificado dio por establecido, más allá de toda duda razonable, que en la madrugada del 8 de junio de 2020, la víctima, Nataly Valeria Sepúlveda Oria, expareja del condenado, concurrió en compañía de Camila Romero Oria y Alexis Sepúlveda Oria, a la casa de la entonces pareja de Saavedra Valenzuela, a quien encontraron en la vía pública, procediendo a agredirla.
Al enterarse de dicha agresión, cerca del mediodía, el condenado concurrió al domicilio de Sepúlveda Oria, ubicado en pasaje Uno, población Aner Padilla de la comuna de Victoria, lugar donde amenazó con un arma de fuego calibre .22 a Camila Romero Oria, prima de su ex. Asimismo, cuando Nataly Sepúlveda Oria salió de la vivienda, el acusado disparó en dos ocasiones en su contra, impactando un proyectil en la pared de la casa habitación y el segundo en la víctima, provocándole la muerte por un trauma torácico abdominal complicado.